Andrés Manuel López Obrador ha propuesto
la creación de un Tribunal Constitucional que opere fuera del Poder Judicial y
el cual se encargue de ver todo lo referente a la Carta Magna, responsabilidad
que se le quitaría a la SCJN, la cual se convertiría en un órgano que atienda
temas de legalidad exclusivamente
La relación entre el virtual
presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, y la Suprema Corte de Justicia
de la Nación ha estado llena de fricciones.
Cuando el país aún se
encontraba en la etapa de las campañas electorales, durante su visita al estado
de Colima, el tabasqueño criticó y cuestionó la labor que ha realizado durante
tantos años la SCJN y quienes la integran, llamándolos, incluso, “maiceados y
alcahuetes”
“¿Saben de algo que hayan
hecho los de la Suprema Corte en beneficio de México, se han enterado de algo
que hayan resuelto a favor del pueblo? Nada”, dijo también el morenista en su
paso por el Estado de México.
Aunado a estos ataques, el
virtual presidente electo y la Suprema Corte ya habían tenido otros desacuerdos
recientemente.
El que más destaca fue el que
se ocasionó después de Andrés Manuel López Obrador anunciara que entre sus
planes estaba reducir el salario de los magistrados, el cual dijo supera los
500 mil pesos mensuales.
Este hecho provocó que varios
de ellos se pronunciaran en contra de la política de austeridad anunciada por
el gobierno entrante y que la relación se tensara aún más.
La idea que Obrador tiene
respecto a la Suprema Corte incluso podría llegar a poner en peligro las
atribuciones de esta institución, pues el presunto ganador de la elección del
pasado 1 de julio ha planteado la creación de un Tribunal Constitucional.
Lo que se pretende hacer es
quitarle la constitucionalidad a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es
decir, que se quede como el máximo tribunal dentro del Poder Judicial de la
Federación y que vea temas exclusivamente de legalidad.
El Tribunal Constitucional
propuesto por Obrador estaría inspirado en el modelo europeo y sería un órgano
autónomo separado del Poder Judicial
Esto haría que la Suprema
Corte sea la encargada de vigilancia y resguardo de la ley. Y por el otro lado
tendríamos fuera del Poder Judicial de la Federación un Tribunal
Constitucional, el cual fungiría de manera autónoma siendo el encargado de
cuidar que la Constitución se cumpla.
En cuanto a qué beneficios o
riesgos podría provocar la creación de un Tribunal Constitucional que le quite
ciertas facultades a la Suprema Corte, el abogado constitucionalista, Julio
Sancliment, responde desde dos vertientes: la política y la jurídica.
“Desde la ventana política
creo que sí tiene un riesgo que se instaure en este momento un Tribunal
Constitucional en México porque con la situación que estamos viendo, donde Andrés
Manuel López Obrador tiene la mayoría absoluta en el Congreso de la Unión, lo
cual manda un mensaje de un Ejecutivo muy consolidado, muy poderoso como hace
mucho no habíamos tenido.
“Darle un golpe así a la SCJN que es hoy
en día la única posibilidad real de contrapeso al poder del Ejecutivo podría
ser bastante delicado”
- Julio Sancliment
Abogado Constitucionalista
Desde el punto de vista
jurídico a mí sí me gusta, pues no creo que los jueces que en su mayoría ven
temas de legalidad deban ser los encargados de ver la constitucionalidad en
México porque no necesariamente son los mejores constitucionalistas. Entonces esta
profesionalización que se deberá dar en materia constitucional me parece que
puede llegar a ser saludable para el país”, comenta.
Sin embargo, aún hay una
serie de interrogantes que faltan por ser respondidas como cuál será la manera
en que se nombre a los ministros que conformarían el Tribunal Constitucional,
cuánto tiempo estarían en el cargo y cuáles serían sus atribuciones
específicas.
LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO
La propuesta de Andrés Manuel
López Obrador de crear un Tribunal Constitucional nunca había resultado tan
factible como ahora, pues tras las elecciones del pasado 1 de julio, el virtual
candidato electo y la coalición ‘Juntos Haremos Historia’ obtuvieron no sólo la
mayoría absoluta en el Congreso de la Unión, sino en 19 congresos locales.
Esta realidad le permitiría
fácilmente modificar la Constitución del país, pues para ello la ley establece
que se requiere una mayoría de dos terceras partes del Congreso y la aprobación
de por lo menos 17 congresos estatales; AMLO tiene 19
El abogado Julio Sancliment
explica que para la creación de un órgano autónomo como lo sería el Tribunal
Constitucional, se requieren diversas reformas, incluida la modificación de la
Carta Magna, por lo tanto, la abrumadora victoria de Morena y sus aliados
resultó clave.
“Primero se tendría que
producir como requisito ‘sine qua non’ una reforma constitucional porque la
repartición del poder público está en la parte orgánica de la Constitución y
ahí se establece que hay tres poderes: el Ejecutivo, el Legislativo y el
Judicial además de los llamados órganos constitucionalmente autónomos, entonces
habría que llevar a cabo una reforma profunda al Poder Judicial de la
Federación, es decir, en primera instancia tocar la Constitución y crear el
Tribunal en la misma”, comenta.
Como segundo punto, el
jurista dice que se debe modificar la Carta Magna en lo que respecta al Poder
Judicial.
El poder con el que cuenta
López Obrador a nivel legislativo y en los estados le permitirá llevar a cabo
su propuesta, sin embargo, primero deberá delimitar las atribuciones tanto del
Tribunal como de la SCJN para evitar conflictos
Tercero, modificar la ley
orgánica del Poder Judicial de la Federación, todas las demás leyes que hagan
referencia a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el código de
procedimientos para adecuarlo a esta nueva reforma y, por supuesto, crear las
leyes que regirán a este nuevo órgano autónomo.
LOS RETOS A ENFRENTAR
Entre las tareas más
complejas para poder crear un Tribunal Constitucional se encuentran la de
determinar de manera muy clara las atribuciones específicas de cada órgano, el
tiempo en el que los ministros estarán en el cargo y el método por el cual
serían elegidos.
Una de las posibilidades que
se han comentado respecto a los nombramientos es que se mantenga el
procedimiento que se utiliza para nombrar a los ministros de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación y que se queden en el cargo el mismo tiempo, es decir,
15 años.
Definir el número de
magistrados, el método para nombrarlos y el tiempo que estarán en el cargo son
algunos de los principales obstáculos que se tendrán que superar antes de poder
crear un Tribunal Constitucional
El nombramiento de un
ministro o ministra de la Suprema Corte funciona de la siguiente manera: el
presidente de la República manda una terna de tres personas al Senado y éste,
después de analizar y escuchar a los nominados, decide nombrar uno o rechaza la
terna. En caso de que no se aprueben dos ternas, el presidente puede nombrarlo.
Por su parte, el abogado
constitucionalista, César Astudillo, comenta que el proceso para elegir a los
ministros debería ser distinto al que se utiliza para la Suprema Corte.
“En caso de que la propuesta
de un Tribunal Constitucional pueda madurar, claramente se necesitaría crear un
nuevo proceso para nombrar a los ministros.
Por lo tanto, de conformidad
con el número de personas que se busque integrar este nuevo órgano autónomo, se
debería reservar una parte de los que puedan proponer perfiles al presidente de
la República, otra parte al Senado, el cual en este momento únicamente tiene la
capacidad de aprobar pero no de proponer; a la Cámara de Diputados, otra al
Consejo de la Judicatura para que también los jueces tengan posibilidades de
ascender y una quinta parte creo que debería venir de los estados de la
República, es decir, habilitar propuestas de la Conferencia Nacional de
Gobernadores o de la Conferencia de Congresos de los estados para que desde ahí
también se pudiera echar mano”, reflexiona el jurista.
El también especialista en
temas electorales agrega que incluso hay otras instituciones que podrían
participar como la Asociación Nacional de Instituciones de educación Superior,
que engloba a todas las universidades públicas para que pudiera tener la
posibilidad de hacer propuestas, lo que abonaría a cambiar la dinámica de las
designaciones y a generar una integración más equilibrada, plural y mucho más
representativa.
El académico también comenta
que otro de los factores clave será el de calibrar las competencias que tendrán
la SCJN y el Tribunal que se encargará de ver todo lo que a temas
constitucionales respecta, de lo contrario se podrían llegar a generar
enfrentamientos entre ambos órganos, algo que ya se ha visto en otros países
como España.
“Si no se calibran bien las competencias
de cada uno se podría llegar a dar lugar a muchas tensiones. Pues si se
pretende seguir el modelo europeo, como se ha venido diciendo, el Tribunal
Constitucional podría revisar las sentencias del Tribunal Supremo (órgano
equivalente a la SCJN)”
- César Astudillo
Abogado Constitucionalista
En cuanto al tema de los
amparos, tanto Julio Sancliment como César Astudillo, coinciden en que se tiene
que dejar en claro cuáles serán tratados por la Suprema Corte y cuáles por el
Tribunal, pues existen tanto amparos de legalidad como constitucionales.
“Por virtud de los artículos
14 y 16, que son precisamente las antes llamadas garantías de legalidad y de
debido proceso, se provocó que en el país el amparo, que originalmente se
pretendió que fuera un juicio de constitucionalidad, se volviera de legalidad
en muchos casos también.
Porque cuando reclamas la
violación de estos artículos, lo que de fondo se está haciendo es alegar la inexacta
aplicación de la ley”, explica Sancliment.
Por su parte, el investigador
del Instituto de Ciencias Jurídicas de la UNAM dice que hay varios tipos de
amparos.
“Hay amparos en los que
básicamente se le dice a un juez que revise la aplicación de las leyes que
realizó otro juez, llamados amparos de legalidad; pero los amparos de
constitucionalidad es donde se le pide a un juez que revise una resolución
porque se considera que la misma vulnera derechos humanos, entonces la línea
divisoria a veces no es tan clara, lo que obliga a determinar qué tipo de
amparos le corresponderán tanto a la SCJN como al Tribunal Constitucional en
caso de que se llegue a implementar”.
LOS TRIBUNALES EN EL MUNDO
La idea de crear un Tribunal
Constitucional en México no es nueva. Este modelo ya existe en muchos países
democráticos del mundo y cuenta con un pasado histórico muy amplio.
La implementación de los
tribunales constitucionales es una idea que proviene de Europa, que data del
siglo pasado y que han venido adoptando diversos países democráticos
De acuerdo con Domingo García
Belaunde, catedrático de la Pontificia Universidad Católica del Perú, los
tribunales constitucionales son una creación europea que se concretó en el
período de entreguerras en Austria (1919) Checoslovaquia (1920) y España
(1931).
Pero fue hasta 1945 cuando la
idea se expandió por el resto del continente europeo con la formación de
tribunales en Italia (1948), Alemania (1949) y más recientemente en países como
Hungría (1989), Bulgaria (1991), República Checa (1992) y Estonia (1992), entre
otros.
Por su parte, en el
Continente Americano, la influencia europea tardó más en permear pero se hizo
presente.
Guatemala fue el primer país
que introdujo en su ordenamiento interno un Tribunal Constitucional. Y lo hizo
en su Constitución de 1965, con el nombre de Corte de Constitucionalidad.
Le siguió Chile, el cual creó
el Tribunal Constitucional en 1971 como consecuencia de una reforma a la entonces
vigente Constitución de 1925, pero con muy limitadas competencias.
Los primeros tribunales
constitucionales en el viejo continente fueron el austriaco, el checoslovaco y
el español
Años más tarde Perú hizo lo
mismo pero apegándose más al modelo español. A este le siguieron Colombia,
Ecuador, Bolivia, República Dominicana y Costa Rica.
En América el primer órgano
encargado exclusivamente de velar que la constitución se cumpla fue instaurado
en Guatemala.
(REPORTE INDIGO/ ERNESTO SANTILLÁN/ AGO 1, 2018)