miércoles, 4 de septiembre de 2013

DEBE SAT REVELAR LISTA DE ESTADOS Y MUNICIPIOS A LOS QUE CONDONÓ ISR

MÉXICO, D.F. (apro).- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá entregar la lista de estados y municipios a los que condonó el Impuesto Sobre la Renta (ISR), especificando monto y periodo.

Así lo ordenó el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) al resolver un recurso de revisión interpuesto por un particular, luego de que el SAT le indicó que esa información se encontraba reservada por 12 años.

La condonación fue otorgada luego de que las entidades y municipios cumplieron con lo establecido en el “Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia del impuesto sobre la renta, de derechos y de aprovechamientos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 5 de diciembre de 2008.

Al responder al particular, el SAT argumentó, entre otros asuntos, que para efectos fiscales, los estados y municipios son considerados personas morales, de conformidad con la Ley del Impuesto Sobre la Renta, el Código Fiscal de la Federación y el Código Civil Federal.

Esto quiere decir, explicó la dependencia, que la información con la que cuenta corresponde a datos de contribuyentes, mismos que están protegidos por el secreto fiscal, lo que obliga a los servidores públicos del SAT a “guardar absoluta reserva de las declaraciones y demás información suministrada por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como de los datos obtenidos en el ejercicio de sus facultades de comprobación”.

No obstante, “en atención al principio de máxima publicidad”, el SAT dijo al particular que en su página de internet está disponible la versión pública de la información relativa a créditos fiscales condonados.

De esa información se desprende que de 2009 a 2012, el SAT ha condonado más de nueve mil 935 millones de pesos, y también detalla el tipo de contribuyente, periodo del adeudo, año en el que se condonó el crédito e importe histórico, pero no se específica la entidad o el municipio al que le fue aplicado el beneficio.

Inconforme con la información, por considerar que los datos relacionados con la condonación de impuestos deben ser públicos, el particular presentó un recurso de revisión ante el IFAI, que fue turnado a la ponencia de la comisionada Jacqueline Peschard.

Tras analizar el caso, la comisionada concluyó que si bien la información requerida está protegida por el secreto fiscal –porque se trata de datos relacionados con la situación fiscal de personas morales (estados y municipios)– existe un interés público por conocerla entre, otras razones, porque es dinero que el Estado deja de percibir por conceder un beneficio a un contribuyente, lo que se traduce en un gasto público y, por tanto, “debe reportarse”.

Además, apuntó, la condonación “concierne a la totalidad de la ciudadanía en tanto que, por disposición constitucional, todos los mexicanos están obligados a contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa”.

Peschard también consideró que al transparentar cómo ha operado el SAT el decreto, “se daría certeza a los contribuyentes de que son tratados en igualdad de circunstancias, que las autoridades fiscales se sujetan a lo previsto en la ley y que no existen favoritismos”.

Por ello, la comisionada propuso revocar la clasificación invocada por el SAT e instruirle a entregar al particular el soporte documental con la información que solicitó: los convenios específicos que las entidades federativas, los municipios y el gobierno federal suscribieron, mediante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), para adherirse al decreto, así como las impresiones del Sistema Integral de Recaudación.

 (PROCESO / /4 de septiembre de 2013)

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