México.-
La Procuraduría General de la República (PGR) deberá buscar y entregar
información estadística sobre investigaciones iniciadas por el delito de
desaparición forzada, de 1960 a febrero de 2015.
Así
lo instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales (INAI), luego de que un particular solicitó el
número de hechos investigados por la procuraduría.
También
el número de averiguaciones previas que a la fecha se encuentran en
integración, en cuántos casos se determinó el ejercicio de la acción penal y en
cuántos no, cifra total de ofendidos y/o víctimas de cada hecho referido; sexo
de los ofendidos y/o víctimas.
Asimismo
aquellas averiguaciones en las que se ejercitó acción penal, contra cuántas
personas, por qué delitos y el estado de los procesos; de las que se determinó
el no ejercicio de la acción penal, en cuántos actos se desestimó por razones
de prescripción de los delitos;
Además
a cuáles dependencias de gobierno federal, estatal o municipal se adscribía
cada funcionario público investigado, y el estado de la República en donde
sucedieron los hechos investigados en cada averiguación previa abierta.
En
respuesta la PGR proporcionó un cuadro con información estadística del fuero
federal, relacionada con el delito de desaparición forzada, de 1960 a 2015; sin
embargo, dicho cuadro cataloga como “Información no disponible” aquella
correspondiente al periodo comprendido de 1960 a 2000.
Señaló
también que en sus bases de datos no existen variables que permitan conocer las
razones de prescripción de los delitos, las personas ofendidas y/o víctimas, su
sexo, las dependencias de gobierno a las que estaban adscritos los funcionarios
investigados, ni el estado procesal de las investigaciones.
Por
ese motivo y debido a que el inconforme consideró que la Procuraduría General
de la República solo atendió parcialmente su requerimiento, presentó un recurso
de revisión ante el INAI que fue turnado a la ponencia del comisionado
Francisco Javier Acuña Llamas.
En
alegatos, la PGR aseveró que puso a disposición la totalidad de la información
estadística con la que cuenta y agregó que, en su caso, los documentos fuente
serían las propias averiguaciones previas en cuestión que tienen el carácter de
reservadas.
Por
otra parte se declaró incompetente para conocer los procedimientos penales
federales y las sentencias emitidas, con el argumento de que la instancia
competente es el Poder Judicial de la Federación.
Posteriormente
la procuraduría envió un alcance al recurrente que le informaba de un
micrositio en su portal de Internet, en el cual podría obtener mayor
información a la proporcionada inicialmente.
No
obstante, éste corresponde a la base de datos del Registro Nacional de Datos de
Personas Extraviadas o Desaparecidas, aunado a que únicamente refiere a las
averiguaciones previas iniciadas por esa dependencia a partir de enero de 2014.
Al
analizar el caso, el Instituto Nacional de Transparencia advirtió que la PGR no
cumplió el procedimiento de búsqueda establecido en la ley, ya que cuenta con
los sistemas Informático de Procuración de Justicia Federal, de Registro de
Detenidos y el Institucional de Información Estadística.
Aunado
a ello se observó que, en respuesta a solicitudes de información presentadas
con anterioridad, la Procuraduría General de la República ha entregado
información con un nivel de desglose mayor al que obra en sus bases de datos.
En
ese sentido se concluyó que la dependencia omitió garantizar el pleno ejercicio
del derecho de acceso a la información del particular, toda vez que cuenta y
está en posibilidad de entregar datos adicionales como sexo de las víctimas,
órdenes de aprehensión, estado procesal y tipo de sentencias, entre otros.
Por
tanto, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos Personales modificó la respuesta de la PGR y
le instruyó una búsqueda en todas sus unidades administrativas competentes y en
los sistemas de datos con los que cuente, a fin de que entregue al particular
la información de su interés.
(ZOCALO
/ NOTIMEX/ 30/08/2015 - 10:03 AM)
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