Lumbalgia crónica postraumática aguda,
estreñimiento e insomnio, aquejan a Fernando Sánchez Arellano, ex líder del
CAF. Un juez le amparó para que se le brinden las atenciones médicas
necesarias. En un reclamo reciente, abogados del capo aseguran que se encuentra
incomunicado con su familia y vive en una celda con ratas y cucarachas, por lo
que les ha manifestado ideas suicidas. Otro juicio de garantías fue interpuesto
por el sobrino de los Arellano, a quien
no le permitieron el ingreso de dos revistas científicas al penal
La vida en la cárcel es dura.
Quizá no rehabilita ni reinserta socialmente al criminal, pero sí altera su
salud y le discapacita, aseguran médicos y penitenciaristas. En un penal de
máxima seguridad como Altiplano en el Estado de México, el recluso Fernando
Sánchez Arellano “El Ingeniero”, ex líder del Cártel Arellano Félix (CAF), lo
vive en carne propia.
Tras su captura hace más de
cuatro años, el sobrino de los fundadores de la organización criminal con base
en Tijuana, llegó con daños en su cuerpo a la prisión federal, producto de una
caída sufrida tiempo atrás. Con el paso del tiempo su padecimiento en la
espalda se ha ido agravando, según su propio dicho en diversos juicios de
amparo que ha tramitado.
La visión, el oído, el gusto
y el olfato se atrofian. Se altera la imagen personal, se agarrotan los
músculos y devienen consecuencias psicosociales. Eso lo saben los presos que se
encuentran en este tipo de establecimientos, donde los espacios son más
reducidos para deambular que en otro tipo de cárceles, y las salidas a patio
escasas.
En el caso de “El Ingeniero”
o “El Alineador”, ya son varios años privado de su libertad, no sólo en el
Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) Número 1, enclavado en Almoloya
de Juárez, sino también en el Número 13 en Miahuatlán de Porfirio Díaz, Oaxaca,
adonde fue trasladado el 30 de septiembre como consecuencia de la fuga del
narcotraficante Joaquín “El Chapo” Guzmán.
Al sobrino de los Arellano
Félix, además de la lumbalgia, le acompaña la nostalgia de la vida disipada que
llevó en libertad. Extraña algunos hábitos, entre éstos, leer revistas
científicas que ahora le son prohibidas para su ingreso al reclusorio por parte
de personal de áreas técnicas. Eso también lo ha peleado, sin éxito, a través
de demandas de amparo.
Y aunque los hábitos
alimenticios no eran lo mejor para Fernando, detenido cuando llegaba a la
hamburguesería Carl’s Jr. de Bulevar Agua Caliente y Calle Once en Tijuana,
aquél 23 de junio de 2014, su nivel económico le permitía disfrutar de lujos,
excesos y probablemente limpieza. Hoy se queja de que habita una celda inmunda
donde hay ratas y cucarachas.
En el último de los juicios
de garantías que han sido resueltos por jueces de distrito de Toluca, los
abogados del ex líder del CAF plantean que su cliente se encuentra deprimido y
ha pensado en el suicidio, por lo que solicitaron una mayor atención de las
autoridades carcelarias a los reclamos de su cliente. Chantaje o realidad, la
vida en la cárcel es dura. Y más en Altiplano.
LUMBALGIA
Desde sus primeros días de
internamiento en el Cefereso Número 1 de Almoloya de Juárez y durante su
estancia de poco más de año y meses en el Cefereso 13 de Oaxaca, y posterior
retorno a Altiplano, Fernando Sánchez Arellano ha presentado más de una decena
de demandas de amparo, aduciendo falta de atención médica y nula entrega de
medicamentos. También alega malos tratos, tortura e incomunicación.
Uno de los pocos juicios de
derechos fundamentales que le ha resultado favorable fue el promovido por su
defensor particular Juan Francisco Ríos Juárez, en diciembre de 2017. Además de
la negativa de atención a su lumbalgia, “El Ingeniero” se quejó de la
restricción para que saliera de su área de reclusión en los horarios que
acostumbraba.
El Juez Quinto de Distrito en
Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México le concedió la
suspensión “de plano” (amparo indirecto 1861/2017) para que le brindaran
servicios de salud de inmediato en el área del quiropráctico, le proporcionaran
medicinas, le ubicaran en un área acorde a su padecimiento y que las
autoridades se abstuvieran de realizar tratos crueles e inhumanos en su contra.
Aunado a la lumbalgia crónica
postraumática aguda, al interno le aquejaban estreñimiento e insomnio -según el
dictamen médico-, por lo que también se reclamó la salida al patio como parte
de su esparcimiento, descanso, estiramiento y ejercicio, con fines de
rehabilitación.
El 23 de enero de 2018, el
juez concedió el amparo a Sánchez Arellano para efecto de que la directora
general del penal federal y demás funcionarios involucrados en el tema,
ordenaran la atención médica continuada del quejoso con especialistas en
traumatología, a fin de sanar sus males de la espalda, lo que implica atención
global, suministro de medicamentos apropiados y atender la sugerencia del
médico especialista respecto a la rehabilitación del quejoso y los horarios en
que éste debe salir al patio a realizar los ejercicios fijados.
En diversas fechas se
requirió a las autoridades responsables del cumplimiento de la sentencia de
amparo, y a pesar de que éstas enviaban oficios para justificar que ya se
realizaba lo ordenado, el juzgador detectaba que en diversos aspectos no se
acreditaba la atención especializada ordenada, como tampoco que se cumplía con
la etapa rehabilitatoria, por lo que se tuvo que apercibir a los directivos del
presidio en varias ocasiones hasta que en el mes de abril se consideró cumplido
el fallo en su totalidad.
Los informes periódicos de
las áreas responsables daban cuenta de las diferentes consultas y valoraciones
efectuadas al privado de libertad, la persistencia del dolor en la región
lumbar y algunas mejorías en las sesiones de ejercicio para la rehabilitación
de la columna vertebral, que en el caso de las salidas a patio, consistían en
fisioterapia. Se remitieron copias de las recetas y el control de medicinas
suministradas firmadas por el paciente.
Obviamente las salidas a
patio eran esporádicas, pues sólo se autoriza una hora al día, y las
autoridades justificaban que el plan de ejercicios estaba diseñado para poderse
efectuar en cualquier tipo de espacio, “no necesariamente en el espacio
abierto”. Entre marzo y abril se dotó a Sánchez Arellano de una faja lumbosacra
con concha hipelordotca de polipropileno, analgésicos diario (arcoxia), y le
enseñaron diversos ejercicios. Su cita con especialistas se programó a los seis
meses siguientes para valorar su evolución.
NOSTALGIA
La atención brindada a
Fernando Sánchez no le eximió de seguir presentando demandas de amparo. Reclamó
posibles órdenes de traslado a algún otro centro penitenciario, incomunicación
y la falta de medicamentos. Sin embargo, llamó la atención un juicio de
garantías promovido en su nombre en mayo de 2018 cuando el acto reclamado fue
la prohibición del ingreso y acceso a “su material educativo”.
En el amparo 789/2018 del
índice del Juzgado Primero de Distrito especializado en la materia, “El
Alineador” señaló que en su carácter de persona privada de la libertad, que se
encuentra en el área de Tratamientos Especiales (de donde escapó “El Chapo” Guzmán
el 11 de julio de 2015) y como procesado -aún no sentenciado- se le prohibió
recibir un par de publicaciones que le fueron depositadas por sus familiares.
Se trataba de las revistas
Muy Interesante y Conozca Más. Sánchez Arellano se quejó de “la orden
prohibitiva de tener acceso a leer los libros de contenido educativo y
científico y de superación personal que se encuentran en la biblioteca del
centro federal, a pesar de que el suscrito con anterioridad gozaba de ese
derecho educativo, autorizado mediante acta de Comité Técnico de este centro
federal, (acta que obra en poder de las autoridades penitenciarias),
desconociendo el motivo por el cual se me prohíbe dicho derecho”.
El preso planteó al juez de
amparo que ignoraba si la restricción a la que ahora se enfrentaba era o no
parte de algún correctivo disciplinario, pues no tenía conocimiento de que le
hayan impuesto uno. “Sólo sé que dicha orden me fue comunicada en forma verbal
por la encargada de guardia de la biblioteca el día 21 de mayo de 2018, y a
ésta, a su vez le dieron la orden todas las autoridades responsables”.
El juez ni siquiera entró al
estudio de la demanda y la desechó de plano dos días después de presentada. El
hecho fue impugnado por los defensores de Fernando a través del recurso de
queja, mismo que fue turnado al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del
Segundo Circuito, con residencia en Toluca. El asunto parecía caminar para que
se admitiera la moción de Sánchez Arellano, pero en la segunda quincena de
agosto firmó un escrito desistiéndose del recurso.
DEPRESIÓN Y ROEDORES
El 8 de agosto del año en
curso, los representantes legales del “Ingeniero” presentaron una nueva demanda
de derechos fundamentales en favor de su cliente ante el Juzgado Primero de
Distrito de Amparo y Juicios Federales en Toluca. Genéricamente se reclamó
incomunicación, segregación y tortura, pero las autoridades judiciales se
sorprendieron de la lectura del escrito.
Fernando Sánchez Arellano
estaría tan deprimido que la demanda no está escrita en primera persona, sino
que el abogado hace la narración de hechos. El profesionista relata que el
interno vive en condiciones insalubres y deplorables, al grado que incluso le
ha manifestado ideas de suicidio. Por lo anterior, el juzgador le concedió la suspensión
de plano de cualquier abuso de las autoridades.
En el documento se reclama de
la directora general del Cefereso Número 1, la incomunicación directa y
personal de Sánchez Arellano (expediente 4109), pues su defensor señala que en
esa fecha tenía programada una visita en locutorios con su defendido, sin que
le permitiesen el acceso para entrevistarse con él, pese a estar registrado
como su abogado en la causa penal 52/2014 del índice del Juzgado Segundo de
Distrito de Procesos Penales del Estado de México.
Aseguró el litigante que al
“Ingeniero” ya se le ha dificultado el acceso con sus defensores y se les
prohíbe a éstos el ingreso de objetos necesarios para el desempeño de una
defensa adecuada, como lo refiere la legislación mexicana, entre ellas la Ley
Nacional de Ejecución Penal en su Artículo 58.
El abogado resalta que la
incomunicación de Fernando es también “con las demás personas privadas de su
libertad, porque lo tienen en un área de segregación (Tratamientos Especiales)
donde no ve a nadie. Ésta es un área donde lo tienen encerrado las 24 horas del
día. Tiene las luces prendidas todo el tiempo, no las apagan. Hacen ruido a
cada rato. No lo dejan dormir. No le llevan alimentos. No lo sacan al patio.
“Donde lo tienen existen
animales rastreros (como cucarachas y ratas). Defeca en el área donde lo tienen
encerrado. Está sufriendo de actos de tortura, que si bien no le dejan huellas
en el cuerpo, tales torturas son psicológicas ya que esta angustiado por no ver
a su familia, ni a su defensor particular. Se siente deprimido. A veces piensa
en quitarse la vida ante las condiciones en que se encuentra”, destaca el
escrito.
Y remata al señalar que a
Sánchez Arellano “lo tienen discriminado, ya que no lo tratan igual que a las
otras personas privadas de su libertad. Ellos tienen su visita de sus
familiares, y visita a locutorios diariamente, por el solo hecho de que tales
personas dicen que son imputados del nuevo sistema acusatorio adversarial, y
que como el quejoso es del sistema escrito, no tiene los mismos derechos,
siendo que este aún es procesado porque no le han dictado sentencia en sus
procesos, por lo que es inocente hasta que se demuestre lo contrario”.
La directora del penal
federal Altiplano se inconformó porque el juez concedió la suspensión de plano
al quejoso y acudió en queja ente un Tribunal Colegiado, pero los magistrados
confirmaron que el juzgador actuó conforme a la Ley de Amparo. Sin embargo, al
paso de los días “El Ingeniero” y su abogado no pudieron probar su dicho sobre
las violaciones de garantías aludidas y no se concedió el amparo y protección
de la justicia federal al recluso.
(SEMANARIO ZETA/ EDICIÓN IMPRESA/ INVESTIGACIONES ZETA / LUNES, 29 OCTUBRE,
2018 01:00 PM)
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