lunes, 23 de noviembre de 2015

LOS LAMENTOS DE “DON NETO”


El juez federal que concedió la medida de confinamiento al legendario traficante de drogas, solicitó nuevas pruebas a la defensa para asegurarse de que el domicilio que albergará a Ernesto Fonseca Carrillo no facilitará su evasión de la justicia. El sentenciado estima que se violan sus derechos al prolongar su encarcelamiento en forma “injustificada”. La defensa del capo reclama que se hable de dispositivos policiales o militares para vigilar a su cliente, cuando la Ley señala que quedará a disposición de autoridades de reinserción social

Le dijeron que sí, pero no le dijeron cuándo. El narcotraficante Ernesto Rafael Fonseca Carrillo sigue observando el sombrío paso de los días, de los meses y los años desde un penal de máxima seguridad en Jalisco. En abril pasado le concedieron la medida de confinamiento, en sustitución de la pena de prisión, pero el capo sigue en la cárcel.

El tiempo transcurre y “Don Neto” Fonseca desespera. A través de sus defensores señaló un domicilio para continuar con la compurgación de las sentencias condenatorias que le fueron impuestas, además, se desahogaron pruebas para acreditar que el lugar propuesto cumple con los requerimientos que señala la Ley.

Sin embargo, al juez de la causa -que conoce del beneficio concedido al sinaloense en cumplimiento a lo ordenado en un amparo directo- no le resultan suficientes las conclusiones vertidas en el dictamen pericial en materia de seguridad del inmueble ofrecido por el sentenciado y le solicita amplíe su medio de prueba u ofrezca uno nuevo.

El juzgador solicita entre otras cosas que “se determine sí el inmueble cuenta con vías visibles u ocultas (pasadizos, túneles) de comunicación con predios o fincas diferentes a la propuesta”.

También la autoridad judicial desea conocer “sí dicho inmueble se encuentra enclavado en un sitio cuyas cercanías no se localicen espacios amplios (campos deportivos de futbol, campos de golf) que permitan el aterrizaje de aeronaves, así como si el inmueble de mérito cuenta con instrumentos para verificar que no ingresen personas con objetos ilegales”.

El juez justifica su actuar y su exigencia en la necesidad de que la finca destinada a albergar a Fonseca Carrillo cuente con medidas especiales, “a efecto de salvaguardar la vida y seguridad tanto del confinado como de las personas que se encargarán de vigilar el confinamiento”.

NO QUIERE VIGILANCIA

El auto dictado en el expediente del caso no cayó nada bien a “Don Neto” y sus abogados. Más aún que todavía falta el peritaje oficial, para cuyo desahogo, el agente del Ministerio Público de la Federación ya designó a un inspector, quien deberá aceptar y protestar el cargo conferido y emitirá su dictamen sobre los puntos señalados para verificar si el domicilio propuesto cumple con las exigencias.

Ernesto Rafael intentó infructuosamente que el juez revocara su propia decisión, pero el recurso fue desechado, haciendo más larga la espera de un hombre que tiene más de 85 años de edad y condenas de 40 años de prisión, de los cuales lleva 30 años compurgados en los reclusorios Norte del Distrito Federal, CEFERESOs 1, 7 y 2 en el Estado de México, Durango y Jalisco.

Víctima de sus circunstancias y de la tramitación legal que el caso amerita, Fonseca -tío, compadre y ex socio del también traficante Rafael Caro Quintero- decidió interponer una demanda de amparo en contra del manejo que se le ha dado al beneficio de una medida cautelar que aún no ha visto materializada.

En el Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal del Estado de Jalisco, se dio inicio al juicio de derechos fundamentales invocado por “Don Neto”, quien señala como autoridad responsable de la prolongación de su encierro al Juez Cuarto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Jalisco.

Otras autoridades relacionadas con presuntos actos violatorios de los derechos del reo, mencionadas por éste, son la directora general de Ejecución de Sentencias, la directora del Centro Federal de Readaptación Social Número 2 Occidente y Juez Primero de Distrito en Ejecución de Penas con residencia en el Distrito Federal.

En sus lamentos, el octogenario desea que el procedimiento de ejecución de sentencia en la modalidad de confinamiento se lleve a cabo pronto “porque ya no puede seguir sobreviviendo en una cárcel de alta seguridad, sino que debería estar en el domicilio con sus familiares, en virtud de que tiene 85 años de edad, así como un precario estado de salud”, señala en sus agravios la defensa.

Los litigantes destacan que el carácter de la medida cautelar de confinamiento prevé que ésta consistirá en ejercer sobre el sentenciado “observación y orientación de su conducta por personal especializado dependiente de la autoridad ejecutora, con vistas a la readaptación social del reo, como lo requiere el Artículo 18 constitucional y a la protección de la comunidad”.

En cambio, señalan que el juez del proceso “incorrectamente pidió opinión para dictar sus acuerdos a la autoridad administrativa, que desde luego no tiene facultades ni atribuciones conforme a la Ley penal para activar un dispositivo policiaco o militar, porque resulta claro que el Artículo 50 Bis, del Código Penal Federal, tajantemente se lo impide”.

La defensa transcribe la exposición de motivos del legislador, que en este tópico, deja de hablar de vigilancia de la Policía y se alude, en cambio, al órgano encargado de la ejecución de penas y medidas de seguridad.

Mientras Fonseca espera ser favorecido con la protección de la justicia federal para dejar su estancia en la rígida prisión de máxima seguridad de Puente Grande, el reo ya tramita un nuevo juicio de garantías en el mismo Juzgado Sexto de Amparo en Materia Penal de Jalisco para que el juez de la causa declare el inicio del procedimiento de ejecución de penas.

PENURIAS DE MIGUEL FÉLIX

El también veterano narcotraficante del extinto Cártel de Guadalajara, Miguel Ángel Félix Gallardo, ha sufrido dos reveses legales en menos de un mes. Ambos fallos, en juicios de amparo, están relacionados con su traslado desde el penal de Almoloya de Juárez el 31 de enero de 2015, al CEFERESO  2 Occidente.

Por una parte, un Tribunal Unitario Negó el amparo a “El Padrino” para que sea cambiado del penal federal a uno de los penales estatales de Puente Grande, y sea al Reclusorio Preventivo o al Reclusorio Metropolitano. Las autoridades de Jalisco se negaron a recibirle en todo momento.

La Fiscalía de Reinserción Social (FIRES) y el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS), argumentaron que el centro preventivo cuenta con sobrecupo y además el reo es de alto perfil criminológico, mientras que el flamante reclusorio metropolitano se encuentra inconcluso en su construcción.

Otro factor adverso a los intereses del interno es que ninguno de los establecimientos carcelarios mencionados cuenta con las condiciones necesarias para brindarle la atención médica que requiere, dados sus múltiples padecimientos crónicos y degenerativos.

En la otra resolución, un Tribunal Colegiado en Materia Penal de la misma entidad confirmó la negativa a amparar al capo en contra de la revocación del traslado de la prisión del Estado de México a Jalisco, lo que podría implicar su retorno al frío centro carcelario del Altiplano.

En noviembre de 2014, cuando se autorizó el cambio de penal de Miguel Félix, éste expresó en audiencia “Yo le suplico a la juez que se me traslade al Reclusorio Preventivo de la Zona Metropolitana de Guadalajara, en donde se encuentra mi proceso. Mi cuello no sube sangre al cerebro, aquí no puedo ni siquiera meter un papel para defenderme, tengo riesgo de infarto y la altura de aquí me perjudica, mi proceso está en el Juzgado, solicito mi trasladado para poder enfrentar el proceso con la imparcialidad que es debida”.

El precario estado de salud y la atención a la causa criminal pendiente en Jalisco motivaron su traslado; sin embargo, el Ministerio Público de la Federación apeló a este auto y un Tribunal Unitario revocó la autorización del cambio de centro penitenciario.

El hombre de 69 años de edad purga una sentencia de 40 años de prisión dictada en el Juzgado Décimo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal por su responsabilidad en la comisión de los delitos de acopio de armas, cohecho y contra la salud. Además de otras condenas, aún está pendiente de dictarse sentencia definitiva en contra de Félix Gallardo por el secuestro y muerte del agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar, y del piloto mexicano Alfredo Zavala Avelar, en 1985.


(SEMANARIO ZETA/ REPORTAJEZ/ Investigaciones ZETA / Fotos. Cortesía/   23 de Noviembre del 2015 a las 12:00:20)

No hay comentarios:

Publicar un comentario