LEÓN, Gto., (apro).- Una prueba de ADN confirmó lo que durante 12 años el sacerdote Salvador Saavedra Ramírez se negó a admitir: que tuvo un hijo con María D., ni la intervención del arzobispo de León, José Guadalupe Martín Rábago, a quien la mujer acudió para pedirle que interviniera en el caso, hizo entrar en razón al cura, cuenta ella en entrevista con Apro.
“La primera vez que visité” al arzobispo, narra, “me ofreció
hablar con Salvador. Cuando volví me dijo que estaba en todo mi derecho de
ejercer la ley, que su deber era suspender al sacerdote y que ya lo había
hecho”.
Pero Martín Rábago mintió. Aunque habló de una suspensión a
Saavedra, lo que hizo fue darle una licencia temporal para atender el proceso
judicial, con la posibilidad de seguir ejerciendo el sacerdocio cuando acabe el
litigio.
María conoció a Saavedra a fines de los ochenta, cuando ella tenía
15 años y graves conflictos familiares. Por una amiga supo de este hombre
–entonces de 29 años– y encontró en él a un consejero y un apoyo que mantuvo a
lo largo de varios años. El sacerdote oficiaba en un templo de la ciudad de
Guanajuato, a donde la muchacha viajaba regularmente.
Saavedra la convenció de que ingresara al albergue de las Hijas
del Sagrado Corazón de Jesús, en León, donde estuvo los tres años de la
secundaria gracias a que él la recomendó y donde cada mes la visitaba.
“Salí de ahí y seguimos en contacto; incluso cuando se fue a Roma
me consiguió trabajo en un hospital de su hermano. Yo conocí a un hombre y
vivimos juntos, tuvimos un hijo que nació en ese hospital”.
Pero la relación fracasó y derivó en agresiones. Huyendo del
maltrato, ella volvió a pedir el auxilio de Saavedra, quien ya estaba de regreso
y oficiaba en León. Y ahí ocurrió el encuentro sexual del que quedó preñada.
Cuando supo que estaba embarazada se reunió con Saavedra para
contárselo. “Me dijo que no me preocupara, que me iba a apoyar como siempre.
Pero su actitud cambió poco después: Me dijo que no quería volver a verme, que
yo lo había seducido, que era hija de Satanás”.
Se negó a ayudarla durante el embarazo y no quiso conocer al niño,
que nació el 12 de noviembre de 1999. En ocasiones Saavedra le dio algo de
dinero pero siempre le dejó en claro que lo hacía “igual que con cualquier otra
persona”, sin admitir la posibilidad de hablar o de asumir decisiones
relacionadas con el menor.
Trama retorcida
El camino que llevó a la prueba del ADN se vio entorpecido también
porque hay una acusación penal por prevaricación y alteración procesal, que
implica a Salvador Saavedra, a uno de sus hermanos, al abogado de ambos… y a
María.
A mediados de 2009 la mujer fue convencida de hacer pasar al
hermano del sacerdote como padre del menor. “Me dijeron que no querían afectar
la imagen de Salvador, su ministerio. Me aseguraron que ambos quedaríamos
tranquilos y mi hijo tendría lo necesario. Y yo les creí”.
María firmó documentos reconociendo esa paternidad, con el
ofrecimiento de una pensión alimenticia supuestamente finiquitada en un acuerdo.
Entonces el sacerdote y su abogado la amenazaron con denunciarla por haber
mentido y no cumplieron su oferta, según el testimonio que ella dejó asentado en
el expediente acumulado del caso en el ámbito civil.
Después de un primer intento judicial para que el sacerdote
reconociera la paternidad y otorgara la pensión alimenticia en 2009, al año
siguiente entró en defensa de María el abogado Francisco Longoria, quien tuvo
que replantear la estrategia jurídica para dejar sin efecto el juicio que ya se
había iniciado, pues consideró que María D. había sido engañada por el sacerdote
y su hermano.
“Ya no había periodo de pruebas; en esas circunstancias se da una
primera sentencia adversa” en el caso del expediente número C0377/2010 del
juzgado de Partido Quinto Civil de León, explica el abogado en entrevista con
Apro. Añade: “Me inconformé y le tocó resolver a la Sexta Sala
Civil del Supremo Tribunal de Justicia del estado”.
El titular de dicha sala es el magistrado Antonio Salvador García
López, quien en 2009 terminó su trienio como alcalde del PAN en San Francisco
del Rincón y actualmente es consejero estatal del partido.
El magistrado confirmó la sentencia del juzgado contra María y su
hijo, por lo que el abogado recurrió a un amparo directo civil (152/2011),
resuelto por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil y del Trabajo del
XVI Circuito, el 28 de abril de 2011.
En sus efectos, el amparo “echa abajo los dos juicios previos,
argumentando que los derechos del niño fueron violados desde el momento en que
no se le permitió saber quién es su padre”.
El Tribunal Colegiado remitió esta resolución ordenando la
práctica de la prueba de ADN a la Sexta Sala Civil del magistrado Antonio
Salvador García, quien repuso el fallo el 19 de mayo de ese año. De ahí el
asunto pasó nuevamente al juzgado Quinto Civil en León… pero la prueba no fue
practicada sino hasta diciembre de 2011.
“La prueba genética fue contundente no sólo en el resultado, sino
porque en ella participaron el perito designado por la parte del sacerdote y el
que nombramos nosotros y se llegó a lo mismo”, resume Longoria.
Tres meses después, el pasado jueves 15, el juez Quinto Civil
Daniel Morales sentenció que la paternidad del menor –cuyo nombre se mantiene en
reserva– “corresponde a Salvador Saavedra Ramírez; es decir que éste es el padre
biológico de aquél, reconociéndose así el vínculo de consanguinidad y quedando
establecidas entre dichas partes la filiación como estado jurídico, con relación
de derecho que existe entre el progenitor y su hijo, con todas las consecuencias
inherentes al parentesco por consanguinidad”.
–¿Un caso así suele demorar tanto? –se le pregunta al abogado.
–No. Tarda de ocho meses a un año. Se prolongó demasiado, pero los
tiempos no los fija uno, los fijan los tribunales.
Según explicó, durante el proceso “se vio que no se quería el
reconocimiento porque se afectaba la imagen de Salvador porque es sacerdote. La
conducta procesal no denota más que esa intención y se denotaría más si ellos
trataran de impugnar la sentencia. Porque queda claro que la prueba idónea es la
genética, y si el perito que ellos mismos contrataron dice que es hijo de
Salvador Saavedra, no sé qué puedan apelar”.
–¿Cuáles eran los argumentos del sacerdote para negar la
paternidad?
–La desconfianza. Me entrevisté con él y me externo que no estaba
seguro de que fuera efectivamente hijo de él.
Aunque al principio tenía miedo de contar su historia, María dice
que ahora ya sabe muy bien que “hasta los sacerdotes tienen que reconocer su
responsabilidad paterna cuando la tienen”.
Tres años atrás, cuando por primera vez consideró la posibilidad
de pedir ayuda legal en un despacho gratuito, uno de los litigantes conoció su
historia y le dijo: “¿Cómo es posible que usted y su hijo estén pasando penurias
y el señor duerma tan tranquilo en su cama?”
Aún con el proceso penal abierto por la alteración procesal que
pretendía reconocer al hermano del sacerdote como el progenitor del niño, y con
la posibilidad de que Saavedra se inconforme con la sentencia civil, María D.
paga sus propios costos: tuvo que vender su casa –la había adquirido a través
del Infonavit con su trabajo como costurera– para cubrir la prueba de ADN y
porque el juez la sentenció a pagar daños y costos del juicio al hermano del
sacerdote, a quien según el fallo, difamó al atribuirle una falsa
paternidad.
Pero no duda: “Hay que frenar estas fregaderas. La Iglesia tiene
que evolucionar”.
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