Fue agredido a tiros por un superior con quien tenía una
historia de rencillas personales. Salvó la vida pero no pudo poner fin
al hostigamiento: ahora está preso, acusado de insubordinación y
agresión. En realidad el fondo de la trama es otro: el teniente Mendoza
fue quien denunció en las páginas de este semanario que el operativo
calderonista contra Luz y Fuerza del Centro lo realizaron militares
disfrazados de policías federales… Además, él y otros de sus compañeros
de armas han sostenido una larga lucha por eliminar el fuero militar
–fuente de numerosas violaciones a los derechos humanos– y participa en
el Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad que encabeza el poeta
Javier Sicilia.
MÉXICO, D.F. (Proceso).- La tarde del 19 de septiembre de 2012 el
teniente Marcos Gerardo Mendoza Pérez fue a la primaria del Instituto
Educativo Las Américas, en Naucalpan, para saludar a su hijo. Ahí,
frente al pequeño y sus compañeros, maestros y padres de familia, el
militar fue atacado a tiros.
Desde hacía meses se quejaba de que el concubino de su expareja, el
coronel de justicia militar José Raúl Celedón Lamas, le impedía ver a su
hijo. La jerarquía era el argumento: Mendoza tenía que obedecer.
Ese 19 de septiembre, hacia las 2:30 de la tarde, cuando cientos de
padres convergen en la caótica hora pico, Mendoza llegó a la escuela
donde se encontró con Celedón. Sin mucha puntería el coronel disparó al
menos cinco veces. Sólo dos tiros impactaron al teniente: uno en el
costado izquierdo y otro en la espalda.
Entre la muchedumbre aterrorizada se escuchaban los gritos
acusadores: “¡Fue el pelón, fue el pelón!”, decían y señalaban al
agresor.
Según la primera declaración de los testigos (Vivian Prieto y Juan
Manuel Samperio, en cuyo automóvil hubo impactos de bala), el teniente
pedía clemencia mientras el coronel seguía disparando. Herido, Mendoza
se arrastró hasta quedar junto a la pared del deportivo El Huizachal,
donde unos soldados lo subieron a una camioneta para llevarlo al
Hospital Militar. Tenía perforado el pulmón derecho.
Celedón huyó con el hijo del teniente y seis horas después se entregó
a la justicia militar, ante la que dio una versión distinta: que había
sido él quien resultó agredido –“a cabezazos”–, por lo que respondió a
tiros en “legítima defensa”. A esa hora, en el lugar del tiroteo ya no
quedaban ni los casquillos percutidos. Además acusó al teniente de
insubordinación.
Mendoza estuvo internado varias semanas en el Hospital General Militar.
Cuando estaba a punto de ser dado de alta, oficiales de la Policía
Judicial Federal Militar irrumpieron en el nosocomio, lo arrestaron y se
lo llevaron a la prisión del Campo Militar Número Uno, donde permanece
hasta ahora.
La justicia castrense desestimó las lesiones por arma de fuego y la
justicia civil no se quiso hacer cargo de la denuncia por intento de
homicidio interpuesta contra el coronel, que está libre y en funciones
en la sede judicial militar de Mazatlán, mientras que por el supuesto
cabezazo el teniente está preso, acusado de “insubordinación en vías de
hecho causando lesiones al superior”.
Cuando ocurrieron los hechos, ninguno de los dos iba uniformado –no
forman parte de la misma área ni tienen relación directa de
supra-subordinación–, estaban fuera de servicio en una zona de civiles y
no en instalaciones castrenses.
Con todo, los jueces militares y un juzgado constitucional le negaron
a Mendoza Pérez la petición de llevar su causa al fuero civil, quien
desde hace años ha sido un activo promotor de la erradicación del fuero
militar, por considerarlo una medida injusta que favorece las
violaciones a los derechos humanos.
Marchaba por la paz
Un año antes del tiroteo, el teniente Marcos Gerardo Mendoza Pérez se
había sumado al Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad (MPJD),
surgido a instancias del poeta Javier Sicilia y de familiares de
víctimas de la violencia desatada durante el sexenio de Felipe Calderón.
Indignados, varios oficiales del Ejército y la Marina denunciaban
abusos de la justicia castrense, a la que acusaban de propiciar la
vulneración de derechos humanos de civiles y militares por igual.
A Mendoza y otros de sus compañeros en activo se les veía marchando
junto con integrantes de dicho movimiento, enviaban oficios a la
Comisión Nacional de los Derechos Humanos y a los titulares de los tres
poderes y participaban en foros y audiencias de la Cámara de Diputados
para pedir una reforma al fuero militar.
Por ejemplo, el 26 de junio de 2012 el MPJD peregrinó a la Basílica
de Guadalupe, donde el obispo de Saltillo, Raúl Vera López, ofició una
misa. El teniente y sus compañeros, en procesión, ingresaron al templo
del brazo de familiares de víctimas de militares.
Para entonces el teniente había hecho público su testimonio como
comandante de un batallón: reveló que el 19 de octubre de 2009 miles de
militares fueron disfrazados de policías federales para tomar las
instalaciones de Luz y Fuerza del Centro (LFC), extinguida esa noche por
decreto de Calderón.
El testimonio fue dado a conocer por Proceso en su edición 1841, del
12 de febrero de 2012. En la entrevista con este semanario Mendoza
explicó que le habían fincado el delito de abandono de funciones. Él
había cuestionado en diferentes ocasiones el operativo de custodia de
LFC, pues aseguraba que sus soldados estaban en condiciones
infrahumanas, con órdenes de no dejar entrar a trabajadores y mantener
en secreto su condición de militares.
“La verdad, lo único que hacían (los trabajadores) era que iban y
colocaban sus mantas. Yo nunca vi que hubiera violencia ni agresiones
como para mandarnos, pues aunque desarmados, somos soldados de armas.
Ellos (los trabajadores) exigían lo que les correspondía, pues. Nunca
nos agredieron”, dijo a este semanario esa vez.
También relató su primer desencuentro con el coronel Celedón cuando
en mayo de 2010 acudió a ver a su hijo a una unidad habitacional militar
de Irapuato y fue retenido en el acceso por la Policía Militar. Afirmó
que esa orden provino del coronel, quien lo amenazó con acusarlo de
insubordinación si intentaba ir otra vez a ver al niño. De todas maneras
quedó acusado.
“Le dije que era una violación a mis derechos, pues en todo caso se
trataba de un asunto familiar y yo tenía derecho de visita y convivencia
con el niño. Pero así es en el Ejército: deciden hasta en derecho de
familia”, explicó entonces.
Casos y testimonios aparte, los militares y marinos que participaban
en el MPJD, con Mendoza incluido, tenían una serie de exigencias:
transparentar el destino de las nóminas retenidas a militares en juicio,
investigar la cadena de mando en las acusaciones por muerte o agresión a
civiles, erradicar el fuero militar y crear un tribunal especial
(similar al electoral) integrado por jueces y magistrados civiles.
El desamparo
Concluida su convalecencia en el Hospital General Militar, el
teniente quedó preso. Se le abrió la causa penal 462/2012 y el 26 de
noviembre de 2012 el Juzgado Primero Militar adscrito a la I Región le
dictó formal prisión, lo que quedó confirmado el pasado 8 de abril por
el Tribunal Superior de Justicia Militar.
La denuncia del teniente por “intento de homicidio” –interpuesta
contra Celedón– fue archivada por la Procuraduría General de Justicia
del Estado de México y el coronel quedó libre, enfrentando sólo un cargo
en el sistema judicial militar por abuso de autoridad simple; es decir,
sin tener en cuenta los disparos.
Conforme a los autos asentados en el juicio de amparo 463/2013-IX-B,
del Juzgado Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal, el teniente
rechazó haber cometido el delito que se le imputa.
Luego de que el coronel Celedón le prohibiera visitar a su hijo en su
domicilio, Mendoza solía visitarlo a la salida de la escuela. Conforme a
los antecedentes expuestos en la demanda de amparo, no existe ninguna
orden que impidiera que Mendoza visitara a su hijo, lo que fue
corroborado en la declaración testimonial de su exmujer, la capitana
Maribel Vázquez Vélez.
En el juicio de amparo Mendoza probó que el día de los hechos no
estaban en servicio el coronel ni él mismo, que todo ocurrió fuera de
instalaciones militares y que si bien Celedón tiene mayor grado, sus
respectivas áreas de trabajo no se relacionan ni él se encontraba bajo
el mando orgánico del coronel, razón por la cual no es posible que se
haya insubordinado.
Subrayó que Celedón utilizó un arma de fuego en zona de civiles sin
estar en funciones militares ni tener participación en operación alguna,
y realizó más de cinco disparos que, según el coronel, hizo en legítima
defensa.
Los testigos civiles corroboraron que el agresor fue el coronel, a
quien Mendoza acusó por homicidio en grado de tentativa ante la Agencia
Investigadora del Ministerio Público, Mesa II, del fuero común, que
hasta ahora no ha consignado el expediente.
En el juicio de amparo, Mendoza argumentó que el asunto debía ser
tratado en el fuero común. Esgrimió la tesis aislada 313 404, tomo
XXXVIII, de 1933, donde se establece que si un militar fuera de servicio
mata a otro, el delito es competencia del fuero común. A ésta se
añadieron 11 tesis resueltas en años recientes para exigir el proceso en
el fuero común.
Durante el juicio Celedón se contradijo. Por ejemplo, en una primera
declaración sostuvo que fue agredido y para defenderse sacó su arma y
disparó, pero se le encasquilló, así que siguió jalando el gatillo y
hasta cuando vio al teniente herido se dio cuenta de que era el padre
del menor.
En una segunda declaración afirmó que vio llegar al teniente, quien
se dirigió a él para agredirlo, por lo que debió disparar en legítima
defensa.
No obstante, los testigos confirmaron que fue el coronel quien inició
la agresión; unos dicen que a cabezazos y otros que ambos manotearon,
tras lo cual el coronel sacó su arma y disparó.
Para el juzgado y el tribunal castrenses el delito de insubordinación
se configuró en los hechos del 19 de septiembre pues ambos son
militares –hayan estado en servicio o no– y Mendoza conocía el grado de
Celedón, a quien le causó lesiones con el supuesto cabezazo.
La justicia militar dio por buena la denuncia por insubordinación en
vías de hecho causando lesiones al superior, aunque durante el juicio no
se acreditó ninguna lesión provocada por el teniente.
Con sus argumentos, Mendoza pretendía demostrar que se violaron en su
perjuicio los artículos 14 y 16 constitucionales, así como
disposiciones de tratados internacionales suscritos por México; sin
embargo, se le negó el amparo, con lo que se confirmó el auto de formal
prisión con el mismo argumento: el teniente conocía la graduación de
Celedón.
Y preso se queda
Marcos Gerardo Mendoza fue juzgado por el general Rogelio Rodríguez Correa, quien –afirma el teniente– es compañero del agresor.
Rodríguez Correa ya había encausado al teniente Mendoza en 2011 tras
la otra acusación por faltas a la disciplina militar hecha por Celedón
la primera vez que se opuso a que el teniente viera a su hijo. Además el
coronel fue titular del Juzgado Sexto Militar, donde se radicó la causa
contra el teniente; ésta se sumó a la número 426/2012. En dicho juzgado
permanece el secretario de acuerdos que sirvió también durante la
titularidad de Celedón en esa instancia.
El general Rodríguez, uno de los altos mandos supuestamente dedicados
a promover los derechos humanos en las Fuerzas Armadas durante el
gobierno de Calderón, se ha visto envuelto en diferentes casos
polémicos; entre ellos el juicio a los soldados que violaron a 14
mujeres en Castaños, Coahuila, en julio de 2006, cuya sentencia
(demasiado leve) fue criticada por defensores de los derechos humanos.
El recurso que intentó interponer Mendoza se radicó en el Juzgado
Primero de Amparo en Materia Penal, cuya titular es la juez Sandra
Leticia Robledo Magaña, envuelta con frecuencia en controversias por sus
fallos.
Robledo amparó al narcotraficante Miguel Ángel Treviño Morales, El
Z-40, el pasado julio; en 2008 al líder textilero Fermín Lara Jiménez,
acusado de fraude a Bacomext por más de 40 millones de dólares; en 2006
al expresidente guatemalteco Alfonso Portillo contra una orden de
extradición y, en 2005, a Osiel Cárdenas Guillén, capo que lideró el
Cártel del Golfo.
Pero a Mendoza le negó el amparo. La defensa del teniente hace dos
observaciones: la juez difirió cinco veces la audiencia, dando tiempo a
que se resolviera el caso de abuso de autoridad contra Celedón en el
fuero militar, y desoyó el criterio emitido por la Suprema Corte de
Justicia de la Nación el 4 de septiembre de 2012, el cual establece que
los delitos del orden común cometidos entre militares deben procesarse
por la justicia civil.
Con todo, para la justicia castrense y para Robledo Magaña –según sus
respectivas argumentaciones–, si bien los hechos analizados pudieron
derivar de cuestiones personales, el teniente Mendoza trastocó y lesionó
la disciplina castrense, lo que es constitutivo de delito en ese fuero,
por lo cual debe permanecer preso.
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