viernes, 1 de agosto de 2014

VIOLENTA LEY DERECHO A INFORMACIÓN: LARA



        
CUESTIONAN LEY ORGáNICA DE LA PGJE

De violatorio y de contrarreforma califica especialista el limitar a medios en la cobertura de seguridad y procuración de justicia

CULIACÁN.- De contrarreforma, inquisitiva, opa­ca, burocrática y violatoria del derecho humano de acceso a la información pública, calificó el activista y periodista especializado en seguridad pública, Marco Lara Klahr, a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia de Sinaloa.

El Artículo 51 Bis contraviene el Artículo 6 de la Constitución mexicana, alertó el director del Progra­ma de Medios y Acceso a la Información del Instituto de Justicia Procesal Penal.

"Toda persona tiene derecho al libre acceso a infor­mación plural y oportuna, así como buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión", estipula el Artículo 6 Constitucional.

Aclaró que el Artículo 51 Bis sólo tiene un apartado estimulante, cuando blinda los lugares de los hechos, sin embargo, calificó de contrarreforma que el Gobierno prohíba a los medios el manejo de la información.

"Cuando dicen: 'ni al manejo de la información relacionada con la seguridad pública o la procuración de justicia'. En realidad, toda la información relacionada con la seguridad pública o la procuración de justicia es información pública", dijo. "Ellos (el Ejecutivo estatal) no pueden determinar de manera unilateral qué información aportan y qué no.

"Es ridículo, ofensivo, viola el derecho a la información, atenta contra la responsa­bilidad del servicio público de rendir cuentas, el pretender que ellos van a dosificar la información relacionada con la seguridad pública o la procuración de justicia".

En sesión extraordinaria celebrada el miércoles, el Congreso local aprobó por unanimidad la Ley Orgánica de la PGJE que limita el acceso a la información relacionada a la seguridad pública y procuración de justicia.

El especialista advirtió ayer que el artículo aprobado contraviene al cuerpo legislativo del sistema de justicia penal acusatorio que adopta el País.

"El Artículo 51 Bis es una joya que exhibe que la reforma del Sistema de Justicia Penal está en su fase más aguda de contrarreforma.

¿Por qué? Porque cada punto de estos trae aparentemente un principio de adecuación, o armonización, con el modelo acusatorio de justicia penal; y, como si estuvieras en una lógica bipolar (porque) la se­gunda parte, es inquisitoria".

LA LEY DICE...

ARTÍCULO 6 CONSTITUCIONAL:

"Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cual­quier medio de expresión".

ARTÍCULO 51 BIS DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PGJE.

Los medios de comunicación tendrán acceso a la información de las investigaciones a través de los boletines de prensa.

Se prohíbe el ingreso a los lugares de los hechos, la toma de audio, video o fotografía a las personas involucradas en un evento delictivo, y el manejo de la información relacionada con la seguridad pública o la procuración de justicia.

Se prohíbe conceder información a los medios de comunicación, sin au­torización del Procurador.

Sólo la víctima y asesor jurídico, y el imputado y su abogado, podrán tener acceso a registros de la investigación inicial.

(NOROESTE/ Gabriela Soto/01-08-2014)

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