CUESTIONAN LEY
ORGáNICA DE LA PGJE
De violatorio
y de contrarreforma califica especialista el limitar a medios en la cobertura
de seguridad y procuración de justicia
CULIACÁN.- De
contrarreforma, inquisitiva, opaca, burocrática y violatoria del derecho
humano de acceso a la información pública, calificó el activista y periodista
especializado en seguridad pública, Marco Lara Klahr, a la Ley Orgánica de la
Procuraduría General de Justicia de Sinaloa.
El Artículo 51 Bis
contraviene el Artículo 6 de la Constitución mexicana, alertó el director del
Programa de Medios y Acceso a la Información del Instituto de Justicia
Procesal Penal.
"Toda persona
tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como buscar,
recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de
expresión", estipula el Artículo 6 Constitucional.
Aclaró que el
Artículo 51 Bis sólo tiene un apartado estimulante, cuando blinda los lugares
de los hechos, sin embargo, calificó de contrarreforma que el Gobierno prohíba
a los medios el manejo de la información.
"Cuando dicen:
'ni al manejo de la información relacionada con la seguridad pública o la
procuración de justicia'. En realidad, toda la información relacionada con la
seguridad pública o la procuración de justicia es información pública",
dijo. "Ellos (el Ejecutivo estatal) no pueden determinar de manera unilateral
qué información aportan y qué no.
"Es ridículo,
ofensivo, viola el derecho a la información, atenta contra la responsabilidad
del servicio público de rendir cuentas, el pretender que ellos van a dosificar
la información relacionada con la seguridad pública o la procuración de
justicia".
En sesión
extraordinaria celebrada el miércoles, el Congreso local aprobó por unanimidad
la Ley Orgánica de la PGJE que limita el acceso a la información relacionada a
la seguridad pública y procuración de justicia.
El especialista
advirtió ayer que el artículo aprobado contraviene al cuerpo legislativo del
sistema de justicia penal acusatorio que adopta el País.
"El Artículo 51
Bis es una joya que exhibe que la reforma del Sistema de Justicia Penal está en
su fase más aguda de contrarreforma.
¿Por qué? Porque
cada punto de estos trae aparentemente un principio de adecuación, o
armonización, con el modelo acusatorio de justicia penal; y, como si estuvieras
en una lógica bipolar (porque) la segunda parte, es inquisitoria".
LA LEY DICE...
ARTÍCULO 6
CONSTITUCIONAL:
"Toda persona
tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como buscar,
recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de
expresión".
ARTÍCULO 51 BIS DE
LA LEY ORGÁNICA DE LA PGJE.
Los medios de
comunicación tendrán acceso a la información de las investigaciones a través de
los boletines de prensa.
Se prohíbe el
ingreso a los lugares de los hechos, la toma de audio, video o fotografía a las
personas involucradas en un evento delictivo, y el manejo de la información
relacionada con la seguridad pública o la procuración de justicia.
Se prohíbe conceder
información a los medios de comunicación, sin autorización del Procurador.
Sólo la víctima y
asesor jurídico, y el imputado y su abogado, podrán tener acceso a registros de
la investigación inicial.
(NOROESTE/ Gabriela
Soto/01-08-2014)
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