Ministros sólo confirmaron lo expresado
por Primer Tribunal Colegiado de Guadalajara
Al resolver el recurso de
revisión de amparo directo, Ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, confirmaron la negativa de protección solicitada por el
narcotraficante Rafael Caro Quintero en contra de la sentencia de 40 años de
prisión por el secuestro, homicidio e inhumación clandestina del agente de la
DEA, Enrique Camarena Salazar.
En resolución mayoritaria, de
cuatro votos a favor por uno en contra, los ministros encontraron el fallo del
amparo denegado apegado a derecho y a los lineamientos constitucionales, por lo
que la orden de reaprehensión en contra del Caro Quintero sigue vigente para que
purgue los años que falten de su condena.
El voto en contrario fue
emitido por el polémico ministro José Ramón Cossío, quien advirtió que lo
procedente era conceder la libertad absoluta al narcotraficante sinaloense por
manifiestas violaciones al debido proceso.
Cossío señaló que la justicia
no fue pronta y expedita para Rafael Caro, quien permaneció más de 26 años de
prisión preventiva y no se cuenta con la certeza de que las pruebas que obran
en su contra fueron obtenidas en forma lícita.
Apenas en enero del presente
año, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, con
residencia en Guadalajara, negó el amparo directo a Caro y confirmó la
sentencia impuesta en 2010 por el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal
de Jalisco.
Antes el mismo tribunal, en
agosto de 2013 concedió la protección constitucional al delincuente
argumentando que el crimen del agente Camarena y del piloto mexicano Alfredo
Zavala, en 1985, no eran competencia del fuero federal. El veredicto permitió
la liberación del caro Quintero la madrugada del 9 de agosto de ese año.
Tras una corrección de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, se repuso el procedimiento del amparo
directo y ahora fue denegado.
Además, el fugitivo cuenta
con una orden de detención provisional con fines de extradición internacional
dictada por un juzgado federal al día siguiente de su liberación.
(SEMANARIO ZETA/ GENERALEZ/ Luis Carlos
Sáinz Martínez / Fotos. Archivo/ 18 de
Noviembre del 2015 a las 20:43:47)
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