martes, 25 de marzo de 2014

MEJORA ALCALDE DE SALTILLO… PERO LOS BOLSILLOS DE SU FAMILIA




Saltillo, Coah.- La actual administración municipal ya está mejorando la vida... de los familiares de Isidro López Villarreal, cuando menos. En contra de la ley, a la vieja usanza, se ha dado cabida al nepotismo en la Presidencia Municipal, y al por mayor.

De entrada, la directora del Archivo Municipal, Olivia Josefina Strozzi Galindo, está casada con el primo hermano de Isidro, Francisco López Alanís; aunque la funcionaria ha negado en entrevista mantener algún vínculo familiar con el Edil.

"Francisco López es hijo de Eduardo López del Bosque, tío de Isidro; de allí viene la conexión", comentó el panista y ex regidor Jesús Dávila Rodríguez.

Otro caso es el del actual director de Biblioparques, Humberto de la Garza Cárdenas, que es cuñado de Jaime López Alanís, también primo del Jefe de la Comuna; aseguró el militante de Acción Nacional.

Sin embargo, el que ha logrado meter a más parientes a cobrar del erario público es el tío del Alcalde, Rosendo Villarreal Dávila.

Por esta vena de familia feliz se puede contar al director de Pensiones del Municipio, Leonardo Alberto Guerrero Dávila, primo de Rosendo; a su sobrina Aurora del Bosque Berlanga, que es la subdirectora de Modernización Administrativa.

El regidor Jorge de la Peña Quintero es sobrino de la esposa de Rosendo Villarreal, María Berlanga de la Peña; y se suma Deyanira Samperio Flores, directora del Instituto Municipal de la Mujer, con quien tiene parentesco político porque es hermana de una ex nuera.

El nepotismo es considerado una práctica inadecuada por propiciar un conflicto de intereses, además que restringe el acceso en condiciones de igualdad a las funciones públicas, dificulta que las entidades puedan cumplir objetivamente con las funciones para las que fueron creadas.

Y VIOLA LA LEY

La ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos Estatales y Municipales del Estado de Coahuila en su Artículo 52 establece obligaciones para todo servidor público para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño de su cargo y su incumplimiento, "dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan, según la naturaleza de la infracción en que incurra, y sin perjuicio de sus derechos laborales".

En la fracción XVII del mencionado Artículo dice: "Abstenerse de intervenir o participar indebidamente en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese o sanción de cualquier servidor público, cuando tenga interés personal, familiar o de negocios, en el caso, o pueda derivar alguna ventaja o beneficio para él o para las personas a las que se refiere la fracción XIII".

Y las personas a las que refiera la última fracción referida son: "él, su cónyuge o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte".



(ZOCALO/ Arturo Estrada/ 25/03/2014 - 03:00 AM)










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