miércoles, 19 de junio de 2013

AVALA LA SUPREMA CORTE OPACIDAD DE SERVIDORES PÚBLICOS

México, DF.- Los servidores públicos podrán seguir oponiéndose a la publicación de sus declaraciones patrimoniales.

Ayer, ocho de los 11 ministros de la Suprema Corte se pronunciaron a favor del derecho que tienen los funcionarios para que sólo bajo su consentimiento la Secretaría de la Función Pública pueda divulgar sus bienes.

La mayoría de los ministros rechazó un proyecto de sentencia que declaraba inconstitucional el Artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos que contempla esa opción de los servidores.

El amparo tiene su origen en la solicitud de un particular para acceder a las declaraciones de los 500 diputados federales, misma que fue negada en 2011 por el Comité Resolutor de Recursos de Revisión de la Auditoría Superior de la Federación.

La votación oficial del caso en el Pleno se aplazó para este jueves, y sólo quedó pendiente la réplica de José Ramón Cossío, autor del proyecto que proponía la divulgación de versiones públicas de las declaraciones patrimoniales de los legisladores.

De haber sido otorgado, el amparo hubiera tenido consecuencias para decenas de miles de funcionarios de mando, no sólo del Poder Ejecutivo, sino de los demás Poderes y órganos autónomos, incluidos los propios ministros de la Corte, magistrados y jueces, legisladores, directores generales y similares, cuya normativa interna siempre ha considerado que estas declaraciones son confidenciales.

Incluso el presidente Enrique Peña, al iniciar el sexenio, divulgó una versión poco clara de su declaración, que no permitió conocer el monto de su patrimonio.

POSTURAS

La mayoría en la Corte consideró que el candado a la publicación de estas declaraciones no atenta contra el principio Constitucional de máxima publicidad de la información pública, ya que protege datos personales y de terceros.

“No hay un fundamento Constitucional o convencional, desde mi punto de vista, para considerar que la ciudadanía está legitimada para conocer todos los datos de un servidor público, aun los de carácter personal”, afirmó el ministro Alfredo Gutiérrez desde la sesión del lunes.

“El precepto, lejos de ser inconstitucional, guarda una congruencia entre lo que implica la máxima publicidad por una parte y los datos personales y sensibles, pues en el caso de la declaración patrimonial, se desprenden datos que contienen no sólo información del declarante o del servidor público, sino inclusive de sus dependientes económicos”, agregó Olga Sánchez Cordero.

Fernando Franco destacó que el proyecto de Cossío reconoce que las declaraciones patrimoniales contienen datos personales, y que dichos datos están protegidos por la Carta Magna y son una excepción al derecho de acceso a la información, incluso tratándose de empleados de gobierno.

Espacio ajeno

“Hay un Kublia la función del servidor que a mi entender no puede alterarse, por ser indisponible, hacia terceros, salvo cuando se cuente con su consentimiento”, dijo Luis María Aguilar.

Sólo el presidente Juan Silva Meza y Sergio Valls apoyaron a Cossío.

Los ocho ministros restantes se pronunciaron por la constitucionalidad del Artículo 40, pero uno de ellos, Arturo Zaldívar, votará por conceder el amparo para entregar las declaraciones de los diputados, ya que a su juicio, cuando se presenta una solicitud de acceso la autoridad respectiva debe hacer una ponderación para resolver en cada caso si el interés público prevalece sobre el del funcionario opositor.

“A través del acceso a la información la sociedad puede convertirse en un eficiente vigilante de las autoridades que están a su servicio, que se deben a la sociedad y que deben rendirle cuentas de su desempeño y del aprovechamiento de los recursos estatales”, afirmó Silva Meza en la minoría. 
 
(ZOCALO/ Reforma/ 19/06/2013 - 04:05 AM)

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