A dos años de entrar en vigor, el nuevo
sistema penal ha dejado fuera de prisión a mil 32 acusados
El maestro de educación
física de secundaria, Antonio N, de 59 años, fue acusado y sentenciado por el delito
de estupro, por haber enamorado y sostenido relaciones sexuales con una de sus
alumnas de 15 años, pero nunca piso la cárcel.
El profesor de una escuela de
Los Mochis estuvo en libertad debido a que fue procesado y juzgado con el
nuevos sistema de justicia penal acusatorio.
En dos audiencias realizadas
en menos de un mes, el Juez lo encontró responsable y los sentenció a reparar
el daño y a cumplir ciertas medidas durante cuatro años, en libertad
condicional.
De haber sido juzgado en el
sistema tradicional, el profesor habría sido detenido desde el inicio y
condenado en prisión.
El Sistema de Justicia Oral
privilegia la reparación del daño a la víctima y busca utilizar lo menos
posible la prisión preventiva para los acusados de cometer delitos.
Desde que entró en vigor en
Sinaloa en octubre de 2014 a la fecha, un total de mil 32 acusados de delitos
han obtenido los beneficios del nuevo sistema.
De haber sido acusados en el
sistema de justicia tradicional, esas personas habrían estado en prisión.
En esos casos, los jueces han
concedido la suspensión condicional de proceso o suspensión condicional de la
ejecución de la pena.
A esas personas los jueces
les impusieron medidas no privativas de la libertad por lo que siguen el
proceso penal o cumplen condena en libertad.
En dos años, fueron cien
personas las que incumplieron con las disposiciones que impuso el Juez y las
medidas cautelares fueron modificadas, y en algunos casos se dictó la prisión
preventiva.
De las personas que gozan de
libertad, 403 fueron acusadas de violencia familia, 276 de narcomenudeo, 62 de
abuso sexual, 40 de robo y el resto cometió otros delitos.
De acuerdo con el Código
Penal para obtener ese beneficio se deben cumplir con ciertos requisitos, como
que el delito sea considerado no grave y que la media aritmética de la pena no
sea mayor a cinco años.
SOLO EL 1 POR CIENTO INCUMPLE MEDIDAS
La Unidad de Medidas
Cautelares y Suspensión Condicional de Proceso es la instancia encargada de
vigilar que las personas en libertad cumplan con las disposiciones que impuso
el Juez.
El titular de la UMECA, Jorge
Adrián López Valenzuela, mencionó que los acusados y sentenciados con medidas
no privativas de la libertad han cumplido con las disposiciones.
Solo el 1 por ciento tuvo
algún incumplimiento y se le suspendieron las medidas, mencionó.
Señaló que de haber llegado
esas personas a prisión habría sobrepoblación en los penales.
Hace dos años, manifestó, en
los tres Centros de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del Delito la
población penitenciaria era de 7 mil 800 internos y actualmente es de 6 mil 150
presos.
“El sistema pondera mucho la
protección a la víctima, si el juez o nosotros consideramos que corre algún
tipo de peligro a la hora del incumplimiento y éste a su vez a través de una
audiencia extraordinaria gira una orden de arresto para el individuo para que
se revise la medida cautelar y puede ser determinar que se le suspenda la
medida cautelar y se le imponga otra medida cautelar como puede ser la prisión
preventiva”.
En el sistema tradicional,
agregó, “estaban en prisión preventiva y luego durante el proceso conseguías
una fianza o se acordaba el pago del daño o se arreglaba todo, pero mientras
estaban en prisión; antes la prisión preventiva primero y luego averiguábamos
si podías estar afuera”.
Detalló que de las
principales medidas impuestas por los jueces son reparar el daño, acudir a
recibir tratamiento sicológico o terapia, prohibición de acercarse a la
víctima, acudir a firmar cada semana y no salir de la localidad donde viven o
el estado.
“Para cubrir esa de no salir
de la localidad nosotros generamos en esta unidad un sistema de consulta
avanzada donde todas las corporaciones policiales ya sean federales, estatales,
municipales ministeriales, detiene a un individuo en la calle checan el nombre
en el sistema en C4 y les notifican si tiene una medida cautelar impuesta que
le prohíbe salir de determinada localidad o municipio”, explicó.
Mencionó que hasta la fecha
en Sinaloa no se han utilizado los brazaletes electrónicos para evitar que los
acusados huyan, porque los jueces no han adoptado esa medida.
Los acusados, detalló, también
pueden solicitar al Juez que les coloque el dispositivo para evitar ir cada
semana a firmar o que lo estén visitando en su casa y ellos deben correr con
los gastos del brazalete, pero ninguno lo ha pedido.
PRIMER DETENIDO, PRIMERO EN LIBERTAD
Jesús Humberto fue otro de
los beneficiados y fue también el primer detenido en flagrancia con el nuevo
sistema en Guasave.
El acusado, supuestamente
golpeó a su esposa en su casa y la mujer acudió al Instituto Municipal de la
Mujeres a pedir ayuda.
Cuando se encontraba en las
instalaciones de la dependencia, Jesús Humberto entró al inmueble y trató de
agredir nuevamente a su pareja, pero fue detenido por agentes policiales.
El presunto agresor fue
puesto en libertad condicional por el Juez y como medida le ordenó dejar el
domicilio donde vivía con su pareja, le prohibió acercarse a ella y reparar
económicamente los daños.
PRESOS
CON LIBERTAD PRÓXIMA
Con el nuevo sistema y la
entrada en Vigor de la Ley Nacional de Ejecución de Sanciones Penales, acusados
que se encuentra en proceso penal y los sentenciados pueden obtener su libertad
anticipada.
El titular de la UMECA,
Adrián López Valenzuela, dijo que 20 reos en proceso que no han sido
sentenciados, ya solicitaron ser evaluados para que el Juez les otorgue una
medida cautelar distinta a la prisión preventiva y seguir el proceso penal en
libertad.
“Aplicando la retroactividad
de la ley en su favor, aplicando el principio pro persona, siendo totalmente
constitucionalistas y apegados a los derechos humanos, pueden ellos obtener ese
beneficio, pero es facultad del Juez otorgar ese beneficio dependiendo del
comportamiento que ellos hayan tenido al interior del centro penitenciario
todos aquellos que están procesados”, indicó.
Mencionó que de los reos ya
sentenciados, alrededor de 500 podrían quedar libres en los próximos meses, por
delitos no graves y con penas no mayores a seis años.
Los presos que ya cumplen
condena en prisión, abundó, deben esperar a que se emita el decreto en el que
el Estado se declara en condiciones para operar la nueva ley y entonces pueden
solicitar su libertad anticipada.
(RIODOCE/ ALEJANDRO MONJARDÍN/ 14 NOVIEMBRE, 2016)
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