jueves, 22 de marzo de 2012

CÉSAR UZCANGA AMADOR ESTARÁ MÍNIMO 20 AÑOS PRESO


  • Es muy grave el delito de fraude específico
  • Razonamientos jurídicos y pruebas en su contra
  • Antonio Agúndez y cabildo, cómplices también
Cabo San Lucas, B.C.S.- El ejecutor de las invasiones del grupo de políticos corruptos conocido como LOS CABOS, César Uzcanga Amador, puede obtener una sentencia de 20 años de prisión como mínimo, dada la nueva cascada de denuncias que recibió y por la que le ejecutaron una nueva orden de aprehensión la semana pasada en las instalaciones del Cereso donde está preso.


Y es que el compadre del ex gobernador Narciso Agúndez Montaño está en un callejón sin salida, pues debe responder ante la ley por la venta de terrenos en un predio del que nunca demostró su propiedad, pero sí se beneficio con miles de millones de pesos en efectivo.

Expertos juristas consultados por Colectivo Pericú mencionan que la pena que puede alcanzar, hasta como va el proceso en su contra, es de un mínimo de 20 años de prisión.



LOS DELITOS QUE COMETIÓ
Con este nuevo Proceso 20/2012, por el delito de fraude especifico, contemplado en el articulo 312, Fracción XVII, del Código Penal vigente en el Estado, que se refiere a quien fraccione y transfiere, por sí o por interpósita persona, la propiedad o la posesión sobre un terreno urbano o rústico, sin previo permiso de las autoridades competentes o sin haber satisfecho los requisitos señalados en la autorización, siempre que se haya recibido el precio pactado o parte de él.


Se configura el delito, porque el cabecilla del Grupo Los Cabos César Uzcanga Amador fraccionó y vendió a través de la organización conocida como Unión de Colonos Independientes (UCI) los lotes, y les dio posesión a los compradores de estos, una vez que este recibió parte del  precio o en algunos casos el pago total, venta que hizo sin contar con las autorizaciones de las autoridades.


ARTÍCULOS QUE VIOLÓ CÉSAR UZCANGA AMADOR
El ahora indiciado Cesar Uzcanga Amador, cometió infracciones a los artículos 1, 2, fracción XXVIII, 9, fracción II, 13, fracción XIII, 75, 77, 77-Bis, 82, 83, 115, fracción VI, 72, 73, y demás de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado del Estado de Baja California Sur.

También a los artículos 1,13,15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 34, 71 y demás relativos del Reglamento de Fraccionamientos del Estado de Baja California Sur.

Y también los artículos 3, 230, 231, 232, 233 y demás relativos del Reglamento de Construcción del Estado Baja California Sur.


ANTONIO AGÚNDEZ Y SU CABILDO, TAMBIÉN SON CÓMPLICES
Debido a que César Uzcanga Amador, protegido por Narciso Agúndez Montaño, Luis Armando Díaz, Antonio Agúndez Montaño y toda la coalición de funcionarios públicos municipales anteriores junto con la procuraduría de Justicia pasada estuvieron violando sistemáticamente la ley, ha trascendido que se integran otras denuncias.


Estas son precisamente en contra de Antonio Agúndez Montaño y su cabildo por su coparticipación en sus omisiones, al no querer aplicar los ordenamientos citados a los residentes del Predio ejidal La Ballena (César Uzcanga Amador), no obstante que tiene la obligación de aplicarlos porque son de orden público, de conformidad con el articulo 13 de Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Baja California Sur, que a la letra dice:

“Corresponde a los ayuntamientos ejercer, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, las siguientes atribuciones:”

“XIII.- Imponer medidas de seguridad y sanciones administrativas a los infractores de las disposiciones jurídicas, planes o programas de desarrollo urbano y reservas, usos y destinos de áreas y predios, en términos de la presente ley y los reglamentos que de ella emanen;”

Mas aparte los ordenamientos de carácter Federal, como son la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y los Reglamentos que de esta ley emanan. Habrá que recordar que en el predio ejidal La Ballena no hay autorización para cambio de uso de suelo.

Regidores de Los Cabos, como siempre guardan sepulcral y servil silencio.

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