“No se debe criminalizar al peatón”, asevera a DP el
abogado…
A decir del
abogado Lorenzo Ramos Félix en entrevista concedida d Dossier Político, las
reformas que aprobaron los legisladores locales en el mes de septiembre, que
también sanciona a los peatones que por imprudencia provoquen un accidente, van
en contra de la Carta Magna, que a la letra dice: “Si el infractor de los
reglamentos gobernativos y de policía fuese jornalero, obrero o trabajador, no
podrá ser sancionado, con multa mayor del importe de su jornal o salario de un
día”…
Hermosillo, Sonora
(DP).- El Artículo 81 de la Ley de Tránsito del Estado de Sonora, que sanciona
con 8 mil pesos a los automovilistas que conduzcan con .40 grados de
alcohol/litro en su sangre, es inconstitucional, porque viola el Artículo XXI
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
A decir del abogado
Lorenzo Ramos Félix en entrevista concedida d Dossier Político, las reformas
que aprobaron los legisladores locales en el mes de septiembre, que también
sanciona a los peatones que por imprudencia provoquen un accidente, van en
contra de la Carta Magna, que a la letra dice: “Si el infractor de los
reglamentos gobernativos y de policía fuese jornalero, obrero o trabajador, no
podrá ser sancionado, con multa mayor del importe de su jornal o salario de un
día”.
En la caso de la
nueva modalidad de sancionar a peatones por provocar un accidente, Ramos Félix
señala que no es con medidas coercitivas y recaudatorias como se solucionará el
problema, sino con “métodos cívicos de educación vial” de los cuales carece
Hermosillo.
Agrega que la
educación vial no debe abarcar sólo al peatón, también al automovilista y al
ciclista.
Pero
fundamentalmente al automovilista.
“Todo automovilista
que maneja un vehículo automotor ya tiene una responsabilidad objetiva, así lo
marca el Código Civil del Estado de Sonora”, es decir, una persona que conduce
un auto y produce un daño tiene responsabilidades aunque no tenga la culpa”,
sostuvo el abogado litigante.
Antes de que los
legisladores aprobaran las reformas a la Ley de Tránsito debieron consultar a
los afectados directos, y reconoce que es una acción de educación vial que los
elementos de tránsito salgan a las calles explicar la ley en mención; pero debieron
hacerlo antes de que los legisladores aprobaran las reformas.
El prestigiado
abogado lamentó que actualmente la ciudad tiene mayores espacios para los
automóviles cuentan puentes elevados, puentes deprimidos se amplían los ejes
viales; pero el ciudadano ya no cuenta con banquetas, semáforos inteligentes
que pueda manipular el peatón y cruces seguros, sean puentes elevados o a
desnivel.
La finalidad de las
autoridades es meramente recaudatoria, obtener ingresos; “no privilegia la
seguridad en las vialidades, privilegia el ingreso (económico) que los errores
y la falta de educación cívica generaron”, sostuvo Ramos Félix en entrevista
para este medio de comunicación.
(DOSSIER
POLITICO/ César Fraijo / 2014-01-21)
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