viernes, 7 de junio de 2013

ORDENA JUEZ DETENER COMPRA DE PLACAS EN SINALOA


Buscan que se licite la elaboración de láminas; dice Liparoli que desconoce el amparo concedido por el Poder Judicial de la Federación

Gabriela Soto
CULIACÁN.- El Juzgado Cuarto de Distrito del Poder Judicial de la Federación ordenó al Gobierno estatal detener la compra y recepción de placas vehiculares a la empresa Cangnan Riwong, derivado del juicio interpuesto por adjudicar, sin licitación pública, un contrato millonario al proveedor mencionado.

Xóchitl Escobedo Sandoval, socia del despacho Pérez de Acha e Ibarra de Ruedas, y parte litigante de Waldale de México, confirmó la suspensión provisional de la ejecución del contrato a favor de Cangnan Riwong Craft Logo Co. Limite, emitido el miércoles.

"Con la suspensión provisional que otorgó el Juez de Distrito, el contrato se queda paralizado, es decir, no puede surtir sus efectos hasta, en tanto, no hay una resolución definitiva del juicio", dijo vía telefónica, desde la Ciudad de México.

"El Juez lo que hace al otorgar la suspensión (del contrato) es mantener viva la materia del juicio, es decir, que no se siga surtiendo efectos el contrato que celebró el Estado de Sinaloa, y por otra parte, va a analizar el fondo del asunto".

Jesús Antonio Marcial Liparoli, Subsecretario General de Gobierno, dijo desconocer dicho amparo.

"Nosotros continuamos entregando las placas vehiculares.

Porque, como te acabo de comentar, no tenemos conocimiento de nada, en ese sentido, sería la parte jurídica la que nos tendría que notificar", se deslindó.

La obtención de dicho recurso legal es estrátegica: paralizar la recepción de placas vehiculares, y ante la demanda

de láminas en la Dirección de Vialidad y Transportes, convocar a una licitación pública para cubrir el nuevo desabasto, reveló.

"¿Qué es lo que tendría qué hacer el Gobierno? Tan sencillo como convocar a una licitación pública. Para que, ahora sí, entren empresas que estén legitimadas para celebrar este tipo de contratos. Y, entonces sí, que la empresa que gane el concurso que se dedique a la elaboración de las placas", explicó Escobedo Sandoval.

Waldale de México, el proveedor de láminas vehiculares en los últimos 12 años en Sinaloa, demandó a la Secretaría

General de Gobierno y a la de Administración y Finanzas, por adjudicar directamente un contrato a Cangnan Riwong por 331.5 millones de pesos para la fabricación de un millón 500 mil juegos de placas, el 14 de marzo, según el expediente 226/2013.

Además, el Gobierno estatal otorgó otro contrato por 52 millones 200 mil pesos a Accesos Holográficos por crear la misma cantidad de calcomanías, sin embargo, ésta no fue demandada.

"Aparece en el contrato que la empresa mexicana (Accesos Holográficos) tiene una patente, sin embargo, legalmente, conforme a la Ley, esa no es ninguna justificación, porque hay empresas mexicanas que cumplen con el mismo requisito para poder entrar la elaboración de placas", dijo.

La defensora mencionó que ayer se celebró una audiencia para determinar si procede la suspensión definitiva de dicho contrato, o no.

LA LEY DICE...

CAPÍTULO 111 DE LA LEY DE AMPARO

Artículo 262. Se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al servidor público

que con el carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión:

III. No obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito en que incurra.

(NOROESTE/ Gabriela Soto/ 07-06-2013)

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