En las elecciones del 2018 la postulación
de candidatas mujeres para cumplir con la paridad de género en alcaldías se
topará con la posibilidad de reelección de los presidentes municipales que
están actualmente en el poder
La reforma político electoral del 2014
no contempló la paridad de género en los municipios, y en algunos casos se
resolvió haciendo uso de ‘juanitas’
La CIDH recomendó garantizar el derecho
de las mujeres a tener participación en el poder en todos los niveles, pero en
las elecciones del 2015 los partidos políticos no respetaron el reparto de
candidaturas
Para la paridad horizontal o
transversal, las mujeres deberían tener acceso a las candidaturas en la mitad
de los municipios de un estado
El Congreso de Nuevo León pretende
omitir la obligación de paridad y/o poner candados
Expertos y autoridades en el tema
electoral coinciden en que la perspectiva de género llevará mano sobre la
reelección por ser política pública transversal
“Si en un momento dado tu derecho a la
reelección está de frente contra un derecho de paridad, tendrá forzosamente que
cumplirse el de paridad”
Marcia Garza Robles
Magistrada presidenta del Tribunal
Electoral de Tamaulipas
“Hay un municipio donde entran el esposo
y la presidenta a la oficina, y la presidenta se sienta en el sillón a chatear,
a facebookear, y el esposo se pone a despachar; ya nada más le dice ‘fírmale
aquí, hazle acá’”
Josefina Meza
Presidenta del Frente Político Nacional
de Mujeres
De cara a la elección del
2018, la reforma electoral enfrentará la que será una de sus más duras
batallas: la de dar igualdad a las mujeres.
El próximo año, las mujeres
deberán subir nuevamente al ring para pelear que se respeten sus derechos de
acceso al poder.
La paridad de género en las
diputaciones locales y los municipios podría toparse con pared en varios
estados del país por el deseo de reelección de los alcaldes varones que hoy están
en funciones.
Algunos de los municipios más
importantes del país están gobernados por hombres que buscarán la reelección el
siguiente año. Esto chocará con la obligación de los partidos políticos para
otorgar candidaturas con paridad de género.
Los partidos podrían verse
obligados a frenar a un presidente municipal que quiera reelegirse, por la
obligación de darle la candidatura a una mujer.
En el caso de las
diputaciones locales, la aspiración de las mujeres a ocupar una curul en el
Congreso local podría terminar si el varón que la ocupa en este momento es
apoyado por su partido para buscar la reelección.
Para brincar ese obstáculo,
los partidos políticos podrían enviar a las mujeres como candidatas en
municipios o distritos poco competitivos y sin relevancia en la vida de las
entidades; una paridad simulada. Los casos se deberán resolver nuevamente en
tribunales.
Algunos estados que no tienen
regulada la paridad de género en sus leyes electorales, buscan modificar su
normatividad en este mes, porque es la fecha límite para aprobar la legislación
que aplicará en el 2018.
En esas leyes buscan
reglamentar la participación de las mujeres en las elecciones, pero podrían no
hacerlo con el mejor interés de garantizar la paridad, sino para intentar
proteger el lugar de los varones que hoy gobiernan los municipios más
importantes de las entidades y que en 2018 conformarán la primer generación de
políticos que puedan reelegirse.
La reforma político electoral
del 2014 no contempló la paridad de género en los municipios, lo que resultó en
una andanada de juicios para buscar que se aplicara a esa elección.
En algunos casos se resolvió
haciendo uso del recurso de “juanitas”: se nominó a las esposas de los
candidatos originales y hoy son algunos de ellos quienes ejercen el poder de
facto, aunque la mujer sea la alcaldesa ante la sociedad.
El Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció jurisprudencia para que sí
se aplique a las elecciones municipales, pero no determinó ninguna regla que
deba seguirse para una paridad más efectiva, donde las mujeres tengan acceso a
ayuntamientos importantes o a gobernar al mismo número de ciudadanos que los
hombres.
Hoy, los institutos
electorales de los estados tienen la facultad de establecer acuerdos para fijar
las reglas en que se deben otorgar las candidaturas a las mujeres; pero si el
cambio llega primero a la ley, las reglas serán las que haya fijado el
Congreso. En algunos casos, el PRI y el PAN buscan proteger a los alcaldes
varones en funciones.
Y aunque es previsible que
nuevamente haya juicios de impugnación contra las medidas que envíen a las
mujeres a los polos electorales, habrá también quienes vean dañados sus
derechos para ser reelectos. Vaya dilema.
VOTO 2018
Además del presidente de la
República, el próximo año estarán en juego:
>> 3,447 Cargos de elección popular
>> 984 Diputados locales
>> 500 Diputados
>> 25 Estados elegirán alcaldes
>> 128 Senadores
>> 2,226 Ayuntamientos
>> 8 Gobernadores
>> 16 Nuevos alcaldes de la Ciudad de México
LO QUE ESTÁ EN JUEGO
En el año 2018 se elegirá
mucho más que un nuevo presidente de la República.
Estarán en juego un total de
3 mil 447 cargos de elección popular. A nivel federal se elegirá a un
presidente; 500 diputados; y 128 senadores.
También habrá elecciones
locales en 30 entidades federativas –menos en Baja California y Nayarit, que
solo irán a las urnas para la elección federal.
En total, se votará por 8
gobernadores en Chiapas, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Puebla, Tabasco,
Veracruz y Yucatán; además del jefe de gobierno de la Ciudad de México.
Un total de 27 estados
renovarán sus congresos locales, por lo que elegirán a 984 diputados. Y se
votará a nuevos alcaldes en 25 estados, haciendo un total de 2 mil 226
ayuntamientos –contando los 417 de Oaxaca que se rige por usos y costumbres-;
además de los 16 nuevos alcaldes de la Ciudad de México.
En 2018 será la primera vez
que en estos estados se pueda aplicar la reelección a quienes hoy están en los
cargos de diputados locales y presidentes municipales y quieran buscarlo por un
segundo periodo.
FALTA REGULACIÓN
La reforma político electoral
del año 2014 introdujo nuevas figuras al sistema político mexicano. Entre
ellas, las candidaturas independientes, la reelección y la paridad de género en
la elección de legisladores.
A partir de ese momento, los
partidos políticos están obligados a registrar al mismo número de mujeres y de
hombres a las candidaturas legislativas.
Sin embargo, el Congreso de
la Unión omitió hacer extensiva la obligación de esta paridad para los
ayuntamientos, a pesar de que organismos internacionales obligaban a México a
garantizarla.
La recomendación de la
Organización de las Naciones Unidas y de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH) siempre fue la misma: se debía garantizar el derecho de las
mujeres a tener participación en el poder en todos los niveles: federal,
estatal y municipal.
En las elecciones del 2015,
primeras en las que se debía aplicar el principio de paridad en varios estados,
surgieron conflictos al interior de los partidos políticos porque no se respetó
el reparto de candidaturas.
El caso de Morelos, por
ejemplo, llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde se decidió
que el principio de paridad de género debía aplicarse también a los
ayuntamientos.
“En el análisis de fondo, se
señaló que el principio de paridad en materia de candidaturas a cargos de
elección popular se puede extender a las planillas que se presentan para la
integración de ayuntamientos, al tratarse de un órgano de representación
popular. De tal forma que el máximo tribunal del país asentó un precedente
respecto a la paridad vertical”, señala Roselia Bustillo Marín, investigadora
del TEPJF, en su texto “La paridad de género en los ayuntamientos”.
La paridad vertical se
refiere a la composición con alternancia de las fórmulas para las candidaturas
en los ayuntamientos: si la candidata a la presidencia municipal es mujer, el
candidato a síndico será hombre y las regidurías deberán ir alternándose entre
una mujer y un hombre.
Para la paridad horizontal o
transversal –que las mujeres tengan acceso a tener las candidaturas en la mitad
de los municipios de un estado-, fue el TEPJF el que estableció jurisprudencia
luego de que mujeres de entidades como Morelos, Querétaro, Tabasco, Nuevo León,
Sonora y el Estado de México impugnaran las reglas o acuerdos establecidos por
los organismos electorales en sus estados.
“Los partidos y las
autoridades electorales deben asegurar la paridad vertical, para lo cual están
llamados a postular candidatos de un mismo ayuntamiento para presidente,
regidores y síndicos municipales en igual proporción de géneros; y por otra,
desde de un enfoque horizontal deben asegurar la paridad en el registro de esas
candidaturas, entre los diferentes ayuntamientos que forman parte de un
determinado Estado”.
Sin embargo, no se
establecieron reglas para regular a qué municipios serían enviadas las
candidatas mujeres, así que muchas de ellas fueron candidateadas a
ayuntamientos de poca importancia para los estados.
EL CONFLICTO QUE VIENE
En el 2018, los principios de
paridad de género y reelección chocarán al momento de que los partidos
políticos distribuyan las candidaturas.
Por ejemplo, en el estado de
Nuevo León, de un total de 51 ayuntamientos solo hay cuatro mujeres presidentas
municipales. Despachan en los municipios de General Escobedo (PRI), Galeana
(PRI), General Treviño (PAN) y Abasolo –el más pequeño de la entidad- (PRD).
Esto significa que algunos de
los alcaldes que quieran reelegirse no podrán hacerlo, porque sus partidos
deberán postular mujeres a esos puestos.
En Nuevo León, la verdadera
lucha estará en los ayuntamientos de la zona metropolitana de Monterrey, que se
compone de 12 municipios –gobernados 6 por el PRI; 4 por el PAN; 1 por el PRD;
y 1 independiente-, donde se concentra la mayor cantidad de población y
recursos económicos. Todos están gobernados por varones, excepto General
Escobedo, donde gobierna la alcaldesa priista Clara Luz Flores Carrales.
Reporte Indigo publicó la
semana pasada que el Congreso de Nuevo León pretende hacer caso omiso de la
obligación de paridad y/o poner candados para que las mujeres no puedan
competir por municipios de la zona metropolitana de la entidad y lo hagan solo
en las zonas rurales.
Vendrá entonces la lucha en
tribunales de las mujeres para hacerse no solo de las candidaturas, sino de
aquellas de municipios importantes.
Esa situación se repetirá en
todas las entidades que el próximo año renueven ayuntamientos y en las que haya
un desequilibrio entre hombres y mujeres en el gobierno.
¿IGUALDAD SOBRE REELECCIÓN?
En tribunales se enfrentarán
el derecho de las mujeres a acceder al gobierno y el de los varones que
defenderán sus derechos político electorales para ser reelectos.
Serán los tribunales
electorales de los estados y el TEPJF en sus salas regionales y superior las
que tendrán que determinar en cada caso los criterios para resolver los casos.
Sin embargo, expertos y autoridades
en el tema electoral coinciden en que la perspectiva de género llevará mano
sobre la reelección por ser parte de una política pública transversal.
Marcia Garza Robles,
magistrada presidenta del Tribunal Electoral de Tamaulipas, expuso que aunque
hay lagunas en la legislación electoral, los tribunales están preparados para
dirimir las controversias que puedan presentarse entre estos dos factores, pues
es evidente que la paridad de género defiende un derecho más amplio.
“¿Qué pasa cuando tu derecho
a ser votado se pone en contraposición con un derecho a la paridad? Lo que
consideramos es que el derecho a la paridad deberá contemplarse en un primer
término porque es un derecho humano, es un derecho reconocido en la
Constitución y, además de esto, es un requisito de los partidos políticos hacer
listas paritarias de candidaturas”, explicó Garza en entrevista.
La magistrada presidenta
indicó que una persona puede aspirar a la reelección en su cargo público,
siempre y cuando no se contraponga con otros principios rectores, como la
paridad.
“Si en un momento dado tu
derecho a ser votado por una segunda ocasión, a la reelección, está de frente
contra un derecho de paridad, tendrá forzosamente que cumplirse el de paridad y
máxime porque es una acción afirmativa, una política pública que debe estar por
encima de esa posibilidad tuya a poder ser reelecto.
“En otras palabras: la
reelección es la posibilidad de que pudieras ser reelecto; no es la obligación
de señalarte o que pudieras ser el candidato forzosamente”, sentenció Garza.
En algunos casos, empero, las
reglas locales todavía están modificándose y no se sabe con certeza si habrá o
no un marco jurídico que fije criterios específicos y obligatorios en estos
casos.
Sucede así en Morelos.
Francisco Hurtado, magistrado presidente del Tribunal Electoral de Morelos,
sostuvo que el Congreso estatal se encuentra en la fase de redacción de las
leyes secundarias en materia electoral y será hasta que estén terminadas cuando
se pueda definir el factor que tendrá más peso.
“No puedo ahorita adelantarme
a algo que todavía no es legislado en el estado. Estamos en la etapa de trabajo
de las leyes secundarias en materia de género, sobre todo en ese tema que es de
mucha confusión: ¿qué va a pasar con la reelección? y ¿qué va a pasar con la
reelección paritaria?”, expuso.
Empero, el magistrado
reconoció que las mujeres enfrentan más obstáculos no solo para participar como
candidatas, sino conquistar los espacios de poder. La situación, dijo, debe
cambiar.
“Una democracia paritaria,
para que pueda consolidarse, también debe lograrse el objetivo de que lleguen a
la meta, de que no solamente se aplique la paridad en la participación de una
elección, sino que también se garanticen los espacios de elección que ocupen
los mujeres.
“Mientras no hagamos esas
acciones afirmativas y obliguemos a las instituciones a que también haya
espacios que deban ocupar las mujeres, vamos a seguir igual en esta misma
carrera de salida, pero a la meta no logran llegar las mujeres”, advirtió
Hurtado.
PARIDAD CONYUGAL, LA TRAMPA
Josefina Meza, presidenta del
Frente Político Nacional de Mujeres, consideró que debe tener preeminencia la
defensa de los derechos de las mujeres a ser electas por sobre la reelección,
porque se trata del acceso de un grupo vulnerable al poder.
“La reelección no puede estar
por encima de la paridad, porque la paridad como acción afirmativa y hoy como
precepto constitucional, tiene por objeto adelantar al grupo que ha sido
rezagado milenariamente. ¿Y cuál es ese grupo rezagado, vulnerado,
discriminado? Las mujeres.
“Puedo garantizar que va a
haber una serie de impugnaciones; habrá que ver cuántos se quieren reelegir y
cuáles serán los criterios que aplicarán los señores de los partidos. Yo espero
que las mujeres demos la batalla, que busquemos los órganos jurisdiccionales;
pero sí nos vamos a subir al ring”, afirmó en entrevista.
Meza recordó que en
Querétaro, en el 2015, los partidos políticos tuvieron que cambiar a varios
candidatos varones a las alcaldías porque no se cumplía con el esquema de
paridad.
Sin embargo, los partidos
pervirtieron la norma y se nombró a las esposas de estos candidatos para ser
las alcaldesas.
“Muchos dicen: ‘sí, estoy
obligado (a la paridad), pero déjame inventar cómo cumplir la obligatoriedad
pero sin salir perjudicado’. Y entonces piensan: ‘Ah, pues si tienen que ir
mujeres, entonces van a ir mis mujeres’. Y así se da lo que hemos llamado
paridad conyugal.
El nuevo reto del movimiento
feminista es que ahora las mujeres se empoderen para que reten a los cuadros de
poder en sus partidos e inicien y lleven los recursos legales hasta las últimas
consecuencias.
(REPORTE INDIGO/ IMELDA GARCÍA/ Lunes 15
de mayo de 2017)
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