Tribunal de
Nayarit ordena reponer procedimiento a Fernando Sánchez Arellano por
delincuencia organizada por defectos en el dictado de la formal prisión. El ex
líder del CAF no saldrá pronto de la cárcel, tiene procesos por lavado de
dinero y otros delitos en Jalisco, Tamaulipas y el Estado de México. Su abuela,
Alicia Félix Zazueta recibió la confirmación del amparo que ordena la
devolución de un importante inmueble en Jalisco
Un Tribunal Unitario
de Nayarit y un Tribunal Colegiado en Guadalajara brindan la protección de la
justicia de la unión a Luis Fernando Sánchez Arellano “El Ingeniero” o “El
Inge”, y a su abuela Alicia Félix Zazueta para que autoridades judiciales y
ministeriales dejen sin efecto resoluciones y acuerdos dictados en diversos
expedientes y averiguaciones previas.
En el caso de “El
Ingeniero” se ordena quede insubsistente el auto de formal prisión que le fue
dictado y después confirmado –en apelación– por el delito de delincuencia
organizada a mediados del año pasado en un juzgado y tribunal de Tepic.
Por lo que ve a la
madre de los hermanos Arellano Félix, fundadores de la organización criminal
que lleva los mismos apellidos o también conocido como Cártel de Tijuana, se
confirmó el amparo que ordena levantar la orden de aseguramiento que pesa sobre
un inmueble en un lujoso condominio ubicado en el municipio de Tlajomulco de
Zúñiga, Jalisco.
ÍNFIMO AVANCE DE “EL INGE”
Luego de múltiples
errores en su defensa, Luis Fernando Sánchez Arellano “El Ingeniero”, ex líder
del Cártel Arellano Félix (CAF), por fin vio “una buena”, al obtener el amparo
de parte del Segundo Tribunal Unitario del Vigésimo Cuarto Circuito con
residencia en Tepic, Nayarit.
En el juicio 49/2014
se ordenó quede sin efecto el auto de formal prisión dictado en su contra el 10
de julio de 2014 –vía exhorto— por el Juez Quinto en Materia de Procesos
Penales Federales en el Estado de México y confirmado el 24 de septiembre
siguiente por la magistrada del Primer Tribunal Unitario en el estado de
Nayarit.
El magistrado de
amparo estima que existieron violaciones a los derechos fundamentales del
quejoso en el dictado del auto de bien preso, al no existir la fundamentación y
motivación adecuadas. La fundamentación consiste en la obligación de la
autoridad de citar con precisión los preceptos legales en que apoya su
determinación; y motivación, es el señalamiento de las circunstancias y
razonamientos lógico jurídicos de los hechos que se ajustan exactamente a
dichos preceptos legales.
En este caso, el
empleo del defensor de oficio tuvo mejores resultados para Sánchez Arellano que
cuando sus abogados particulares solicitaban algún juicio de garantías, pues
llegaron a interponer amparos contra actos no definitivos o momentos procesales
inadecuados, en tribunales incompetentes por razón de territorio o amparos
duplicados contra el mismo acto reclamado.
A juicio del
magistrado amparista, en el auto de formal prisión analizado por el juzgador de
segunda instancia no se razonaron adecuadamente las circunstancias que
demuestren la pertenencia y las actividades directivas que presuntamente
ejercía “El Ingeniero” en el CAF.
Inconforme con esta
resolución, el agente del Ministerio Público de la Federación adscrito al Segundo
Tribunal Unitario, interpuso el recurso de revisión, por lo que la sentencia de
amparo será remitida a un Tribunal Colegiado en Materia Penal, en Tepic, para
que los magistrados resuelvan si confirman, modifican o revocan la protección
concedida a Fernando Sánchez Arellano.
En caso de
confirmarse el amparo y posteriormente algún auto de libertad por falta de
elementos para procesar, “El Ingeniero” no abandonaría el Centro Federal de
Readaptación Social número 1 “Altiplano”, en el Estado de México, donde se
encuentra recluido, ya que cuenta con diversas causas penales por operaciones
con recursos de procedencia ilícita y otros delitos en juzgados de Jalisco,
Tamaulipas y el Estado de México.
LA CASA DE LA ABUELA
En tanto, en
Guadalajara, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito,
confirmó en el toca de revisión principal 75/2014, el amparo concedido por un
juez de distrito en octubre pasado a la señora Alicia Félix Zazueta, en el
juicio de garantías 157/2014.
Los magistrados confirmaron
por unanimidad el fallo que ordena a la Procuraduría General de la República
dejar sin efecto la inmovilización y gravamen respecto de un inmueble propiedad
de la quejosa y se dicte un auto que ordene levantar el aseguramiento decretado
sobre el mismo desde el año de 1993.
Juez y magistrados
resolvieron que 21 años fueron suficientes como para que el Ministerio Público
de la Federación resolviera si el lote de terreno 31, de la fracción 55,
sección quinta, del Condominio Santa Anita Club de Golf, propiedad de la mamá
de los Arellano Félix era producto de alguna actividad ilícita, lo que
finalmente no demostró la Fiscalía.
Los colegiados
establecieron que “es correcta la protección constitucional otorgada a la
quejosa”, toda vez que, en efecto, por el tiempo transcurrido del aseguramiento
no solo es contrario a su naturaleza (provisional y transitoria), sino que
tampoco es idóneo para su finalidad (preservar huellas del delito o asegurar su
decomiso).
La PGR no pudo
probar que la dueña del lote –con una superficie de 2 mil 156 metros
cuadrados—, asegurado tras las investigaciones del homicidio del Cardenal Juan
Jesús Posadas Ocampo en mayo de 1993, hubiese cometido delito alguno, menos que
el inmueble guardara relación con conductas ilícitas.
“EL TIGRILLO”, BENEFICIADO POR COLABORAR CON GOBIERNO
DE EU
La sentencia de
cadena perpetua que recibió Francisco Javier Arellano Félix, alias “El
Tigrillo”, en la Corte del Distrito Sureño de California en 2007, ha sido
reducida a 23.5 años por su colaboración con las autoridades norteamericanas.
Esto pese a que en
su momento, la condena de por vida cayó sobre el entonces cabecilla del CAF,
después de haberse declarado culpable de lavado de dinero y extorsión, tras un
caso en que el Departamento de Estado del vecino país consideró la posibilidad de
pedir la pena de muerte.
La decisión del juez
Larry A. Burns, emitida el lunes 15 de junio, se fundamentó en el siguiente
razonamiento:
“La Corte no tiene
duda de que el Sr. Arellano proporcionó información sustancial y significativa
que ayudó al gobierno a identificar y fincar cargos en contra de otros
narcotraficantes a gran escala y funcionarios públicos corruptos en este país y
en México”.
El fallo del juez
Burns también establece que Arellano Félix “proporcionó a las autoridades una
visión e información útil respecto a la estructura y los métodos de los
cárteles de las drogas operando en México y a lo largo de la frontera suroeste
de los Estados Unidos. Y, él aceptó testificar en contra de numerosos
narcotraficantes y funcionarios corruptos que fueron identificados y arrestados
por las autoridades judiciales con información -incluyendo pruebas documentales
críticas- que el Sr. Arellano brindó”.
Ahora, los
documentos de la Corte destacan la colaboración de Arellano Félix con las
autoridades federales, determinando que su información fue “en todo momento
veraz, completa y confiable” y su cooperación fue “extensiva, diligente y hasta
agotadora, a veces”, lo cual se demostró “consistentemente desde el momento de
su arresto y continuado por al menos cinco años”.
Lo anterior fue
“explícitamente e implícitamente reconocido” por los fiscales, quienes
recomendaron que la sentencia de 470 meses que recibió el capo se redujera en
un 40 por ciento, lo que equivale a un total de 282 meses de pena.
Mark Adams, abogado de la defensa del narcotraficante
mexicano, también presentó una moción para disminuir esa pena a 235 meses,
argumentando que el gobierno norteamericano se ha visto muy “pichicato” al
premiar al criminal sentenciado por haber compartido información a través de 25
encuentros que ha sostenido con agentes a lo largo de cinco años en distintas
partes de Estados Unidos, algunas de las cuales se prolongaron por varios días.
En una de dichas
entrevistas, Adams estuvo presente y escuchó a un agente decirle a Arellano
Félix que la información que le había dado era “un sueño hecho realidad”, y, de
acuerdo con el litigante, aún no ha sido debidamente recompensada.
Asimismo, su
defensor puntualizó que el reo permanece tras las rejas 23 horas al día y,
debido a sus acciones, su seguridad ha sido vulnerada, por lo que ha tenido que
ser trasladado a varias penitenciarías federales, lo que complica su
participación en programas para los internos y reduce su posibilidad de tener
visitas con su familia.
La orden del juez
Burns también deja la puerta abierta para que el líder criminal de los Arellano
Félix argumente a su favor una segunda reducción a su castigo. “Se intuye que
un acusado puede tener una mejor idea que el gobierno del impacto que cooperar
ha tenido sobre él y su familia, así es que esta consideración también pesa a
favor de reconocer el derecho del Sr. Arellano a ser escuchado”.
El testimonio
constante de “El Tigrillo” Arellano forma parte de investigaciones que
permanecen selladas en la Corte Federal de San Diego. A cambio, el delincuente
podría recuperar su liberar dentro de 15.5 años, siempre y cuando sus
intercambios con las autoridades norteamericanas no le permitan minimizar más
su castigo.
(SEMANARIO
ZETA/ REORTAJEZ/ Investigaciones ZETA /
22 de Junio del 2015 a las 12:00:50)
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