domingo, 25 de septiembre de 2016

UNA SEGUNDA VUELTA ELECTORAL NO BASTA


CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- El desplome de los niveles de aprobación del presidente Enrique Peña Nieto, la reducción de sus márgenes de acción para mantener la gobernabilidad democrática y la creciente demanda de su renuncia evidencian la gravedad de la crisis que vive el país, sin parangón en el México posrevolucionario.

Si a esto se añade que la historia reciente muestra las recurrentes crisis en los dos últimos años de los sexenios presidenciales (Proceso 2078) y que los tres sexenios anteriores a éste se debilitaron sensiblemente con la pérdida de legisladores en las elecciones intermedias, llama la atención que –en general– quienes buscan impulsar una nueva reforma electoral para permitir una segunda vuelta en la elección presidencial se limiten a elevar esta exigencia sin impulsar una reflexión integral y profunda del régimen político mexicano.

Es prácticamente un hecho, como señalan estas voces y plumas, que el próximo presidente contará apenas con el respaldo de una quinta parte de los mexicanos (alrededor del 30%, o incluso un poco menos, de los votos de aproximadamente 60% de los votantes potenciales que acudan a las urnas), lo cual sería coincidente con el poco más de 20% de quienes hoy aprueban la gestión presidencial.

Pero la segunda vuelta electoral, con la participación únicamente de los dos candidatos que mayor porcentaje de votación logren en la primera vuelta, para asegurar que el ganador obtiene más de la mitad de los votos y, por lo tanto, previsiblemente el respaldo de alrededor de una tercera parte de los votantes potenciales, no necesariamente se traducirá en mayor gobernabilidad democrática a lo largo de los seis años de gobierno.

Particularmente Vicente Fox, como el primer presidente de la alternancia, llegó a Los Pinos con una gran legitimidad democrática e inició y concluyó su gestión con poco más de 60% de aprobación (Proceso 2076). Sin embargo, eso no evitó sus atropellos y excesos del último tramo de su mandato, cuando inició el desafuero del entonces Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, y utilizó la fuerza pública, con pérdida de vidas humanas, para desalojar a los manifestantes de Oaxaca y someter el movimiento laboral de una siderúrgica en Michoacán.

Inclusive el riesgo de que se acentúen las debilidades del presidencialismo puede acrecentarse, pues el nuevo mandatario estaría conviviendo con un Congreso (o, al menos, la Cámara de Diputados) dominado ampliamente por legisladores postulados por partidos opositores al suyo, como les sucedió particularmente a los dos titulares del Ejecutivo panistas (Vicente Fox y Felipe Calderón, en la segunda mitad de su mandato).

Por supuesto que el régimen político mexicano requiere una discusión profunda e incluyente, pero la misma no puede limitarse a la segunda vuelta electoral en la elección presidencial. Si no quiere discutirse siquiera la posibilidad de abandonar el sistema presidencial, el debate al menos debe incluir la duración del mandato (cuatro, cinco o seis años); la mayoría requerida para alcanzar el cargo (relativa, absoluta o la llamada híbrida), y, desde luego, los periodos de los legisladores y la forma de renovación de las cámaras.

Habría otros dos temas que pudieran incluirse, pero seguramente polarizarían mucho la discusión y no son indispensables para hacer una profunda transformación del sistema de gobierno: la posibilidad de reelección del presidente, aunque no fuese inmediata (únicamente tres países latinoamericanos –uno de ellos México– prohíben cualquier tipo de reelección), y la revocación de mandato para el Ejecutivo federal.

Respecto a la duración del mandato presidencial, de los 18 países latinoamericanos el periodo de seis años es exclusivo de México y Venezuela; en El Salvador, Panamá, Perú y Paraguay es de cinco años, y de cuatro en los 12 países restantes de América Latina –entre los que pudiera incluirse a Estados Unidos.

Y para los que argumentan que cuatro años son muy pocos, de todos los países de la región, siete permiten la reelección inmediata; tres prevén la reelección luego de al menos un periodo fuera del gobierno (Costa Rica, Uruguay y Chile), y dos de plano la prohíben.

En cuanto a la mayoría requerida para llegar al cargo, cinco países (entre ellos México) exigen mayoría relativa; cinco aceptan la composición denominada híbrida, es decir, se puede llegar con menos del 50% siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones (en algunos casos en automático con más del 40 o 45% de los votos; en otros, con 35 o 40% y una diferencia de más de 5 o 10 puntos porcentuales con respecto al segundo lugar), y en ocho países sí se exige que tengan, al menos, el 50% de los votos, es decir, mayoría absoluta.

En el caso de los sistemas híbridos y los de mayoría absoluta, cuando no se cumplen las condiciones establecidas se recurre a la segunda vuelta electoral.

En el caso de México, sin embargo, como uno de los elementos centrales para asegurar la gobernabilidad democrática es la relación con los otros poderes constitucionales (Legislativo y Judicial), es fundamental también revisar el periodo de los legisladores y la forma de renovación de las Cámaras, es decir, cuántos años durarán en su encargo los legisladores y si se elige al ciento por ciento en la misma fecha o la renovación se efectúa por mitades. En esta discusión pueden introducirse otros elementos, como la muy cuestionable integración actual del Senado (dos de mayoría por fórmula y 32 de lista nacional).

Plantear exclusivamente la introducción de la segunda vuelta electoral en la elección presidencial parece más bien una reforma ad hominem para intentar evitar, por esa vía, el triunfo de Andrés Manuel López Obrador. Pero, en cualquier caso, ya es tiempo de acabar con la lamentable práctica de hacer reformas pensando en resolver problemas específicos, sin evaluar todos los impactos que las mismas tienen sobre todo el sistema político.

Introducir la segunda vuelta sin hacer una revisión integral, podría generar problemas mayores al que intenta resolver la falta de legitimidad del presidente.


(PROCESO/ ANÁLISIS/  JESÚS CANTÚ /24 SEPTIEMBRE, 2016)

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