Decisión
“DUDOSA Y AMAÑADA” de Tribunal Burocrático
Apelan vía
amparo para que liberen el dinero
Congelaron
también participaciones federales
Afectación
patrimonial sufre gobierno municipal
Esthela Ponce
lleva el caso a Secretaría de Gobernación
Gobierno
municipal no se va a paralizar, garantizan
Piden
comprensión a empleados y proveedores}
La Paz, B.C.S.- A
continuación les presentamos la versión íntegra del Ayuntamiento de La Paz en
torno al embargo de 13 cuentas bancarias, que fue presentada ante los medios de
comunicación por el secretario general municipal Guillermo Beltrán Rochín.
Muy buenos días
amigos de medios de comunicación, por instrucciones de nuestra Alcaldesa Lic.
Esthela Ponce Beltrán, se les ha convocado este día para darles a conocer la
situación que guarda la hacienda municipal en torno al embargo de cuentas a que
este Municipio ha sido sujeto, el pasado fin de semana, debido a una decisión
jurisdiccional.
A LA OPINIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE LA PAZ:
En virtud a las más recientes determinaciones y
actuaciones del Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al
Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur, en
relación con el Juicio Laboral 45/2003, promovido por la C. Juana Rosa Ícela
Avilés Núñez en contra del Ayuntamiento de La Paz desde Noviembre del 2003
durante la administración del C. Víctor Manuel Guluarte Castro, este gobierno
municipal manifiesta a la opinión pública lo siguiente:
1º. En todo momento,
por ser el H. XIV Ayuntamiento de La Paz, el órgano de gobierno legal y
legítimamente facultado para actuar en nombre y representación del municipio de
La Paz, desde el primer momento de nuestro ejercicio constitucional hemos sido
respetuosos de los derechos y de las conquistas laborales de todos los
trabajadores y empleados que tienen su fuente de trabajo en la comuna paceña;
en esa virtud al arribar a la administración pública municipal para el periodo
comprendido de 2011 a 2015, este gobierno municipal fue enterado de los juicios
laborales entablados contra este ayuntamiento y del estado que guardaban y
guardan a la fecha dichos procesos; ello con el fin de acometer las acciones y
actuaciones, por los conductos legales e idóneos, como lo establece nuestro
marco constitucional, legal y reglamentario para garantizar la salvaguarda del
patrimonio municipal, así de como los intereses institucionales, toda vez que
con ello estamos cumpliendo con nuestra obligación y responsabilidad hacia la comunidad que representamos.
2º.- En esa virtud
fue que encontramos el juicio laboral 45/2003, entablado en contra del
ayuntamiento de La Paz por la C. Juana
Rosa Icela Avilés Núñez, presentado por
la actora con fecha 06 de noviembre de 2003,
quien en uso de su derecho reclama diversas prestaciones entre las que
destacan las aportaciones y actualizaciones de cotizaciones ante el ISSSTE y
las aportaciones al SAR y al FOVISSSTE.
Toda vez que el
juicio laboral agotó las etapas procesales respectivas, el señalado Tribunal de
Conciliación y Arbitraje, órgano jurisdiccional administrativo dependiente del
Gobierno del Estado de Baja California Sur, emitió Laudo definitivo con fecha
10 de Octubre de 2006, donde se le condena a este H. Ayuntamiento de La Paz,
entre otras al pago de las aportaciones
y actualizaciones de cotizaciones ante el ISSSTE y las portaciones al SAR y
FOVISSSTE.
Posteriormente la C.
Juana Rosa Icela Avilés Núñez, en ese
mismo año, promovió incidente de liquidación, resolviéndose extrañamente a su
favor en el Tribunal de Conciliación y Arbitraje el pago de la cantidad de $19,385,052.10 (DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y
CINCO MIL CINCUENTA Y DOS PESOS 10/100 MONEDA NACIONAL) por concepto de pago de
ISSSTE, FOVISSSTE y SAR con cargo a la Hacienda del Ayuntamiento de La Paz.
No omitimos señalar
que con fecha 19 de octubre de 2012, el Actuario Adscrito al Tribunal
Burocrático del Gobierno del Estado, trató de intervenir las cajas recaudadoras
de Tesorería Municipal para el cobro de la millonaria cantidad descrita, sin que hubiese podido
lograrlo por considerarse los Ingresos tributarios inembargables por ministerio
constitucional.
Para el día 27 de
enero del presente año, pretendieron ejecutar de nueva cuenta el citado laudo,
manifestándosele por nuestra parte y de manera muy respetuosa al
señor Actuario, que por disposiciones legales no se podía intervenir las
cajas recaudadoras y embargar las cuentas bancarias a nombre del Ayuntamiento
de la Paz, ya que así lo dispone de manera particular la Ley de Deuda Pública para el Estado de
Baja California Sur, conforme al precepto textual citado a continuación:
“Artículo 40.- El
Estado, los Municipios y las Entidades de la Administración Pública Paraestatal
y Paramunicipal, también podrán utilizar individual o conjuntamente, como
fuente de pago directa o alterna de sus obligaciones, así como otorgar en
garantía de las obligaciones o financiamientos que reciban, los derechos o
ingresos propios por concepto de contribuciones, impuestos, derechos,
productos, aprovechamientos, o aquellos que por cualquier rubro perciban, así
como los derechos a recibir de los ingresos antes referidos una vez cobrados o,
en su caso, los bienes del dominio privado que les correspondan.
Los ingresos
propios, tales como contribuciones, impuestos, derechos, productos o
aprovechamientos, o aquellos que por cualquier rubro perciban las entidades
señaladas en el párrafo anterior, son inembargables.”
3º.- Es oportuno
destacar que el día 29 de enero de 2014,
el Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, Lic. Ricardo Alberto
Díaz Carrasco, haciendo omisión de estos preceptos legales, y extralimitándose
en sus facultades, acordó embargar
las cuentas bancarias de ahorro, inversión, cheques o cualquier otro
tipo de cuenta o saldo a favor del H. Ayuntamiento de La Paz, y/o Municipio de
La Paz, y consecuentemente con ello
al día siguiente, 30 de enero,
el citado Presidente del Tribunal Burocrático, envió sendos oficios
a BANORTE, BANAMEX, SANTANDER SERFIN y
BANCO AZTECA entre otras, instituciones
bancarias nacionales que recibieron la
comunicación epistolar de dicho Tribunal ese mismo día y en la cual se les instruye que se decreta el
embargo sobre cuentas bancarias a nombre del H. Ayuntamiento de La Paz, y/o
Municipio de La Paz, B.C.S., hasta por la cantidad de $19,385,052.10.
4º.- Toda vez que de
la cronología de hechos, que se ha dado cuenta, deriva una seria
afectación al estado de derecho, al no
respetarse, desde un alto tribunal burocrático, un ordenamiento legal vigente
en la entidad, como es la citada Ley de Deuda Pública del Estado, misma que
tiene por objeto garantizar la marcha de la administración pública, en nuestro
caso municipal, a fin de preservar el interés general de la comuna paceña, ello
debido a un proceder, en nuestra opinión, extremo, carente de lógica jurídica y de
sentido conciliador, razón por la cual este gobierno municipal manifiesta su
preocupación por estos hechos tan lamentables, independientemente de que no
somos ajeno al interés jurídico que a la actora en el juicio laboral le asiste
para hacer valer sus derechos;
5º.- Este gobierno municipal no elude de ninguna
manera la responsabilidad que ha tenido y tiene en la atención, el seguimiento
y la argumentación procesal de todos y cada uno de los juicios en los que somos
parte, y tampoco pretendemos el desacato a las resoluciones y sentencias de los
tribunales jurisdiccionales. Pero sí es menester que estemos conscientes
de que así como respetamos el estado de derecho en lo general
y las garantías constitucionales de los ciudadanos de manera individual, en
nuestro caso particular, el gobierno municipal de La Paz que representamos ha
sido erigido y fue constituido por nuestra Ley Suprema de la República, para prestar y garantizar los servicios
públicos que la comunidad requiere para su cabal funcionamiento, y para ello
los ingresos públicos, especialmente las contribuciones que por el rubro de
ingresos propios recibimos diariamente con el esfuerzo de la ciudadanía, estos son la base esencial
para operar y administrar estos servicios públicos, además de que como
señalamos en párrafos anteriores, esta protección que hace inembargables estos
ingresos municipales existe en la ley, misma que ha sido atropellada con la
decisión aludida; es decir, la
operatividad del gobierno municipal depende de los ingresos a los cuales una
decisión Injusta, dudosa, nada clara y tendenciosa, de un servidor público del
Tribunal Burocrático, del que queda en duda su actuación frente a la sociedad,
ha decidido afectar, históricamente, al Municipio de La Paz y a su ciudadanos,
poniendo en grave riesgo, probables males mayores y colectivos sobre por un
interés puramente individual, extrañamente en un fin de semana largo y en día
de pago quincenal.
6º.- Es preciso
señalar, tal y como todos los ciudadanos lo sabemos, con mayor razón la
autoridad jurisdiccional o administrativa, que los ingresos tributarios de una
entidad pública, en cualquiera de sus esferas, por disposición constitucional,
le pertenecen, única y exclusivamente a ésta, y que por ningún motivo legal,
mucho menos discrecional, éstas habrán de entregarse a individuo alguno, tal y como lo pretende la
autoridad juzgadora, por el contrario las contribuciones que el Municipio de la
Paz adeuda por ISSSTE, FOVISSSTE y SAR, en este caso, han sido determinadas y
notificadas, a este Municipio, por dichas Instituciones Públicas, quienes
tienen el exclusivo derecho supraconstitucional de recibir las contribuciones o
ejercer acción para ejecutar, en todo caso, al deudor fiscal y que para el caso
de la C. Juana Rosa Isela Avilés Núñez, las contribuciones determinadas por
dichas autoridades, por el período laborado y reclamado, ascienden a 1.7
millones de pesos aproximadamente y por las cuales el Municipio de La Paz se
encuentra tramitando los convenios de pago.
7º.- Por lo
anteriormente expuesto, este Gobierno Municipal que encabeza nuestra Alcaldesa
Lic. Esthela Ponce Beltrán, hemos decidido y
presentado el pasado viernes 31 de enero, la acción de amparo,
solicitando la protección de la justicia
federal en ejercicio de los derechos subjetivos públicos que nos asisten como
ente de derecho, dando vista al ministerio público federal en su carácter de
representante de la sociedad, pero ante todo esta Administración se ocupa en la
protección y seguridad del interés general de los habitantes del Municipio de
La Paz, quienes depositaron la confianza
en esta representación constitucional en la administración del destino de sus
ciudadanos.
Asimismo, con esa
gran atributo y capacidad política de nuestra Presidenta Municipal, este día la
Lic. Esthela Ponce Beltrán será recibida, para exponer a detalle esta
situación, por el C.Lic. Miguel Angel Osorio Chong, Secretario de Gobernación,
quien en solidaridad con C. Secretario de Semarnat y padrino de Baja California
Sur, Ing. Juán José Guerra Abud, le han mostrado su respaldo total por estas
causas y en general para su administración.
8º.- La afectación y
los daños ocasionados al patrimonio municipal asciende al orden de los 12
millones de pesos, en trece cuentas bancarias donde se depositan los ingresos
tributarios propios y los recibidos en participaciones federales, sin embargo
el Gobierno que atinadamente dirige nuestra Presidenta Lic. Esthela Ponce
Beltrán, su Cabildo, Trabajadores, funcionarios y autoridad sindical, aun bajo
esa decisión arbitraria, hemos continuado con las actividades normales de la
administración y operación del Municipio, en un frente aliado y serio, convencidos del buen oficio del sistema
jurídico federal, pero sobre todo comprometidos con la seguridad y tranquilidad
de los habitantes de este Municipio.
Por los graves
riesgos y por el daño patrimonial que representa esta decisión jurisdiccional,
decirles también que asistiremos a nuestro estado de derecho, y como
Institución Pública, por el daño a la Hacienda Pública se ejercerán las acciones de responsabilidad
administrativa, penal y todas aquellas que permitan aclarar, revocar, modificar
o reprimir las conductas de quienes pretendan pasar por encima del interés de
general por intereses de unos
cuantos. Pero que también, es importante
dejar en claro, que parte de esos ingresos afectados corresponden a RECURSOS
FEDERALES, que afectan directamente a nuestro Gobierno Federal ya que provienen
del patrimonio federal, es decir de la hacienda pública federal, por lo tanto
no dudamos en que Gobierno Federal hará lo propio en este caso.
9º.- A la Ciudadanía
del Municipio de La Paz, a la Honorable representación sindical, a los
trabajadores y funcionarios de este Municipio de la Paz, a Nuestros Proveedores
agradecerles su incondicional apoyo y aprovechar este histórico momento para
agradecer como siempre su comprensión y apoyo solidario con esta Administración
Municipal; ratificarles que a pesar de esta dudosa y amañada decisión, todos
los que formamos parte de esta administración municipal No hemos bajado la
guardia, por el contrario los Servicios y Seguridad Pública continúan y
continuarán otorgándose de manera normal; Convocarlos a mantenernos unidos en
esta gran familia, redoblando esfuerzos, haciendo frente y dando lo mejor de
sí, en nuestros quehaceres y obligaciones diarias, en la operación diaria de la actividad municipal, cumpliendo como
siempre con su gran sentido de servicio
y responsabilidad, mantengamos la confianza que en los próximos días nuestros
tribunales federales darán cuenta de la grave decisión jurisdiccional que se ha
tomado en contra el H. Ayuntamiento de La Paz, y retomar así la Operación Normal del Municipio de La Paz.
(COLECTIVO
PERICU/ REDACCIÓN/ 03 DE FEBRERO 2014)
No hay comentarios:
Publicar un comentario