Fotos: Archivo
El aplazamiento para que se resuelva un
recurso de revisión en la SCJN al solicitarse que un ministro se declare
impedido para ser el ponente parece irrelevante, pues de todos modos el ex
líder del Cártel de Guadalajara no es localizado, y ni si quiera se sabe sí
autoridades mexicanas lo buscan. La pareja sentimental de Rafael Caro Quintero
temía una posible orden de aprehensión en su contra, tramitó un amparo y supo
que por el momento no existe dicho mandamiento judicial
Mucho se habla del amparo en
revisión que resolverá la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre
el recurso interpuesto por el narcotraficante Rafael Caro Quintero contra la
negativa de protegerle judicialmente por la orden de detención provisional que
le fue dictada con fines de extradición en 2013, pero no de la búsqueda y
posible captura del capo.
A diferencia de otros
criminales y a pesar de las recompensas que se ofrecen por su detención tanto
en Estados Unidos como en México, se desconoce si realmente le están buscando,
y si como en el caso de Joaquín Archivaldo “El Chapo” Guzmán, existe un grupo
especial de seguimiento y rastreo para dar con su paradero.
Es obvio que el gobierno
norteamericano, principal interesado en que Caro sea aprehendido y enviado a
ese país para juzgarlo por el homicidio de Enrique Camarena, agente de la
Administración para el Control de Drogas de Estados Unidos (DEA, por sus siglas
en inglés), está esperando un error del sinaloense para poder ubicarle a través
de sus sistemas de inteligencia, infiltrados e informantes; sin embargo, hasta
el momento nada se sabe.
Existe la posibilidad de que
estén “colgadas” las conexiones de comunicación entre el ex convicto, sus
familiares y sus mujeres, entre ellas Diana “N”, quien recientemente tramitó
una demanda de amparo indirecto en Guadalajara en contra de una potencial orden
de aprehensión, pero que al final de cuentas, al declararse inexistente el acto
reclamado, se decretó el sobreseimiento de
dicho juicio.
Mientras Caro Quintero se
esconde en algún lugar remoto del territorio mexicano, o fuera de éste, su
equipo legal no ha dejado de moverse en tribunales desde que salió por la
puerta grande del Reclusorio Preventivo de Guadalajara aquella madrugada del 9
de agosto de 2013. Casi un año después, el 16 de junio de 2014, perdió el
amparo en contra de la orden de captura para que se le someta al procedimiento
de extradición.
La defensa interpuso el
recurso de revisión contra el fallo y ese es el asunto por el que aún lucha
jurídicamente. La impugnación llegó inicialmente al Primer Tribunal Colegiado
en Materia Penal del Primer Circuito, pero los magistrados y los abogados de
Rafael Caro Quintero solicitaron a la SCJN ejercer su facultad de atracción
para resolver lo que se considera un caso sin precedentes.
Desde entonces la resolución
no ha llegado. La Primera Sala del máximo tribunal de justicia del país tuvo la
revisión interpuesta en la fila según el turno que le correspondía, más cuando
ya se tenía un proyecto que, en noviembre de 2016, parecía confirmar la
negativa del amparo, la defensa del capo solicitó que el ponente, ministro
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, se declarara impedido. El recurso llevó muchos
meses, pero finalmente se declaró infundado.
Tras el cambio de poderes en
la Corte, donde el presidente Zaldívar fue votado, el ministro Luis María
Aguilar Morales, que dejó el mismo cargo, pasó al lugar de su predecesor y “se
quedó” con sus asuntos, entre éstos el caso de Caro Quintero. Sin embargo, a
finales de marzo último, la defensa del ex líder del Cártel de Guadalajara
solicitó que a Aguilar se le declare impedido. Trascendió que la ponencia es
para confirmar la negativa del amparo.
Opiniones se han expresado en
el sentido de que se trata de una práctica dilatoria por parte de los
representantes legales del prófugo narcotraficante, quien no tiene ninguna
prisa para que el asunto se resuelva pronto. Esos comentarios no son del todo
certeros, pues al susodicho ni siquiera se le ha detenido.
Además, de perder el amparo,
no estará todo dicho en el tema de extradición, pues ni siquiera es sometido al
procedimiento administrativo en forma de juicio, no es tiempo de formular la
petición formal por parte de Estados Unido, y menos aún se ha concedido la
extradición. Por ahora sólo está en juego la orden de detención provisional.
En su sentencia del 16 de
febrero de 2014, el Juez Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal de
Ciudad de México negó la protección de la justicia federal a Rafael Caro
Quintero, al estimar que la orden de detención provisional con fines de
extradición se equipara a una orden de aprehensión.
La defensa alega que la
Constitución mexicana sólo contempla la legalidad de una captura a través de
dos figuras: la detención en flagrancia y la orden de aprehensión, mas no
consideran que esté contemplada la referida orden de detención provisional con
fines de extradición. En el mismo
sentido, la impugnación se considera relevante para que la SCJN resuelva el lío
entablado.
(SEMANARIO ZETA/ EDICIÓN IMPRESA /INVESTIGACIONES ZETA/ LUNES, 8 ABRIL, 2019
01:00 PM)
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