domingo, 4 de diciembre de 2011

COORDINADORA NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACION (CNTE) DIRECCION NACIONAL

COMUNICADO URGENTE 2

DE DÓNDE VIENE Y QUÉ ESCONDE LA “CEDULA DE REGISTRO PARA EL CENSO DE DOCENTES DE EDUCACIÓN PRIMARIA” 

El pasado 24 y 25 de noviembre en todo el país, inicio la entrega de la “Cédula de Registro para el Censo de Docentes de Educación Primaria” emitida por la SEP. 

Este formato pretende captar la información respondida por todos los profesores del nivel Primaria a los cuales se les pregunta sobre 12 puntos a requisar, como lo son: 

1) Nombre completo, 2) Clave Única de Registro de Población (CURP), 3) Entidad de Nacimiento, 4) Clave del CT de la supervisión Escolar, 5) Clave de CT de la Jefatura de Sector, 6) Fecha de Nacimiento, 7) Grado máximo de estudios, 8) Sexo (Género del docente), 9) Función, 10) Años servicio docente, 11) Grado en que imparte clases y 12) Grupo escolar en el que imparte clases. 

Lo cierto es que toda esa información la maneja la Secretaria de Educación Pública a nivel federal y estatal; es más, incluso mucha de esa información la tienen en sus bases de datos las empresas que ven al magisterio nacional como un apetitoso botín de clientes cautivos, tal y como lo operan en el país las empresas agiotistas de “crédito”. 

En entonces la pregunta es: ¿Debemos o no aceptar, firmar de recibido y más aún, llenarlo y devolver esa cedula? Para dar una respuesta pertinente sobre este caso, hay que recordar que:

1. El “Acuerdo para la Evaluación Universal de Docentes y Directivos en Servicio de Educación Básica”, forma parte de la “Alianza por la Calidad de la Educación” (ACE) y es parte del eje V “Evaluar para Mejorar” de la ACE, siendo utilizado como un instrumento que pretende ejercer un mecanismo de certificación ajeno a los elementos que conforman la legislación aplicable en materia laboral de los trabajadores de la educación y que está impulsado bajo una supuesta preocupación de crear estándares de desempeño mecanismos de evaluación a los actores del proceso educativo. En todo caso, los mecanismos de certificación, están en la propuesta de reforma a la ley laboral mexicana, pero actualmente, esta reforma no ha sufrido ningún cambio.

 2. El 15 de mayo de 2008 cuando fue firmado por los representantes del SEP y la C. Elba Esther Gordillo Morales, esta última, no representaba a nadie dado que su periodo en la Presidencia del SNTE, comprendía del diecisiete de marzo del 2004 al dieciséis de marzo del 2008, y en el periodo intermedio a la firma de la ACE, no hubo ningún evento legal y estatutario que la ratificara y le otorgara potestad para la firma de nada. 

3. No hay en el REGLAMENTO DE LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, ningún elemento que refiera mi obligación a recibir ningún papel de información que la propia secretaria ya maneja y tiene de perfecto conocimiento, por tanto, no hay mandato de ninguna norma que se haya firmado de manera bilateral que me obligue a recibir y entregar información como la solicita la Cédula. 

 4. Es el primer Acto de autoridad directo, con el que se pretende convalidar la Evaluación Universal, y para efectos del combate legal, aceptarlo, pone en debilidad cualquier defensa legal en contra de este acto de autoridad. 

 5. Al igual que en los amparos de la ley del ISSSTE, cuando mandó la SEP y el ISSSTE su formato para elegir entre el Bono de Pensión y el Artículo 10° transitorio, la SEP pretende sorprender a los trabajadores de la educación con la artimaña de esta cedula de registro para la operación de la Evaluación Universal durante la tercer semana de junio de 2012, por lo anterior, es pertinente no dejarse sorprender y saber que desde 2009, la CNTE promovió una demanda en contra de la “Alianza por la Calidad de la Educación” PIDIENDO SU NULIDAD.

 Aceptar el formato, firmar de recibido y además, llenarlo y devolverlo, hace de conocimiento acerca de que sabemos del proceso de evaluación a universal y que estamos aceptando sus procedimientos, limitando la posibilidad de demanda presente o futura de los perjuicios personales en el ámbito laboral que se desprendan de esta acción. 

 Por eso es pertinente no aceptar el documento y cerrar filas llamando a fortalecer la movilización y la aclaración al respecto del papel que juega esta cedula.  

La demanda de FONDO, fue promovida en mayo 14 de 2009 por la CNTE, esta demanda definirá el destino de la ACE. 

Los tiempos políticos se le acaban a los actores de la ACE y a todo su grupo de aliados internos y externos, por eso, es que hay que fortalecer todos los esfuerzos y acciones que convoca la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación para lograr tirar la política de agresión al magisterio nacional y de modificar toda la estructura educativa nacional. 

 Por eso, hay que sumarnos a los instrumentos jurídicos que la CNTE estará aprobando en su próxima reunión de la Asamblea Nacional Representativa el 5 de diciembre, de la CNTE. 

 En defensa de la Educación Pública y el Empleo 

¡A RECHAZAR LA CÉDULA CENSAL DE REGISTRO DE LA EVALUACIÓN UNIVERSAL! 

¡ANTE LA PRIVATIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN, A ORGANIZAR LA INSURGENCIA MAGISTERIAL Y POPULAR! 

¡TODOS Y TODAS A FORTALECER EL PLAN ESTRATÉGICO NACIONAL DE LA CNTE! 

¡A CONSTRUIR LA SEGUNDA FASE DE LA MOVILIZACIÓN NACIONAL EN DEFENSA DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL EMPLEO! 

¡ALTO A LAS REFORMAS ESTRUCTURALES! ¡UNIDOS Y ORGANIZADOS, VENCEREMOS! 

COORDINADORA NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN 

 DIRECCIÓN POLÍTICA NACIONAL 
EQUIPO DE ASESORES JURÍDICOS DE LA CNTE

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