La audiencia inicial en
contra de Heriberto “N” alias el Koala, señalado por la Fiscalía Especial para
la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), como
el probable responsable del homicidio de Javier Valdez Cárdenas, dio comienzo
el pasado 24 de abril, dentro de la causa penal 49/2018.
El Código Nacional de
Procedimientos Penales establece que la audiencia inicial tiene por objeto,
entre otras cosas, que la parte acusadora formule ante el juez la imputación en
contra del probable responsable. Este es el momento en el cual la fiscalía
empieza a perfilar su Teoría del Caso, es decir la hipótesis que presenta como
explicación probable del asunto.
La Primera Sala de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, respecto a la Teoría del Caso, ha establecido
“…tanto el Ministerio Público como el imputado y su defensor, deben exponer al
juzgador su versión de los hechos con base en los datos que cada uno de ellos
aporte, a fin de lograr convencerlo de su versión, la cual ha sido denominada
en la literatura comparada como ‘teoría del caso’, que puede definirse como la
idea central o conjunto de hechos sobre los que versará la participación de
cada parte, a efecto de explicarlos y determinar su relevancia, dotándolos de
consistencia argumentativa para establecer la hipótesis procesal que pretende
demostrarse y que sustentará la decisión del juzgador…” (Contradicción de tesis
412/2010).
De acuerdo con el recuento de
la primera parte de la audiencia, publicado por Ríodoce, la FEADLE presentó la
siguiente versión de los hechos, es decir, su Teoría del Caso:
El Koala, junto con Juan
Francisco “N” y Luis Idelfonso “N”, participaron en el homicidio de Javier
Valdez el 15 de mayo de 2017, a quien privaron de la vida mediante disparos de
arma de fuego, que accionaron en la calle Riva Palacio, entre Ramón F. Iturbe y
Epitacio Osuna, de la colonia Jorge Almada, en la ciudad de Culiacán.
El día del crimen los
asesinos siguieron a Javier a bordo de un automóvil Versa color gris cuando
salió de las oficinas de Ríodoce. A las pocas cuadras le cerraron el paso. De
acuerdo a la entrevista de un testigo, uno de los sicarios le habría dicho
“Bájate a la verga”. Los homicidas dispararon 12 veces, 10 con un arma de fuego
calibre 9 milímetros y el resto con un arma 380. Javier murió en ese momento.
Después, uno de los delincuentes subió al vehículo de la víctima y lo abandonó
a unas quince cuadras del lugar del homicidio, donde lo recogieron sus dos
cómplices. Al bajar, el asesino se quitó unos guantes.
La intervención del Koala fue
como autor material del homicidio, quien lo realizó conjuntamente con los otros
implicados, pues habrían recibido la orden de asesinarlo de parte de la “gente
de Eldorado”, ya que no les había gustado una publicación que hizo. Incluso los
sicarios recibieron como pago “una pistola plateada con cachas blancas con una
imagen referente al Mini Lic“. De acuerdo a la crónica de La Jornada. De lo que
se desprende que esta “gente de Eldorado” participó, en su calidad de autores
intelectuales, en la muerte del periodista. El homicidio es calificado porque
fue premeditado, ya que los asesinos privaron de la vida a Javier después de
haber reflexionado sobre el delito que iban a cometer y además recibieron una
retribución por el asesinato.
Como datos de prueba la
Fiscalía federal presentó, en su carpeta de investigación número
FED/SDHPDSC/FEADLE-SIN/0000328/2017, entrevistas a testigos, videos, informes
policiales, registros de comunicaciones obtenidas por intervenciones
telefónicas autorizadas y reportes periciales. ¿Serán suficientes para
acreditar su Teoría del Caso?
Hay distintos momentos
durante los procedimientos en los que debe exponerse la Teoría del Caso y el
nivel de prueba varía en atención a la etapa. En el caso del Koala ya se
formuló la imputación y el domingo 29 de abril, al reanudarse la audiencia, la
FEADLE solicitará su vinculación. ¿Qué va a tomar en cuenta el juez para
otorgar o negar el auto que lo sujete a proceso?
De acuerdo con los tribunales
federales, se exige a la parte acusadora que presente: 1) su Teoría del Caso;
2) que los enunciados que integran dicha teoría sean verosímiles; 3) que los
enunciados sean verificables mediante datos; y 4) que la Teoría del Caso de la
fiscalía no sea refutada por los argumentos y datos que componen la Teoría del
Caso de la Defensa (tesis con número de registro 2015954).
Este domingo 29 el juez
deberá tomar su decisión. Espero, como la mayor parte de mi vida, que sea
favorable a la fiscalía.
Artículo de opinión publicado el 29 de abril de 2018
en la edición 796 del semanario Ríodoce.
(RIODOCE/ ÓSCAR FIDEL GONZÁLEZ MENDÍVIL/ 1 MAYO, 2018)
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