miércoles, 2 de octubre de 2013

NEGACIÓN DE REGISTRO A “ADELANTADOS”: NAVARRO

¿Y a Javier Neblina, diputado?...

“Si un candidato viola los topes de campaña, lo que procede no es la sanción económica, si no la nulidad de la elección; su aprobación establece la negativa de registro a quien solicite participar si empezó sus actividades antes de pre campaña; el Consejo no puede hacer nada porque no está establecido, sólo hacer la investigación y sancionar a quien lo haga”, dijo…

Hermosillo, Sonora (DP).- Ya entrado en materia de candidatos que realicen actos anticipados de campaña, el diputado Carlos Navarro López presentó una iniciativa de reforma al Código Electoral del Estado de Sonora para castigar con la nulidad de la elección o negación de registro.

“Si un candidato viola los topes de campaña, lo que procede no es la sanción económica, si no la nulidad de la elección; su aprobación establece la negativa de registro a quien solicite participar si empezó sus actividades antes de pre campaña; el Consejo no puede hacer nada porque no está establecido, sólo hacer la investigación y sancionar a quien lo haga”, dijo.

El 2 de abril pasado, por violar los Artículos 160, 162 y 371 del Código Electoral para el Estado Sonora, por realizar actos anticipados de precampaña electoral en Sonora, el pastor de los Diputados del PAN, Javier Neblina Vega, fue multado por el Consejo Estatal Electoral.

El CEE aprobó multar con 161 mil 900 pesos al coordinador de los Diputados del PAN Javier Neblina Vega por incurrir en actos anticipados de precampaña, pero también al PAN Sonora por permitir la ilegalidad electoral previo al proceso del 2012; sin embargo, aún se desconoce si ya cubrió la multa y menos aún si lo hizo con recursos propios o públicos.

El organismo electoral aprobó imponer al legislador una sanción económica consistente en dos mil quinientos días de salario mínimo vigente en la capital del estado de Sonora, que equivalen a 161 mil 900 pesos.

El pasado 29 de diciembre, Dossier Político documentó que la Sala Cuarta Regional del Trife con sede en Guadalajara, Jalisco, resolvió multar al coordinador de los diputados del PAN en Sonora, Javier Neblina Vega:

“Al quedar establecido que Neblina Vega, del Partido Acción Nacional, realizó actos anticipados de precampaña electoral y con ello vulneró el acceso a la definición de candidatos en condiciones de igualdad dentro de los plazos establecidos legalmente, y el principio de equidad que debe prevalecer entre los partidos en toda contienda electoral”, establece el Trife.

El pasado 18 de junio del 2012, el diputado panista fue amonestado por primera ocasión por haberse comprobado la realización de actos anticipados de precampaña electoral, por ello el pleno del CEE aprobó aplicar la medida al entonces candidato a diputado local del Distrito XI, por el Partido Acción Nacional; lo anterior luego que en el procedimiento se acreditó que Neblina Vega cometió actos violatorios a los Artículos 160, 162 y 371, Fracción I, del Código Electoral para el Estado de Sonora.

Los actos imputados consistieron en la colocación de diversos espectaculares, pendones y pintas de bardas en distintos lugares públicos de la ciudad de Hermosillo, propaganda que en concepto de la denunciante, Guadalupe Aguirre Ruiz, es violatoria de los preceptos antes citados, ya que constituye propaganda electoral ilegal de promoción personal y anticipada, que vulnera la equidad entre los partidos.

Del estudio de las constancias existentes, el pleno del CEE estimó que en el procedimiento se acreditó la realización de actos anticipados de precampaña electoral, y, por ende, la infracción o violación de los artículos antes señalados.

Así mismo se acreditó que el Partido Acción Nacional, cometió actos violatorios al artículo 370 fracciones I y V del Código, relativas a actos anticipados de precampaña electoral por “culpa in vigilando” derivada del incumplimiento de conducir y ajustar la acción y conducta de sus militantes a los cauces legales y a los principios del Estado democrático.

En consecuencia de lo anterior, se impuso al partido la sanción prevista en el Artículo 381 Fracción I inciso a) del Código Estatal Electoral, consistente en amonestación pública, apercibiéndosele de que en caso de reincidencia, se le aplicará una multa equivalente de hasta diez mil días de salario mínimo general vigente en la capital del Estado de Sonora.

El 21 de agosto de agosto, ya por ocupar su curul en el Congreso del Estado, el Diputado local panista y ex Secretario de Desarrollo Social del Estado, Javier Neblina Vega, fue multado con 81 mil pesos por incurrir en actos anticipados de campaña.

Antes de iniciar las campañas electorales, el rostro de Neblina Vega aparecía en espectaculares y pendones en calles y bulevares de Hermosillo, por lo cual una ciudadana presentó denuncia, la cual prosperó en el Consejo Estatal Electoral, pero fue impugnada y terminó juzgada en la Sala de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Luego de determinar que el ahora Diputado sí incurrió en actos anticipados de campaña, el Trife ordenó al Consejo Estatal Electoral de Sonora aplicar la sanción, que consiste en una multa por mil 350 días de salario mínimo vigente en el Estado, unos 81 mil pesos.

El jueves 20 de diciembre, la Sala Cuarta Regional estableció que Neblina Vega, en su calidad de aspirante a la precandidatura diputado local por el Distrito XI con cabecera en Hermosillo Costa y el PAN, violaban el Artículo 134 de la Constitución Federal y 374 Fracción III y 371 Fracción I del Código Electoral para el Estado de Sonora.

Navarro López puntualizó que no solo se debe reformar el Código Electoral del estado en materia de candidaturas independientes, si no revisar todos los puntos importantes.

(DOSSIER POLITICO/ Jesús Ortega / 2013-10-01)

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