En julio de 2015 miembros del 65
Batallón de Infantería dispararon sus armas, lo que provocó la muerte de un
niño y dejo al menos 10 heridos
“En el
Puente de Ixtapilla se violentó el derecho a la integridad personal en agravio
de seis personas y a la vida en agravio de un niño, por el uso ilegítimo de
armas letales de 15 militares del 65 Batallón”
“Sólo
la Sedena reportó baja de cartuchos en el armamento que portaba su personal,
los cuales emplearon en Ixtapilla y en Xayakalan; además no es creíble, como se
afirma en el informe de Sedena (…) que todos los disparos se hicieron “hacia
arriba” o “al cielo”}
CNDH
recomendación a la Sedena y al gobierno de Michoacán
1 menor
muerto y 10 pobladores heridos fue el saldo del enfrentamiento entre comuneros
de Ostula y el Ejército
El
uso ilegitimo de armas de fuego por parte de 15 militares del 65 Batallón de
Infantería, sí provocó la muerte de un niño y dejó diez heridos el 19 julio de
2015 en Ostula, Michoacán, informó este jueves la Comisión Nacional de Derechos
Humanos (CNDH)
La
Comisión emitió una recomendación para el secretario de la Defensa, Salvador
Cienfuegos Zepeda y el gobernador michoacano Silvano Aureoles, por los hechos
ocurridos durante los bloqueos realizados por comuneros en Ostula en 2015.
El
Ejército y la Secretaría de Seguridad Pública detuvieron a un líder comunitario
en Ostula y lo trasladaron en helicóptero, mientras que el convoy militar tomó
la carretera Tecomán-Lazaro Cárdenas; los comuneros pensaron que su líder iba
en el convoy por lo que bloquearon el camino.
Los
pobladores realizaron tres bloqueos, en Xayakalan, Duin y el Puente de
Ixtapilla, para impedir el paso a los militares, lo que provocó un
enfrentamiento con militares el 65 Batallón de Infantería y algunos elementos
de la SSP.
“En
el Puente de Ixtapilla se violentó el derecho a la integridad personal en
agravio de seis personas y a la vida en agravio de un niño, por el uso
ilegítimo de armas letales de 15 militares del 65 Batallón”, precisó la
Comisión en su recomendación.
Mientras
que en Xayakalan, el Ejército vulneró el derecho a la legalidad de por lo menos
50 personas, al dispara al aire en dos ocasiones armas letales, lo que
contraviene al Manual de Uso de la Fuerza, al no observar principios de
legalidad, racionalidad y oportunidad.
En
el bloqueo realizado en Duin, fue la SSP quien violentó la integridad de cuatro
personas, quienes resultaron heridas por el indebido empleo de gases
lacrimógenos, pimienta y bombas de humo, lo que también constituyó un uso
ilegítimo de la fuerza.
La
CNDH indicó que al menos 17 testigos vieron como los militares dispararon sus
armas, además acreditó que los pobladores del Puente de Ixtapilla, en donde
falleció el menor, nunca dispararon contra el convoy militar, sino que lo
agredieron con palos y piedras.
“Sólo
la Sedena reportó baja de cartuchos en el armamento que portaba su personal,
los cuales emplearon en Ixtapilla y en Xayakalan; además no es creíble, como se
afirma en el informe de Sedena (…) que todos los disparos se hicieron “hacia
arriba” o “al cielo”, dijo la CNDH.
Así,
la Comisión recomendó a la Sedena que repare el daño causado a la víctimas
directas e indirectas e inscriba en el Registro Nacional de Víctimas a los
agraviados, además que colabore con la Procuraduría General de la República
para castigar a los responsables.
(REPORTE INDIGO/ INDIGO STAFF - Jueves
29 de diciembre de 2016)
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