El
mando supremo de la Tribu en el pueblo de Cócorit emplaza al árbitro electoral
para que deje sin efecto los nombramientos de Juan Matuz y Pedro Pablo
Valenzuela como regidores propietario y suplente del próximo ayuntamiento de
Cajeme; Pide sean sustituidos
–respectivamente- por las
ciudadanas Faustina Fuentes y Carmen Leticia Ontiveros.
Hermosillo.-
Las autoridades tradicionales de la tribu Yaqui asentadas en el pueblo de
Cócorit impugnaron la designación de la fórmula de regidores propietario y
suplente que integrarán el ayuntamiento de Cajeme en el período 2015-2018, al
considerar que el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana
(IEEyPC) no tomó en cuenta la normatividad interna de la etnia, así como usos y
costumbres que rigen para proponer a sus representantes populares.
Mediante
el acuerdo IEEPC/CG/309/15, emitido el pasado 30 de Enero del año en curso, el
Consejo General del IEE designó la fórmula de regidores étnicos para Cajeme,
extendiendo nombramientos a los ciudadanos Juan Matuz Flores, como propietario
y Pedro Pablo Valenzuela Hernández, en calidad de suplente.
El
gobernador del pueblo de Cócorit, Joaquín Valencia Romero y las autoridades
de la demarcación Yaqui de Cócorit en
pleno, emplazaron formalmente este jueves al árbitro electoral para que deje
sin efecto los nombramientos de los regidores étnicos para Cajeme.
Solicitan
que en su lugar se designe como regidor propietario a la ciudadana Faustina Fuentes
González y de suplente a Carmen Leticia Ontiveros Flores, que habrán de
integrarse al cuerpo edilicio de ayuntamiento de Cajeme a partir del próximo 16
de septiembre.
En
el texto de impugnación al que Dossier tuvo acceso, las autoridades tradicionales
Yaquis argumentan que el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana omitió realizar un eventual proceso de insaculación
para designar regidores étnicos, en virtud que se propuso más de una fórmula de
ediles étnicos.
Consideran
que el procedimiento de nominación de regidor étnico para Cajeme por parte del IEE no fue sancionado y
aprobado por la máxima autoridad tradicional Yaqui, de ahí que el acuerdo del
pleno del órgano electoral donde extiende los nombramientos contraviene el
artículo 173 de la Ley de Instrucciones y Procedimientos Electorales para el
Estado de Sonora, que en su fracción III establece:
“En caso de presentarse más de una propuesta
por existir más de una autoridad registrada o reconocida y con facultades para
efectuar la propuesta en un mismo municipio, el Consejo General citará a cada
una de las autoridades étnicas para que, 30 días antes de la instalación del
Ayuntamiento entrante, realice en su presencia la insaculación de quién será el
regidor étnico propietario y suplente correspondiente. Una vez realizada la
insaculación, las autoridades étnicas firmarán, en el mismo acto, el acuerdo de
conformidad respectivo”.
Las
autoridades encabezadas por el gobernador tradicional de Cócorit aseguran que
en ningún momento el Consejo General del IEEyPC los emplazó para presenciar un
eventual proceso de insaculación en la designación de regidor étnico
propietario y suplente de Cajeme, tal y como mandata la legislación en la
materia.
Además,
aseguran que en ningún momento la autoridad tradicional Yaqui formal conoció y
firmó de conformidad el acuerdo donde el pleno del Consejo General del árbitro
electoral designaba a los regidores, de
ahí que los nombramientos de Juan Matuz y Pedro Pablo Valenzuela carecen de validez
legal ante el próximo ayuntamiento de Cajeme y de representación formal al
interior de la etnia.
Los
impugnantes de la formula étnica de regidores cajemenses aseguran que el órgano
garante electoral no tomo en cuenta la propuesta que desde el mes de mayo del
año en curso le hizo llegar la autoridad
Yaqui de Cócorit para que las ciudadanas Faustina Fuentes y Carmen Ontiveros,
se convirtieran en las regidoras propietaria y suplente, respectivamente, en
cabal cumplimiento a la norma electoral y a las tradiciones de la etnia.
El
pleno de la máxima autoridad tradicional del pueblo Yaqui de Cócorit fundamenta
su demanda de impugnación ante el IEEyPC en los preceptos de la Carta Magna
relativos a Derechos y Cultura Indígena, así como en la garantía de petición
consagrada en el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo,
particularmente relativa al derecho de consulta que todos los pueblos indígenas
y tribales poseen sobre medidas gubernamentales y las implementadas por
autoridades civiles.
Asimismo,
consideran que la propuesta para la designación de regidores étnicos por parte
de la autoridad electoral es un acto y decisión que concierne únicamente a la
Tribu Yaqui, en estricto apego a su normatividad interna, y a sus usos y
costumbres que como derecho les confiere la Ley y los tratados internacionales
para elegir a sus representantes populares.
Los
mandos supremos tradicionales de los
Yaquis en Cócorit, encabezados por el
gobernador Joaquín Valencia Romero, Pueblo Mayor, Arturo Franco Ibarra;
Capitán, Eduviges Valenzuela Valencia; Comandante, Urbano Jusacamea González y
Secretario, Juan Ignacio Flores Cota, demandan al IEEyPC hacer respetar la
propuesta formal para el nombramiento de regidores propietario y suplente para
el periodo 2015-2018 del ayuntamiento de Cajeme.
Esto
es, tal y como lo propusieron en tiempo y forma en su calidad de Autoridades
Tradicionales registradas ante la CEDIS de
Municipio de Cajeme y por considerarlo en apego a lo establecido en la
Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora.
(DOSSIER
POLITICO/ Fernando Gutiérrez R. / 2015-09-04)
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