Tras valorar cada
una de las pruebas y testimonios aportados tanto por el Ministerio Público como
por los defensores, un juez de Garantía encontró que había los indicios
suficientes para encontrar, al menos en grado de probabilidad, responsabilidad
penal a Edgar Uriel Luján Guevara y Jesús Daniel Mendoza Hernández, por la
muerte de ocho personas en la colonia Morelos de Zaragoza el pasado 16 de
noviembre.
La vinculación a
proceso se dio por el dio por el delito de homicidio agravado que podría
alcanzar una pena de prisión vitalicia.
Durante dos días de
audiencia los defensores llevaron al estrado de los testigos a 14 personas para
rendir su declaración a favor de los imputados.
A todos ellos el
juez les dio valor a sus dichos, sin embargo, resaltó las contradicciones de su
dicho con lo declarado por el propio imputado Jesús Daniel Mendoza Hernández,
quien en una declaración previa ante el Ministerio Público aceptó su
participación y además involucró en esos hechos a Edgar Uriel Luján Guevara.
Puso como ejemplo la
falta de coincidencia en los testimonios vertidos por el imputado Mendoza
Hernández, al momento de encontrarse en la presunta fiesta a la que asistió y
en la que dijo estuvo tomando cerveza con uno de sus vecinos, identificado
únicamente como René.
Sin embargo, otro de
los testigos refirió que en ese momento estaban varias personas tomando cerveza
con René y Jesús Daniel.
Lo anterior para el
juez fue indicativo que no todos se percataron de lo que el hoy vinculado hacía
en esa fiesta y pudo haberse ido de ese lugar sin que se dieran cuenta.
Otra de las pruebas
a los que el resolutor concedió valor probatorio y fueron factor en la
elaboración de la resolución de vinculación a proceso fue que uno de los
zapatos, tras haber sido sometido a la prueba de quimioluminicencia, salió
positivo a la sangre humana, al igual que a uno de los tenis de Mendoza
Hernández.
Con lo anterior se
pudo establecer en grado de probabilidad la presencia de los imputados en la
escena del crimen, explicó.
Al término de su resolución
fijo un plazo de cuatro meses para el cierre de investigación.
El defensor de
Mendoza Hernández hizo saber al juez que a su defendido le hicieron saber otros
internos que una vez que le asignen un área de estancia al interior del penal
le van a buscar para causarle daño.
Fue debido a ello,
que se pidió las medidas de seguridad para los dos hombres.
DESESTIMA TORTURA
El juez de Garantía
desestimó la existencia de tortura en contra de Elos dos acusados.
Alberto Ocón Campos,
resolutor dijo que durante la audiencia de control y de formulación de la
imputación ambos refirieron lesiones, Edgar Uriel en cuello y espalda, y Jesús
Daniel en estómago y espalda.
Dijo que en la
siguiente audiencia de vinculación, Jesús Daniel dio a conocer que traía
lesiones en un muslo, mientras que Edgar Uriel le refirió dolores en la
espalda.
Dijo que el
Ministerio Público le hizo llegar el certificado de integridad física que le
realizó la Fiscalía por parte de Teresita de Jesús Luján Martínez en el que se
indica que ninguno de ellos presentaban lesiones.
Ocón Campos dijo que
en un examen a Edgar Uriel en el Hospital 66 del Seguro Social un médico de
apellido Loya le extendió un certificado en el que refiere una enfermedad y los
medicamentos que debe tomar, no así lesiones.
Adicionalmente el
agente del Ministerio Público le hizo llegar al juez de Garantía el examen de
integridad física de ingreso al Cereso Estatal 3 realizado por el médico Miguel
García, quien plasmó que no existía lesión alguna.
Derivado de lo
anterior el juez determinó que no se acreditó el origen de las lesiones de
Mendoza Hernández y Luján Guevara.
Con lo anterior se
desechó el argumento de tortura emitido por los propios imputados y por los
defensores.
Indicó que las
lesiones que registran pudieron entonces haber sido presentadas luego de su
internamiento en el Cereso, pero no se comprobó que le fueran realizadas en la
Fiscalía General del Estado.
(EL DIARIO,
EDICION JUAREZ/ Ramón Chaparro| 2013-11-26 | 22:47)
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