lunes, 28 de octubre de 2013

JOAN SEBASTIÁN: LAS INCÓGNITAS DE UN CRIMEN

El caso del asesinato de Joan Sebastián.

El caso del menor Joan Sebastián, víctima de fuego cruzado en un enfrentamiento entre policías y un presunto delincuente, abre viejas heridas y pone en duda la preparación del sistema policial.

La historia de aquellas personas, hombres, mujeres, niños, que son víctimas del fuego cruzado entre policías y criminales, parece repetirse. Y es que apenas el pasado viernes 11 de agosto la escena trágica se reprodujo de nuevo dejando como saldo la muerte del menor Joan Sebastián, con un impacto de bala AR-15 en la cabeza.
Los hechos ocurrieron en la calle General Rodolfo Fierro, de la colonia Esthela Ortiz de Toledo, cuando un grupo de agentes de la Policía Estatal Preventiva perseguía a un presunto robacarros que intentaba huir saltando entre los techos de varios domicilios. Un descuido hizo que el sujeto cayera a uno de los patios, el agente estatal Leonardo Heredia López brincó una barda con la finalidad de darle alcance y en ese momento… la detonación se escuchó. No atraparon al delincuente y, por el contrario, los agentes se dieron cuenta que un menor de cinco años, Joan Sebastián, estaba herido. Fue trasladado a la clínica del IMSS ubicada en Cañadas, donde murió al estar recibiendo atención médica.

El agente Leonardo Heredia López, acusado posteriormente del delito de homicidio doloso en contra del menor Joan Sebastián, declaró que en ningún momento tuvo la intención de disparar en contra del sospechoso que perseguía, mucho menos al menor. Señaló que se trató de un accidente y que el niño no se encontraba en el lugar.

“Al momento de brincar la barda fue cuando el delincuente sacó la pistola con su mano derecha y efectuó un disparo, en ese momento quité el seguro de mi arma y al caer por el peso de mi equipo empuñé mi arma trastabillándome, fue cuando se me efectuó el disparo en el cual no miré ningún menor… había ropa tendida colgada en unos árboles. Yo nunca tuve la intención de disparar mi arma en contra del delincuente, mucho menos del menor ya que nunca lo miré. Nunca he tenido ningún accidente de este tipo por lo cual lo considero que fue un accidente de trabajo”, señaló.

A pesar de esta declaración, en las diligencias practicadas se encontraron indicios de dos disparos, uno de estos con trayectoria de arriba hacia abajo, mismo que penetró en una lámina y el otro que acabaría incrustado en el menor.

Surgieron más versiones y hasta ahora no se sabe cuál es la verdadera.

El pasado viernes 18 de octubre, una semana después de la muerte del menor, al agente Leonardo Heredia López se le dictó formal prisión como parte del proceso legal que habrá de seguirse. Al momento de hacer la ampliación de la declaración los tres agentes que acompañaban a Heredia López el día de los hechos, el abogado defensor detectó una presunta incrustación en la declaración ministerial, donde señalaba específicamente que Heredia les había comentado a los tres agentes, que había efectuado el disparo al menor, sin embargo, posteriormente los elementos negaron lo señalado y dijeron que en un principio Heredia López solo les comentó que se le había escapado un tiro.

Posteriormente la consignación del estatal preventivo se registró a las 18:00 horas del domingo mediante la averiguación previa 157/2013 integrada por la PGJE.

Al preguntarle al procurador de Justicia, Marco Antonio Higuera Gómez, si el Ministerio Público tomó en cuenta esta presunta incrustación al momento de consignar al agente, dijo que cuando este organismo levanta una diligencia dicta la declaración en presencia del declarante y una vez terminada la diligencia es entregada de tal forma que este puede leerla y hacer observaciones correspondientes, observaciones que en su momento no se hicieron por lo que se tomó en cuenta la primera versión narrada de forma inmediata.

“La puede releer las veces que quiera la persona que declara como testigo o como acusado y cualquier observación que quiera hacerle la puede hacer. Lo que está asentado fue lo que en su primera declaración se dice, es lógico que la primera declaración donde no hay aleccionamiento, no hay intervención de otras personas, no hay sugerencias, no hay nada, es la que la ley le da el valor probatorio de importancia, porque es la que está espontánea y por eso se le llama el principio de inmediatez procesal, lo más cercano a los hechos sin que tenga contacto con otras personas”, puntualizó.

El secretario de Seguridad Pública, Genaro García Castro, señaló ante ello que él no defiende ni posee ninguna versión, pues la versión la otorga quien está en el lugar de los hechos:

“Yo no tengo ninguna versión ni la puedo tener. Creo que la versión es el que está en el lugar de los hechos”, refirió.

Señaló que la “gran ventaja” para el agente Leonardo Heredia López en el proceso jurídico, es que el menor no se encontraba en la escena, sin embargo calificó el error como lamentable y dijo que ha puesto a la corporación en una difícil situación emocional.

“Fue un escenario muy difícil. Si el niño hubiera estado en un lugar visible y el policía aun así no guarda el deber de cuidado al que está obligado por el tipo de arma que trae, y además realiza un disparo, pues sería una negligencia, una falta de cuidado de él, una que lo posicionaría jurídicamente en una situación demasiado estricta, lo que es el homicidio doloso, pero el niño no estaba en la escena, él estaba detrás de una puerta, en una habitación, la bala desafortunadamente tomó esa dirección e impactó en el cuerpo de él, yo estaría de acuerdo con que se le turnara al elemento por homicidio doloso si el niño hubiera estado en el escenario, pero no lo estaba.

—¿Están preparados los elementos policiacos para hacer frente a estas situaciones?

Cuando Ríodoce le hizo esta pregunta a García Castro, respondió que los elementos policiacos están recibiendo capacitación constante por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional, que es la que otorga las licencias colectivas y pone como un requisito la práctica y el uso del arma a través de los cursos que proporcionan.

Pésima capacitación: CDDHS

Por su parte Leonel Aguirre Meza, presidente de la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos en Sinaloa y capacitador de elementos policiacos en materia de derechos humanos, calificó este acontecimiento como una muestra del poco nivel de preparación que tienen algunos elementos policiacos.

“Quizás por desconocimiento o quizás por negligencia los elementos hacen uso del arma de fuego cuando no está el marco permitido para ello. Hay un principio de excepción de uso del arma de fuego que la coloca como la última posibilidad en enfrentamientos de esta naturaleza”.

Aguirre Meza expreso que no cree que el disparo realizado por el agente haya sido intencional, sin embargo no deja de ser su responsabilidad por la falta de cuidado al arma de fuego que trágicamente provocó la muerte del niño. Destacó que para efectos del juicio tendrá que demostrarse que pericialmente no hay una responsabilidad, sin embargó lo consideró difícil.

“Yo creo que aunque haya sido imprudencial, debe de sancionarse al servidor público para que sirva de muestra a los demás elementos para que sepan cuándo deben usar el arma, se supone que estudiaron en una academia, donde estudiaron y conocieron los supuestos, los niveles del uso de la fuerza”.

Lamentó que en el estado no se cuenta con una ley que regule el uso legítimo de la fuerza pública, por lo que debe crearse para que se defina cómo se tratarán legalmente situaciones como estas.

Señaló que el tiempo que los elementos policiacos pasan en el instituto es insuficiente, situación por la cual algunos agentes carecen de preparación en áreas como derechos humanos, uso de la fuerza pública, disparo con arma de fuego, por lo que consideró que las capacitaciones tienen ser más intensivas y se les debe proporcionar una capacitación psicológica para hacer frente a este tipo de situaciones, ya que previo a los acontecimientos traumáticos de este tipo, los elementos no reciben una preparación psicológica.

Historias que parecen repetirse

Además del caso del menor Joan Sebastián, existen otros casos en los que errores por parte de elementos policiacos han dañado la integridad de las personas.

El 16 de julio de 2012, un grupo de agentes del Grupo Élite, acompañados de una patrulla del Ejército, dispararon contra un grupo de niños deportistas en Bamoa, Guasave. Tres de los menores resultaron lesionados: Adal Saúl, de 14 años; Luis Alfonso de 13 años y Efraín de 17 años. De los tres, Luis Alfonso se llevó la peor parte al resultar con laceraciones de páncreas, perforación gástrica y perder un riñón.

Si bien el Ejecutivo del Estado presentó este año una iniciativa que le concedió una pensión vitalicia al menor, lo cierto es que a raíz de aquel error, Luis Alfonso ahora se enfrenta a la vida en una silla de ruedas y con una carga de gastos médicos de por vida.

El 28 de febrero de 2012, un grupo de policías municipales de Culiacán le dispararon erróneamente al menor Luis Guillermo Márquez López, durante un operativo para recapturar a seis internos que se fugaron del Centro de Internamiento para Menores.

Otro error similar ocurrió un 22 de diciembre de 2012, cuando agentes ministeriales comisionados a una investigación en el sector sur de Culiacán, en el área ubicada en el fraccionamiento La Primavera y la colonia 22 de diciembre, abrieron fuego contra una camioneta Nissan que era conducida por un trabajador de la construcción, quien veinte minutos después de los disparos falleció en el Seguro Social.

En Mazatlán, el 18 de marzo de 2013, murieron el cabo Ninive Fermín Ramírez y el teniente Mario Aquino Ramírez, al ser acribillados por elementos de la Policía Municipal en una supuesta persecución que luego la Tercera Región Militar calificaría como “ejecución” debido a que sus elementos estaban desarmados.

La historia parece repetirse y en cada una de ellas prevalecen las dudas, la falta de una preparación y sobre todo, la incógnita de una muerte.

Alumno aplicado

Heredia López Leonardo concluyó satisfactoriamente el curso de Policía Estatal Acreditable y el curso de capacitación especializada para integrantes de la Unidad de Investigación de la Policía Estatal Preventiva. Los cursos fueron impartidos por personal de la Policía Federal.

Sus calificaciones en estos cursos fueron de entre 8 y 10, aunque en cuatro de diez materias obtuvo 10 de calificación y 9 en cinco. Además, obtuvo el título de Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) en el 2002.

En enero de 2004, Luis Fernando Aguiar Santana firmó su alta como agente de esta corporación, con categoría de policía operativo. En septiembre de ese año egresó como Policía Estatal Preventiva, generación 2003-2004, en el Instituto Estatal de Ciencias Penales y Seguridad Pública.

Cinco años después, en junio de 2009, acreditó el curso Armamento y Tiro Policial en la Academia Regional de Seguridad Pública. Ese año también asistió al ciclo de conferencias Calidad de Vida, Manejo de Emociones, Salud Mental, Manejo de Estrés, Integración de Trabajo en Equipo y Sentido de Vida, organizado por la SSP estatal.

En febrero de 2010 completó el entrenamiento Vivencial y de Liderazgo Personal para Elementos de Seguridad Pública Estatales y Municipales del Estado de Sinaloa, los días 1, 2 y 3 de febrero. El adiestramiento fue impartido por la firma Coaching Tequio México.

(RIODOCE/ Manuel Aceves /  octubre 27, 2013)

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