jueves, 27 de octubre de 2011

LA APLICACION NEGLIGENTE DE ANESTESIA, TIENE RESPONSABILIDAD CIVIL: SCJN

 La primera sala resolvió una contradicción de tesis entre tribunales colegiados de circuito que emitieron sentencias opuestas.

 Jesús Aranda
 México, DF. Los daños ocasionados por la aplicación negligente de anestesia generan responsabilidad civil, incluso si el paciente dio su consentimiento para su aplicación. Así lo determinó la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver la contradicción de tesis (93/2011) entre tribunales colegiados de circuito que emitieron sentencias opuestas al revisar si el tipo de responsabilidad que generan los daños ocasionados por el uso de la anestesia es de índole contractual o extracontractual.

Y es que los artículos 2070 del Código Civil del Estado de Tabasco y el 1913 del Código Civil están redactados de manera similar y las resoluciones de los tribunales sobre éstos fueron diferentes.

Los ministros dictaminaron que la aplicación negligente de anestesia constituye un caso de "responsabilidad extracontractual subjetiva", aun cuando el paciente haya otorgado su consentimiento para la administración de dicha sustancia.

Agregaron que con la finalidad de otorgar una mayor protección a los pacientes que han sufrido un daño asociado a la utilización médica de la anestesia, en este tipo de casos debe considerarse que existe una presunción de que la aplicación de la anestesia se hizo de forma negligente.

De manera que "el médico tiene la posibilidad de desvirtuar esa presunción acreditando que su actuación estuvo apegada a los estándares de diligencia exigidos por su profesión", estableció la Corte al fijar este criterio jurisprudencial, que es de observancia obligatoria para los tribunales del país.

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