FOTOS: archivo
Las declaraciones que acusan a Teodoro
García Simental y a Santiago Meza de pertenecer al Cártel Arellano Félix para
acreditar el delito de delincuencia organizada, deben valorarse como pruebas
documentales y no como testimoniales, ordena un tribunal. El amparo obtenido
por “El Pozolero” dictamina que se estudie la posibilidad de que fuese
torturado tras su detención en 2009
Debido a que existió una
violación a la garantía de legalidad en perjuicio de los procesados Teodoro
García Simental “El Teo” y Santiago Meza López “El Pozolero”, miembros
encarcelados del Cártel Arellano Félix (CAF), un Tribunal Colegiado les
concedió un amparo para efectos de que se reponga el procedimiento en la causa
penal que se les sigue por delincuencia organizada.
El Tercer Tribunal Colegiado
con residencia en Mexicali, resolvió en los recursos de revisión 633/2016 y
322/2016, respectivamente, que por lo menos seis declaraciones de otros
miembros del grupo criminal que inculpan a los señalados fueron obtenidas en
copias certificadas de diversas averiguaciones previas y agregadas a la
indagatoria seguida a los quejosos. El juez que les dictó formal prisión y el
magistrado que confirmó el fallo valoraron dichas declaraciones como pruebas
testimoniales, en vez de hacerlo como documentales públicas.
Teodoro García Simental
En atención a dichas
formalidades establecidas en los ordenamientos legales penales, los magistrados
del órgano revisor consideraron innecesario entrar al fondo de las imputaciones
formuladas a García Simental y Meza López “hasta en tanto la autoridad
responsable fije el nuevo el valor y alcance probatorio de las declaraciones de
los testigos de mérito contenidas en copias certificadas de averiguaciones
diversas a la que se les siguió a los inculpados hoy recurrentes, cuando podrá
advertirse si existe o no un perjuicio para éstos últimos”.
Además, el Tribunal Colegiado
ordena al Cuarto Tribunal Unitario del Décimo Quinto Circuito pronunciarse en
forma clara sobre el estudio del cuerpo del delito de delincuencia organizada
atribuido al “Teo”, detenido en enero de 2010, y al “Pozolero”, capturado un
año antes que el primero. A ambos se les juzga -en esta causa penal- por
acciones cometidas entre 2002 y 2005, y el juzgador les procesa con la Ley
Federal contra la Delincuencia Organizada, reformada el 23 de enero de 2009.
En cuanto a “El Pozolero”, el
hombre que confesó haber disuelto más de 300 cuerpos humanos en sosa cáustica
en ebullición, el amparo que obtuvo ordena que, en caso que el juez de origen
le vuelva a dictar auto de formal prisión, realice las diligencias necesarias
“para encontrar, por lo menos, indicios sobre los actos de tortura alegados por
el inculpado aquí recurrente”.
El fallo protector de
garantías agrega que se debe practicar la prueba pericial en psicología
conforme al Protocolo de Estambul, con la finalidad de “resolver si en autos se
encuentra o no acreditada la existencia de la tortura denunciada, en su
vertiente de violación a un derecho fundamental, pero no para resolver la
situación jurídica dentro del plazo constitucional, sino por las repercusiones
que esto pudiera acarrear posteriormente en el proceso, trascendiendo a la
sentencia definitiva”.
LAS IMPUTACIONES
Teodoro “El Teo” o “El Tres
Letras”, que también utiliza los nombres de Eduardo y Diego, de apellidos
García Simental, ex jefe de células del CAF; y Santiago Meza López, albañil, a
quien apodaron “El Pozolero del Teo”, forman parte de la historia más sangrienta
de la Tijuana del nuevo milenio.
Ambos personajes son
procesados en la causa criminal 140/2014 del Juzgado Primero de Distrito de
Procesos Penales Federales en el Estado de Baja California por su probable
responsabilidad en la comisión de los delitos de delincuencia organizada con la
finalidad de cometer delitos de secuestro y privación ilegal de la libertad en
la modalidad de secuestro calificado. El auto de formal prisión les fue dictado
el 31 de julio de 2014.
De acuerdo con el expediente,
los hechos atribuidos a los presuntos delincuentes ocurrieron el 26 de abril de
2005, cuando secuestraron a un comerciante que poco antes de las ocho de la
mañana llegaba a su negocio de pañales ubicado en el Bulevar Manuel J.
Clouthier, en la colonia La Ciénega, en Tijuana.
Al descender de una camioneta
Chevrolet Avalanche, la víctima fue privada de su libertad por un comando
armado que le trasladó hasta una finca del Bulevar Gato Bronco, de la colonia
Ampliación Guaycura. Tras 65 días de negociaciones, finalmente los plagiarios
obtuvieron un rescate por 267 mil dólares y liberaron al cautivo el 29 de junio
del año referido.
Santiago Meza
La denuncia del secuestro fue
interpuesta por un hermano de la víctima luego que recibió la llamada de un
sujeto desconocido que utilizaba un radio de comunicación Nextel, propiedad de
su fraterno. En el mensaje le fue informada la situación de su consanguíneo y
su interlocutor le exigió que para liberarlo tendría que pagar 2 millones de
dólares. La voz, reconocida posteriormente durante las pesquisas, era la de
Teodoro García Simental.
Aunque las detenciones de
García y Meza ocurrieron en años diversos, fue hasta julio de 2014 cuando a
ambos les fue cumplimentada orden de aprehensión en reclusión por su presunta
responsabilidad en los hechos relatados. Tras ser declarados formalmente
presos, sus defensores de oficio apelaron a la resolución, la cual fue
modificada por un Tribunal Unitario, pero no les benefició.
La defensa del “Teo”
argumentó que no existían datos suficientes para probar la participación de su
cliente en los delitos que le achacan y no estaba acreditada su autoría
material en los hechos. De igual manera, que las declaraciones de la víctima y
uno de los testigos que señalaron a García Simental carecían de valor porque
fue identificado a través de fotografías.
Sin embargo, el juez de la
causa y el magistrado del tribunal de apelación señalaron que, contrario a lo
afirmado por la defensa, en el expediente obran declaraciones de otros miembros
del CAF -detenidos por los mismos hechos-, quienes imputaron al “Teo” la
dirigencia de la célula a la que pertenecían. La propia víctima le reconoció
como la persona que le quitó su radio para hablar con su hermano y exigir el
rescate.
CRÍMENES MACABROS
Teodoro García Simental es
identificado como líder jerárquico de una de las secciones del CAF, como autor
intelectual y material; mientras que a Santiago Meza López le fue reconocida su
pertenencia a la misma célula, y entre otras de sus funciones, tenía la de
deshacerse de los cadáveres de las personas que el grupo asesinaba. A algunas
víctimas las abandonaba en las calles y a otras las desintegraba por medio del
proceso de licuefacción, con un líquido corrosivo a base de sosa cáustica.
Al “Pozolero”, procesado por
el plagio del comerciante, no le formularon ninguna imputación directa; sin
embargo, los impartidores de justicia establecieron que la mecánica de los
hechos y la forma en que algunos pistoleros detenidos reconocieron la operación
de la célula delictiva le incluye, “por tanto, la sola pertenencia del quejoso
a la citada organización criminal, permite establecer que es autor material del
referido ilícito”.
La manera de operar de la
célula que dirigía “El Teo” y que integraba el propio Meza López, “asemeja una
línea de producción, en la que algunos de los sujetos, independientemente de la
plurifuncionalidad que afirman tenían, estaban encargados directamente de
privar de la libertad al sujeto, otros proporcionaban seguridad con las armas
que portaban, otros vigilaban el escenario y rutas de escape, lo que informaban
a sus copartícipes (…)”, señala el expediente.
Para acreditar la
delincuencia organizada, el juez asentó: “… otros más, custodiaban casas de
seguridad con secuestrados o droga, otros privaban de la vida de quienes no
pagaban el rescate o pertenecían a grupos rivales, así como había otros, que se
deshacían de aquellos cadáveres mediante la licuefacción en una solución de
sosa cáustica y agua”.
Aunque “El Pozolero” insistió
en negar su participación en el plagio que se analiza, la víctima le reconoció
como una de las personas que viajaba en el vehículo en que le trasladaron a una
de las casas de seguridad donde estuvo retenida. Además, la cadena delictiva
antes descrita lo vincula al cumplir con una función esencial para el
secuestro, como era el desaparecer personas sin dejar rastro, lo que
dificultaba la persecución del grupo y favorecía la permanencia y funcionalidad
de la labor que realizaban.
En su momento, “El Pozolero”
declaró que “las personas que llevaban los cuerpos de las personas muertas
siempre tenían escoltas tipo patrullas, que contaban con camionetas tipo panel,
donde metían los cuerpos humanos, que el declarante iba con dos personas y dos
personas más estaban esperando en el lugar donde tenían una olla con los
aditamentos para hacer “pozole” en el lugar conocido como “La Gallera”.
Meza López también dijo que
desconocía el origen de las víctimas y que “siempre los cuerpos humanos los
llevaban muertos; no les veían el rostro, ya que todos éstos traían una máscara
de cinta adhesiva de plástico gris, y cuando los metían a la olla o a los tambos
con sosa cáustica en agua, sólo les cortaban la cinta por la nuca, sin
quitársela totalmente”.
En la tétrica narración del
hombre, al que le pagaban 700 dólares por cuerpo deshecho, de los que invertía
400 dólares en insumos para tal fin, hay un pasaje en el que asegura que cuando
iba al mandado, además de los materiales de trabajo, compraba cuatro o cinco
cabezas de ajo y un litro de aceite comestible. Antes de iniciar la disolución
de cadáveres en la mezcla química, Meza ponía a freír los ajos: “Cuando estaba
caliente el aceite, empezaba a humear, y el olor del ajo era más fuerte que el
de la sosa cáustica que salía cuando se estaban ‘cocinando’ o ‘pozoleando’ los
cuerpos humanos”.
Estos hechos múltiples no
están asentados en la causa penal por el secuestro del comerciante, sino en
averiguaciones previas y expedientes en diversos Juzgados en los que son
procesados los miembros del CAF, entre ellos “El Teo” y “El Pozolero”.
(SEMANARIO ZETA/ EDICIÓN IMPRESA/ LUIS
CARLOS SÁINZ/ LUNES, 15 MAYO, 2017 12:00 PM)
No hay comentarios:
Publicar un comentario