Desafuero de Lucero Sánchez, decisión
inapelable de los diputados federales a más tardar en 60 días
Llegaron a las seis de la
tarde y después de 49 minutos, los cuatro diputados salieron del Salón de
Estrados de la Sesión Instructora de la Cámara Baja con el dictamen ya
cocinado. El diputado Presidente de la
Sección Instructora, el priista Ricardo Ramírez Nieto, respondió presuroso a
los medios:
“Hemos emitido el dictamen
correspondiente por unanimidad con la certeza de haber hecho una resolución
estrictamente apegada a derecho en base exclusivamente a las constancias de los
autos, sin ningún tinte político de ninguna naturaleza, sin presión de ninguno
de los partidos políticos y estamos seguros de que esta resolución tiene un
soporte jurídico de alto nivel”.
—¿Y procede el desafuero? —se
le preguntó.
—Por disposición de la propia
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, el sentido del
dictamen se dará a conocer el día de la sesión. Una vez que la Comisión
Permanente cite a un periodo extraordinario de sesiones para abordar este tema.
“El plazo (de la resolución)
no debe rebasar 60 días hábiles a partir de que se instala la Sección Instructora.
Se está dentro del término y por tratarse de una Declaración de Procedencia, se
tiene que someter al Pleno de la Cámara porque es el único facultado para
determinar si está o no de acuerdo con el dictamen que se propone.
—¿Qué elementos se analizaron
para elaborar el dictamen?
—Analizamos todas las pruebas
que presentaron las partes, hicimos el estudio a la luz de las propias
legislaciones que nos obligan a observar y estamos emitiendo una resolución
totalmente jurisdiccional, apegada a derecho y totalmente seria.
—¿La votación cuál fue?
—Todos los acuerdos salieron
por unanimidad durante el trámite de procedimiento y el dictamen final que
acabamos de emitir en este momento y acabamos de firmar, salió también por
unanimidad.
—¿Cuándo notifican a la
diputada Lucero Sánchez?
—Por disposición de ley, el
presidente de la Cámara de Diputados le tendrá que notificar a la PGR y a la
defensa y a la propia acusada, cuál es el día y la hora en que se va a sesionar
y cuándo se erige en jurado de procedencia la Cámara de Diputados, pero ese es
tema totalmente de la presidencia. Será la Mesa Directiva quien le notifique a
la parte acusada, a su defensor y a la PGR porque les deben dar intervención si
acuden por disposición legal en la propia sesión de desafuero.
El dictamen fue entregado el
mismo miércoles pasado a la Mesa Directiva.
El legislador adelanta que
ahora le tocará a la Cámara de Diputados notificarle al Congreso de Sinaloa que
proceda conforme a su constitución política local.
El Congreso de Sinaloa:
acatar órdenes de la cámara federal
Para el diputado presidente
de esta Sección Instructora, será la Cámara de Diputados la que le retire la
inmunidad a la legisladora sinaloense —sin estar anticipando algún resultado,
dijo— para el solo efecto del delito federal que fue materia de la Declaración
de Procedencia.
—¿Será el Congreso de Sinaloa
el que decida en última instancia?
—De ser así, ese supuesto, en
el propio dictamen se tendrían que establecer qué es lo que debe realizar el
Congreso local del estado de Sinaloa.
—¿Entonces el Congreso de
Sinaloa tiene que acatar?
—Por lo que se refiere al
delito federal, sin lugar a dudas; porque si no, no tendría sentido para
nosotros iniciar este procedimiento, pero eso se verá hasta el resultado de la
votación en la sesión.
—¿Técnicamente, el fuero se
lo quitan aquí?
—De ser procedente, se le
quita aquí.
—¿Es inapelable la decisión?
—Todas las resoluciones que
asuma la Cámara de Diputados, desde el procedimiento hasta el dictamen mismo,
son inapelables, no admiten recurso alguno, inclusive el Juicio de Amparo no
procede.
—¿No tuvieron ninguna duda en
su resolutivo?
—Ninguna.
—¿No les tembló el pulso por
tratarse de un caso vinculado con el Chapo?
—Nosotros resolvimos con base
en las constancias que obran en el expediente, no en base a cuestiones externas
de ninguna naturaleza, ni a presiones de ningún tipo, que dicho sea de paso, no
las tuvimos, ni externas. Fue una resolución totalmente jurídica, apegada a
derecho y que es inatacable, pero no porque sea inatacable tiene algún viso de
error de ninguna naturaleza.
Recordó que la Cámara se
encuentra en un periodo de excepción. Y
el procedimiento es que la Mesa Directiva le tendrá que solicitar a la Comisión
Permanente que convoque a la Cámara de Diputados para la sesión extraordinaria
o un periodo extraordinario, si hay otros temas diferentes, y será la Comisión
Permanente la que determine el día y la hora en que debe convocarse.
CON NUEVAS PRUEBAS, EL PROCESO DEBERÁ CONTINUAR
El panista Juan Pablo Piña,
integrante de la Sección Instructora, adelantó que puede solicitarse continuar
con la investigación si hay elementos y se aportan pruebas nuevas por parte de
la defensa jurídica de la diputada sinaloense Lucero Sánchez.
Señaló que los artículos 25 y
26 de la Ley Federal de Responsabilidades de Servidores Públicos dispone que el
dictamen emitido por la Sección Instructora debe entregarse al presidente de la
Mesa Directiva para que lo someta al Pleno, pero que esto no es indicio de que
se haya aprobado el desafuero.
(RIODOCE/ Francisco Sarabia/Ciudad de
México en 15 mayo, 2016)
No hay comentarios:
Publicar un comentario