- Es muy grave el delito de fraude específico
- Razonamientos jurídicos y pruebas en su contra
- Antonio Agúndez y cabildo, cómplices también
Cabo San Lucas, B.C.S.- El ejecutor de las invasiones
del grupo de políticos corruptos conocido como LOS CABOS, César Uzcanga Amador,
puede obtener una sentencia de 20 años de prisión como mínimo, dada la nueva
cascada de denuncias que recibió y por la que le ejecutaron una nueva orden de
aprehensión la semana pasada en las instalaciones del Cereso donde está
preso.
Y es que el compadre del ex gobernador Narciso Agúndez Montaño está en un
callejón sin salida, pues debe responder ante la ley por la venta de terrenos en
un predio del que nunca demostró su propiedad, pero sí se beneficio con miles de
millones de pesos en efectivo.
Expertos
juristas consultados por Colectivo Pericú mencionan que la pena que puede
alcanzar, hasta como va el proceso en su contra, es de un mínimo de 20 años de
prisión.
LOS DELITOS QUE COMETIÓ
Con este nuevo Proceso 20/2012,
por el delito de fraude especifico, contemplado en el articulo 312, Fracción
XVII, del Código Penal vigente en el Estado, que se refiere a quien fraccione y
transfiere, por sí o por interpósita persona, la propiedad o la posesión sobre
un terreno urbano o rústico, sin previo permiso de las autoridades competentes o
sin haber satisfecho los requisitos señalados en la autorización, siempre que se
haya recibido el precio pactado o parte de él.
Se configura el delito, porque el cabecilla del Grupo Los Cabos César Uzcanga
Amador fraccionó y vendió a través de la organización conocida como Unión de
Colonos Independientes (UCI) los lotes, y les dio posesión a los compradores de
estos, una vez que este recibió parte del precio o en algunos casos el pago
total, venta que hizo sin contar con las autorizaciones de las autoridades.
ARTÍCULOS QUE VIOLÓ CÉSAR UZCANGA AMADOR
El ahora
indiciado Cesar Uzcanga Amador, cometió infracciones a los artículos 1, 2,
fracción XXVIII, 9, fracción II, 13, fracción XIII, 75, 77, 77-Bis, 82, 83, 115,
fracción VI, 72, 73, y demás de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado del
Estado de Baja California Sur.
También a los artículos 1,13,15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 34, 71 y demás
relativos del Reglamento de Fraccionamientos del Estado de Baja California
Sur.
Y también los artículos 3, 230, 231, 232, 233 y demás relativos del
Reglamento de Construcción del Estado Baja California Sur.
ANTONIO AGÚNDEZ Y SU CABILDO, TAMBIÉN SON
CÓMPLICES
Debido a que César Uzcanga Amador, protegido por Narciso
Agúndez Montaño, Luis Armando Díaz, Antonio Agúndez Montaño y toda la coalición
de funcionarios públicos municipales anteriores junto con la procuraduría de
Justicia pasada estuvieron violando sistemáticamente la ley, ha trascendido que
se integran otras denuncias.
Estas son precisamente en contra de Antonio Agúndez Montaño y su cabildo por
su coparticipación en sus omisiones, al no querer aplicar los ordenamientos
citados a los residentes del Predio ejidal La Ballena (César Uzcanga Amador), no
obstante que tiene la obligación de aplicarlos porque son de orden público, de
conformidad con el articulo 13 de Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de
Baja California Sur, que a la letra dice:
“Corresponde a los ayuntamientos ejercer, en el ámbito de sus respectivas
jurisdicciones, las siguientes atribuciones:”
“XIII.- Imponer medidas de seguridad y sanciones administrativas a los
infractores de las disposiciones jurídicas, planes o programas de desarrollo
urbano y reservas, usos y destinos de áreas y predios, en términos de la
presente ley y los reglamentos que de ella emanen;”
Mas aparte los ordenamientos de carácter Federal, como son la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y los Reglamentos que de esta
ley emanan. Habrá que recordar que en el predio ejidal La Ballena no hay
autorización para cambio de uso de suelo.
Regidores de Los Cabos, como siempre guardan sepulcral y servil silencio.
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