MÉXICO, D.F. (apro).- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá entregar la lista de estados y municipios a los que condonó el Impuesto Sobre la Renta (ISR), especificando monto y periodo.
Así lo ordenó
el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos
(IFAI) al resolver un recurso de revisión interpuesto por un particular,
luego de que el SAT le indicó que esa información se encontraba
reservada por 12 años.
La condonación fue otorgada luego de que
las entidades y municipios cumplieron con lo establecido en el “Decreto
por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia del
impuesto sobre la renta, de derechos y de aprovechamientos”, publicado
en el Diario Oficial de la Federación, el 5 de diciembre de 2008.
Al
responder al particular, el SAT argumentó, entre otros asuntos, que
para efectos fiscales, los estados y municipios son considerados
personas morales, de conformidad con la Ley del Impuesto Sobre la Renta,
el Código Fiscal de la Federación y el Código Civil Federal.
Esto
quiere decir, explicó la dependencia, que la información con la que
cuenta corresponde a datos de contribuyentes, mismos que están
protegidos por el secreto fiscal, lo que obliga a los servidores
públicos del SAT a “guardar absoluta reserva de las declaraciones y
demás información suministrada por los contribuyentes o por terceros con
ellos relacionados, así como de los datos obtenidos en el ejercicio de
sus facultades de comprobación”.
No obstante, “en atención al
principio de máxima publicidad”, el SAT dijo al particular que en su
página de internet está disponible la versión pública de la información
relativa a créditos fiscales condonados.
De esa información se
desprende que de 2009 a 2012, el SAT ha condonado más de nueve mil 935
millones de pesos, y también detalla el tipo de contribuyente, periodo
del adeudo, año en el que se condonó el crédito e importe histórico,
pero no se específica la entidad o el municipio al que le fue aplicado
el beneficio.
Inconforme con la información, por considerar que
los datos relacionados con la condonación de impuestos deben ser
públicos, el particular presentó un recurso de revisión ante el IFAI,
que fue turnado a la ponencia de la comisionada Jacqueline Peschard.
Tras
analizar el caso, la comisionada concluyó que si bien la información
requerida está protegida por el secreto fiscal –porque se trata de datos
relacionados con la situación fiscal de personas morales (estados y
municipios)– existe un interés público por conocerla entre, otras
razones, porque es dinero que el Estado deja de percibir por conceder un
beneficio a un contribuyente, lo que se traduce en un gasto público y,
por tanto, “debe reportarse”.
Además, apuntó, la condonación
“concierne a la totalidad de la ciudadanía en tanto que, por disposición
constitucional, todos los mexicanos están obligados a contribuir al
gasto público de manera proporcional y equitativa”.
Peschard
también consideró que al transparentar cómo ha operado el SAT el
decreto, “se daría certeza a los contribuyentes de que son tratados en
igualdad de circunstancias, que las autoridades fiscales se sujetan a lo
previsto en la ley y que no existen favoritismos”.
Por ello, la
comisionada propuso revocar la clasificación invocada por el SAT e
instruirle a entregar al particular el soporte documental con la
información que solicitó: los convenios específicos que las entidades
federativas, los municipios y el gobierno federal suscribieron, mediante
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), para adherirse al
decreto, así como las impresiones del Sistema Integral de Recaudación.
(PROCESO / /4 de septiembre de 2013)
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