lunes, 3 de febrero de 2014

INTENTÓ HACER SUYA A MENOR DE 14 AÑOS EN LA PAZ, BCS

La pequeña gritó solicitando ayuda
El agresor pudo escapar de la policía
Los hechos en la colonia Arco Iris 3

La Paz, B.C.S.- La mañana del miércoles un sujeto atacó a una adolescente en la vía pública, para tocarla en sus partes íntimas e intentar abusar sexualmente de ella, sin lograr consumar el acto debido a que los gritos de la víctima alertaron a los vecinos que llamaron a la policía.

Los hechos fueron reportados a la Municipal a las 6:45 AM, cuando llegaron al sitio ubicado en las calles Artículo 115 y Magenta de la colonia Arco Iris III, donde platicaron con la señora Manuela quien relató a los uniformados que todas las mañanas muy temprano sale a recoger botes de aluminio.

En esta ocasión alcanzó a escuchar los gritos de la menor solicitando auxilio, y cuando volteó alcanzó a ver que se alejaba del lugar un sujeto que vestía sudadera roja, short negro, gorra y tenis.

Cuando platicó con la adolescente, le dijo que la persona que huía del lugar, momentos antes le levantó su falda y tocó sus partes íntimas, para después derribarla al suelo donde intentó violarla.

Ahí mismo le prestaron un teléfono celular para que la víctima se comunicara con su familia, en tanto la policía peinaba la zona sin resultados positivos, pues no dieron con el paradero del abusivo sujeto.

Una vez que llegó la mamá de la menor, dijo que pasaría a denunciar los hechos ante el ministerio público.

(COLECTIVO PERICU/ Redacción/  enero 31, 2014)



¡CAPTURAN A PRÓFUGO DE LA JUSTICIA!

Se había refugiado en los Estados Unidos
Cometió homicidio en BCS en 2003
Le disparó mientras dormía su víctima

La Paz, B.C.S.- La Procuraduría General de Justicia del Estado da a conocer que Agentes del Investigaciones de la Policía Ministerial del Estado adscritos a la comandancia de Mandamientos Judiciales ejecutaron Orden de Reaprehensión, girada por el Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Penal en contra de José Aguilar Lucas, de 36 años de edad, por su probable responsabilidad en el delito de Homicidio Calificado con Premeditación y Ventaja, quien se encontraba prófugo de la justicia desde el año 2003 y era uno de la lista de los Más Buscados por la Procuraduría de Justicia del Estado, por hechos ocurridos el día 24 de diciembre del 2003 en la ciudad de La Paz, B.C.S., Quedando internado en el Centro de Reinserción Social de esta ciudad a disposición del Juez de la causa que lo reclama.

Hechos: El día 24 de Diciembre de 2003, al encontrarse la persona de nombre José Aguilar Lucas, en el Campo Agrícola denominado “Las Palmitas”, ubicado en el Poblado de El Pescadero, Baja California Sur, se dirigió al cuarto donde se encontraba durmiendo Alejandro Ceballos Martínez, de 18 años de edad, ya que tenían problemas personales, motivo por el cual le disparo con un rifle calibre 22, causándole la muerte instantáneamente, dándose a la fuga del lugar, por lo que elementos de esta Dirección de la Policía Ministerial del Estado, realizaron a las investigaciones correspondientes, logrando su ubicación y detención.

El probable responsable fue deportado de los Estados Unidos de América por Nogales, Sonora y a su vez entregada al personal de la Policía Federal Ministerial de la Procuraduría General de la República del Estado de Sonora, en base al convenio de colaboración existente entre las Procuradurías Generales de Justicia del País, siendo     trasladado el probable responsable a esta ciudad de La Paz Baja California Sur en donde quedo interno en el Centro de Reinserción Social de esta ciudad quedando a disposición del Juez de la causa que lo reclama.


(COLECTIVO PERICU/ REDACCIÓN/ FEBRERO 3, 2014)

¡ESTHELA PONCE A PUNTO DEL DESAFUERO!



Heredó tremenda bronca laboral y no quiso atender
Todo empezó con alcalde Víctor Guluarte
Los demás irresponsables por omisiones perdieron
Ayuntamiento con las cuentas bancarias CONGELADAS
Desequilibrio financiero lo pone en riesgo de bancarrota

La Paz, B.C.S.- La situación financiera del ayuntamiento de La Paz se ha vuelto caótica, debido al juicio laboral que ha perdido ya en sentencia definitiva, a raíz de la denuncia de una empleada de nombre Juana Rosa Isela Avilés Núñez, despedida injustificadamente en el año 2003, durante la administración de Víctor Guluarte.

Este asunto fue desatendido por omisiones y falta de voluntad de los alcaldes subsecuentes  (Víctor Castro Cosío y Rosa Delia Cota Montaño) y ya hizo crisis en la actual administración municipal a la que le congelaron las cuentas bancarias la semana anterior, lo que pone ahora en riesgo de desafuero a la actual alcaldesa Esthela Ponce Beltrán si se niega a pagar la cantidad reclamada, que ya no está sujeta a negociación y que asciende a 19 millones 385,052.10 pesos.

La histórica medida dictada por un juez de distrito, provocó el congelamiento de las cuentas bancarias del ayuntamiento de La Paz, que en esa forma se quedó en la inoperancia financiera y ahora, únicamente se sostiene de los ingresos diarios vía cajas recaudadoras, que fue el sistema que utilizaron para pagar el sábado anterior a los trabajadores. Se logró salvar el pago a los sindicalizados, pero no ocurrió así con empleados de confianza y policías municipales.

Esta medida de congelar las cuentas bancarias fue ya la última instancia y ahora, se inicia un trámite para hacer efectivo el pago de la liquidación respectiva, por lo que al momento se desconoce cuándo concluirá la intervención judicial, ya que se tienen que hacer varios peritajes aún.

Y aunque se trata de un asunto estrictiamente jurídico, aquí queda exhibida la actitud irresponsable o de ineptitud de los asesores jurídicos de los ayuntamientos encabezados por Víctor Manuel Guluarte Castro, Víctor Castro Cosío y Rosa Delia Cota Montaño que nunca dieron atención al caso y por el contrario, lo dejaron crecer interponiendo amparos y otros recursos para evitar el pago, lo que llega a los actuales extremos que ahora causan crisis en el ayuntamiento a cargo de Esthela Ponce Beltrán, que también se fue a la vía de los amparos que ahora se le han revertido.

VERSIÓN DEL ABOGADO Y RUTA JURÍDICA EN ESTA DEMANDA
Con la finalidad de dar a conocer a la opinión pública y a los trabajadores al servicio del municipio de la Paz, B. C. S., que la demanda laboral presentada por la Ing. J. Rosa Icela Aviles Núñez, de la cual soy su abogado (Salvador Krieb 2 - 1 ayuntamiento cajas recaudadorasAlmeida) no es injusta ni tramposa y que todas y cada una de las prestaciones a que fue condenado el H. Ayuntamiento paceño se ganaron de manera LEGAL en los tribunales federales (dos amparos directos y aproximadamente once amparos indirectos, aparte de los que presentó el ayuntamiento y que se le ganaron), y que además no se demandó a ningún partido político sino a un Ente Público (Ayuntamiento) con independencia de que partido político lo gobierne, porque es sabido por todos, que en general todos los partidos políticos son buenos, pero son los políticos los que denigran o enaltecen a sus partidos, según como se conduzcan al encabezar los órganos de gobierno ya sea municipales, estatales o nacional.  Debiendo de saber los trabajadores del ayuntamiento que, no es por culpa de la ex trabajadora que ellos no hayan cobrado su quincena.

Por otra parte, a inicios (julio 2011) de la presente administración municipal me apersone con el entonces Director jurídico a proponerle un convenio a fin de evitar precisamente de lo que se duelen actualmente (el embargo de cuentas bancarias) manifestándome que le parecía razonable mi propuesta, en la última entrevista estuvo presente el actual secretario general de gobierno que no estuvo de acuerdo y posiblemente por esa razón o por los abogados del H. Ayuntamiento que nunca se pudo arreglar el asunto, agregando que la señora presidenta nunca me quiso recibir para escuchar mi propuesta.

Respecto de una publicación en la que se hace referencia a que solo el gobernador podría ayudar a la presidenta municipal de La Paz,  creo que esa persona está equivocada, porque el señor Gobernador ha sido muy claro en sus declaraciones en el sentido de que en todo asunto de carácter judicial  debe prevalecer el estado de derecho, y en el presente asunto, el acuerdo de embargarse las cuentas bancarias del ayuntamiento de la paz, b. c. s., se dictó apegado a derecho, en virtud de que el Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto  Circuito en La Paz, B. C. S., en la resolución del Amparo en Revisión 219/2013, resuelto en fecha 10 de Octubre de 2013, resolvió lo siguiente:

En el caso, de lo señalado en esta ejecutoria y de los antecedentes vertidos por la quejosa en la demanda de amparo indirecto, se aprecia que la “autoridad” que el quejoso señaló como “responsable”, no tiene ese carácter para efectos del juicio de amparo, ya que en el juicio ordinario laboral tuvo la calidad de parte demandada por ser el patrón de la entonces actora, aquí impetrante; y el laudo que en el juicio laboral se emitió quedo firme para todos los efectos legales a que haya lugar. Lo cual implica que la relación que existe entre la quejosa y el Ayuntamiento de La Paz, Baja California Sur, es de particulares.(foja 89, 90).

Lo que en la especie no sucede, pues como ya se dijo, la relación existente entre la quejosa y el municipio, reviste un plano de igualdad en el que el vínculo jurídico es de índole laboral, no de una relación de supra a subordinación como la que se suscita entre un ente público dotado de imperio e investidura pública y un particular. (foja 93).

Luego, si de los artículos 103 y 107 de la Constitución, se desprende que el juicio de amparo es un medio de protección de los derechos fundamentales frente a los actos de autoridad, esto es, los derechos fundamentales nacen como derechos contra el Estado, es decir, contra los poderes públicos, resultaría un contrasentido que la parte actora del juicio laboral aquí quejosa, promoviera amparo respecto de una autoridad en la que se encuentra en un plano de igualdad, y en torno a un acto que realiza en un nivel de coordinación con dicho 2 - 1 ayuntamiento de la paz 001particular (quejosa) sin atributos de autoridad. (foja 141)
En la anterior sentencia, y a petición del suscrito, se fundó el Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipio de Baja California Sur para dictar el acuerdo del embargo de las cuentas bancarias del Ayuntamiento de La Paz, B. C. S., puesto que el Tribunal Federal  resolvió que dicho ayuntamiento, para el presente juicio,  no era un ente público dotado de imperio e investidura pública , y por lo mismo, sin atributos de autoridad, lo cual significa que es susceptible de ser embargado en todos los bienes propiedad del municipio, con excepción de los bienes públicos destinados a un servicio, y no porque sea un asunto político, pues la verdad es que no he tenido el gusto de conocer al Sr. Gobernador, por lo que no existe ningún tinte político en el presente juicio.

ANTECEDENTES:
Mi nombre es Salvador Krieb Almeida, y soy abogado de la Ing. J. Rosa Icela Aviles Nuñez en el juicio laboral 45/2003, que se tramita en el Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipio de Baja California Sur;     Y enseguida voy a tratar de resumir lo que ha acontecido durante poco más de 10 años en la tramitación del referido juicio laboral 45/2003.

1.- En fecha 4 de Noviembre del año 2003, se presentó demanda laboral ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur,  de esta ciudad de La Paz, B. C. S.,  en contra del  H. AYUNTAMIENTO DE LA PAZ Y OTROS, correspondiéndole el número 45/2003.

2.- Seguido el juicio se dictaron varios Laudos, quedando firme el de fecha 10 de Octubre del año 2006.

3.- En contra de dicho laudo, la demandada (Ayuntamiento de la Paz, B.C.S.) interpuso Amparo Directo No. 300/2006 en su contra, habiendo expresado entre otros agravios el siguiente:

“PRIMER CONCEPTO DE VIOLACION.- EL RESULTANDO CUARTO,  …….. .
LO ANTERIOR ES ASI, ……
BAJO ESTA PREMISA, …….
DE LAS ANTERIORES TRANSCRIPCIONES, SE ADVIERTE CON MERIDIANA CLARIDAD QUE EXISTE UNA INCONGRUENCIA EN EL LAUDO RECLAMADO, YA QUE EL TRIBUNAL RESPONSABLE, ESTABLECE LA PROCEDENCIA DEL PAGO DE DOS PRESTACIONES G Y H A FAVOR DE LA ACTORA LABORAL Y CON CARGO A MI REPRESENTADA, ….    POR NO HABER FUNDADO NI MOTIVADO LA RESPONSABLE DICHA DETERMINACIÒN.”

“POR OTRO LADO, Y CONTINUANDO SOBRE ESTE MISMO PUNTO, ES EVIDENTE QUE LA RESPONSABLE INCURRE EN UNA NOTABLE INCONGRUENCIA EN EL LAUDO, EN ESPECIAL EN LA PARTE TRANSCRITA PRECEDENTEMENTE, YA QUE DETERMINA EQUIVOCADAMENTE QUE SE LE PAGUEN A LA ACTORA DESDE EL 01 DE DICIEMBRE DE 1983 AL 17 DE JULIO DE 2003, A RAZON DE UN SALARIO DIARIO INTEGRADO DE $340.85, APORTACIONES Y ACTUALIZACIONES DE COTIZACIONES ANTE EL ISSSTE, SAR Y FOVISSSTE, EN TERMINOS DEL CONSIDERANDO NOVENO DE LA RESOLUCION, …  POR NO HABER FUNDADO NI MOTIVADO LA RESPONSABLE DICHA DETERMINACIÒN,”

En atención al mencionado agravio, el Tribunal Colegiado en el considerando noveno de la resolución  se lee lo siguiente:

“Por otra parte, también refiere el peticionario de garantías que la autoridad responsable le condena al pago de las prestaciones que nos ocupan, sin cumplir con su obligación de fundar y motivar el laudo reclamado.

Lo cual es infundado, dado que si bien es cierto que toda autoridad ………..”

Habiendo resuelto el Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito con sede en esta ciudad, dentro del juicio de amparo directo laboral No. 300/2006,  dictado en fecha 19 de Junio del año 2006, en el Resolutivo Único lo siguiente:

ÚNICO.- La Justicia de la Unión No Ampara Ni Protege al XII AYUNTAMIENTO DE LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, en contra del acto reclamado y de la autoridad responsable que precisados quedaron en el resultado primero de esta ejecutoria.

4.- Dentro del Incidente de Ejecución del juicio laboral 45/2003, el H. Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur, en fecha 28 de Octubre de 2010, dicto Auto de Ejecución, en acatamiento a lo ordenado por el H. Juzgado Segundo de Distrito en el estado de Baja California Sur en el amparo concedido a la Quejosa Actora No. 1038/2010,  en el que se acuerda  lo siguiente:

PRIMERAMENTE TENEMOS QUE EN FECHA 10 DE OCTUBRE DE 2006, SE DICTÓ LAUDO QUE PUSO FIN A LA PRESENTE CONTROVERSIA JURIDICO LABORAL, EN EL QUE SE CONDENÓ ENTRE OTRAS PRESTACIONES AL H. AYUNTAMIENTO DE LA PAZ, B.C.S., A PAGAR A LA ACTORA JUANA ROSA ICELA NUÑEZ AVILES LO SIGUIENTE:    ………

“….SE ORDENA Y SE DICTA AUTO DE EJECUCIÓN EN CONTRA DE LA DEMANDADA H. AYUNTAMIENTO DE LA PAZ, B. C. S., PARA QUE SE LE REQUIERA POR EL PAGO DE LA CANTIDAD DE $15´824,956.10 M. N. (QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS 10/100 MONEDA NACIONAL……),  más las actualizaciones ordenadas.

5.- Al H. AYUNTAMIENTO DE LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, se le notificó el Auto referido en fecha 13 de Diciembre de 2010, y en los primeros días de enero del año 2011 promovió Amparo indirecto en contra de Auto de Ejecución referido,  correspondiéndole conocer al H. Juzgado Segundo de Distrito en el estado de Baja California Sur No. 01/2011, habiendo expresado en su Segundo Agravio lo siguiente:

“Finalmente, suponiendo sin conceder que existe adeudo de cuotas y aportaciones, es infundado el argumento de la responsable en el sentido de señalar que le asiste el derecho a recibir el pago de cuotas y aportaciones a la C. JUANA ROSA ICELA AVILES NUÑEZ, actualizadas, ya que esta última figura no está prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales del Estado, como se manifestó en líneas anteriores.”

En relación al referido concepto de violación la autoridad jurisdiccional federal, mediante sentencia de fecha 1 de Mayo de 2011 resolvió:

“Precisado lo anterior, debe decirse que el concepto de violación es inoperante, porque la quejosa pretende controvertir la procedencia de las actualizaciones mencionadas; lo cierto es que en el laudo dictado el 10 de Octubre de 2006, en el juicio laboral 45/2003, de donde deriva la resolución reclamada, se condenó a dicha prestación (fojas 412 a la 424);  máxime que la aquí quejosa promovió juicio de amparo directo contra el referido laudo, al cual correspondió el expediente 300/2006 y el Tribual colegiado del Vigésimo Sexto Circuito con residencia en esta ciudad, mediante sentencia de diez y nueve de junio de 2007, resolvió negar el amparo solicitado, por lo que no es posible jurídicamente analizar esa cuestión al haber quedado firme.”

Habiéndosele concedido el amparo y protección de la justicia de la unión a la quejosa H. Ayuntamiento de la paz, baja california sur, en otro agravio para efectos.

6.- La trabajadora, inconforme con la resolución dictada por el   H. Juzgado Segundo de Distrito en el estado de Baja California Sur en el amparo No. 01/2011, promovió Recurso de Revisión Laboral ante el H.  Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito con sede en esta ciudad, tocándole el número 327/2011, resolviendo ese cuerpo colegiado que REVOCABA Y NEGABA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN A LA QUEJOSA H. AYUNTAMIENTO DE LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR;      y por tal motivo quedaba firme el Auto de Ejecución de fecha 28 de Octubre de 2010, dictado H. Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur.

7.- En fecha 15 de Mayo de 2012, mi abogado Lic. Salvador Krieb Almeida, presentó promoción dirigida al  C. Presidente del H. Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur, para dar cumplimiento a lo estipulado en el numeral 950 de la Ley federal del Trabajo,  solicitándole lo siguiente:

“ PRIMERO.- Se instruya al C. Actuario a fin de que Ejecute Parcialmente el Auto de Ejecución de fecha 28 de Octubre de 2010, es decir, para efecto de que Ejecute Parcialmente el Auto de fecha 28 de Octubre de 2010, hasta en tanto se exhibe el nuevo dictamen pericial solicitado,  y  se constituya en el domicilio de la demandada  a requerirla del pago de la cantidad de $15´824,956.10 pesos moneda nacional, (    QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS 10/100 MONEDA NACIONAL), mas  los intereses y de los gastos de ejecución, de conformidad con lo establecido por los diversos 950, 951 y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo de aplicación supletoria, y en caso de negativa de su parte, se trabe formal embargo con bienes suficientes y necesarios para garantizar pago de la cantidad antes indicada, de los intereses y de los gastos de ejecución, de conformidad con lo establecido por los diversos 950, 951 y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo de aplicación supletoria.

SEGUNDO.- Y una vez actualizado el dictamen pericial, se deberá ordenar al Actuario, se requiera a la demandada por el pago de la diferencia que exista entre el dictamen que se esta solicitando la ejecución parcial y el nuevo dictamen pericial solicitado al perito tercero en discordia LICENCIADO EN CONTADURÍA PÚBLICA ANGEL GERARDO NUÑEZ NAVARRO, más los gastos e intereses que se acumulen hasta el momento del pago total de lo condenado.”

8.-  En contra la omisión por parte del Presidente del H. Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur, promoví Amparo Indirecto, tocándole conocer al H. JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, correspondiéndole el número 465/2012, habiéndole concedido el Amparo y Protección de la Justicia federal a efecto de que el Presidente del Tribunal burocrático dictara el acuerdo correspondiente.

9.- En fecha 12 de Julio de 2012,  la responsable emitió el acuerdo correspondiente a la Ejecutoria derivada del juicio de amparo 465/2012, del cual destaca lo siguiente:

“ REQUIERASE AL TERCERO EN DISCORDIA LICENCIADO EN CONTADURÍA PÚBLICA ANGEL GERARDO NUÑEZ NAVARRO, CON DOMICILIO UBICADO EN BULEVAR 5 DE FEBRERO Y CALLE ALTAMIRANO DESPACHO 2-B (PLAZA 5 DE FEBRERO), A FIN DE QUE ACTUALICE SU DICTAMEN PERICIAL DE FECHA 04 DE SEPTIEMBRE DE 2008, Y UNA VEZ REALIZADO LO ANTERIOR, TÚRNESE EL EXPEDIENTE AL ACTUARIO ADSCRITO A ESTE TRIBUNAL A EFECTO DE QUE LLEVE A CABO EL PROCEDIMIENTO DE REQUERIMIENTO Y EN SU CASO EMBARGO SEÑALADO EN LOS ARTÍCULOS 950, 951 Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE APLICACIÓN SUPLETORIA A LA MATERIA DEL PRESENTE JUICIO.”

10.- En fecha 22 de Agosto de 2012, el perito tercero en discordia licenciado en contaduría pública ANGEL GERARDO NUÑEZ NAVARRO, presentó ante la Responsable en el expediente 45/2003, la ACTUALIZACIÓN de la pericial contable rendida con antelación (4 de Sept. De 2008), por la cantidad de $19´385,052.10 M. N. (DIEZ Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y DOS PESOS 10/100 MONEDA NACIONAL),    y en fecha 07 de Septiembre de 2012 se acordó por la responsable la presentación de dicha actualización;    Y en fecha  11 de Septiembre de 2012 ratificó, el perito contable, ante la responsable la actualización del dictamen antes precisado, habiendo quedado firme ante la falta de impugnación.

11.- Es el caso, que después de varios amparos indirectos que se tramitaron en el H. Juzgado Segundo de Distrito en La Paz, B. C. S., EN FECHA 19 DE OCTUBRE DE 2012, SE PROCEDIÓ A LLEVAR A CABO LA EJECUCIÓN DEL LAUDO, CONSISTENTE EN  LA DILIGENCIA DE REQUERIMIENTO DE PAGO Y EMBARGO EN CONTRA DE LA RESPONSABLE.

12.- Sin embargo, en esta ETAPA DE EJECUCIÓN DE LAUDO, LA RESPONSABLE H. AYUNTAMIENTO DE LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR,  EN SU CALIDAD DE PATRÓN, SE HA NEGADO A ACATAR EL LAUDO CONDENATORIO DICTADO EN EL JUICIO LABORAL 45/2003 EMITIDO POR EL H. TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE PARA LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE BAJA CALIFORNIA SUR, PESE A QUE FUE REQUERIDO DE DAR CUMPLIMIENTO AL LAUDO CONDENATORIO (AUTO DE EJECUCIÓN) EN LA DILIGENCIA DE REQUERIMIENTO Y EMBARGO DE FECHA 19 DE OCTUBRE DE 2012,

13.- Posteriormente y ante la negativa y contumacia del H. Ayuntamiento de La Paz, B. C. S., y ante el indebido e ilegal demora por parte del entonces Presidente del Tribunal Burocrático de embargar las cuentas bancarias del H. Ayuntamiento se presentaron varias denuncias penales y queja ante la Contraloría del Estado en contra del servidor público de apellido Salgado, creo que fue en el mes de Febrero de 2013 que este funcionario renunció yéndose a trabajar al H. Ayuntamiento de La Paz, B. C. S.  (OBVIO)

14.- Con escrito fechado en 30 de Enero de 2013, presenté demanda de Amparo Indirecto correspondiéndole el número 70/2013, tocándole conocer del mismo al C. Juez Segundo de Distrito en La Paz, B. C. S., señalando al H. Ayuntamiento de La Paz, B. C. S., como autoridad Responsable, ante la negativa y contumacia del mismo a no cumplir con el auto de ejecución del juicio laboral 45/2003.         Habiéndole concedido a la trabajadora, el Amparo para efecto de que el Ayuntamiento le pagara a la trabajador Juana Rosa Icela Aviles Núñez las cantidades señaladas en el último dictamen emitido por el perito tercero en discordia. El H. Ayuntamiento promovió Recurso de Revisión ante el Tribunal Colegiado en La Paz,  correspondiéndole el No. 219/2013, HABIENDO REVOCADO EL AMPARO, pero haciendo las manifestaciones que trascribí al inicio de la presente.

15.-  Posteriormente solicite al Presidente del Tribual Burocrático se embargaran todas y cada una de las cuentas del Ayuntamiento, con fundamento en lo resuelto por el Tribunal Colegiado.

CONCLUYENDO QUE EL AYUNTAMIENTO ALEGÓ QUE NO ES AUTORIDAD RESPONSABLE PARA EFECTOS DEL AMPARO, PARA QUE NO FUERA LA AUTORIDAD FEDERAL LA QUE LE EXIGIERA EL CUMPLIMIENTO, PUES LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PODRÍA ORDENAR, EN CASO DE DESOBEDIENCIA DE ACATAR LA SENTENCIA, EL CESE DEL CARGO DE PRESIDENTA MUNICIPAL DE LA PAZ, B. C. S. Y CONSIGNARLA A UN JUEZ FEDERAL;    PERO AHORA QUE EL TRIBUNAL COLEGIADO LE DIO LA RAZÓN, TAMBIEN DIJO QUE EL AYUNTAMIENTO NO CONTABA CON NINGUN PRIVILEGIO Y QUE ERA COMO UNA PERSONA MORAL PRIVADA, LO CUAL SIGNIFICA QUE PUEDE SER EMBARGADA COMO A CUALQUIER PERSONA, POR LO QUE NO SE VALE QUE TRATEN DE DESPRESTIGIAR A LA INGENIERO (ACTORA) Y AL SUSCRITO CON COMENTARIOS DE PERSONAS QUE, COMO SE DICE, NI VELA TIENE EN EL ENTIERRO, HACIENDO MANIFESTACIONES DE QUE LA DEMANDA ES INJUSTA Y TRAMPOSA, SIN NINGÚN SUSTENTO JURÍDICO QUE LA RESPALDE, PORQUE COMO YA SE PROBÓ CON ANTELACIÓN, FUERON LOS JUZGADOS FEDERALES LOS QUE LE DIERON LA RAZÓN A LA ING. JUANA ROSA ICELA AVILES NUÑEZ.

ATTE.  LIC. SALVADOR KRIEB ALMEIDA.


(COLECTIVO PERICU/ REDACCIÓN/  FEBRERO 3, 2014)

DELEGADO DE SCT PROTAGONIZA ESCÁNDALO EN HOTEL DE CABO SAN LUCAS, BCS

Estuvieron a punto de llamar a la policía
Fue el viernes por la tarde en MELIÁ CABO

Cabo San Lucas, B.C.S.- Las cosas no están funcionando bien para el director del centro SCT en la entidad, Alejandro Cruz Olivera, a quien señalan como actor principal en un escándalo que ocurrió a la una de la tarde en el lobby del hotel Meliá Cabo (ME Cabo), donde estuvo a punto de enfrentarse a golpes con un grupo de personas y sus propios empleados.

De acuerdo a un reporte recibido la tarde del sábado en la redacción de Colectivo Pericú, testigos del vergonzoso hecho mencionan que Cruz Olivera se encontraba en el sitio dialogando con varias personas que llevaban documentos y al parecer planos.

Repentinamente el funcionario federal comenzó a gritar y echar de la madre a sus empleados y a un grupo de individuos no identificado a los que estaba acusando de irresponsables.

Aunque el contenido del alegato no es de la incumbencia del hotel, sino la seguridad del lugar y la integridad física de los huéspedes, se alertó a los guardias del lugar a fin de que investigaran lo que ocurría.

Fuera de sí Cruz Olivera lanzaba insultos al grupo de personas y uno de sus empleados intentaba hacerlo llegar a la cordura, situación que a final de cuentas se impuso y la situación no pasó a mayores. Por eso ya no fue necesario el llamado a la policía.

Colectivo Pericú atiende DENUNCIA CIUDADANA.

(COLECTIVO PERICU/ Redacción/ febrero 3, 2014)

EN EL PRD PREFIEREN AL GUILLE Y NO AL TONY AGUNDEZ COMO CANDIDATO A LA GUBERNATURA DE BCS



Alcalde de Mulegé acepta nominación a gubernatura
Habla sobre observaciones contables a su gobierno

La Paz, B.C.S.- “Para nosotros es de mucha importancia que la IZQUIERDA DEMOCRÁTICA  piense en nosotros para pre candidato a la gubernatura del estado por el PRD, eso nos compromete al trabajo”, dijo el alcalde de Mulegé Guillermo Santillán Meza luego de su destape por René Bejarano, ante la presencia de la dirigente del Sol Azteca en la entidad Rosa Delia Cota Montaño.

Se trata de la primera nominación que hace ese partido con todas las formalidades, luego de la presentación individual a la candidatura a la gubernatura que hizo el actual alcalde de Los Cabos Antonio Agúndez Montaño, que han merecido comentarios mínimos de la dirigencia perredista de Baja California Sur.

Lo anterior puede tener su origen en que Antonio Agúndez Montaño no ha definido todavía si es de la izquierda o es del PRI, ya que en las anteriores campañas ordenó a sus activistas y funcionarios que apoyaran con todo a Enrique Peña Nieto a la presidencia de la república y a los candidatos del PRI a las diputaciones federales y senadurías.

Por lo pronto ya con todas las formalidades, el alcalde de Mulegé Guillermo Santillán Meza fue destapado en este evento acuerpado por la dirigencia estatal del PRD, lo que es un mensaje directo a los otros aspirantes al mismo cargo.

Por otra parte, EL GUILLE habló sobre las observaciones que le ha hecho la contaduría mayor de hacienda del Congreso, sobre los recursos públicos cuyo destino se ha aclarado todavía.

Mencionó que en ese aspecto ya llevan solventados el 60 por ciento de esas obervaciones y en los próximos meses esperan llegar al 100 por ciento.

(Con fotografía de REPORTEROS SIN FRONTERAS).
(COLECTIVO PERICU/  Redacción/ 03 de Febrero 2014)


¡SON 13 CUENTAS EMBARGADAS AL AYUNTAMIENTO DE LA PAZ, BCS !



Decisión “DUDOSA Y AMAÑADA” de Tribunal Burocrático
Apelan vía amparo para que liberen el dinero
Congelaron también participaciones federales
Afectación patrimonial sufre gobierno municipal
Esthela Ponce lleva el caso a Secretaría de Gobernación
Gobierno municipal no se va a paralizar, garantizan
Piden comprensión a empleados y proveedores}

La Paz, B.C.S.- A continuación les presentamos la versión íntegra del Ayuntamiento de La Paz en torno al embargo de 13 cuentas bancarias, que fue presentada ante los medios de comunicación por el secretario general municipal Guillermo Beltrán Rochín.

Muy buenos días amigos de medios de comunicación, por instrucciones de nuestra Alcaldesa Lic. Esthela Ponce Beltrán, se les ha convocado este día para darles a conocer la situación que guarda la hacienda municipal en torno al embargo de cuentas a que este Municipio ha sido sujeto, el pasado fin de semana, debido a una decisión jurisdiccional.

A LA OPINIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE LA PAZ:

En virtud a  las más recientes determinaciones y actuaciones del Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur, en relación con el Juicio Laboral 45/2003, promovido por la C. Juana Rosa Ícela Avilés Núñez en contra del Ayuntamiento de La Paz desde Noviembre del 2003 durante la administración del C. Víctor Manuel Guluarte Castro, este gobierno municipal manifiesta a la opinión pública lo siguiente:

1º. En todo momento, por ser el H. XIV Ayuntamiento de La Paz, el órgano de gobierno legal y legítimamente facultado para actuar en nombre y representación del municipio de La Paz, desde el primer momento de nuestro ejercicio constitucional hemos sido respetuosos de los derechos y de las conquistas laborales de todos los trabajadores y empleados que tienen su fuente de trabajo en la comuna paceña; en esa virtud al arribar a la administración pública municipal para el periodo comprendido de 2011 a 2015, este gobierno municipal fue enterado de los juicios laborales entablados contra este ayuntamiento y del estado que guardaban y guardan a la fecha dichos procesos; ello con el fin de acometer las acciones y actuaciones, por los conductos legales e idóneos, como lo establece nuestro marco constitucional, legal y reglamentario para garantizar la salvaguarda del patrimonio municipal, así de como los intereses institucionales, toda vez que con ello estamos cumpliendo con nuestra obligación  y responsabilidad  hacia la comunidad que representamos.

2º.- En esa virtud fue que encontramos el juicio laboral 45/2003, entablado en contra del ayuntamiento de La Paz  por la C. Juana Rosa Icela Avilés Núñez,  presentado por la actora con fecha 06 de noviembre de 2003,  quien en uso de su derecho reclama diversas prestaciones entre las que destacan las aportaciones y actualizaciones de cotizaciones ante el ISSSTE y las aportaciones al SAR y al FOVISSSTE.

Toda vez que el juicio laboral agotó las etapas procesales respectivas, el señalado Tribunal de Conciliación y Arbitraje, órgano jurisdiccional administrativo dependiente del Gobierno del Estado de Baja California Sur, emitió Laudo definitivo con fecha 10 de Octubre de 2006, donde se le condena a este H. Ayuntamiento de La Paz, entre otras al pago de las  aportaciones y actualizaciones de cotizaciones ante el ISSSTE y las portaciones al SAR y FOVISSSTE.

Posteriormente la C. Juana  Rosa Icela Avilés Núñez, en ese mismo año, promovió incidente de liquidación, resolviéndose extrañamente a su favor en el Tribunal de Conciliación y Arbitraje el pago de  la cantidad de $19,385,052.10  (DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y DOS PESOS 10/100 MONEDA NACIONAL) por concepto de pago de ISSSTE, FOVISSSTE y SAR con cargo a la Hacienda del Ayuntamiento de  La Paz.

No omitimos señalar que con fecha 19 de octubre de 2012, el Actuario Adscrito al Tribunal Burocrático del Gobierno del Estado, trató de intervenir las cajas recaudadoras de Tesorería Municipal para el cobro de la millonaria  cantidad descrita, sin que hubiese podido lograrlo por considerarse los Ingresos tributarios inembargables por ministerio constitucional.

Para el día 27 de enero del presente año, pretendieron ejecutar de nueva cuenta el citado laudo, manifestándosele por nuestra parte y de manera muy respetuosa  al  señor Actuario, que por disposiciones legales no se podía intervenir las cajas recaudadoras y embargar las cuentas bancarias a nombre del Ayuntamiento de la Paz, ya que así lo dispone de manera particular  la Ley de Deuda Pública para el Estado de Baja California Sur, conforme al precepto textual  citado a continuación:

“Artículo 40.- El Estado, los Municipios y las Entidades de la Administración Pública Paraestatal y Paramunicipal, también podrán utilizar individual o conjuntamente, como fuente de pago directa o alterna de sus obligaciones, así como otorgar en garantía de las obligaciones o financiamientos que reciban, los derechos o ingresos propios por concepto de contribuciones, impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, o aquellos que por cualquier rubro perciban, así como los derechos a recibir de los ingresos antes referidos una vez cobrados o, en su caso, los bienes del dominio privado que les correspondan.

Los ingresos propios, tales como contribuciones, impuestos, derechos, productos o aprovechamientos, o aquellos que por cualquier rubro perciban las entidades señaladas en el párrafo anterior, son inembargables.”

3º.- Es oportuno destacar que el día  29 de enero de 2014, el Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, Lic. Ricardo Alberto Díaz Carrasco, haciendo omisión de estos preceptos legales, y extralimitándose en sus facultades,  acordó  embargar  las cuentas bancarias de ahorro, inversión, cheques o cualquier otro tipo de cuenta o saldo a favor del H. Ayuntamiento de La Paz, y/o Municipio de La Paz,  y consecuentemente con ello al  día siguiente,  30 de enero,  el citado Presidente del Tribunal Burocrático, envió sendos oficios a  BANORTE, BANAMEX, SANTANDER SERFIN y BANCO AZTECA entre otras,  instituciones bancarias nacionales que  recibieron la comunicación epistolar de dicho Tribunal ese mismo día y  en la cual se les instruye que se decreta el embargo sobre cuentas bancarias a nombre del H. Ayuntamiento de La Paz, y/o Municipio de La Paz, B.C.S., hasta por la cantidad de $19,385,052.10.

4º.- Toda vez que de la cronología de hechos, que se ha dado cuenta, deriva una seria afectación  al estado de derecho, al no respetarse, desde un alto tribunal burocrático, un ordenamiento legal vigente en la entidad, como es la citada Ley de Deuda Pública del Estado, misma que tiene por objeto garantizar la marcha de la administración pública, en nuestro caso municipal, a fin de preservar el interés general de la comuna paceña, ello debido a  un proceder, en  nuestra opinión,  extremo, carente de lógica jurídica y de sentido conciliador, razón por la cual este gobierno municipal manifiesta su preocupación por estos hechos tan lamentables, independientemente de que no somos ajeno al interés jurídico que a la actora en el juicio laboral le asiste para hacer valer sus derechos;

5º.-  Este gobierno municipal no elude de ninguna manera la responsabilidad que ha tenido y tiene en la atención, el seguimiento y la argumentación procesal de todos y cada uno de los juicios en los que somos parte, y tampoco pretendemos el desacato a las resoluciones y sentencias de los tribunales jurisdiccionales. Pero sí es menester que estemos conscientes de  que así como  respetamos el estado de derecho en lo general y las garantías constitucionales de los ciudadanos de manera individual, en nuestro caso particular, el gobierno municipal de La Paz que representamos ha sido erigido y fue constituido por nuestra Ley Suprema de la República,  para prestar y garantizar los servicios públicos que la comunidad requiere para su cabal funcionamiento, y para ello los ingresos públicos, especialmente las contribuciones que por el rubro de ingresos propios recibimos diariamente con el esfuerzo  de la ciudadanía, estos son la base esencial para operar y administrar estos servicios públicos, además de que como señalamos en párrafos anteriores, esta protección que hace inembargables estos ingresos municipales existe en la ley, misma que ha sido atropellada con la decisión aludida;  es decir, la operatividad del gobierno municipal depende de los ingresos a los cuales una decisión Injusta, dudosa, nada clara y tendenciosa, de un servidor público del Tribunal Burocrático, del que queda en duda su actuación frente a la sociedad, ha decidido afectar, históricamente, al Municipio de La Paz y a su ciudadanos, poniendo en grave riesgo, probables males mayores y colectivos sobre por un interés puramente individual, extrañamente en un fin de semana largo y en día de pago quincenal.

6º.- Es preciso señalar, tal y como todos los ciudadanos lo sabemos, con mayor razón la autoridad jurisdiccional o administrativa, que los ingresos tributarios de una entidad pública, en cualquiera de sus esferas, por disposición constitucional, le pertenecen, única y exclusivamente a ésta, y que por ningún motivo legal, mucho menos discrecional, éstas habrán de entregarse  a individuo alguno, tal y como lo pretende la autoridad juzgadora, por el contrario las contribuciones que el Municipio de la Paz adeuda por ISSSTE, FOVISSSTE y SAR, en este caso, han sido determinadas y notificadas, a este Municipio, por dichas Instituciones Públicas, quienes tienen el exclusivo derecho supraconstitucional de recibir las contribuciones o ejercer acción para ejecutar, en todo caso, al deudor fiscal y que para el caso de la C. Juana Rosa Isela Avilés Núñez, las contribuciones determinadas por dichas autoridades, por el período laborado y reclamado, ascienden a 1.7 millones de pesos aproximadamente y por las cuales el Municipio de La Paz se encuentra tramitando los convenios de pago.

7º.- Por lo anteriormente expuesto, este Gobierno Municipal que encabeza nuestra Alcaldesa Lic. Esthela Ponce Beltrán, hemos decidido y  presentado el pasado viernes 31 de enero, la acción de amparo, solicitando  la protección de la justicia federal en ejercicio de los derechos subjetivos públicos que nos asisten como ente de derecho, dando vista al ministerio público federal en su carácter de representante de la sociedad, pero ante todo esta Administración se ocupa en la protección y seguridad del interés general de los habitantes del Municipio de La Paz,  quienes depositaron la confianza en esta representación constitucional en la administración del destino de sus ciudadanos.

Asimismo, con esa gran atributo y capacidad política de nuestra Presidenta Municipal, este día la Lic. Esthela Ponce Beltrán será recibida, para exponer a detalle esta situación, por el C.Lic. Miguel Angel Osorio Chong, Secretario de Gobernación, quien en solidaridad con C. Secretario de Semarnat y padrino de Baja California Sur, Ing. Juán José Guerra Abud, le han mostrado su respaldo total por estas causas y en general para su administración.

8º.- La afectación y los daños ocasionados al patrimonio municipal asciende al orden de los 12 millones de pesos, en trece cuentas bancarias donde se depositan los ingresos tributarios propios y los recibidos en participaciones federales, sin embargo el Gobierno que atinadamente dirige nuestra Presidenta Lic. Esthela Ponce Beltrán, su Cabildo, Trabajadores, funcionarios y autoridad sindical, aun bajo esa decisión arbitraria, hemos continuado con las actividades normales de la administración y operación del Municipio, en un frente aliado y serio,  convencidos del buen oficio del sistema jurídico federal, pero sobre todo comprometidos con la seguridad y tranquilidad de los habitantes de este Municipio.

Por los graves riesgos y por el daño patrimonial que representa esta decisión jurisdiccional, decirles también que asistiremos a nuestro estado de derecho, y como Institución Pública, por el daño a la Hacienda Pública  se ejercerán las acciones de responsabilidad administrativa, penal y todas aquellas que permitan aclarar, revocar, modificar o reprimir las conductas de quienes pretendan pasar por encima del interés de general  por intereses de unos cuantos.  Pero que también, es importante dejar en claro, que parte de esos ingresos afectados corresponden a RECURSOS FEDERALES, que afectan directamente a nuestro Gobierno Federal ya que provienen del patrimonio federal, es decir de la hacienda pública federal, por lo tanto no dudamos en que Gobierno Federal hará lo propio en este caso.

9º.- A la Ciudadanía del Municipio de La Paz, a la Honorable representación sindical, a los trabajadores y funcionarios de este Municipio de la Paz, a Nuestros Proveedores agradecerles su incondicional apoyo y aprovechar este histórico momento para agradecer como siempre su comprensión y apoyo solidario con esta Administración Municipal; ratificarles que a pesar de esta dudosa y amañada decisión, todos los que formamos parte de esta administración municipal No hemos bajado la guardia, por el contrario los Servicios y Seguridad Pública continúan y continuarán otorgándose de manera normal; Convocarlos a mantenernos unidos en esta gran familia, redoblando esfuerzos, haciendo frente y dando lo mejor de sí, en nuestros quehaceres y obligaciones diarias, en la operación diaria de  la actividad municipal, cumpliendo como siempre  con su gran sentido de servicio y responsabilidad, mantengamos la confianza que en los próximos días nuestros tribunales federales darán cuenta de la grave decisión jurisdiccional que se ha tomado en contra el H. Ayuntamiento de La Paz, y retomar así  la Operación Normal del Municipio de La Paz.


(COLECTIVO PERICU/  REDACCIÓN/ 03 DE FEBRERO 2014)

DETIENEN A 21 PERSONAS POR DAÑOS A GASOLINERAS DEL GRUPO SENDA EN GUAYMAS




Agueda Barojas Ontiveros
21 personas fueron detenidas la madrugada de este lunes por daños y riña dentro de las gasolineras de la familia Uribe Maytorena.

Como se sabe, la familia mantiene desde hace varios años un litigio por el control de la empresa lo que ha obligado a cerrar todas las gasolineras de Guaymas.


El director de Seguridad Pública de Guaymas, Francisco Vidaurrazaga Soto, informó esta mañana que durante la madrugada, el empresario José Ramón Uribe Maytorena se presentó en las gasolineras de la familia acompañado de más de 30 personas.

El jefe policiaco explicó que el empresario y sus trabajadores se encontraban armados con piedras, palos, palos de golf, bats y otros instrumentos.

Dijo que  intentaron  tomar el control de las gasolineras y se enfrentaron con policías auxiliares que están resguardando las gasolineras por lo que recibieron un llamado de la Agencia del Ministerio Público del Fuero Común para que apoyaran a la Policía Estatal Investigadora (PEI).

El empresario y los trabajadores estuvieron desde las 2:00 horas recorriendo los gasolineras que están cerradas desde hace unos seis meses.

Vidaurrazaga Soto explicó que la situación estuvo muy tensa porque hubo enfrentamiento entre la gente de José Ramón Uribe y Francisco Uribe, por lo que tuvieron que detener a 21 personas.

Aseguró que la orden era detener a todos pero que el empresario se les escapó.

Esta mañana familiares de los detenidos aseguraron a elportaldelanoticia.com que los detenidos  solo son trabajadores y que están detenidos injustamente.

El jefe policiaco dijo los detenidos serán turnados a la Agencia del Ministerio Público del Fuero Común.

DETIENEN AL SEGUNDO DE ABORDO

Cuando llegó con 35 mil pesos en la bolsa para sacar a los detenidos de las celdas del Centro de Detención Municipal,  un abogado que es mano derecha de José Ramón Uribe Maytorena fue detenido.

Vidaurrazaga Soto explicó que el Ministerio Público les ordenó el arrestó de Juan Martín Rubio Espinoza, por haber participado en allanamiento.


LOS DETENIDOS  SON:


Alejandro Huerta García
Juan Efrén Pérez Meza
Javier Chaires Salomón
Pedro Romero Estrada
Jesús Antonio Vejar López
Carlos Ruiz Campos
Francisco Javier Trujillo Cota
Guadalupe Esparza Chaires
Pedro Ismael Ortega Verdugo
Julio Alberto López Durán
Jonathan de Jesús Martínez López
Edgar Andrés Morales Trujillo
Ramón Torres López
Eliu Daniel Ortiz Guardado
Isidrio Ruiz Pérez
Ricardo Saucedo Espiricueta
Héctor Antonio Ojeda Medina
Luis Antonio Campos Soto
Federico Higuera Torres
Salvador Pita Vargas
Juan Martín Rubio Espinoza


(EL PORTAL DE LA NOTICIA/ Agueda Barojas/ Lunes, 03 de Febrero de 2014 10:26)

ENCUENTRAN DESCUARTIZADO EN EL VALLE DEL YAQUI


Poco después de las 8:00 de la mañana de este lunes, en calles 300 y 15, municipio de San Ignacio, fue localizado un cuerpo descuartizado con un narco mensaje en una cartulina blanca.

El ahora occiso fue identificado como Gustavo Alonso Barra Rubalcaba, tenía 36 años de edad y vivía en el Viva, en San José de Bacum.

En ese lugar fue privado de la libertad el anochecer del domingo, por vario sujetos armados.

Más información en la edición impresa…

(DIARIO DEL YAQUI/ Martin Alberto Mendoza7  Lunes, 03 Febrero 2014 10:08)      

RECIBE BALAZO EN LA CABEZA EN NOGALES, SONORA



Edgar Omar Ruiz fue agredido por sujetos que se dieron a la fuga

Nogales, Sonora      - Nuevo Día.-Una agresión armada, tuvo lugar en una plaza comercial del Boulevard Kennedy durante las primeras horas de ayer con saldo de una persona lesionada de gravedad y el aseguramiento de tres vehículos abandonados, armas largas, chalecos tácticos y municiones.

A la 01:30 horas de ayer, se dio la voz de alerta, y autoridades de diversas corporaciones arribaron al sitio y se entrevistaron con los paramédicos de la Cruz Roja, cuando estos últimos estaban brindando los primeros auxilios a una persona herida de bala en la cara.

Las autoridades, dieron a conocer que sobre el pavimento del estacionamiento del centro comercial, donde se registró el atentado, quedó el hombre gravemente herido.

Al momento de los hechos, Edgar Omar Ruiz, de 26 años, se encontraba a un costado de un auto de la marca, Ford Mustang, de color rojo.

El lesionado, Omar Ruiz, de 26 años, con domicilio en esta frontera, fue trasladado por una unidad de la Cruz Roja, al Hospital General, en espera de ser reubicado en otro nosocomio, debido a lo grave de la herida.

En la escena del crimen, se localizaron dos  casquillos percutidos y un cartucho útil, calibre 9mm, así como tres vehículos abandonados, siendo un BMW, de color negro, modelo 2006, con placas del Estado de Arizona, el cual contaba con reporte de robo en la ciudad de Phoenix, Arizona.

También se localizaron; dos armas de fuego de grueso calibre, conocidas como, AK47 y una R-15; un chaleco táctico, color negro y seis cargadores abastecidos.

Un auto GMC Sierra Denali, color negro, con placas del Estado de Sonora, con reporte de robo en Tucson, Arizona y un Toyota Corola, de color gris, placas del Estado de Sonora, con reporte de robo en Meza, Arizona que también fue asegurado.


(NUEVO DIA/ Hiram G. Machi/ JC Vásquez / 01 DE Febrero 2014)

SUMAN SEIS EJECUTADOS HALLADOS EN EL EDOMEX


En la colonia 10 de Abril fue hallado el cadáver de un hombre decapitado, con lo que se incrementa a seis el número de ejecutados esta mañana en el estado de México.
La Policía Municipal informó que en la calle Rubén Álvarez junto al río fue encontrado el cuerpo de un hombre decapitado.

Indicó que la zona permanece acordonada, en tanto peritos de la procuraduría estatal inician las investigaciones y hasta ahora la víctima no ha sido identificada.

Previamente en este municipio, se encontraron tres cuerpos en el interior de un vehículo, tipo taxi, en la colonia Tequesquinahuac y dos más en la colonia Jardines del Tepeyac en Ecatepec.

La mañana de este lunes fueron encontradas cinco personas sin vida en los municipios de Tlalnepantla y Ecatepec, en el Estado de México, reportaron policías municipales.

En Tlalnepantla, la Policía Municipal localizó tres cuerpos en el interior de un vehículo, tipo taxi con placas de circulación MNW-2015, abandonado en calles de la colonia Tequesquinahuac.

Informó que las víctimas presentan heridas producidas por arma de fuego y no han sido identificadas.

Por otro lado, los cadáveres de dos personas ejecutadas fueron encontrados esta mañana en la colonia Jardines del Tepeyac en Ecatepec.

La policía local informó que vecinos de la calle Olivo localizaron los cuerpos, dando aviso a las autoridades.

En el punto se hallaron los cuerpos de dos hombres de entre 30 y 40 años de edad, aún no identificados y presentan heridas producidas por arma de fuego.

En ambos lugares, peritos de la Procuraduría de Justicia iniciaron las investigaciones para esclarecer los hechos.

INFORMACIÓN TOMADA DE PORTAL EJE CENTRAL.


 (PROCESO/ Redacción/ 03 de Febrero 2014)

MORELOS: ABANDONAN TRES CADÁVERES EN EL INTERIOR DE UN VEHÍCULO


CUERNAVACA, Mor.- Tres cadáveres fueron abandonados en el interior de un vehículo Caravan la madrugada del domingo en la colonia Lázaro Cárdenas, en el municipio de Cuautla.

Los cadáveres corresponden a una mujer (enfermera), un niño de 15 años y un adulto, confirmó el titular de la Procuraduría General de Justicia del estado, Rodrigo Dorantes.

Las víctimas tenían una bolsa en la cabeza y, de acuerdo con Dorantes Salgado, la mujer y el niño fueron asfixiados con las bolsas, en tanto que el hombre fue torturado.

Los vecinos reportaron la mañana del domingo que en la calle Rufino Tamayo, de la colonia Lázaro Cárdenas, en el interior de un vehículo Dodge, tipo Caravan, blanca con placas de circulación PXR2320, del estado de Morelos, se encontraban personas muertas.

El Servicio Médico Forense (SEMEFO) realzó el levantamiento a las diez de la mañana.

De acuerdo con el recuento periodístico de las muertes violentas por armas de fuego, tortura o asfixia, en lo que va del año suman 52 casos; sin embargo, el procurador dijo desconocer la estadística..

(PROCESO / SEGUIR A OSWALD ALONSO/ @OSWALDALONSON /3 DE FEBRERO DE 2014 )

ENRIQUE PEÑA NIETO VISITARÁ MICHOACÁN SIN PASAR POR ZONAS DE ALTO RIESGO



MORELIA, Mich., (apro).- El presidente Enrique Peña Nieto realizará una gira de trabajo por esta entidad –la primera de su sexenio–, la más convulsionada del país hoy por hoy por la guerra que libran las autodefensas con la organización criminal de los Caballeros Templarios.

Según el gobernador Fraudo Vallejo, Peña “viene con las manos llenas, para hacerle justicia a Michoacán. El apoyo que necesitamos desde hace 10 años hoy lo empieza a ver Michoacán”, dijo.

En realidad, el presidente se inscribe en la expansión de la Cruzada Contra el Hambre a 29 municipios de la entidad y a la restauración del tejido social.

Peña no visitará las zonas en conflicto, como Tierra Caliente, Meseta Purépecha y la región de Los Reyes.

“De nada sirve acabar con el problema de asesinos y ladrones y que persistan las causas del desempleo, la injusticia social, la falta de infraestructura carretera, de salud, educativa y agrícola”, manifestó Vallejo.

El gobernador priista, que fue desplazado por el gobierno federal para atenuar la crisis de seguridad, agradeció a Peña su apoyo. “Le ha dado a Michoacán, lo necesitábamos desde hace tiempo”, subrayó.

La visita de Peña a esta entidad se da en medio de otro hecho de violencia en la región: el hallazgo de dos cabezas humanas que fueron halladas en la comunidad de Antúnez, municipio de Parácuaro.

Los primeros reportes indican que los restos fueron localizados frente a una sucursal de Banco Azteca, junto a un letrero con el mensaje: “Para todos los que se voltearon”.

Antúnez es una de las comunidades tomadas por grupos de autodefensa, quienes pelean el control de territorios en la región de Tierra Caliente a la organización delictiva de Los Caballeros Templarios.

En ese lugar, los guardias civiles arrebataron el control a los criminales que tenían como jefe de plaza a un hombre apodado El Tucán.

Por separado, el comisionado federal para la seguridad en Michoacán, Alfredo Castillo, dijo que en la lucha contra el crimen organizado se enfrentan a un enemigo mutante y sin escrúpulos.

Además, advirtió que los ojos de México y del mundo están puestos en el desarrollo de esta batalla.

Castillo fue el orador oficial en el Bicentenario de la muerte del héroe independentista Mariano Matamoros, En su discurso, dijo que “enfrentamos un enemigo sin escrúpulos que ha dañado y vejado a mucha gente inocente. Tenemos un enemigo que adoptará muchas formas, muchas caras, un enemigo criminal que intenta sembrar la confusión y la discordia”.
Y añadió:

“Esa es la condición de los conflictos actuales, la incertidumbre; ustedes, los hombres y mujeres de las armas, lo saben y lo entienden a cabalidad”.


(PROCESO / FRANCISCO CASTELLANOS J./ 3 DE FEBRERO DE 2014 )