Luego de recibir el auto de formal prisión por los probables delitos
de peculado y falsificación de documentos, quien fuera el director de
Comunicación Social en el gobierno de Narciso Agúndez podría enfrentar una
condena de hasta 15 años.
Gerardo Zúñiga Pacheco/Alejandro Acuña Rivera
La Paz, Baja California Sur.- Durante todo el sexenio del ex gobernador del
PRD Narciso Agúndez Montaño, amigos, periodistas, parientes, cómplices,
políticos, comerciantes y hasta funcionarios públicos fueron beneficiarios
directos de las influencias que ostentaba el otrora poderoso ex director de
Comunicación Social, Antonio Alcántar López.
Aunque era un servidor público de tercer nivel, la cercanía con el ex
gobernante perredista lo convirtió en pieza clave para acceder a jugosos
convenios y negocios que iban desde la asignación de contratos de obras y
servicios, préstamos, concesiones, hasta inversiones, cuando se trataba de abrir
un negocio.
Hombre completamente feliz –como se definía— al final del sexenio del último
gobernador del PRD, la suerte le sonreía hasta el 28 de febrero cuando
sorpresivamente fue capturado por agentes de la Policía Ministerial de la
Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California Sur.
El comunicador, encarcelado, carga con el estigma de haber sido uno de los
principales ex colaboradores del ex gobernador Narciso Agúndez Montaño, y de la
larga lista de amigos, socios, periodistas y políticos que durante seis años lo
asediaron, alabaron y hasta públicamente se jactaban de tener una relación
directa y muy estrecha con “El Toño”, hoy lo han dejado prácticamente solo.
Dentro del término constitucional, y ampliado a solicitud de su defensa hasta
en 148 horas, ex colaboradores, amigos y hasta socios fueron citados a declarar
como testigos de cargo a favor del ex jefe de prensa en la causa penal número
023/2012, donde se le imputan los delitos de Peculado y Falsificación de
Documentos en la Modalidad de Uso de Documento Falso.
Sin embargo, ninguno de los citados, incluido su socio de la compañía “Baja
Mármol”, Adán Mendoza García, abogó a su favor. Los más de 10 testigos –que
según el expediente que obra en manos de ZETA– comparecieron
del 29 de febrero al 4 de marzo pasado, todos cayeron en contradicciones y hasta
no supieron qué responder, cuando fueron cuestionados sobre la reproducción y
empastado del libro conmemorativo de la administración 2005-2011 titulado
“Acciones de Hoy para Sudcalifornia de Mañana”.
La mayoría coincidió en que supieron de la distribución del libro, pero nadie
se enteró del nombre del autor, ejemplares impresos y lugar de fabricación e
impresión, lo que a consideración de la Juez Tercero del Ramo Penal, Rosario del
Carmen Palacios Montaño –y así quedó asentado en el expediente– “no adquirió
valor probatorio a favor del procesado”; y por lo tanto, el 5 de marzo resolvió
lo siguiente:
1.- Siendo las 7 horas del 5 de marzo del 2012, se dicta auto de formal
prisión en contra de Francisco Antonio Alcántar López por su probable
responsabilidad penal en la comisión de los delitos de peculado y falsificación
de documentos en su modalidad de uso de documento falso.
2.- Notifíquese personalmente a las partes el contenido de la presente
resolución, haciéndole saber el derecho y término que la Ley le concede de tres
días para interponer el recurso de apelación en caso de inconformidad.
3.- Se decreta la apertura del periodo de instrucción de conformidad con el
375 y 376 del Código de Procedimientos Penales vigente en el estado.
4.- Remítase copia certificada de la presente resolución constitucional.
5.- Infórmese de la presente resolución al Instituto Federal Electoral para
los efectos legales correspondientes.
6.- Mediante atento oficio, solicítese al director general de prevención y
readaptación social, se sirva informar a este juzgado si en la dependencia
existen registrados antecedentes penales a nombre del procesado.
Los testigos
De todos los testigos que comparecieron previamente a la resolución del
juzgador, la intervención más relevante fue la de los responsables de
supuestamente haber expedido la factura por concepto de la reproducción y
empastado del citado libro.
Datos en el expediente exponen que se trata de J. Jesús Moya Rubio y Maricela
Barrera Montaño, ambos pareja y copropietarios de la empresa “Impresora
Californiana”, quienes en sus testimoniales negaron haber elaborado la factura a
favor de la Secretaría de Finanzas por concepto de la elaboración de la obra, y
en su comparecencia exhibieron la factura 3032 expedida a favor de Nancy L.
Hevia Aguiar, Notaria Pública No. 13, por concepto de 750 formas tamaño oficio
impresas en papel ledger blanco a una tinta y reverso con folio ordinario color
rojo del 46, 501 al 47, 250 por la cantidad de mil 665 pesos.
El 30 de mayo del 2011, y presionado por la contraloría general del estado,
el ex director de Comunicación Social, Antonio Alcántar, había entregado la
factura bajo el mismo número de folio, y supuestamente, expedida por esa
compañía, lo que en la comparecencia –según quedó asentado en el expediente– fue
evidenciado, y donde se probó plenamente que se trataba de un comprobante fiscal
falso.
El gerente y el administrador de la imprenta, con registro fiscal desde 1999,
dijeron desconocer a Antonio Alcántar López y recordaron que un par de años
atrás habían elaborado un trabajo de impresión al gobierno del estado y
facturaron a nombre de la Secretaría de Finanzas.
“No recuerdo muy bien cuánto tiempo hace, pero si se facturó a la Secretaría
de Finanzas fue algunos años atrás y esa factura no se expidió a favor del
gobierno, porque no corresponde al tiempo ni al trabajo que se hizo. Yo la
elaboré aclarando que fue expedida a favor de Nancy L. Hevia Aguiar, ya que la
otra no sé quién la elaboro y por qué”, expuso Maricela Barrera Montaño, quien
dijo ser la propietaria del negocio, pero su esposo era el responsable del
manejo de la empresa, ya que expuso “yo trabajo como secretaria de la Notaría
Pública No. 13”.
La mujer recordó que los primeros días de junio recibió en su domicilio
particular la visita de personal de la Contraloría General del Estado, quien
solicitó verificar la factura 3032, y en aquella ocasión –recordó– sacó los
consecutivos 3031, 3032 y 3033, y fue cuando se dio cuenta que habían
falsificado uno de sus comprobantes fiscales.
Las pruebas que terminaron por hundir al ex vocero de Narciso Agúndez Montaño
son las dos pólizas de cheque que amparan la cantidad de 410 mil pesos cada una
y firmadas por Alcántar, cuando recogió los cheques 3042 y 8828 de fecha 18 y 28
de febrero del 2011, expedidos por los bancos Santander, S.A. y Banco Mexicano
del Norte, S.A.
En el expediente aparece una declaración testimonial de José Antonio Ramírez
Gómez y Reginaldo Meza Miranda, el secretario de Finanzas y el director de
egresos, quienes reconocieron haber firmado la autorización de la entrega de
cheques y expusieron que el dinero estaba destinado para la producción y
empastado de dos mil libros conmemorativos de la administración 2005 y 2011
titulada “Acciones de Hoy para Sudcalifornia de Mañana”.
Con estas pruebas en contra, los abogados de Antonio Alcántar, encabezados
por el ex precandidato a diputado del PRD Jova Murillo, pretendieron librar de
cualquier culpabilidad al ex funcionario, y salieron a la defensa en una errónea
estrategia, basada en la presentación de testigos de cargo, la mayoría de los
cuales, cayeron en contradicciones, y hasta dijeron desconocer el numero del
tiraje, el nombre de la obra, autor y empresa que produjo los ejemplares, lo que
no abonó en nada a favor del ex vocero. Por el contrario, empeoró su situación
jurídica hasta que se emitió el auto de formal prisión.
En la presentación de testigos, según los datos que obran en el expediente,
ni el empleado de Alcántar que figura como socio de la compañía “Baja Mármol”,
de nombre Adán Mendoza García, supo qué decir. A la pregunta de que diga el
testigo si tiene conocimiento de cuántas unidades se mandaron a hacer del libro
“Acciones de Hoy para Sudcalifornia de Mañana”, respondió: “Desconozco”.
De todos los testigos presentados por la defensa sólo uno dio detalles del
libro y de la forma en que supuestamente se repartió. Se trata de Ramón Cota
Amador, quien –en su declaración— dijo que le constaba que antes de terminar la
administración supo que el ex vocero había entregado un compendio de libros en
una reunión en la sala de gobernadores. El testigo que dijo desempeñarse –en
aquel tiempo– como auxiliar del secretario privado del gobernador, César Uzcanga
González, declaró que “miró muy apresurado al señor Alcántar por el término del
sexenio, por lo que el quince de marzo, lo vio entregando libros, uno de ellos a
un servidor y a la gente común, y posteriormente de ese día lo hizo en una
comida de despedida a todos los funcionarios públicos que habían gobernado. Ya
después lo hizo en Bahía Asunción, San Juanico, Los Cabos y Ciudad Constitución
y en todo el estado y me consta que eran bastantes libros”.
Pero mas allá de los testimonios, y de sus dichos, lo que dejó intrigado a la
Juez Tercero de lo Penal, Rosario del Carmen Palacios Montaño fue la inesperada
presentación de otra factura por la impresión y empastado del libro
conmemorativo.
A punto de vencer el término constitucional para el ofrecimiento de pruebas a
favor de Antonio Alcántar López, la defensa del inculpado presentó otro
comprobante fiscal: la factura 5098 expedida por la compañía “Enciso
Impresores”, misma que –según se puede leer en el expediente— buscaba
reemplazar la factura falsificada.
El razonamiento que la propia Juez Tercero del Ramo Penal, Rosario del Carmen
Palacios Montaño, dio a ese documento fue el siguiente, y el cual aparece
transcrito en el expediente.
“Esto no es óbice para determinar una conexión entre dichos ejemplares con
las facturas 3032 expedida por Impresora Californiana y factura 5098 emitido por
Enciso Impresos, ya que cuando un notario público dio fe de la existencia de un
ejemplar que tuvo a la vista, adquiere valor probatorio, pero no dio fe notarial
de que el ejemplar que tuvo enfrente, apareciera dentro del mismo de los datos
de los impresores y editores; y al ser dichas facturas los medios presentados
por el inculpado para acreditar el haber destinado el recurso que le fue dado
por parte del erario público, este medio de prueba no favorece acreditar esta
circunstancia por el activo del delito. Por lo cual se puede concluir con
suficiente certeza jurídica que el libro fue datado por el Notario Público,
adolece de los mismos requisitos de Ley, que los libros presentados por la
defensa y el testigo, los cuales fueron materia de la inspección judicial”.
En ninguna parte del expediente aparece la declaración del inculpado, por lo
que –a decir de trabajadores del juzgado tercero del ramo penal— Antonio
Alcántar, hasta el cierre de esta edición, no había rendido su declaración.
— ¿Qué sigue ahora?, preguntaron reporteros
de este Semanario al Presidente del Tribunal de Justicia del estado de Baja
California Sur, Daniel Gallo Rodríguez.
“Bueno, inicia el proceso formal, según marcan los artículos 375 y 376 del
Código de Procedimiento Penales, y donde se establece que el juzgador deberá
admitir y desahogar los medios de prueba que legalmente le ofrezcan las partes.
El código es claro y establece que cuando exista un auto de formal prisión, y el
delito tenga señalada una pena máxima que exceda de 2 años de prisión, la
instrucción, deberá terminarse en un término no mayor a seis meses”.
Sin embargo, la Procuraduría General de Justicia del Estado estableció que el
delito de peculado contempla una pena de 6 a 15 años de prisión y el delito de
falsificación de documentos en su modalidad de uso señala de 1 a 5 años de
prisión, los cuales tendrán que ser valorados por el juzgador, quien será el
responsable de emitir la sentencia correspondiente.
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