martes, 25 de junio de 2013

CALIENTE CONTRA NUEVA LEY DE AMPARO

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Las empresas de Jorge Hank pretenden que no se niegue la suspensión provisional de actos reclamados cuando se trate de establecimientos de juegos con apuestas y sorteos como lo establece la nueva Ley de Amparo. Continúan los juicios de garantías del Grupo Caliente contra de las leyes    de ingresos de los municipios para no pagar algunos impuestos


Luis Carlos Sáinz Martínez
Los amparos del Grupo Caliente por actos reclamados contra leyes, reglamentos o disposiciones de carácter general no cesan, en su intento por demostrar su poderío y no ver mermadas sus ganancias, desafían a las autoridades administrativas y del propio Poder Judicial.
 
Bajo las denominaciones de Hipódromo Agua Caliente S.A. de C.V.; Operadora de Apuestas Caliente S.A. de C.V.; Turística Akalli S.A. de C.V.; Espectáculos Latinoamericanos Deportivos S.A. de C.V.; Administradora Región del Noroeste S.A. de C.V. y otras más, las empresas del político Jorge Hank Rhon no dejan de figurar en los tribunales federales de Baja California, buscando siempre ventajas legales o legaloides a su favor.

Los amparos más recientes del Grupo Caliente se han presentado contra el Congreso de la Unión y de la misma Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales. La nueva legislación. La que fue publicada el 2 de abril de 2013 y entró en vigor al día siguiente.

En el Juzgado Séptimo de Distrito en Tijuana se radicó la demanda presentada por la gente del hipódromo en contra del artículo 129 fracción primera de la referida ley, en la que se citan los casos en los que no se concederá la suspensión provisional del acto reclamado porque se siguen perjuicios al interés social o se contravienen disposiciones de orden público.

A los quejosos para nada les gustó que a los ya establecidos supuestos de esa fracción primera, entre los que figuraban los centros de vicio, se agregaran los establecimientos de juegos con apuestas o sorteos. He ahí su reclamo, pues en caso de una clausura no podrían reabrir de forma rápida al serle negada la suspensión del acto reclamado. También se duelen del artículo primero transitorio de la nueva ley, que es la que marca el inicio de su vigencia.

La demanda fue admitida bajo el número 234/2013, sin que se tramitara el incidente de suspensión por no haber sido expresamente solicitado y se señalaron las 10:00 horas del día 24 de junio para la celebración de la audiencia constitucional.

El abogado Óscar Téllez Ulloa es quien encabeza la representación de la empresa quejosa, tanto en este juicio como en otros dos fallidos, interpuestos ante los Juzgados Sexto (232/2013) y Decimotercero de Distrito (235/2013), en contra de la misma autoridad legislativa y mismo acto reclamado.

Los abogados, tanto representantes como autorizados para recibir notificaciones en los diversos trámites, son además de Téllez Ulloa, Gerardo Martínez Ruelas y Mariel González Torres. En tanto no fueron acreditados con el mismo carácter Marcos Alberto Millán Vergara, Noel Téllez Montaño y Carlos Alberto Figueroa Sánchez, por no cumplir con los requisitos que marca la norma legal.

Las demandas de derechos fundamentales promovidas por Espectáculos Deportivos Latinoamericanos y Turística Akalli en los Juzgados Sexto y Decimotercero de Distrito fueron desechadas de plano al explicar los impartidores de justicia que “el juicio de amparo indirecto es improcedente contra normas que por su sola entrada en vigor no causan perjuicio al quejoso, sino que requieren de un acto concreto de aplicación posterior al inicio de su vigencia”.

Las compañías de Jorge Hank Rhon ya se han visto favorecidas por fallos de la justicia federal, como el año próximo pasado, cuando el Juez Sexto de Distrito concedió un amparo al grupo en contra de la Ley de Ingresos 2012 del Municipio de Tijuana y ordenó la devolución de más de 200 mil pesos que se habían pagado como impuesto por cada máquina de apuestas instalada en esta ciudad.

Debido a este tipo de resultados favorables al quejoso, el pasado 5 de junio, la representación legal del hipódromo promovió un nuevo amparo ante el Juez Tercero de Distrito en la entidad en contra de la tramitación, aprobación y expedición de la norma general denominada Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el ejercicio fiscal 2013. La audiencia constitucional fue señalada para el 5 de julio venidero.

Antes, a finales de mayo, otra demanda de garantías fue promovida a favor de Hipódromo Agua Caliente S.A. de C.V. en el Juzgado Decimoprimero de Ensenada en contra de la Ley de Ingresos de ese ayuntamiento, pero del año próximo pasado. También se inconformó contra la tramitación, aprobación y expedición de la misma norma, pero del ejercicio fiscal 2013 en el Juzgado Décimo de Ensenada.

Otros amparos administrativos tramitados ante la autoridad jurisdiccional se refieren a asuntos fiscales, como las sentencias que declaran infundado el recurso de reclamación interpuesto por el grupo en contra de las salas regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de Tijuana.

Estos últimos casos se encuentran a la espera de sentencia.

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