La CNDH emitió la recomendación 17/2018,
dirigida al Secretario de Energía, Pedro Joaquín Coldwell, por violar el
derecho humano a la consulta previa, libre e informada de las comunidades
indígenas del Pueblo Mayo y la Tribu Yaqui al avalar la construcción del
Gasoducto Sonora.
El proyecto Gasoducto Sonora, ubicado en
el segmento Guaymas-El Oro, fue asignado ala empresa Gasoducto Aguaprieta,
filial de Infraestructura Energética Nova (IEnova), mediante licitación pública
internacional abierta.
IEnova es, además, la filial en México
de la empresa norteamericana Sempra Energy, en cuyo consejo de dirección
participa desde 2006 Luis Téllez Kuénzler, ex Secretario de Energía y de
Comunicaciones y Transportes.
Ciudad de México, 4 de julio
(SinEmbargo).– La Secretaría de Energía violó el derecho humano a la consulta
previa, libre e informada de las comunidades indígenas del Pueblo Mayo y la
Tribu Yaqui al avalar la construcción del Gasoducto Sonora, determinó la
Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
A través de la recomendación
17/2018, dirigida al Secretario de Energía, Pedro Joaquín Coldwell, el
organismo defensor de los derechos humanos pidió reparar el daño a las
comunidades en los términos de la Ley General de Víctimas y le dio un plazo de
12 meses para que diseñe un registro que incluya a todas las empresas que
participan en proyectos que afectan a los pueblos indígenas de México.
El proyecto Gasoducto Sonora,
ubicado en el segmento Guaymas-El Oro, fue asignado ala empresa Gasoducto
Aguaprieta, filial de Infraestructura Energética Nova (IEnova), mediante
licitación pública internacional abierta, que consiste en el diseño y operación
de un sistema de transporte de gas natural con longitud de 327 mil 722
kilómetros.
La empresa privada construye
el gasoducto al noreste de México en un territorio comunal desértico. Hasta
hace cuatro años, y antes de la Conquista, sólo era sagrado para la comunidad
indígena yaqui, compuesta por ocho pueblos ubicados al sur de la entidad de
Sonora: Cócorit, Tórim, Vícam, Pótam, Huibiris, Rahum, Belén y Bácum.
Ahora, sobre ese suelo
caliente resguardado por sus ancestros, se planea un proyecto energético desde
la frontera con Estados Unidos a Sinaloa para proveer de gas natural a la
Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Sin embargo, los habitantes
de Loma de Bácum –por donde pasarían 16 de los 90 kilómetros dentro del
territorio yaqui– se han opuesto por el riesgo de una explosión del metano que
afectaría a unos 15 mil habitantes, así como por la falta de una consulta
previa, libre e informada, un derecho internacional de comunidades indígenas
establecido en el Convenio 169 de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Sus usos y costumbres, entre
ellos resguardar su territorio aun con la vida y solicitar autorización entre
ellos para llegar a un consenso en cualquier decisión, choca con la visión
empresarial y eso, al intentar comprar su aprobación, ha destruido su tejido
social.
La Secretaría de Energía
tenía la responsabilidad de vigilar que la empresa consultara a las comunidades
de Navojoa, Álamos y Huatabampo del Pueblo Mayo y de Loma de Bácum de la Tribu
Yaqui para iniciar la construcción del proyecto, debido a que eran susceptibles
de afectación.
Sin embargo, de acuerdo con
la investigación realizada por la CNDH y con base en el expediente CNDH/4/2016/7613/Q,
se confirmó que en el primer caso relacionado con las comunidades del Pueblo
Mayo, la Secretaría de Energía únicamente realizó “un ejercicio de diálogo con
una comunidad indígena de Masiaca”, sin incluir en el procedimiento de consulta
previa al resto de las comunidades que anticipadamente decretó la procedencia
de la consulta.
Para otorgar la concesión, la
dependencia sólo se basó en un “dictamen técnico” que a su vez fue elaborado
considerando el “diagnóstico sociocultural” emitido por la propia empresa
privada.
Bajo este contexto, la CNDH
constató que la Sener no realizó un procedimiento de consulta previa, en tanto
que la empresa suscribió contratos de servidumbre solo con la comunidad
Masiaca, a pesar de haber determinado que realizaría un procedimiento de
consulta a las comunidades Navojoa, Álamos y Huatabampo.
Ante estas irregularidades,
la CNDH estimó que la dependencia federal no realizó un procedimiento adecuado
de consulta previa, que incluyera un estudio de impacto sociocultural con los
estándares internacionales de derechos humanos debidos, lo que vulneró el
derecho a la propiedad colectiva de las comunidades Navojoa, Álamos y Huatabampo
del Pueblo Mayo.
LAS IRREGULARIDADES EN EL PROYECTO
Durante el procedimiento de
consulta, la empresa privada y siete de los ocho pueblos de la Tribu Yaqui
acordaron seguir con el desarrollo del proyecto, no así las autoridades del
Pueblo de Loma de Bácum, quienes expresaron su “rechazo rotundo y categórico a
la construcción y operación del Gasoducto Sonora.
Pese a que uno de los pueblos
no estaba de acuerdo, la Sener cerró del procedimiento de consulta previa y
notificó a la empresa privada para que se iniciara el proceso de construcción
del Gasoducto Sonora, así como la emisión de una resolución en la cual solicitó
a la empresa llevar a cabo todo lo necesario para respetar y tener la debida
diligencia para no afectar los derechos del Pueblo de Loma de Bácum, teniendo
como efecto que la empresa evaluara una posible ruta alternativa que permitiera
respetar su territorio.
La empresa expresó que no
modificaría el trazo del proyecto, justificándose en obstáculos en los
contratos, términos legales y lo económico, razones que fueron asumidas como la
posición oficial del Estado frente a la problemática, por lo cual el Gasoducto
Sonora fue construido y actualmente se encuentra operando.
“Dicha actuación pone de
manifiesto que la Sener fue omisa en debida diligencia, supervisión, control y
garantía del derecho a la consulta y es responsable por la violación del
derecho a la consulta afectando la propiedad colectiva del Pueblo de Loma de Bácum”,
señaló el organismo.
También concluyó que la
Secretaría de Energía tiene responsabilidad institucional por las conductas y
omisiones que generaron que no se realizara un procedimiento adecuado de
consulta que incluyera un estudio de impacto sociocultural con los estándares
debidos afectando a las comunidades del Pueblo Mayo; así como por la violación
del derecho a la consulta afectando a la propiedad colectiva del Pueblo Yaqui
de Loma de Bácum.
Por lo anterior, la CNDH
recomendó al titular de la Sener reparar el daño causado a las comunidades
Navojoa, Álamos y Huatabampo del Pueblo Mayo, y al Pueblo de Loma de Bácum de
la Tribu Yaqui, en los términos de la Ley General de Víctimas, y se envíen las
constancias que acrediten su cumplimiento.
Además, le pidió que
implemente, en un plazo máximo de 12 meses, un registro administrativo de
aquellas empresas con las cuales ha participado y participará en proyectos que
fueron consultados o deben ser consultados a las comunidades indígenas. Una vez
instaurado, deberá incorporar copia de la presente Recomendación en el
expediente de la empresa privada, y remitir las constancias que acrediten su
cumplimiento.
En el mismo lapso, la Sener
debe diseñar un programa integral de educación, formación y capacitación en
materia de derechos humanos, específicamente sobre: 1) los derechos a la
consulta y a la propiedad colectiva, con énfasis en proyectos de desarrollo o de
gran escala, y 2) el contenido de los Principios Rectores sobre las empresas y
los derechos humanos de las Naciones Unidas.
El año pasado, SinEmbargo
conversó con los integrantes de la Guardia Tradicional, la máxima autoridad
yaqui, así como con algunos de sus habitante. Acusaron que “traidores aliados
al gobierno [estatal]” y miembros de la Guardia Tradicional de los siete
pueblos yaquis restantes fueron quienes firmaron el contrato a cambio de 7.5
millones de pesos por pueblo, dinero que, calculan, no fue repartido por
completo entre sus 40 mil habitantes, cuya mayoría no está de acuerdo con la
instalación e incluso ignoraban el plan.
Es como si pasaran a tu casa
sin pedirte permiso, explicaron los yaquis Hirginio Ochoa y Paulino Valenzuela.
En la empresa IEnova, que ha
invertido 7 mil millones de dólares en México para proyectos de gas y
electricidad, se presenta el fenómeno de la puerta giratoria, esto es, pasar
del sector público al privado con información privilegiada para facilitar el
negocio. Está bajo la dirección de Carlos Ruiz Sacristán, quien durante
diciembre de 1994 dirigió Petróleos Mexicanos (Pemex), la petrolera estatal, y
posteriormente fue designado como Secretario de Comunicaciones y Transportes
(1994-2000).
IEnova es, además, la filial
en México de la empresa norteamericana Sempra Energy, en cuyo consejo de
dirección participa desde 2006 Luis Téllez Kuénzler, ex Secretario de Energía y
de Comunicaciones y Transportes.
Guadalupe Flores Maldonado,
miembro de la Guardia Tradicional y a quien califican como “el intelectual” del
grupo, tiene identificados los nombres de las compañías. Un policía municipal
le advirtió que esa empresa, Gasoducto Aguaprieta, “no ve humanos, sino
objetivos a erradicar”.
Vive en Loma de Bácum, a
treinta minutos de Ciudad Obregón, el único pueblo de los ocho que conforman la
comunidad indígena yaqui que no ha aceptado la construcción del gasoducto;
justamente el pueblo “capital” de la comunidad yaqui, ya que alberga a la Iglesia
de la Virgen del Camino, por quien se reúnen los ocho pueblos cada 2 de julio
para celebrarla. Por usos y costumbres, está prohibido tomar fotos o videos en
ese festejo. Quien lo haga, contó un taxista de Ciudad Obregón, es golpeado y
amarrado a un árbol.
Flores acusó que Sempra
Energy ya ha tenido accidentes en Estados Unidos, como la explosión registrada
en Alabama a finales de 2016, porque lo no confía en su forma de operar los
gasoductos. “Para ellos los recursos naturales son mercancía, pero para
nosotros es un deber sagrado defenderlos”, aseguró.
(SIN EMBARGO/ REDACCIÓN / 04 DE JULIO 2018)
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