domingo, 24 de febrero de 2013

OMISIONES SOSPECHOSAS DE JUECES DEL TRIBUNAL



Omisiones sospechosas jueces del Tribunal

Confirman denuncias en contra de ellos
   
Protegieron intereses del gobierno anterior
   
Ahora gozan de impunidad: ¡nada se ha hecho!
   
Falsa información del juez Sergio Aguilar Navarro
   
Magistrado Héctor Homero Bautista debe ser desaforado

¡Derecho de réplica!


En relación a la aclaración que hace a este medio digital el Lic. Sergio Aguilar Navarro, integrante del H. Poder Judicial, le manifiesto que es falsa su información que da a nuestra sociedad, en su derecho de replica, en su calidad de servidor  publico, por lo siguiente:

Cuando Usted se desempeñaba como Juez Penal en Los Cabos, es cierto que negó la Orden de Aprehensión en contra de CESAR UZCANGA AMADOR y 15 lideres del PRD, esto dentro del Proceso 117/2010, por el delito  de Despojo, todo esto en el sexenio de la ilegalidad de Narciso Agúndez Montaño, quien este con su voluntad política apoyó a su compadre antes citado, y USTED en su aclaración publica dice ahora, que no conoce a nadie de estos y que no es cómplice y que no tuvo relación de trabajo con los integrantes del Grupo Los Cabos y que no protegió a nadie y Usted ahora se manifiesta ante la sociedad, que actuó conforme a Derecho.

Prueba de ello, es el proceso penal antes citado. En su aclaración, usted, no manifestó que en los días siguientes de haber negado la orden citada, por acuerdo de pleno fue cambiado de residencia para protegerlo, esto seria por haber cumplido con la ley o con la voluntad política, esto la sociedad jamás lo olvida y menos los ofendidos.

Usted no informó tampoco, a la sociedad que fue denunciado por el Ejido San José del Cabo, radicándose la AP/SPB/07/2010, en la Agencia del Ministerio Publico de servidores públicos, por sus omisiones en donde no valoró ninguna prueba de las aportadas por los ofendidos, en la comisión de los delitos de Incumplimiento de un deber legal y violación de las garantías e impedimentos, tipificados en el Código Penal del Estado.

Tampoco usted, señaló el proteccionismo que ha recibido del actual procurador, bajo el argumento de que Usted, tiene fuero y no se le puede integrar la denuncia citada… ¡vaya aberraciones!… prueba de ello, es la fecha de la ratificación de la denuncia 11 de Febrero de 2010, y a la fecha no hay actuaciones tendientes al desafuero del Lic. SERGIO AGUILAR NAVARRO, en esta agencia van y vienen cambios… y la consigna es no integrar la denuncia citada, no obstante que han transcurrido 36 meses. No sabemos porque tanta lentitud o ineptitud de la autoridad investigadora.

También en la misma denuncia se denunció al Agente del Ministerio Publico Adscrito, Lic. Carlos Vladimir Moyron Echeverría, y al ex-procurador Lic. Fernando González Rubio Carecer, entre otros.

Tampoco usted, señaló a la sociedad que el Ejido San Jose del Cabo, le presento  una Queja por infracciones a la Ley de Responsabilidades del Poder Judicial, esta fue radicada bajo el numero Queja/03/2010, esta fue ratificada el día 11 de Febrero de 2010 y ya han transcurrido  36 meses. Bueno tres años para que no se vea grande el numero y no se vayan a preocupar los magistrados por el término que tienen para resolver. ¡Se ve a simple vista el proteccionismo!

Señalo que este funcionario no ha sido el único protegido por el Pleno del H. Tribunal Superior del Estado y de la Procuraduría de Justicia del Estado, con  el caso de la invasión del Predio La Ballena, por el grupo Los Cabos, también están involucrados los siguientes servidores  Públicos judiciales:

En orden de jerarquías, el Lic. Francisco Efrén Cabrera Trillas, Juez penal, en Los Cabos, nuevamente con las mismas pruebas, negó la Orden de Aprehensión en contra de CESAR UZCANGA AMADOR y 15 lideres del PRD, esto dentro del Proceso 22/2010, por el delito  de Despojo, por ser la segunda vez que se niega la orden, se sobresee, en otras palabras señalaron que no había delito que perseguir.
También, este juez penal, por acuerdo de pleno fue cambiado de residencia para protegerlo por la segunda negativa de la orden de aprehensión a favor de CESAR UZCANGA AMADOR y 15 más copartícipes, esto seria por haber cumplido con la ley o con la voluntad política, esto la sociedad jamás lo olvida y menos los ofendidos.

Se presentó denuncia en contra del funcionario citado y fue radicada la Agencia del Ministerio Publico de servidores públicos, bajo el numero AP/SPB/121/2010, y ratificada el 23 de Septiembre de 2010, y a la fecha no hay actuaciones tendientes al desafuero del Lic. FCO. EFREN CABRERA TRILLAS,  ¡2 años con 5 meses! No sabemos qué pasa con la procuración de justicia en el Estado.

El juez citado, fue denunciado por el Ejido San José del Cabo, por sus omisiones en la comisión de los delitos de Incumplimiento de un deber legal y violación de las garantías e impedimentos, contemplados del Código Penal del Estado.

También el Ejido San José del Cabo, presentó una Queja por infracciones a la Ley de Responsabilidades del Poder Judicial, esta fue radicada bajo el numero Queja 14/2010, esta fue ratificada el día 23 de Septiembre de 2010 y ya han transcurrido  29 meses sin que se le notifique esta, ¡porque dicen que hay mucho trabajo!!
Por último, también se denuncio al Lic. Magistrado HECTOR HOMERO BAUTISTA, Magistrado de la Segunda Sala Penal, quien Confirmó la negativa de la Orden de Aprehensión en contra de CÉSAR UZCANGA AMADOR y 15 lideres del PRD, derivado del Proceso 22/2010, por el delito  de Despojo, esto dentro de los autos del Toca penal 176/2010.

También fue denunciado y se radicó la AP/SPB/121/2010, y fue ratificada el 20 de Octubre de 2010, y a la fecha no hay actuaciones tendientes al desafuero del Magistrado y Lic. HECTOR HOMERO BAUTISTA, ¡¡2 años con 4 meses!! sin actuación alguna por la representación social. ¿Por qué tanto proteccionismo?  ¿Por qué proteger tanto la impunidad en la procuración de justicia?

El Magistrado Bautista, fue denunciado por el Ejido San José del Cabo, por sus omisiones porque no valoró ninguna prueba de los ofendidos, en la comisión de los delitos de Incumplimiento de un deber legal y violación de las garantías e impedimentos del Código Penal del Estado.

También el Ejido presentó queja y esta fue radicada bajo el numero Queja/1/2011, y ratificada el día 13 de Octubre de 2010 ¡¡y ya han transcurrido  28 meses!! sin que a la fecha se haya dictado una resolución conforme a derecho, ¿¿será porque tienen mucho trabajo??

Ya para terminar, señalo que se exhibió ante la Representación Social Investigadora el Amparo Directo 280/2010, concedido por el Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito al Ejido San José del Cabo, donde se acreditan todas las omisiones cometidas por el Magistrado Homero Bautista, en los autos del Toca 176/2010.

Se dio cumplimiento al amparo concedido, radicándose en la Primera Sala Penal, el toca 221/2012, donde se libró la  ORDEN DE APREHENSION Y DETENCIÓN, en contra de CÉSAR UZCANGA AMAD0R, como autor intelectual por su probable responsabilidad penal en la comisión del delito de DESPOJO y 15 coparticipes.

Posteriormente, después de las excusas de algunos jueces, le toca ejecutar las órdenes de aprehensión al Juzgado Primero Penal de San José del Cabo, dentro del Proceso 102/2012, por el delito de despojo.

La resolución del Magistrado Alejandro Santoyo, obedece, a la EXCUSA que planteó el Ejido, en el sentido que el magistrado Bautista, estaba impedido para conocer del toca penal 176/2010, porque su amigo LUIS ARMANDO DIAZ, estaba denunciado en los autos del toca que iba a resolver,  y además el magistrado Bautista, fue uno de los coordinadores de la campaña de LAD, sin embargo resolvió, no obstante lo anterior, sin responsabilidad alguna y sin escrúpulos, aplicando la normatividad de proteger al grupo Los Cabos.

También el Magistrado Bautista, estaba impedido para ser coordinador de campaña de LUIS ARMANDO DIAZ, de acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, en su articulo 69, que señala que ningún Servidor Público del Poder Judicial podrá tener ocupación o empleo diverso con excepción de los docentes, cuyo desempeño no perjudique las funciones propias de su cargo.

Por ultimo en resumen, manifiesto que la  procuraduría debe acumular las denuncias presentadas en contra de los licenciados SERGIO AGUILAR NAVARRO, FRANCISCO EFRÉN CABRERA TRILLAS y HECTOR HOMERO BAUTISTA y tomando en consideración el origen de los hechos, son delitos oficiosos, y no requieren para su impulso promoción de los ofendidos, pudiéndose dar también el delito de Coalición de servidores públicos.

También deberá solicitar el desafuero de los servidores denunciados en los términos de la Constitución del Estado, para evitar los actos de incapacidad en la administración y procuración de justicia.

La ley es de orden público y de aplicación general sin excepción alguna, como lo señaló nuestro gobernador actual al inicio de su sexenio. Nada más falta que los servidores públicos encargados de hacerlo, lo hagan conforme a derecho.

Atentamente

LIC. FRANCISCO JAVIER HIRALES OSUNA
Representante Legal Ejido San José del Cabo

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