sábado, 31 de diciembre de 2016

BALAS DEL EJÉRCITO SÍ MATARON A UN NIÑO EN OSTULA: CNDH

En julio de 2015 miembros del 65 Batallón de Infantería dispararon sus armas, lo que provocó la muerte de un niño y dejo al menos 10 heridos


En el Puente de Ixtapilla se violentó el derecho a la integridad personal en agravio de seis personas y a la vida en agravio de un niño, por el uso ilegítimo de armas letales de 15 militares del 65 Batallón”

“Sólo la Sedena reportó baja de cartuchos en el armamento que portaba su personal, los cuales emplearon en Ixtapilla y en Xayakalan; además no es creíble, como se afirma en el informe de Sedena (…) que todos los disparos se hicieron “hacia arriba” o “al cielo”}

CNDH recomendación a la Sedena y al gobierno de Michoacán

1 menor muerto y 10 pobladores heridos fue el saldo del enfrentamiento entre comuneros de Ostula y el Ejército

El uso ilegitimo de armas de fuego por parte de 15 militares del 65 Batallón de Infantería, sí provocó la muerte de un niño y dejó diez heridos el 19 julio de 2015 en Ostula, Michoacán, informó este jueves la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)

La Comisión emitió una recomendación para el secretario de la Defensa, Salvador Cienfuegos Zepeda y el gobernador michoacano Silvano Aureoles, por los hechos ocurridos durante los bloqueos realizados por comuneros en Ostula en 2015.

El Ejército y la Secretaría de Seguridad Pública detuvieron a un líder comunitario en Ostula y lo trasladaron en helicóptero, mientras que el convoy militar tomó la carretera Tecomán-Lazaro Cárdenas; los comuneros pensaron que su líder iba en el convoy por lo que bloquearon el camino.

Los pobladores realizaron tres bloqueos, en Xayakalan, Duin y el Puente de Ixtapilla, para impedir el paso a los militares, lo que provocó un enfrentamiento con militares el 65 Batallón de Infantería y algunos elementos de la SSP.

“En el Puente de Ixtapilla se violentó el derecho a la integridad personal en agravio de seis personas y a la vida en agravio de un niño, por el uso ilegítimo de armas letales de 15 militares del 65 Batallón”, precisó la Comisión en su recomendación.

Mientras que en Xayakalan, el Ejército vulneró el derecho a la legalidad de por lo menos 50 personas, al dispara al aire en dos ocasiones armas letales, lo que contraviene al Manual de Uso de la Fuerza, al no observar principios de legalidad, racionalidad y oportunidad.

En el bloqueo realizado en Duin, fue la SSP quien violentó la integridad de cuatro personas, quienes resultaron heridas por el indebido empleo de gases lacrimógenos, pimienta y bombas de humo, lo que también constituyó un uso ilegítimo de la fuerza.

La CNDH indicó que al menos 17 testigos vieron como los militares dispararon sus armas, además acreditó que los pobladores del Puente de Ixtapilla, en donde falleció el menor, nunca dispararon contra el convoy militar, sino que lo agredieron con palos y piedras.

“Sólo la Sedena reportó baja de cartuchos en el armamento que portaba su personal, los cuales emplearon en Ixtapilla y en Xayakalan; además no es creíble, como se afirma en el informe de Sedena (…) que todos los disparos se hicieron “hacia arriba” o “al cielo”, dijo la CNDH.

Así, la Comisión recomendó a la Sedena que repare el daño causado a la víctimas directas e indirectas e inscriba en el Registro Nacional de Víctimas a los agraviados, además que colabore con la Procuraduría General de la República para castigar a los responsables.

(REPORTE INDIGO/ INDIGO STAFF - Jueves 29 de diciembre de 2016)


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