lunes, 14 de octubre de 2013

OTRA HERENCIA DE "LA GUERA" LEONARDO RODRÍGUEZ ALCAINE

CFE. La demanda de sus jubilados.
  Demandan electricistas jubilados sus aportaciones al Fondo Mutualista

Alrededor de nueve mil trabajadores jubilados de Comisión Federal de Electricidad y beneficiarios de trabajadores fallecidos, están demandando a la paraestatal para que les entregue los recursos del fondo mutualista del SUTERM, formado con el ahorro de los trabajadores durante su vida laboral.

Con fecha 7 de octubre de 2013, los demandantes hicieron llegar a la Comisión Nacional de Derechos Humanos una carta donde la hacen de su conocimiento del caso, solicitando su intervención, pues consideran que existen muchos intereses que impiden que el sindicato les regrese el dinero que les corresponde por derecho.

En la carta exponen que el problema que tienen se deriva “del acuerdo tomado el 25 de abril de 1990 entre el director general de Comisión Federal de Electricidad y el secretario general del Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana (SUTERM)”.

El líder del Sindicato era entonces Leonardo Rodríguez Alcaine, La Güera, quien fue, a la muerte de Fidel Velázquez, dirigente de la CTM hasta agosto de 2005, cuando murió.

El acuerdo quedó asentado en el Contrato Colectivo del Trabajo 1990-1992, como sigue:

“Cláusula Vigésimo Sexta.- Con motivo del seguro de vida contratado por el SUTERM con la Aseguradora Obrera, S.A. a favor de los beneficiarios de los trabajadores activos y jubilados que fallezcan, las partes están de acuerdo en que las cláusula 68, Fondo Mutualista del SUTERM, se elimine en virtud de haberse sustituido el citado fondo por aquel seguro, debiendo por tanto recorrerse la numeración de las cláusulas subsecuentes. Así mismo, se acuerda suprimir la mención al Fondo Mutualista del SUTERM en todas las cláusulas donde se haga referencia al mismo, adecuado a su texto como se ha convenido en cada caso”.

Asesorados por el Despacho Estrada Abogados y Asociados, S.C., ubicado en el Distrito Federal, con fecha 27 de octubre de 2005, se elaboró la demanda número 1509/2005, cuya actora es María Guadalupe García Morales y otros, solicitándole al SUTERM y a Comisión Federal de Electricidad la devolución del Fondo Mutualista del SUTERM, formado con el ahorro de los trabajadores durante nuestra vida laboral.

Esta demanda fue resuelta por la Junta Especial Número 5 (cinco), el 16 de diciembre de 2011, absolviendo a CFE, al SUTERM y a su secretario general, Víctor Fuentes del Villar, con el siguiente argumento:

“El Fondo Mutualista fue creado como una prestación extralegal para ayudar a los deudos de los trabajadores de CFE en caso de fallecimiento, el cual se constituía con aportaciones periódicas de los mismos trabajadores, derivadas de los descuentos que se hacían en sus salarios, de ahí que su naturaleza sea laboral y contractual sujeta a prescripción”.

Entrevistado sobre el caso, Gilberto Martínez Verdugo, representante de los demandantes en Culiacán, dijo que esta argumentación de la Junta es indebida, ya que se le relaciona con el seguro de vida contratado con Aseguradora Obrera, S.A. en el año 1987, respaldado por un fideicomiso con capital aportado por el SUTERM.

Además, dijo, hay antecedentes de otros compañeros que han demandado y ganan el juicio.

“El 6 de diciembre de 2007, el Sexto Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia de Trabajo, dictó resolución en Amparo en Revisión Número RT-1256/2007, en el que se ordenó que “la Junta Especial Número Cinco de la Federal de Conciliación, se pronuncie y cuantifique los intereses generados por las aportaciones de los trabajadores al Fondo Mutualista en términos de la Ejecutoria de Amparo Número DT-13136/2003, pronunciada a favor de los reclamantes al fondo”.

“Esta sentencia ejecutoria —agrega—, fue pronunciada por este mismo tribunal el 4 de febrero de 2004 y se ordena que la Junta de Conciliación debe calcular los intereses que generaron las aportaciones hechas por los trabajadores y por el patrón que es la CFE y que esas aportaciones son una especie de depósito que los trabajadores y la empresa hicieron para el retiro de estos o cuando dejen de trabajar por su jubilación, y sus intereses corresponden a los depósitos”.

Las condenas que los Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo que obligan al SUTERM a devolverles el Fondo Mutualista que reclaman los trabajadores, están siendo cuantificadas por los representantes legales de los trabajadores, la junta Especial Núm. Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje en México, D.F., los juzgados de Distrito en Materia de Trabajo del D.F. y los tribunales colegiados mencionados.

Informó que en algún momento las partes demandadas les han ofrecido dinero para que se desistan, pero no lo han aceptado, pues el fondo debe abrirse para el beneficio de las decenas de miles de trabajadores de todo el país que laboran en la CFE y que tienen derecho a él.

En su carta a la CNDH, le exponen:

“Es de nuestro interés dejar asentadas dos cosas muy importantes que deben inclinar a la CNDH para atender nuestra petición: que hay resoluciones del Poder Judicial de la Federación que favorecen a otros trabajadores que han demandado la entrega de la parte que les corresponde del Fondo Mutualista y que nuestro asunto no es un problema de carácter laboral (lo que impediría una acción de esta CNDH), sino uno que se deriva de un fondo de ahorro formado con cuotas de los trabajadores y de la empresa, administrado por el sindicato que los representa”.

(RIODOCE/  Ismael Bojórquez/ )

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