Los desastres ocurridos con el huracán Manuel pueden explicarse a
partir de los hoyos legales en materia de desarrollo urbano, afirma el
Ayuntamiento de Culiacán, pero en el caso de Valle Alto la Conagua
reconoce haber permitido la reducción del dren Bacurimí por parte de la
Constructora Inzunza, lo que ocasionó las inundaciones.
Sin exigencias detalladas en material de drenaje pluvial, el
Ayuntamiento de Culiacán ha autorizado la construcción de
fraccionamientos, pese a que la ciudad está considerada por Conagua como
una zona de severo riesgo de inundaciones.
El marco legal vigente así lo ha permitido. La Ley de Desarrollo
Urbano del Estado Sinaloa ni el Reglamento de Construcciones para el
Municipio de Culiacán hacen referencia alguna al cotejo con Atlas de
Riesgo, ni con respaldos institucionales como Conagua para brindar
soluciones o crear infraestructura de drenaje pluvial en la creación de
fraccionamientos habitacionales.
El artículo 253 del Reglamento de Construcciones del Municipio de
Culiacán establece que para obtener una licencia de construcción de un
fraccionamiento requiere una memoria descriptiva de un estudio
hidrológico y el diseño o solución pluvial, sin establecer ninguna
especificación en este rubro. Por tanto, tal requisito ha sido llenado
con estudios privados, sin respaldo institucional.
Tampoco la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Sinaloa establece
un parámetro que deba cumplirse en materia de soluciones pluviales. Sus
artículos, relativos a la creación de fraccionamientos, el 145 y 125,
son muy generales y no contemplan la obligatoriedad de cumplir con
disposiciones específicas ni siquiera con la necesidad de validar las
propuestas con instituciones especializadas de ningún nivel de gobierno.
A diferencias de la construcción de banquetas, calles, frentes de
casas, áreas de donación, entre otras exigencias que incluyen
disposiciones específicas mínimas en medidas y materiales que se deben
cumplir, en materia de drenaje pluvial no hay indicación o norma alguna
que deba acatarse.
El mismo director de Planeación, Ecología y Desarrollo Urbano de Culiacán, Pastor Castañeda Verdugo, reconoce que el huracán Manuel
puso a prueba el marco legal vigente en materia de construcciones, por
lo que se considera necesario incluir normas emergentes adicionales.
Incluso advierte que el marco legal vigente puede permitir que una
empresa inmobiliaria se ampare ante el Tribunal de lo Contencioso
Administrativo, si la Dirección de Desarrollo Urbano del Estado de
Sinaloa no emite la licencia de construcción para el desarrollo de un
fraccionamiento.
“Yo no puedo pedir algo que se salga de la normatividad que tenemos
vigente. Si a mí el reglamento me menciona tales y cuales requisitos es
lo que tengo que pedir, no puedo extralimitar en los requisitos porque
entonces el interesado, el peticionario, inmediatamente en el Tribunal
de lo Contencioso o en un tribunal civil porque le estoy bloqueando al
que tiene derecho y está cumpliendo con la normatividad vigente”.
A la fecha, el requisito que se establece como entrada para aceptar
el proyecto ejecutivo de un nuevo fraccionamiento ha sido que los
terrenos estén localizados en zonas para desarrollos de viviendas,
dentro del marco del Plan Director de Desarrollo Urbano que contempla la
delimitación de usos de suelos.
A diferencia de la anuencia que se pide en materia de electrificación
de parte CFE o de Japac en temas de agua potable y drenaje sanitario,
en drenaje pluvial, en cuanto al marco legal, no existe ningún respaldo
institucional.
“Desgraciadamente el estudio hidrológico viene hecho por un
especialista, pero se cometía el error que no se consultaba con la
Conagua, porque la reglamentación no lo contempla”, aunque se sabe que
lo que sea referente a drenes, canales y arroyos en competencia de la
referida dependencia del Gobierno federal.
En materia de drenaje pluvial no existe reglamentación alguna que
obligue a las inmobiliarias a la construcción de sistemas pluviales
subterráneos, sino que lo que se ha acostumbrado es que estos sean de
manera superficial hacia la cuenca más cercana. Por ejemplo, Valle Alto,
Villas del Río y Álamo Grande descargan hacia el dren Bacurimí.
La reducción del dren Bacurimí para el fraccionamiento Álamo Grande,
especifica, fue autorizada por Conagua porque es la instancia
responsable de autorizar obras sobre los drenes y arroyos. “Ellos deben
tener su argumentación de si realmente se redujo y por qué se redujo”,
expresa Castañeda Verdugo, quien comenta que ellos no han verificado si
realmente se reduce el ancho, pero suponen que cuando el ancho de un
arroyo es revestido tiene más velocidad el agua y desfoga más
rápidamente el cauce.
La zona en donde está Valle Alto y Álamo Grande es reconocida como
una zona susceptible para del desarrollo habitacional. En la definición
del uso del suelo plasmado en el Plan Director de Desarrollo Urbano,
argumenta el funcionario, se consulta a los colegios de ingenieros,
arquitectos, la CMIC, las escuelas de Ingeniería y Arquitectura, como
parte del Consejo de Desarrollo Urbano.
El funcionario municipal asegura que desde el año pasado ya se había
estado trabajando en la problemática del drenaje pluvial de la ciudad,
cuando se hizo un plan maestro sobre el tema y se turnó a la Conagua,
pero fue rechazado por considerarse que era muy superficial. En un
segundo intento el Ayuntamiento de Culiacán estaba trabajando para
ofrecer una estrategia más a fondo.
El huracán Manuel obligó a que la Comisión de Directores
Responsables de Obra en los que participan los colegios de ingenieros y
arquitectos, así como la CMIC, trabajaran en la elaboración de
propuestas de normas emergentes que deberán agregarse al Reglamento de
Construcción, previa validación de la Conagua. La opción más rápida
podría ser que el Cabildo aprobara la adición de las normas emergentes,
en lugar de esperar a un protocolo de actualización del Reglamento de
Construcción vigente.
LA DEFENSA DE LOS AFECTADOS
Mientras el Ayuntamiento de Culiacán argumenta que se apega a las
disposiciones legales establecidas, el abogado Jesús Estrada Ferreiro
trabaja en la integración de los expedientes para interponer demandas
legales por negligencia de las autoridades de los diversos niveles y las
inmobiliarias por los daños causados a residentes de los
fraccionamientos inundados por el huracán Manuel.
La defensa de sus clientes parte de la base que si bien es cierto que
los daños fueron causados por un fenómeno meteorológico, la dimensión
de la afectación no hubiese sido posible con la cantidad de agua y
viento que trajo. Los daños se magnificaron, asegura, debido a que los
fraccionamientos no cuentan con drenaje pluvial y fueron construidos
sobre terrenos que no se prepararon con niveles superiores al río.
Las empresas inmobiliarias que cuentan con personal técnico
especializado construyeron, expresa, sabían lo que podría ocurrir algún
día y sin embargo realizaron los fraccionamientos.
“De entrada hay una negligencia de parte de ellos que obedece a que quieren hacer negocios y que les cueste lo menos posible”.
El otro punto de su defensa legal apunta a la responsabilidad que
tuvo la autoridad municipal, no un alcalde en específico, sino el
Ayuntamiento de Culiacán como institución, ya que es la instancia legal
que emite los permisos de construcción.
Negligencia, ignorancia inexcusable, imprudencia, actitudes dolosas y
de mala fe, podrían acreditarse en las demandas legales contra el
Gobierno municipal, sus funcionarios y el propio Cabildo que autorizó la
construcción de los fraccionamientos que se inundaron.
Los recursos legales además podrían argumentar que se puso en riesgo
no solo los bienes materiales, sino la vida de las personas.
Los demandas contemplan además la responsabilidad que pudiera haber
tenido Conagua de no actuar en la materia previamente, por ejemplo en el
dragado de ríos, Protección Civil por no realizar los procedimientos
necesarios en la emergencia pese a que había recibido la información del
meteoro.
En los hechos, menciona, existen elementos para interponer demandas
en las áreas civil, penal y administrativa, además que tanto Infonavit
como las inmobiliarias están incurriendo en ilegalidades porque la
aplicación de los seguros se está haciendo sin que los beneficiarios
tengan acceso a las pólizas y sus condiciones.
Precisamente uno de los puntos de la defensa será acudir ante
Condusef para mediar que los pagos de las indemnizaciones sean previa
entrega de las pólizas que se quieran hacer efectivas.
Mucha gente, asegura, por ignorancia o necesidad está aceptando los
montos que les están entregando, sin conocer las pólizas y los derechos
que tiene.
La entrega de indemnizaciones, sin la entrega de las pólizas de
seguros de las casas, está siendo una estrategia para disuadir a los
afectados de que emprendan una lucha legal, acusa.
“A mí no me gusta perder pleitos”, expresa el abogado que trabaja en
la integración de los expedientes de vecinos de diversos
fraccionamientos que sufrieron inundaciones con Manuel en la zona urbana de Culiacán.
Denuncia que entre los damnificados los afectados se está promoviendo
un proselitismo para que los vecinos no demanden, a cambio de recibir
ayuda más pronta o mayor a la prometida.
“A unos ya les dieron cosas, les dijeron: ayúdame con la demás gente,
yo te voy a dar más, están haciendo proselitismo para que no se
demande. Yo sé que los que no demanden ni un peso les van a dar, así
hagan lo que tengan que hacer y como la gente está amolada dice: mejor
me espero. Es muy fuerte el sistema, tienen mucho control porque hay
mucho dinero, ellos le invierten un millón de pesos ahorita para diez
gentes que permanentemente van a buscar gente para que no hagan demandas
o para mandarles un aire acondicionado, un colchón o algo, y lo
comprometen; y otros por la necesidad de recuperar algo, aceptan los 5
mil pesos como finiquito, sin derecho a demandar a nadie más. Está
canijo”.
Y augura: “Quien se atreva a demandar la va a ganar”.
De acuerdo con datos de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología,
durante esta administración municipal no se han autorizado nuevos
fraccionamiento sobre las riberas de los ríos. Valle Alto y Álamo Grande
fueron aprobados por el Ayuntamiento de Culiacán en 2005 y 2010,
respectivamente.
De acuerdo con el Reglamento de Construcciones, son los cabildos,
integrados, por los regidores y el presidente municipal la autoridad
última para aprobar nuevos fraccionamientos en Culiacán, tras la
integración de los expedientes en la Dirección de Desarrollo Urbano y
Ecología.
El visto bueno a la Constructora Inzunza
Después de mucho sacar la vuelta, la Conagua reconoció que dio el
visto bueno técnico para que el dren Bacurimí fuese reducido en su
dimensiones en la sección trapecial, al pasar de su plantilla de 16.0
metros en tierra a 10.0 metros en concreto, como parte de un proyecto
urbanístico de la empresa constructora Inzunza S.A. de C.V.
La referida empresa construye actualmente el desarrollo inmobiliario
Álamo Grande, contiguo al fraccionamiento Valle Alto, asentamiento que
sufrió severas inundaciones con la llegada del huracán Manuel.
En informe técnico proporcionado por Conagua a Ríodoce, se
afirma que si bien la obras realizadas por la urbanizadora modificaron
las dimensiones del dren, no cambió su capacidad de conducción, sino por
el contrario, aumentó la capacidad del dren en concreto, comparado con
la superficie en tierra.
Sin embargo, también señala el riesgo de desbordamientos del dren Bacurimí en caso de lluvias extremas.
“Se considera que el dren Bacurimí, en condiciones normales para
gastos de hasta 145 metros cúbicos por segundo y con una descarga libre,
se debe comportar sin problemas para la ciudad, sin embargo, en
condiciones de lluvias extremas que provoquen avenidas impredecibles en
el río Culiacán, este puede tomar tirantes de agua de tal magnitud que
impida la libre descarga de arroyos y drenes”.
De acuerdo con información de Conagua, el dren principal Bacurimí
forma parte de la infraestructura hidroagrícola que integra el distrito
de riego 010 Culiacán-Humaya, concesionada a la S. de R.L. Sistema
Humaya, quien es la responsable de su conservación adecuada para su
correcto funcionamiento.
El referido dren, cuyas condiciones han sido señaladas por expertos y
Fincamex de haber provocado las inundaciones en la zona del
fraccionamiento de Valle Alto, tiene un desarrollo de 12.2 km. De
acuerdo con los datos históricos de Conagua, el dren Bacurimí tiene una
capacidad de conducción en su sección hidráulica de 145.0 metros cúbicos
por segundo.
La Conagua establece además que en una revisión técnica realizada en
la zona, se verificaron los proyectos de puentes en construcción en el
mismo tramo del dren Bacurimí, las áreas hidráulicas tienen una
capacidad mayor con las secciones en donde se revistió con material de
concreto.
El reporte técnico de la Conagua establece además que al ser el dren
Bacurimí invadido por la mancha urbana en su totalidad, se ha generado
una mayor velocidad en el flujo de las aguas de lluvia y por ende un
llenado más ágil de la cubeta del dren.
Precisamente por el acelerado desarrollo habitacional de la zona,
especifica la Conagua, se han construido entradas de agua, puentes y
revestimientos de concreto, como el realizado en el último año por la
constructora Inzunza S.A. de C.V. en la sección del kilómetro 0+000 para
descargar al río Culiacán al kilómetro 1+320.
No hay comentarios:
Publicar un comentario