lunes, 31 de diciembre de 2012

LIBRE VIUDA DE POLICÍA; FUE HOMICIDIO IMPRUDENCIAL


 
Staff/ El Diario  
La ausencia de pruebas para demostrar que hubo dolo o premeditación en la muerte de un policía municipal, que forcejeó con su esposa por la posesión de un arma de fuego, fue el factor más importante para que la presunta responsable del homicidio quedara en libertad ayer.

La juez de Garantía, Simona Aidé Hinojos, determinó vincular a proceso penal, pero por homicidio imprudencial y no agravado, a Perla Salazar Cazáres, quien fue acusada por la Fiscalía General del Estado (FGE) de asesinar a su esposo Ricardo Escobar de Haro –un agente de la Policía Municipal– la madrugada del 25 de diciembre.

La audiencia que inició a las 2 de la tarde del sábado y que tuvo dos recesos de dos horas cada uno, concluyó a las 00:05 horas del domingo, con la lectura de la resolución de la juez, la cual reclasificó el delito, debido a que el Ministerio Público no pudo acreditar que hubo dolo o intención de cometer el homicidio, por lo que se trató de un accidente.

Le imponen firma periódica hasta que finalice proceso penal

Con ello permitió que la presunta culpable saliera de la prisión preventiva aproximadamente a las 2 de la mañana y pudiera obtener la medida cautelar de acudir a firmar cada 15 días, durante el tiempo que dure el proceso penal en su contra.

La decisión provocó alegría en los familiares de la acusada, quienes estuvieron presentes durante el desarrollo de la audiencia. Salazar Cázares regresó a casa de su madre, donde se encuentran sus hijos de 7 y 4 años.

Llorando, con la mirada hacia el piso y en todo momento frotándose las manos, la presunta culpable, estuvo atenta a la resolución emitida en su contra, en una audiencia que tuvo una duración de casi 11 horas y dos recesos, en la sala 3 de apelaciones de la ciudad judicial.

Tras escuchar las acusaciones que le hizo el Ministerio Público y los alegatos de la defensora, la resolutora determinó procedente la solicitud del Ministerio Público de abrir un proceso judicial en contra de la acusada pero le reclasificó el delito, ya que pesaba sobre ella el delito de homicidio con penalidad agravada y finalmente quedó como homicidio simple.

La juez fijó un plazo de un mes para el cierre de la instrucción judicial.


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