El juez federal que concedió la medida
de confinamiento al legendario traficante de drogas, solicitó nuevas pruebas a
la defensa para asegurarse de que el domicilio que albergará a Ernesto Fonseca
Carrillo no facilitará su evasión de la justicia. El sentenciado estima que se
violan sus derechos al prolongar su encarcelamiento en forma “injustificada”.
La defensa del capo reclama que se hable de dispositivos policiales o militares
para vigilar a su cliente, cuando la Ley señala que quedará a disposición de
autoridades de reinserción social
Le dijeron que sí, pero no le
dijeron cuándo. El narcotraficante Ernesto Rafael Fonseca Carrillo sigue
observando el sombrío paso de los días, de los meses y los años desde un penal
de máxima seguridad en Jalisco. En abril pasado le concedieron la medida de
confinamiento, en sustitución de la pena de prisión, pero el capo sigue en la
cárcel.
El tiempo transcurre y “Don
Neto” Fonseca desespera. A través de sus defensores señaló un domicilio para
continuar con la compurgación de las sentencias condenatorias que le fueron
impuestas, además, se desahogaron pruebas para acreditar que el lugar propuesto
cumple con los requerimientos que señala la Ley.
Sin embargo, al juez de la
causa -que conoce del beneficio concedido al sinaloense en cumplimiento a lo
ordenado en un amparo directo- no le resultan suficientes las conclusiones
vertidas en el dictamen pericial en materia de seguridad del inmueble ofrecido
por el sentenciado y le solicita amplíe su medio de prueba u ofrezca uno nuevo.
El juzgador solicita entre
otras cosas que “se determine sí el inmueble cuenta con vías visibles u ocultas
(pasadizos, túneles) de comunicación con predios o fincas diferentes a la
propuesta”.
También la autoridad judicial
desea conocer “sí dicho inmueble se encuentra enclavado en un sitio cuyas
cercanías no se localicen espacios amplios (campos deportivos de futbol, campos
de golf) que permitan el aterrizaje de aeronaves, así como si el inmueble de
mérito cuenta con instrumentos para verificar que no ingresen personas con
objetos ilegales”.
El juez justifica su actuar y
su exigencia en la necesidad de que la finca destinada a albergar a Fonseca
Carrillo cuente con medidas especiales, “a efecto de salvaguardar la vida y
seguridad tanto del confinado como de las personas que se encargarán de vigilar
el confinamiento”.
NO QUIERE VIGILANCIA
El auto dictado en el
expediente del caso no cayó nada bien a “Don Neto” y sus abogados. Más aún que
todavía falta el peritaje oficial, para cuyo desahogo, el agente del Ministerio
Público de la Federación ya designó a un inspector, quien deberá aceptar y
protestar el cargo conferido y emitirá su dictamen sobre los puntos señalados
para verificar si el domicilio propuesto cumple con las exigencias.
Ernesto Rafael intentó
infructuosamente que el juez revocara su propia decisión, pero el recurso fue
desechado, haciendo más larga la espera de un hombre que tiene más de 85 años
de edad y condenas de 40 años de prisión, de los cuales lleva 30 años
compurgados en los reclusorios Norte del Distrito Federal, CEFERESOs 1, 7 y 2
en el Estado de México, Durango y Jalisco.
Víctima de sus circunstancias
y de la tramitación legal que el caso amerita, Fonseca -tío, compadre y ex
socio del también traficante Rafael Caro Quintero- decidió interponer una
demanda de amparo en contra del manejo que se le ha dado al beneficio de una
medida cautelar que aún no ha visto materializada.
En el Juzgado Sexto de
Distrito de Amparo en Materia Penal del Estado de Jalisco, se dio inicio al
juicio de derechos fundamentales invocado por “Don Neto”, quien señala como
autoridad responsable de la prolongación de su encierro al Juez Cuarto de
Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Jalisco.
Otras autoridades
relacionadas con presuntos actos violatorios de los derechos del reo,
mencionadas por éste, son la directora general de Ejecución de Sentencias, la
directora del Centro Federal de Readaptación Social Número 2 Occidente y Juez
Primero de Distrito en Ejecución de Penas con residencia en el Distrito
Federal.
En sus lamentos, el
octogenario desea que el procedimiento de ejecución de sentencia en la
modalidad de confinamiento se lleve a cabo pronto “porque ya no puede seguir
sobreviviendo en una cárcel de alta seguridad, sino que debería estar en el
domicilio con sus familiares, en virtud de que tiene 85 años de edad, así como
un precario estado de salud”, señala en sus agravios la defensa.
Los litigantes destacan que
el carácter de la medida cautelar de confinamiento prevé que ésta consistirá en
ejercer sobre el sentenciado “observación y orientación de su conducta por
personal especializado dependiente de la autoridad ejecutora, con vistas a la
readaptación social del reo, como lo requiere el Artículo 18 constitucional y a
la protección de la comunidad”.
En cambio, señalan que el
juez del proceso “incorrectamente pidió opinión para dictar sus acuerdos a la
autoridad administrativa, que desde luego no tiene facultades ni atribuciones
conforme a la Ley penal para activar un dispositivo policiaco o militar, porque
resulta claro que el Artículo 50 Bis, del Código Penal Federal, tajantemente se
lo impide”.
La defensa transcribe la
exposición de motivos del legislador, que en este tópico, deja de hablar de
vigilancia de la Policía y se alude, en cambio, al órgano encargado de la
ejecución de penas y medidas de seguridad.
Mientras Fonseca espera ser
favorecido con la protección de la justicia federal para dejar su estancia en
la rígida prisión de máxima seguridad de Puente Grande, el reo ya tramita un
nuevo juicio de garantías en el mismo Juzgado Sexto de Amparo en Materia Penal
de Jalisco para que el juez de la causa declare el inicio del procedimiento de
ejecución de penas.
PENURIAS DE MIGUEL FÉLIX
El también veterano
narcotraficante del extinto Cártel de Guadalajara, Miguel Ángel Félix Gallardo,
ha sufrido dos reveses legales en menos de un mes. Ambos fallos, en juicios de
amparo, están relacionados con su traslado desde el penal de Almoloya de Juárez
el 31 de enero de 2015, al CEFERESO 2
Occidente.
Por una parte, un Tribunal
Unitario Negó el amparo a “El Padrino” para que sea cambiado del penal federal
a uno de los penales estatales de Puente Grande, y sea al Reclusorio Preventivo
o al Reclusorio Metropolitano. Las autoridades de Jalisco se negaron a
recibirle en todo momento.
La Fiscalía de Reinserción
Social (FIRES) y el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y
Readaptación Social (OADPRS), argumentaron que el centro preventivo cuenta con
sobrecupo y además el reo es de alto perfil criminológico, mientras que el
flamante reclusorio metropolitano se encuentra inconcluso en su construcción.
Otro factor adverso a los
intereses del interno es que ninguno de los establecimientos carcelarios mencionados
cuenta con las condiciones necesarias para brindarle la atención médica que
requiere, dados sus múltiples padecimientos crónicos y degenerativos.
En la otra resolución, un
Tribunal Colegiado en Materia Penal de la misma entidad confirmó la negativa a
amparar al capo en contra de la revocación del traslado de la prisión del
Estado de México a Jalisco, lo que podría implicar su retorno al frío centro
carcelario del Altiplano.
En noviembre de 2014, cuando
se autorizó el cambio de penal de Miguel Félix, éste expresó en audiencia “Yo
le suplico a la juez que se me traslade al Reclusorio Preventivo de la Zona
Metropolitana de Guadalajara, en donde se encuentra mi proceso. Mi cuello no
sube sangre al cerebro, aquí no puedo ni siquiera meter un papel para
defenderme, tengo riesgo de infarto y la altura de aquí me perjudica, mi
proceso está en el Juzgado, solicito mi trasladado para poder enfrentar el
proceso con la imparcialidad que es debida”.
El precario estado de salud y
la atención a la causa criminal pendiente en Jalisco motivaron su traslado; sin
embargo, el Ministerio Público de la Federación apeló a este auto y un Tribunal
Unitario revocó la autorización del cambio de centro penitenciario.
El hombre de 69 años de edad
purga una sentencia de 40 años de prisión dictada en el Juzgado Décimo de
Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal por su
responsabilidad en la comisión de los delitos de acopio de armas, cohecho y
contra la salud. Además de otras condenas, aún está pendiente de dictarse
sentencia definitiva en contra de Félix Gallardo por el secuestro y muerte del
agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar, y del piloto mexicano Alfredo
Zavala Avelar, en 1985.
(SEMANARIO ZETA/ REPORTAJEZ/
Investigaciones ZETA / Fotos. Cortesía/
23 de Noviembre del 2015 a las 12:00:20)
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