El
pasado 4 de mayo pasado, el Presidente Enrique Peña Nieto promulgó la nueva Ley
General de Transparencia, y lo celebró por todo lo alto como uno de los grandes
logros en los primeros tres años de su administración.
“Se
trata de un avance institucional y muy significativo, toda vez que la
transparencia y la rendición de cuentas son indispensables para generar
confianza y seguir perfeccionando nuestra democracia. Los mexicanos tienen
derecho a conocer cómo y en qué se invierten los recursos públicos, tienen
derecho a saber qué hacen sus autoridades y cuáles son sus resultados”, dijo
entonces el Jefe del Ejecutivo federal, quien ha estado envuelto en escándalos
ligados a conflicto de interés, lo mismo que su esposa y algunos de sus
colaboradores más cercanos.
Sin
embargo, especialistas en rendición de cuentas y combate a la corrupción
consideran que aunque esa Ley es un avance, su aplicación en los hechos es un
fracaso. El Gobierno federal, dicen, esconde información vital para combatir el
desvío de recursos públicos, el fraude, el cohecho y el conflicto de interés,
entre otros, que se han convertido en uno de los problemas más serios en la
actual administración.
El
gobierno, afirman, aplica una política de “dos caras”: por un lado, en el
discurso, se dice dispuesto a fomentar la transparencia y atacar la corrupción;
por el otro lado, se blinda contra investigaciones y no cede ni un ápice para
mantener la opacidad de las cuentas y acciones sospechosas, desde las del
Presidente y secretarios de Estado, hasta las de funcionarios de menor rango.
El
Presidente Enrique Peña Nieto promueve el combate a la corrupción, pero él
mismo, señalado en escándalos de conflictos de interés, no ha actuado con
coherencia, dicen analistas. Foto: Cuartoscuro
Ciudad
de México, 18 de septiembre (SinEmbargo).– Al fungir como “testigo de honor” en
la instalación del Consejo del Sistema Nacional de Transparencia –que tiene la
obligación de ampliar las obligaciones de todas la entidades que reciban
recursos públicos–, el Presidente Enrique Peña Nieto dijo que dejaría de lado
el discurso oficial para elaborar en palabras “francas y abiertas” una
reflexión sobre el compromiso de su administración con la apertura de
información gubernamental. “Realmente –dijo–, de forma inédita, estamos
haciendo un esfuerzo mayor, el Estado mexicano y la sociedad, por realmente
establecer este nuevo modelo de apertura y de combate eficaz a la corrupción”.
Fue
el 23 de junio pasado, en un salón de eventos del edificio World Trade Center,
en el sur de esta ciudad, donde el Ejecutivo también aseguró que la apertura de
la administración pública federal “es en serio, es a fondo y es integral”.
Incluso, dijo para uso de los encabezados periodísticos, en México lo que se
está haciendo en materia de combate a la corrupción “es domar auténticamente la
condición humana”.
Un
día después, sin embargo, los comisionados del Instituto Nacional de Acceso a
la Información y Protección de Datos Personales (Inai) discutían la negativa de
la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para transparentar el expediente
iniciado en la Procuraduría General de Justicia Militar por la matanza de 22
personas en el municipio mexiquense de Tlatlaya, crímenes que la Sedena reportó
en un boletín como producto de un enfrentamiento y que, revelaron
investigaciones periodísticas, existen indicios de que fueron asesinatos
extrajudiciales.
De
acuerdo con el artículo 14 de la actual Ley Federal de Transparencia, las
violaciones graves a los derechos humanos son motivo de excepción de reserva
aun cuando se trate de averiguaciones previas. Aun así, la resolución del pleno
del Inai, si bien redujo de 12 a dos años el periodo en el que esta información
debería ser considerada “reservada”, confirmó la negativa militar para abrir la
investigación castrense y, de acuerdo con la exposición del comisionado
Francisco Javier Acuña, también justificó el argumento del Gobierno federal: la
causa penal en poder del Ejército indaga la “desobediencia e infracción de
deberes militares, cuyo bien jurídico tutelado es la disciplina militar y no y
no nunca el estimar que haya violaciones a Derechos Humanos”.
Dos
semanas después, el 8 de julio, el Inai tomó otra decisión polémica al
respaldar a la Comisión Nacional del Agua en su decisión de clasificar como
información reservada las bitácoras de su flota aérea, solicitada a partir de
que se evidenciara que su ex titular, David Korenfeld Federman, utilizó un
helicóptero oficial con fines personales el 29 de marzo pasado.
Este
caso de uso de bienes públicos con fines personales –argumentó una urgencia
médica–, fue captado por un vecino del ex funcionario mexiquense y difundido en
redes sociales, motivando la salida de Korenfeld de la administración pública.
Ante el INAI, además, el hecho generó al menos 28 solicitudes de información
dirigidas tanto a la Conagua como a la Secretarías de Hacienda y Crédito
Público, Función Pública y Comunicaciones y Transportes. Los solicitantes, se
observa en el Buscador de Solicitudes de Información, pidieron desde las
bitácoras del 29 de marzo de toda la flota aérea de la dependencia, el
contenido íntegro de la audiencia que, según un comunicado oficial, Korenfeld
tuvo en la Secretaría de la Función Pública (SFP) por motivo del inicio del
procedimiento administrativo que se le inició y, también, copias o evidencias
del supuesto pago que el ex funcionario hizo para cubrir el costo por el uso de
la nave y que él mismo anunció en su cuenta de la red social Twitter.
Pero
el Gobierno federal negó la información de las 28 solicitudes. De acuerdo con
una revisión a las respuestas, en 15 casos, la administración pública federal
declaró la información como “reservada”, en otros seis la declaró “inexistente”
y, en otros siete dijo estar “entregando la información” cuando, en realidad,
entregó oficios reportando no tener los datos solicitados.
“Las
dependencias y entidades no están obligadas a generar documentos ad hoc para
responder una solicitud de acceso a la información”, respondió la SFP a un
particular que solicitó “copia del documento donde conste el pago de la multa
de 638 mil 653 pesos” impuesta al ex titular de la Conagua.
“La
Tesorería de la Federación no dispone de la información que se requiere en la
solicitud de mérito porque no es de su competencia conforme al marco jurídico
que regula su actuación. Dicha información pudiera encontrase en declaraciones
fiscales remitidas al Servicio de Administración Tributaria (SAT)”, respondió
por su parte la SHCP cuando, también, se le solicitaron “copias electrónicas de
los pagos hechos por David Korenfeld”.
“La
información solicitada se encuentra clasificada como reservada, en virtud de no
satisfacer los supuestos de excepción previstos en el artículo 69 del Código
Fiscal de la Federación, referente al secreto fiscal”, respondió a su vez el
SAT cuando se le requirió, también, copia del recibo generado por el presunto
pago de Korenfeld Federman.
También
la Conagua respondió con una “negativa por ser reservada o confidencial” cuando
un solicitante preguntó “¿cuántas aeronaves tiene Conagua para su uso, de qué
tipo son y la matrícula de cada una de ellas?” y también “copia de la bitácora
del 29 de marzo de todas las aeronaves de la dependencia”, entre otros
cuestionamientos, todos negados.
“Hay
dos caras”, comenta a SinEmbargo Ana Cristina Ruelas, oficial del Programa de
Derecho a la Información de Artículo 19. “Está por un lado la Ley General de
Transparencia –publicada el 4 de mayo– que es una Ley con muchos atributos, de
vanguardia, o la mejor del mundo se podría decir; pero, por otro lado, vemos
que esta política no baja, y creo que esto quedó claro en las resoluciones del
Inai en los casos de Tlatlaya o en el caso de Korenfeld”, agrega.
Usuaria
frecuente del sistema de solicitudes de información pública, Ruelas comenta
haber observado una tendencia hacia la reserva en las respuestas de las
instancias de seguridad y, en ese contexto, menciona como ejemplo el amparo que
tuvo que interponer luego de que la Procuraduría General de la República (PGR)
se negó a proporcionarle la estadística de averiguaciones previas iniciadas por
delitos con violaciones graves a los derechos humanos, como las inhumaciones de
cientos de personas en diferentes fosas clandestinas encontradas en la
república desde 1960.
“La
PGR dice que no puede entregar estadísticas porque están ligadas a
averiguaciones previas, y éstas son reservadas, y el Inai retoma este
argumento”, dice Ruelas, que explica que desde 2009 existe un criterio que
establece que ninguna estadística puede ser clasificada como información
reservada.
“Y
esto es grave, porque la Ley por la que se debe regir es la de transparencia,
elaborar un análisis del caso, presentar un prueba de daño, que motive por qué
la información que están negando puede generar un riesgo real, identificable e
inminente, y porque ese riesgo es mayor que el beneficio para la sociedad de
conocer la información”, agrega.
Otra
solicitud de información que le fue negada fue la relacionada a la salud del
Presidente Enrique Peña Nieto, clasificada por la Presidencia de la República
como información confidencial. Luego de interponer también un amparo contra
esta respuesta, Ruelas narró la experiencia en un artículo publicado el pasado
31 de agosto en Horizontal.mx con el título “¿Es la salud de Enrique Peña Nieto
un tema de interés público?”, en el que plantea que el cargo público que
ostenta el mandatario debería de ser un motivo de excepción a la privacidad que
protege datos como un expediente clínico.
“En
Venezuela el Presidente Hugo Chávez murió tras las elecciones antes de tomar
protesta, sin que la ciudadanía tuviera conocimiento del avance de su
enfermedad; en Colombia, el Presidente Juan Manuel Santos presentó un cuadro de
cáncer y posteriormente divulgó parte de su expediente médico con la intención
de generar certidumbre sobre su capacidad de gobernar; en Argentina, Cristina
Fernández de Kirchner fue intervenida por un hematoma subdural y el tratamiento
de la información fue cuestionado por la sociedad; y en Chile, Pablo Longueira,
candidato oficialista a la presidencia, renunció a su candidatura por una
depresión”, escribió.
Para
sostener sus negativa, agrega el relato de Ruelas, la Presidencia de la
República recurrió a diferentes medidas, como la elaboración de un escrito de
más de cien hojas “firmadas por la Consejería Jurídica que describían en un
centenar de sinónimos lo que es absolutamente privado”.
El
mensaje quedó claro, agregó Ruelas en su artículo: “La figura del Presidente es
incuestionable (…) Sí, todos tenemos derecho a que nuestros datos estén
protegidos, pero la salud del Presidente es asunto de todos”.
MOTIVOS DE PREOCUPACIÓN
Como
Ruelas, Susana L. García, consultora en materia de transparencia y rendición de
cuentas del Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE), considera que
en este ámbito hay una desconexión entre los avances que se inscriben en papel,
como la nueva Ley General de Transparencia, y las decisiones cada vez más
frecuentes de reservar y ocultar de información, sobre todo en materia de
seguridad.
La
nueva Ley General de Transparencia amplía la cantidad de sujetos obligados a
todas aquellas entidades que reciban recursos públicos o realicen actos de
autoridad, como integrantes del Poder Legislativo, sindicatos, partidos
políticos e incluso personas físicas o morales.
Otro
cambio es la adición de un párrafo que impide invocar causal de reserva en la
información cuando se trate de datos relacionados “con actos de corrupción”,
además de sostener la ya existente excepción de clasificación para violaciones
graves a los derechos humanos y delitos de lesa humanidad.
“Con
la Ley se avanza; es un gran logro, pero todos sabemos que durante la
administración de Vicente Fox y de Felipe Calderón teníamos mas información en
relación con la seguridad pública; creo que en muchos sentidos hemos
retrocedido, porque la Ley avanza, pero no a la hora de implementarla”, dice García,
también integrante de la presidencia pasada.
Como
a varios observadores del tema de la transparencia en México, para García fue
motivo de preocupación sobre todo el respaldo que el Inai dio al argumento con
el que la Sedena reservó su expediente sobre los asesinatos de civiles en
Tlatlaya. Esto, dice, porque desde 2014 la autonomía del Inai fue elevada a
rango Constitucional e incluida en el Artículo 6 de la Carta Magna. Avalar
entonces el argumento de la Sedena, dice García, “es un retroceso” sin fundamento.
“La
decisión está definitivamente mal. Todos los asuntos relacionados con
violaciones graves a los derechos humanos son una excepción a la reserva de
información, se vuelven públicos”, insistió.
“Es
un problema de adecuación entre la teoría y la practica. En la teoría estamos
bien, como con el resto de las reformas, que hablan de avances, pero a la hora
de ver los resultados y la aplicación en la realidad nos encontramos con que
hay una incoherencia”, agregó.
La
decisión le costó diversas críticas al Inai. En un artículo de opinión titulado
“Marcha atrás en transparencia”, la dos veces comisionada y ex presidenta de
esta institución, Jaqueline Peschard, advirtió la misma divergencia entre el
discurso de “combate frontal a la corrupción” y la evidencia que se observó,
con diferencia de horas, de que la administración pública federal no está
dispuesta a transparentar ni aun la información a la que la obliga el marco
legal vigente.
“Si
la transparencia avanzara a golpe de ceremonias oficiales y discursos
presidenciales, iríamos por buen camino, pero suele haber una distancia entre
los dichos y la práctica institucional, y algo así ocurrió la semana pasada en
materia de transparencia”, escribió Peschard en un artículo del 29 de junio.
“Mientras que el Instituto Nacional de Transparencia y el Gobierno federal
festejaban la instalación del Consejo del Sistema Nacional de Transparencia, el
pleno del INAI daba marcha atrás en la apertura de información sobre el caso
Tlatlaya, que ya fue reclasificado por la CNDH por violación grave de derechos
humanos”, agregó el artículo publicado en El Universal.
La
posterior decisión del Inai sobre el caso de Korenfeld –finalmente modificada
el pasado 3 de setiembre, cuando resolvió obligar a Conagua a abrir sus
bitácoras– motivó un posicionamiento firmado por diferentes organizaciones en
defensa de la transparencia y difundido el pasado 14 de julio.
“Vale
la pena recordarle al Inai que los principios y bases de la Ley General de
Transparencia son aplicables –de acuerdo al Primer Artículo Transitorio– desde
su entrada en vigor. Así, la nueva Ley considera como principio rector que
ninguna información relacionada con violaciones graves a derechos humanos,
delitos de lesa humanidad o actos de corrupción puede estar sujeta a reserva”,
dijeron en el comunicado 17 organizaciones como Fundar, Artículo 19, Instituto
Mexicano para la Competitividad y varias más.
“La
Ley General de Transparencia no logrará sus objetivos sin la autonomía del
pleno. Los firmantes externamos nuestra legítima preocupación por la
prevalencia de la plena autonomía e independencia de decisiones del Inai, para
efectos de alcanzar los objetivos planteados en la Constitución, en la
fortalecida Ley General de Transparencia y para la efectividad del Sistema Nacional
de Transparencia”, agregó el texto.
Otro
motivo de preocupación, explica Ruelas, es la posición que el Gobierno federal
ha adoptado en la discusión de la legislación secundaria a la Ley General de
Transparencia, sobre lo cual recordó la posición expresada por el consejero
jurídico de la Presidencia, Humberto Castillejos, quien, de acuerdo con el
periódico Reforma, pidió en agosto pasado a los legisladores de oposición
“cumplir su palabra” de no incluir “temas cuestionados” en la que será la nueva
Ley Federal de Transparencia.
“Como
ejemplo, se refirió al debate sobre qué instancia determinará la gravedad de
una violación a derechos humanos y, en consecuencia, el acceso a esa
información”, reportó Reforma.
MILLONES DE EXPEDIENTES RESERVADOS
El
Presidente presentó en mayo pasado la nueva Ley Federal de Transparencia, pero
de acuerdo con especialistas poco se ha hecho por respetar su contenido así
como en materia de implementación. Foto: Cuartoscuro
Desde
abril pasado, SinEmbargo reportó que durante la presente administración federal
se registró un crecimiento de más del 50 por ciento en el número de expedientes
“clasificados” con respecto al gobierno de Felipe Calderón Hinojosa.
Estos
expedientes aparecen en un índice que, de acuerdo con la Ley Federal de
Transparencia, debe ser alimentado periódicamente por las dependencias
federales. Este índice, agrega el Artículo 17 de la citada Ley, debe contener
la Unidad administrativa que genera la información, la fecha de clasificación,
fundamento y el plazo de reserva, además de que deberá ser un indicador
público.
El
Índice de Expedientes Reservados está a la fecha disponible en el sitio
http://indices.ifai.org.mx/wb2/IFAI/Expedientes_Registrados, pero sin los
elementos ordenados por la Ley Federal y, también, por la nueva Ley General de
Transparencia, vigente desde el siguiente día de su publicación en el Diario
Oficial.
“Cada
área del sujeto obligado elaborará un índice de los Expedientes Clasificados
como reservados, por área responsable de la información y tema. El índice
deberá elaborarse semestralmente y publicarse en Formatos Abiertos al día
siguiente de su elaboración. Dicho índice deberá indicar el área que generó la
información, el nombre del documento, si se trata de una reserva completa o
parcial, la fecha en que inicia y finaliza la reserva, su justificación, el
plazo de reserva y, en su caso, las partes del Documento que se reservan y si
se encuentra en prórroga”, dice el Artículo 102 de la nueva Ley General.
El
índice disponible actualmente, sin embargo, sólo muestra cantidades de
“expedientes registrados”, “clasificados” y “desclasificados”; las tres
desglosadas por cada una de las 261 dependencias obligadas de la administración
pública federal.
Aun
cuando los datos actuales no muestran datos a los que obliga la Ley de
Transparencia, un seguimiento de SinEmbargo a este indicador mostró en abril
pasado que el número de ocho millones de expedientes que había hasta diciembre
de 2012, para ese 6 de abril de 2015 era ya de 12 millones 120 mil 71
expedientes.
“¿Cuál
es el protocolo de búsqueda de Personas Desaparecidas o No Localizadas en
México ahora que 43 normalistas no se encuentran? ¿Qué diagnóstico recibió el
Presidente Enrique Peña Nieto sobre la Guerra en contra del Crimen Organizado
en 2012 de manos de su antecesor, Felipe Calderón Hinojosa? ¿Qué funcionarios
del Estado Mayor Presidencial permitieron que el Zócalo se convirtiera en
estacionamiento en septiembre de 2014, durante el Segundo Informe de Gobierno?
¿Está enfermo el Presidente Peña Nieto?”, reportó este medio.
“Dudas
que forman una montaña tanto de papel como de archivos digitales en la oficina
del (antes) Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección
de Datos (IFAI) que jamás en su historia de 13 años había tenido en su entraña
un cúmulo tan grande de negativas para brindar información”, agregó el
artículo.
Hasta
este jueves 17 de Septiembre, el Índice muestra que la administración pública y
el Inai han decidido mantener clasificados 12 millones 326 mil 10 expedientes,
una gran parte de éstos (1.4 millones), del Instituto Mexicano del Seguro
Social que considera información “confidencial” los asuntos médicos. La
principal emisora de negativas, sin embargo, es la Procuraduría General de la
República, con un millón 702 mil 33 casos de información considerada como
reservada sin causa especificada.
En
total, los datos indican que, en cinco meses, la administración pública federal
ha clasificado al menos 205 mil 939 expedientes más; o un promedio de 41 mil
187 al mes; mil 372 al día y 57 por hora. Casi un expediente clasificado en la
administración pública federal al minuto.
SinEmbargo
solicitó esta semana al Inai información con respecto a este Índice de
Expedientes Reservados y sus cifras, pero las peticiones enviadas a la
encargada de Comunicación Social, Olga Carranco, no fueron respondidas.
“Hay
un largo camino por recorrer para que las letras de la Ley se traduzcan en
una correcta implementación que dé lugar
a una cultura de la transparencia en el sector público”, dice Ana Cristina
Ruelas.
“Nosotros
hemos señalado que el Gobierno abierto es una forma de gobernar en la que la
transparencia y la rendición de cuentas son valores institucionales y existen
condiciones para que los ciudadanos participen. En este sentido, se requiere
mucho más que una buena ley y que un Sistema Nacional para hablar de
transparencia y apertura”, agrega.
(SIN
EMBARGO.MX/INVESTIGACIONES/ Sandra
Rodríguez Nieto septiembre 18, 2015 - 00:00h)
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