lunes, 18 de noviembre de 2013

PROPONE GOBIERNO SOLUCIÓN AMISTOSA EN CASOS DE PRESUNTOS EPERRISTAS

Una pinta del EPR en las calles de Guerrero. Foto: Prometeo Lucero


MÉXICO, D.F. (apro).- El Estado mexicano reconoció este lunes ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) su responsabilidad internacional en violaciones a los derechos fundamentales de Juan García Cruz y Santiago Sánchez Silvestre al torturarlos, acusarlos de formar parte del Ejército Popular Revolucionario (EPR) y encerrarlos en prisión 16 años, sin tener responsabilidad alguna en los hechos que se les imputaron.

Durante el 101 periodo ordinario de sesiones de la CoIDH, una delegación encabezada por la subsecretaria de Gobernación, Lía Limón García, en representación del Estado mexicano, así como las víctimas y sus abogados, presentaron ante el máximo tribunal de justicia en el continente americano un acuerdo de solución amistosa, que sustituye el litigio que sobrevendría y su posterior sentencia. La firma del acuerdo fue atestiguada por el presidente de la Corte, Diego García Sayán.

Por parte del Estado mexicano firmaron también el acuerdo, por la Procuraduría General de la República, los subprocuradores de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, Ricardo García Cervantes, y de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo, Renato Sales Heredia; y por la Secretaría de Relaciones Exteriores, el subsecretario para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos, Juan Manuel Gómez Robledo.

Además de las víctimas, estuvieron sus abogados Pilar Noriega García, Ana Marcia Aguiluz Soto y Carlos Zazueta.

En un comunicado, el Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) –una de las organizaciones que llevó la defensa– resaltó que después de casi tres meses de negociaciones, el acuerdo de solución amistosa se cerró luego de que “las autoridades mexicanas se comprometieron a reparar íntegramente el daño causado a las víctimas así como a investigar los hechos de tortura”.

Cruz Santiago y Sánchez Silvestre fueron detenidos el 6 junio de 1997 en una casa donde pernoctaban, y ahí mismo fueron torturados por policías del Distrito Federal, que después los trasladarían a instalaciones policiacas para continuar los castigos.

CEJIL reiteró que según el acuerdo de solución amistosa, el “Estado mexicano reconoce que es responsable de la violación de los derechos a la libertad personal, a la integridad personal, a las garantías judiciales y protección judicial, contenidos en la Convención Americana de Derechos Humanos. Además, se declaró responsable de violentar varios artículos de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura”.

Sin una defensa adecuada, Cruz Santiago y Sánchez Silvestre fueron acusados de repartir propaganda en el metro Santa Marta Acatitla de portar armas, y posteriormente al ser detenidos por policías judiciales, de haber “confesado” participar en el crimen de un policía del Estado de México.

Fueron sentenciados a tres años de prisión por las armas y a 40 por el homicidio, “pese a denunciar a las autoridades las torturas de las que fueron objeto, las cuales nunca fueron investigadas”, se recordó en el comunicado.

La organización, que defendió a los dos hombres junto con Servicios Legales e Investigación y Estudios Jurídicos (SLIEJ) y Abogadas y Abogados para la Justicia y los Derechos Humanos (AJDH), agregó que el caso fue presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el 2000, y llevado a la Corte el 17 de marzo de 2013.

El caso se llevó a la Corte debido a que el Estado mexicano no cumplió con las recomendaciones contenidas en su Informe de Fondo sobre el caso, emitido el 31 de octubre de 2011.

En dicho informe la CIDH recomendaba “una investigación judicial completa, imparcial y efectiva, de manera expedita, con el objeto de investigar las violaciones a la integridad personal y a la libertad personal cometidas en contra de García Cruz y Sánchez Silvestre”.

Se sugerían medidas legislativas y administrativas “con el objeto de adecuar la legislación y las prácticas mexicanas a los estándares interamericanos en materia de tortura”, así como tomar las medidas necesarias para evitar la repetición de casos similares.

En el Informe de Fondo, la CIDH recomienda “revisar la validez del proceso penal seguido en perjuicio de García Cruz y Sánchez Silvestre, en virtud de los derechos que les fueron conculcados, especialmente el valor probatorio dado a las confesiones rendidas por las víctimas bajo efectos de tortura”, y reparar el daño moral y material por los daños causados.

Debido a la defensa legal que tuvieron de la abogada Pilar Noriega, resaltó CEJIL, García Cruz y Sánchez Silvestre salieron libres el 18 de abril pasado, “luego de que un tribunal interno declarara que su confesión había sido obtenida bajo tortura y que el juicio al que fueron sometidos estuvo plagado de irregularidades”.

Las organizaciones que defendieron a García Cruz y Sánchez Silvestre, aplaudieron “a las autoridades del Estado mexicano por su disposición a reconocer las violaciones de derechos humanos cometidas en perjuicio de Juan y Santiago así como por los compromisos asumidos para reparar el daño causado y evitar que hechos de esta naturaleza se sigan repitiendo en México”

Gloria Leticia Díaz
MÉXICO, D.F. (apro).- El Estado mexicano reconoció este lunes ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) su responsabilidad internacional en violaciones a los derechos fundamentales de Juan García Cruz y Santiago Sánchez Silvestre al torturarlos, acusarlos de formar parte del Ejército Popular Revolucionario (EPR) y encerrarlos en prisión 16 años, sin tener responsabilidad alguna en los hechos que se les imputaron.

Durante el 101 periodo ordinario de sesiones de la CoIDH, una delegación encabezada por la subsecretaria de Gobernación, Lía Limón García, en representación del Estado mexicano, así como las víctimas y sus abogados, presentaron ante el máximo tribunal de justicia en el continente americano un acuerdo de solución amistosa, que sustituye el litigio que sobrevendría y su posterior sentencia. La firma del acuerdo fue atestiguada por el presidente de la Corte, Diego García Sayán.

Por parte del Estado mexicano firmaron también el acuerdo, por la Procuraduría General de la República, los subprocuradores de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, Ricardo García Cervantes, y de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo, Renato Sales Heredia; y por la Secretaría de Relaciones Exteriores, el subsecretario para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos, Juan Manuel Gómez Robledo.

Además de las víctimas, estuvieron sus abogados Pilar Noriega García, Ana Marcia Aguiluz Soto y Carlos Zazueta.

En un comunicado, el Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) –una de las organizaciones que llevó la defensa– resaltó que después de casi tres meses de negociaciones, el acuerdo de solución amistosa se cerró luego de que “las autoridades mexicanas se comprometieron a reparar íntegramente el daño causado a las víctimas así como a investigar los hechos de tortura”.

Cruz Santiago y Sánchez Silvestre fueron detenidos el 6 junio de 1997 en una casa donde pernoctaban, y ahí mismo fueron torturados por policías del Distrito Federal, que después los trasladarían a instalaciones policiacas para continuar los castigos.

CEJIL reiteró que según el acuerdo de solución amistosa, el “Estado mexicano reconoce que es responsable de la violación de los derechos a la libertad personal, a la integridad personal, a las garantías judiciales y protección judicial, contenidos en la Convención Americana de Derechos Humanos. Además, se declaró responsable de violentar varios artículos de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura”.

Sin una defensa adecuada, Cruz Santiago y Sánchez Silvestre fueron acusados de repartir propaganda en el metro Santa Marta Acatitla de portar armas, y posteriormente al ser detenidos por policías judiciales, de haber “confesado” participar en el crimen de un policía del Estado de México.

Fueron sentenciados a tres años de prisión por las armas y a 40 por el homicidio, “pese a denunciar a las autoridades las torturas de las que fueron objeto, las cuales nunca fueron investigadas”, se recordó en el comunicado.

La organización, que defendió a los dos hombres junto con Servicios Legales e Investigación y Estudios Jurídicos (SLIEJ) y Abogadas y Abogados para la Justicia y los Derechos Humanos (AJDH), agregó que el caso fue presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el 2000, y llevado a la Corte el 17 de marzo de 2013.

El caso se llevó a la Corte debido a que el Estado mexicano no cumplió con las recomendaciones contenidas en su Informe de Fondo sobre el caso, emitido el 31 de octubre de 2011.

En dicho informe la CIDH recomendaba “una investigación judicial completa, imparcial y efectiva, de manera expedita, con el objeto de investigar las violaciones a la integridad personal y a la libertad personal cometidas en contra de García Cruz y Sánchez Silvestre”.

Se sugerían medidas legislativas y administrativas “con el objeto de adecuar la legislación y las prácticas mexicanas a los estándares interamericanos en materia de tortura”, así como tomar las medidas necesarias para evitar la repetición de casos similares.

En el Informe de Fondo, la CIDH recomienda “revisar la validez del proceso penal seguido en perjuicio de García Cruz y Sánchez Silvestre, en virtud de los derechos que les fueron conculcados, especialmente el valor probatorio dado a las confesiones rendidas por las víctimas bajo efectos de tortura”, y reparar el daño moral y material por los daños causados.

Debido a la defensa legal que tuvieron de la abogada Pilar Noriega, resaltó CEJIL, García Cruz y Sánchez Silvestre salieron libres el 18 de abril pasado, “luego de que un tribunal interno declarara que su confesión había sido obtenida bajo tortura y que el juicio al que fueron sometidos estuvo plagado de irregularidades”.

Las organizaciones que defendieron a García Cruz y Sánchez Silvestre, aplaudieron “a las autoridades del Estado mexicano por su disposición a reconocer las violaciones de derechos humanos cometidas en perjuicio de Juan y Santiago así como por los compromisos asumidos para reparar el daño causado y evitar que hechos de esta naturaleza se sigan repitiendo en México”.



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