A
pesar de la declaración del director de Bomberos, de que se trató de un
incendio provocado en el asilo Hermoso Atardecer, investigaciones de la PGJE
apuntan hacía el asesinato imprudencial, con base en una serie de eventos de
negligencia y falta de supervisión, como los detonadores del siniestro. Los
culpables de las omisiones no pisarían la cárcel por la muerte de 19 ancianos
A
dos meses de que se incendiara el asilo Hermoso Atardecer, ubicado en el Ejido
Querétaro en Mexicali, no hay responsables consignados por los hechos.
De
las investigaciones ministeriales, se desprende que el caso será catalogado
como homicidio imprudencial, producto de una mala administración del lugar y
una nula supervisión por parte de autoridades municipales.
La
única forma que la investigación tenga otro final, es que la Procuraduría
corrobore el dictamen de Bomberos de Mexicali que indicó que el incendio fue
provocado.
En
el informe de Bomberos, el propio director Fernando Rivera estableció que el
incendio inició en unas cajas de cartón,
con la advertencia de que no se encontraron precursores como gasolina u
algún otro tipo de químico inflamable, pero aun así, aventuró que fue
provocado.
Ante
las dudas, la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) pidió apoyo a
la Procuraduría General de la República (PGR), pues en sus investigaciones la
causa podría haber sido una falla eléctrica. Actualmente se está a la espera
del dictamen de peritos especializados.
“Las
personas que tenían que declarar ya lo hicieron”, expresó uno de los
investigadores responsable del incendio. Afirmó que fueron citados al menos
tres funcionarios municipales, vecinos, administradores, ex administradores y
trabajadores del lugar.
El
investigador argumenta que los funcionarios municipales se reservaron el
derecho a declarar; justificaron que no podrían aportar mayor información a la
proveída en los primeros días posteriores al siniestro. También las acusaciones
contra el ex administrador del asilo, Humberto Cota, han perdido fuerza al no
contar con mayores elementos de prueba, pero informó: “Sí subsiste la línea de
la posible omisión impropia, es decir, cuando alguien tiene la obligación de
hacer y no lo hace, lo que resultó en la muerte de los ancianos”.
—
¿La línea más fuerte es el homicidio culposo?
“Hasta
ahorita sí”, respondió el investigador.
Confirmó
que se citó a declarar a dos bomberos, al capitán Fernando Rivera y al director
de Protección Civil, César Augusto Flores Valdez; aunque los titulares no se
presentaron.
La
procuradora de Justicia, Perla Ibarra, ratificó que se recibió apoyo de la PGR
y la investigación sigue en curso, a la espera del dictamen, por lo que el
Ministerio Público no puede adelantar un juicio si no tiene todos los datos.
Pese
a que el alcalde de Mexicali, Jaime Díaz Ochoa, anunció una total apertura en
el tema, en los hechos ha sido lo contrario.
En
sus primeras declaraciones, Díaz y el secretario de Gobierno del Estado,
Francisco Rueda, aseguraron que el asilo cumplía con todos los ordenamientos de
Ley, aunque no dieron datos ni presentaron documentos; incluso el secretario
del Ayuntamiento de Mexicali, Francisco Iribe Paniagua, intentó deslindar a la
autoridad al señalar que el lugar no requería uso de suelo por ser zona rural.
Incluso que bomberos habían acudido el 11 de enero de 2015 al asilo, sin
especificar si a una inspección o a un convivio con los ancianos.
Sobre
este punto y en solicitud de información
37015 a la Unidad de Trasparencia
Municipal, la información fue negada en un machote firmado por el director de
bomberos, Fernando Rivera, y agregó que la información relativa al asilo estaba
reservada por encontrarse en una investigación judicial.
La
respuesta fue apelada ante el Instituto de Transparencia y Acceso a la
Información en el recurso de revisión RR/173/2015, el cual fue ignorado por el
Ayuntamiento de Mexicali, al punto de no contestar el recurso y no asignar un
medio de notificación electrónica, por lo que su plazo de contestación se
“declara precluido su derecho a presentarla, (por lo que) se presumen como
ciertos los hechos en su contra”, asientan en un documento en poder de ZETA,
firmado por Vanessa Georgina López Sánchez en su carácter de coordinadora de
Asuntos Jurídicos en funciones. En este sentido deberá ser el pleno del ITAIP
quien resuelva en última instancia si procede o no el recurso de impugnación.
En
un documento firmado el 18 de abril de 2012 por ISESALUD, con número de oficio
SS/MX08/279/02, y “orden de visita ordinaria por corrección de anomalías”, se
anota una serie de irregularidades que el centro presentaba y que pudieron ser
corroboradas con internos y familiares para una sanción administrativa; sin
embargo, lo del asilo solo fueron amonestaciones.
Por
su parte, el secretario de Gobierno, Francisco Rueda, deslindó a Protección Civil de ser
responsable de las revisiones a los centros de asistencia social, ya que es una
facultad de los ayuntamientos: “En el caso del asilo se encuentra en
investigación por parte de la PGJE, se ha citado a funcionarios, han declarado,
se ha citado a algunos ciudadanos principalmente los encargados de la
asociación, y uno de los elementos para complementar la investigación es el
dictamen de la PGR, que no lo han entregado”.
SANCIONES E IMPUNIDAD
Para
el abogado penalista José Antonio Orenday, el delito de homicidio culposo no se
considera grave. En caso de que la investigación de la PGJE recaiga en esta
tipificación, difícilmente habrá responsables que cumplan sentencia en prisión.
El
Artículo 75 del Código Penal del Estado establece una pena de tres días a cinco
años de prisión, ya que no se toma en cuenta el número de personas fallecidas,
por lo que legalmente, la muerte de 19 personas es irrelevante.
“La
conducta que pudiera ser la imprudencial (cualquiera que sea), que llevó a que
hubiera varios occisos, solo es una, no pueden imponerle más, tiene multa pero
es lo de menos, porque suponiendo que se imponga y no tiene dinero, dice la
Constitución que nadie puede ser aprisionado por deudas meramente de carácter
civil”, anotó el abogado.
“La
pena corporal como pena máxima es de cinco años, por lo que tiene el privilegio
de obtener la libertad bajo fianza en caso de que el juez resuelva como
homicidio culposo”, complementó.
Incluso
en el Nuevo Sistema de Justicia Penal, los -en algún momento- acusados podrían
seguir su proceso en libertad.
“Si
bien es cierto, la nueva Ley impone medidas cautelares, como estar firmando,
depositar una cantidad económica, poner un brazalete (electrónico) y la medida
excepcional que te señala, la Ley es la prisión preventiva, es decir, que estés
detenido mientas dure el procedimiento, se aplica en caso de que exista riesgo
fundado de que la persona se evada de la justicia”, explicó Orenday.
En
esas condiciones, la responsabilidad pudiera alcanzar a administrativos y al
personal encargado de la supervisión del centro, por lo que involucrar a las
autoridades es difícil, pues a nivel de directivos, delegan responsabilidades.
En
caso de que el homicidio sea intencional, la pena al responsable es de 20 a 50
años de prisión.
SE MANIFIESTAN
Por
falta de apoyo y en recuerdo a los ancianos que perdieron la vida en Hermoso
Atardecer, un grupo de personas encabezado por Humberto Cota, ex administrador
del asilo, se manifestaron el viernes 28 de agosto para crear conciencia en los
mexicalenses respecto al abandono, discriminación y violencia en que se
encuentran las personas mayores. Dijo que hay más de 250 mil mayores de 65
años, muchos de ellos en situación de abandono.
Una
de las demandas de la manifestación fue el esclarecimiento de la tragedia
ocurrida el 23 de junio.
Cota
justificó que antes de dejar la dirección del asilo mejoró una parte del
sistema eléctrico, además que compraron aires acondicionados con apoyo de la
Secretaría de Desarrollo Social, pero no alcanzó el dinero para corregir la red
eléctrica interna.
El
ex director, que acudió a la PGJE en calidad de testigo, concluyó que en ningún
momento Bomberos acudió a revisar el lugar.
(SEMANARIO
ZETA/ REPORTAJEZ/ Cristian Torres Cruz / Fotos. Cristian Torres/ 09 de Septiembre del 2015 a las 08:00:39)
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