En
Baja California, el 35 por ciento de los trabajadores carecen de prestaciones
laborales, en Tijuana es el 23%. El desconocimiento de la Ley y la falta de
acuerdos entre patrón y empleado, son razones para no denunciar el
incumplimiento de sus derechos, según la STPS
Trabajadores
sin prestaciones de seguridad social ven vulnerados los derechos que por Ley
les corresponde, ya sea porque sus empleadores están en la informalidad, o
bien, porque trabajan para un tercero, quien no cubre las cuotas de las
obligaciones que deben recibir.
Algunos
de ellos desconocen los beneficios contemplados en la Ley Federal del Trabajo y
no saben a dónde acudir para denunciar, o en su defecto, acuerdan con el patrón
trabajar por un sueldo base, dejando de lado sus derechos laborales.
Los
testimonios son diversos. Idalia Abelarde dijo a ZETA que por año y medio
trabajó como soporte técnico en un café internet donde no le otorgaban
prestaciones. Tuvo un sueldo de 900 pesos a la semana, el negocio cerró hace
dos meses y ahora está desempleada.
Otro
caso es el de una persona de la Zona Centro que labora de carrocero en un
taller desde 2014 y no tiene acceso a los beneficios que por Ley le
corresponden; aunque tiene un sueldo por semana, considera injusto no contar
con dichos servicios, y no sabe a dónde acudir para denunciar.
También
hay quien acuerda no contar con las obligaciones, tal es el caso de Martha,
quien se ocupa en una estética de belleza desde hace más de dos años y afirma
no tener beneficios como trabajadora. Su sueldo es en base a comisiones, en una
semana puede ganar 3 mil pesos o menos, todo depende de la clientela.
“Entre
la patrona y yo acordamos que sería así. Dice que si no me pagara comisión y
tuviera que darme prestaciones, entonces el sueldo sería menor, aunque para mí
sería bueno tener el INFONAVIT, por ejemplo”, abundó.
El
caso de Rita es la otra cara de la moneda. Ella tiene un taller mecánico en la
delegación La Presa y emplea a tres personas, no obstante, dice que con tanto
impuesto y el pago de obligaciones, la mayoría de las veces es casi imposible
tener el dinero para la nómina, pero no puede dejar de cumplir con ambas cosas.
De
acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2014,
cuatro de cada 10 asalariados no tenía prestaciones laborales, las cuales van
desde servicio médico, aguinaldo, vacaciones y reparto a utilidades o prima
vacacional.
Por
su parte, la Encuesta Nacional de Empleo (ENOE) establece que el año pasado
Baja California contaba con 35 por
ciento de trabajadores sin beneficio, en tanto que en Tijuana se tiene un 23%.
Para
la Organización Internacional del Trabajo (OIT), 20% de la población mundial
cuenta con adecuada cobertura de seguridad social y más de la mitad no goza de
ningún tipo de cobertura o bien.
Los
sistemas de seguridad social, menciona la OIT, prevén ingresos básicos en caso
de desempleo, enfermedad y accidente laboral, vejez y jubilación, invalidez,
responsabilidades familiares tales como embarazo y el cuidado de los hijos,
además de la pérdida del sostén de la familia.
“Estas
prestaciones no solo son importantes para los trabajadores y sus familias,
también para sus comunidades en general. Al proporcionar asistencia médica,
seguridad de los medios de vida y servicios sociales, la seguridad social ayuda
a la mejora de la productividad y contribuye a la dignidad y a la plena
realización de los individuos”, establece la organización.
ENGORROSO Y COSTOSO PARA MICRO NEGOCIOS
De
acuerdo al contador Juan Manuel Hernández Brito, para el empleador, (o el
herrero, carpintero, abarrotero y demás negocios familiares) no solo es muy
costoso el cumplir con las prestaciones mínimas. Según las leyes fiscales, el
contratante debe cumplir con obligaciones como cálculos de nóminas, semanales,
quincenales o mensuales, la cuales deben timbrarse en el portal del Servicio de
Administración Tributaria (SAT) y de forma individual de cada trabajador.
Además, necesita tener controles de las asistencias e inasistencias para el
cálculo de nómina, todo esto entre otras acciones para cumplir de forma
oportuna.
Luego
aportó algunos de los conceptos que, sin importar el nivel económico, los
patrones deben pagar a sus trabajadores. Los datos fueron extraídos de la tabla
de salarios mínimos profesionales de la Secretaría de Trabajo y Previsión
Social (STPS), Área Geográfica “A”:
Sueldo
y salario (mensual) de lava carros
|
3,026.32
|
Seguridad
Social
|
31%
/ 615
|
Prestaciones
anualizadas
|
6%
/392
|
Impuestos
locales
|
3%
/ 7808
|
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Por
esos cuatro puestos que podemos identificar como supervisor, lavador de carros,
auxiliar administrativo y cajero, la nómina mensual es de 12 mil 895.98 pesos;
adicionalmente la seguridad social que se identifica como Servicio Médico
(IMSS), Prestaciones para Retiro (RCV) y Prestaciones para Vivienda
(INFONAVIT).
“Sumadas
todas ellas, corresponde un gasto adicional del 31 por ciento, de ello
corresponde a prestaciones mínimas que tiene derecho el trabajador: aguinaldo,
vacaciones (seis días) por ser primer año, ésta va creciendo de acuerdo a su
antigüedad y una prima vacacional adicional del 25 por ciento. Estas
prestaciones suman un monto adicional
del 6 por ciento de incremento en los pago mensuales”, detalló.
El
entrevistado agregó que en su Ley de Ingresos, Baja California establece un
impuesto del 1.8% por el pago de la nómina y un importe sobre la misma base del
0.63%, cantidades que deben adicionarse al rubro principal que es la nómina.
El
contador recalcó que al sueldo mensual (12 mil 896) deben sumarse conceptos por
seguridad social (3 mil 970), así como la provisión de prestaciones anualizadas
(795) y el Impuesto sobre Remuneraciones (nóminas del Estado de Baja California
1.8% y 0.63%), por la cantidad de 333 pesos, dando un total por estos cuatro
trabajadores, de 17 mil 666 pesos por mes.
LO QUE DICE LA LEY
La
Ley Federal del Trabajo, de observancia general en toda la República Mexicana,
rige las relaciones de trabajo comprendidas en el Artículo 123, Apartado A, de
la Constitución Mexicana en metería del trabajo, en tanto que el Artículo 1
reconoce los derechos humanos.
La
Organización de las Naciones Unidas (ONU) establece como mínimo ciertas
garantías en materia del trabajo: Artículo 23, toda persona tiene derecho al
trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y
satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. Además del
derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
La
reglamentación menciona que toda persona que trabaja tiene derecho a una
remuneración equitativa y satisfactoria, “que le asegure, así como a su
familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en
caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social”.
En
tanto que el Artículo 22, establece que todo ciudadano como miembro de la
sociedad, “tiene derecho a seguridad social y a obtener, mediante el esfuerzo
nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los
recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y
culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su
personalidad”.
Por
lo anterior, todos los trabajadores gozan un mínimo de condiciones de trabajo,
las cuales son irrenunciables.
POCAS DENUNCIAS EN CONCILIACIÓN
El
presidente de la Junta de Conciliación y Arbitraje en Tijuana, Tecate y
Rosarito, Arturo Méndez Preciado, informó que de 50 demandas que ingresan al
día, si acaso una tiene relación con el trabajo informal (carrocero, mecánico,
taquero, vendedor ambulante, albañil), donde una persona no tiene registro
patronal y subcontrata a otra(s) para que le apoyen, pero el primero en algún
momento se queda sin trabajo; es entonces que los afectados actúan legalmente,
sobre todo porque quieren su finiquito.
“El
problema se presenta cuando les despiden, no se concentran en ese tema (falta
de prestaciones), sino en el pago de la indemnización. Cuando el abogado sabe
bien el litigio, le pregunta a la persona si tenía seguro social y es por ahí
por donde presiona a la empresa para decir que si no se arreglan, van a mandar
al Instituto Mexicano del Seguro Social para que le finquen responsabilidades.
No es lo más común, pero llega a suceder, nuestros clientes -en el buen sentido
de la palabra- son trabajadores de maquila, fábricas o negocios bien
establecidos”, explicó, para después lapidar:
“El
problema es que si llegas a sacar un laudo contra ellos (empleadores que no
cubren los beneficios) ¿cómo lo ejecutas?, si son informales. No tienen
registro patronal, no tienen cuentas de banco. No les puedes embargar, si acaso
tendrán un carrito de hot dogs que vale 2 mil, 3 mil pesos”.
STPS EN TIJUANA HA ATENDIDO A MIL 520
TRABAJADORES
Por
su parte, el delegado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en
Tijuana, Joaquín Palomera Ramírez, indicó que los trabajadores tienen dos
formas de salvaguardar sus derechos: a través de denuncia en la Junta Local de
Conciliación y Arbitraje ubicada en Plaza Patria, donde son atendidos por un
abogado o procurador de oficio, para luego citar al patrón (persona física) o a
la empresa (persona moral) que haya dejado de pagar algún derecho u omitido el
otorgamiento de las prestaciones que marca la Ley.
“Si
es el caso, giramos el citatorio. El
trabajador lo entrega para que en un plazo no mayor a 48 horas, se presente el
patrón o representante legal de la empresa a desvirtuar estos señalamientos que
se tienen por parte del trabajador”, argumentó el representante de la STPS.
Agregó
que una vez presente el representante legal, se buscará aclarar las dudas
respecto a la denuncia del asalariado y, en caso de comprobarse la
irregularidad, se le pide que reconozca el servicio y, de omitirlo, se presenta
la demanda en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje. A su vez, dicho
organismo hace un llamamiento al IMSS para que envíe un inspector y haga la
verificación correspondiente, donde conste que el patrón omite el derecho y
entonces sancione.
De
acuerdo al Sistema Empresarial Mexicano, en Baja California existían 8 mil 400
empresas registradas en el Estado en 2014, el 70% son microempresas que generan
uno o dos empleos, empero, debido a la precariedad de los ingresos y las cargas
fiscales, en la mayoría de las ocasiones no cumplen con la Ley.
En
ese sentido, para hacer revisiones la STPS cuenta con cuatro inspectores en
Tijuana, mientras que para Tecate y Rosarito son dos para el peinado de las
zonas. Éstos verifican tiendas de autoservicio, talleres mecánicos,
consultorios dentales, loncherías y tiendas de segunda, todo lo que oferte
servicios.
En
caso de que los verificadores encontraran que los asalariados no están dados de
alta en el IMSS o el INFONAVIT, que no se pagan derechos, horas extras, prima
dominical, días dobles o triples, se da parte a la autoridad correspondiente
para que actúen.
Las
sanciones por no cumplir con el otorgamiento de prestaciones oscila entre 50 y
200 salarios mínimos por trabajador.
La
Ley otorga cinco días hábiles a partir del aviso y, de no presentarse los
empleados, el expediente se turna al área de Inspección de Mexicali donde se
genera un procedimiento administrativo sancionador, después de ello tienen 60
días para hacer su defensa, de lo contrario, son acreedores a una multa.
De
acuerdo a Palomera Ramírez, en abril de 2015 hicieron 550 inspecciones y
encontraron que en su gran mayoría son micro y pequeños negocios, los cuales
después de la revisión correspondiente por la dependencia fueron razonados como
negocios familiares; es decir, no aplica el hecho de que son trabajadores
formales, por lo que no tuvieron una sanción, al tratarse de establecimientos
donde regularmente trabajan familiares y son el sustento del hogar.
“Estaríamos
hablando de que menos del 5 por ciento son pequeñas, medianas empresas o
franquicias establecidas que tienen otra estructura administrativa establecida.
A ese porcentaje le solicitamos comprobación, pero muchas veces es falta de
atención, descuido, desidia o no entregan en tiempo y forma la documentación
solicitada, y son sancionadas”, remató el consultado.
En
los primeros meses del año, la STPS en Tijuana atendió a mil 520 personas donde
se convino entre las partes (patrón-trabajador) y, para bien de ellos, el cobro
de 2 millones 982 mil pesos.
Del
total, 2 millones 881 mil pesos fueron recaudados en Tijuana, el resto en
Tecate y Playas de Rosarito. El reclamo más recurrente fue el citatorio por vía
de despido.
—
¿Por qué las personas no reclaman sus beneficios?, se planteó al funcionario.
“Desconocimiento
y los que tienen conocimiento desde que fueron contratados y no tenían ese
servicio, no lo hicieron en su tiempo. Reclaman lo que les corresponde, pero
algunos saben que no tienen (las prestaciones) y así trabajan,
desafortunadamente mucha gente no lo hace por (temor a) perder el trabajo o por
represalias, esos son argumentos de los trabajadores”.
(SEMANARIO
ZETA/ REPORTAJEZ/Francisco Navarro Fausto /
21 de Junio del 2015 a las 17:10:07)
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