miércoles, 28 de diciembre de 2011

IFE PONE FRENO A ENCUESTADORAS


Noroeste/ Universal
MÉXICO, D.F.- El Instituto Federal Electoral (IFE) estableció candados para evitar que las empresas encuestadoras distorsionen los resultados del procesos electoral de 2012 y garantizar que quienes realicen este tipo de ejercicios cuenten con la experiencia y formación necesaria para ello. 

Por ejemplo, las personas o empresas que deseen levantar conteos rápidos o encuestas de salida el día de la jornada electoral deberán dar aviso a la Secretaría Ejecutiva del IFE antes del 25 de junio de 2012, según los lineamientos en la materia aprobados por el Consejo General del instituto. 


Quienes realicen estos ejercicios portarán identificación en un lugar visible, en la que se especifique la empresa en que laboran. La Secretaría Ejecutiva del IFE emitirá una carta que acredite el tipo de medición que desarrollará cada empresa. 


La divulgación de las encuestas de salida y conteos rápidos deberá contar con la leyenda: "Los resultados oficiales de las elecciones federales son exclusivamente aquellos que dé a conocer el IFE y en su caso el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación".


"No se considera apta de acreditación de los criterios científicos a las personas físicas o morales que desarrollen labores de estrategia, posicionamiento, mercadotecnia, campaña, ventas, recaudación de fondos y otras similares", precisa el acuerdo. 


Incluso, toda encuesta que se difunda en cualquier momento del proceso electoral deberá indicar que ésta solo tiene validez para expresar las preferencias electorales en las fechas específicas del levantamiento.
Los titulares de las empresas que realicen los sondeos entregarán al IFE documentos que acrediten su formación académica, pertenencia a asociaciones en materia de opinión pública y acta constitutiva de la razón social. 


Otras condiciones
Todos los encuestadores que levanten y difundan ejercicios en cualquier momento del proceso electoral de 2012 estarán obligados a registrarse ante el IFE y aclarar al momento de difundir los resultados el método empleado para recolectar la información, es decir, si realizaron entrevistas en vivienda o telefónicas; las fechas del levantamiento de la información; el fraseo exacto utilizado para la obtención de los resultados publicados, señalando la frecuencia de los casos en que no hubo respuesta, etcétera. 


Las encuestadoras también informarán al instituto la tasa de rechazo general de la entrevista; tamaño y forma de obtención de la muestra; margen de error, entre otras cosas. 


Como lo precisa el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), la difusión de encuestas sobre preferencias electorales quedará prohibida durante los tres días previos a la elección hasta el cierre de las casillas. 


El órgano electoral procederá penalmente contra quienes violen esta disposición. 


Quienes deseen publicar resultados de sondeos de opinión, entregarán al Instituto Federal Electoral copia del estudio y/o sondeo que realicen, así como la base de datos que los sustente, dentro de los cinco días naturales siguientes a la publicación del documento.

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