MÉXICO, D.F. (apro).- El Instituto Mexicano del Seguro Social
(IMSS) deberá entregar en versión pública los 73 oficios que envió a la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) de enero a mayo de este
año, con el fin de afectar las participaciones federales de entidades y
municipios, por el adeudo de cuotas obrero patronales.
En una primera respuesta a la solicitud de un particular que requirió
la información, el IMSS le indicó que estaba reservada por cinco años y
argumentó que el Instituto es un organismo fiscal autónomo y, por
tanto, una autoridad fiscal obligada a guardar el secreto fiscal de los
datos de los contribuyentes en el ejercicio de sus facultades de
comprobación.
Inconforme, el particular interpuso un recurso de revisión ante el
Ifai en el que precisó que requería los oficios que el IMSS remite a la
SHCP para retener las cuotas que los estados y municipios no pagaron. El
asunto fue turnado a la comisionada Jacqueline Peschard.
El IMSS reiteró su respuesta en la etapa de alegatos al señalar que
tiene prohibido divulgar de forma nominativa o individual la información
que los trabajadores o los patrones le proporcionen en cumplimiento de
las obligaciones fiscales.
En una audiencia Peschard tuvo acceso a los oficios reclamados por el
particular y advirtió que contienen, entre otros, los datos de
identificación del oficio, la entidad federativa y municipio a que se
refiere, las cantidades que deben estos últimos y el fundamento en que
se basa la solicitud para requerir la afectación de la participación
federal.
La comisionada ponente corroboró que existe un impedimento legal para
que el IMSS proporcione la información solicitada porque la obtuvo en
el ejercicio de sus facultades de organismo fiscal autónomo y, por
tanto, está obligado a guardar el secreto fiscal.
Sin embargo, encontró que la propia Ley del Seguro Social, en su
artículo 22, considera algunas excepciones y una de ellas es que puede
entregar la información cuando ésta no se dé a conocer de forma
nominativa o individual, es decir, que a partir de su difusión no sea
posible identificar qué patrón o persona la proporcionó.
Peschard concluyó así que el IMSS puede otorgar acceso a la
información requerida, omitiendo los datos que hagan identificable a los
deudores para no violentar el secreto fiscal.
Finalmente, la comisionada propuso al pleno del Ifai modificar la
respuesta del IMSS e instruirle a poner a disposición del recurrente la
versión pública de los oficios que emitió y dirigió a la SHCP entre
enero y mayo de 2013 para afectar las participaciones federales de
entidades o municipios por el adeudo de cuotas obrero patronales.
Además, el Ifai determinó que debido a que la identificación de las
entidades federativas y municipios que tienen deudas por cuotas obrero
patronales es información de interés público, sugirió al particular que,
de considerarlo pertinente, solicite la información a la SHCP.
La SHCP, precisó, es una vía para acceder a la información sin
vulnerar el secreto fiscal y conocer el nombre y los datos de cada
entidad federativa o municipio deudor.
/7 de noviembre de 2013)
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