lunes, 15 de mayo de 2017

PARIDAD Y REELECCIÓN, LA NUEVA BATALLA


En las elecciones del 2018 la postulación de candidatas mujeres para cumplir con la paridad de género en alcaldías se topará con la posibilidad de reelección de los presidentes municipales que están actualmente en el poder

La reforma político electoral del 2014 no contempló la paridad de género en los municipios, y en algunos casos se resolvió haciendo uso de ‘juanitas’

La CIDH recomendó garantizar el derecho de las mujeres a tener participación en el poder en todos los niveles, pero en las elecciones del 2015 los partidos políticos no respetaron el reparto de candidaturas

Para la paridad horizontal o transversal, las mujeres deberían tener acceso a las candidaturas en la mitad de los municipios de un estado

El Congreso de Nuevo León pretende omitir la obligación de paridad y/o poner candados

Expertos y autoridades en el tema electoral coinciden en que la perspectiva de género llevará mano sobre la reelección por ser política pública transversal

“Si en un momento dado tu derecho a la reelección está de frente contra un derecho de paridad, tendrá forzosamente que cumplirse el de paridad”

Marcia Garza Robles
Magistrada presidenta del Tribunal Electoral de Tamaulipas

“Hay un municipio donde entran el esposo y la presidenta a la oficina, y la presidenta se sienta en el sillón a chatear, a facebookear, y el esposo se pone a despachar; ya nada más le dice ‘fírmale aquí, hazle acá’”

Josefina Meza
Presidenta del Frente Político Nacional de Mujeres

De cara a la elección del 2018, la reforma electoral enfrentará la que será una de sus más duras batallas: la de dar igualdad a las mujeres.

El próximo año, las mujeres deberán subir nuevamente al ring para pelear que se respeten sus derechos de acceso al poder.

La paridad de género en las diputaciones locales y los municipios podría toparse con pared en varios estados del país por el deseo de reelección de los alcaldes varones que hoy están en funciones.

Algunos de los municipios más importantes del país están gobernados por hombres que buscarán la reelección el siguiente año. Esto chocará con la obligación de los partidos políticos para otorgar candidaturas con paridad de género.

Los partidos podrían verse obligados a frenar a un presidente municipal que quiera reelegirse, por la obligación de darle la candidatura a una mujer.

En el caso de las diputaciones locales, la aspiración de las mujeres a ocupar una curul en el Congreso local podría terminar si el varón que la ocupa en este momento es apoyado por su partido para buscar la reelección.

Para brincar ese obstáculo, los partidos políticos podrían enviar a las mujeres como candidatas en municipios o distritos poco competitivos y sin relevancia en la vida de las entidades; una paridad simulada. Los casos se deberán resolver nuevamente en tribunales.

Algunos estados que no tienen regulada la paridad de género en sus leyes electorales, buscan modificar su normatividad en este mes, porque es la fecha límite para aprobar la legislación que aplicará en el 2018.

En esas leyes buscan reglamentar la participación de las mujeres en las elecciones, pero podrían no hacerlo con el mejor interés de garantizar la paridad, sino para intentar proteger el lugar de los varones que hoy gobiernan los municipios más importantes de las entidades y que en 2018 conformarán la primer generación de políticos que puedan reelegirse.

La reforma político electoral del 2014 no contempló la paridad de género en los municipios, lo que resultó en una andanada de juicios para buscar que se aplicara a esa elección.

En algunos casos se resolvió haciendo uso del recurso de “juanitas”: se nominó a las esposas de los candidatos originales y hoy son algunos de ellos quienes ejercen el poder de facto, aunque la mujer sea la alcaldesa ante la sociedad.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció jurisprudencia para que sí se aplique a las elecciones municipales, pero no determinó ninguna regla que deba seguirse para una paridad más efectiva, donde las mujeres tengan acceso a ayuntamientos importantes o a gobernar al mismo número de ciudadanos que los hombres.

Hoy, los institutos electorales de los estados tienen la facultad de establecer acuerdos para fijar las reglas en que se deben otorgar las candidaturas a las mujeres; pero si el cambio llega primero a la ley, las reglas serán las que haya fijado el Congreso. En algunos casos, el PRI y el PAN buscan proteger a los alcaldes varones en funciones.

Y aunque es previsible que nuevamente haya juicios de impugnación contra las medidas que envíen a las mujeres a los polos electorales, habrá también quienes vean dañados sus derechos para ser reelectos. Vaya dilema.

VOTO 2018

Además del presidente de la República, el próximo año estarán en juego:

>> 3,447 Cargos de elección popular

>> 984 Diputados locales

>> 500 Diputados

>> 25 Estados elegirán alcaldes

>> 128 Senadores

>> 2,226 Ayuntamientos

>> 8 Gobernadores

>> 16 Nuevos alcaldes de la Ciudad de México

LO QUE ESTÁ EN JUEGO

En el año 2018 se elegirá mucho más que un nuevo presidente de la República.

Estarán en juego un total de 3 mil 447 cargos de elección popular. A nivel federal se elegirá a un presidente; 500 diputados; y 128 senadores.

También habrá elecciones locales en 30 entidades federativas –menos en Baja California y Nayarit, que solo irán a las urnas para la elección federal.

En total, se votará por 8 gobernadores en Chiapas, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Puebla, Tabasco, Veracruz y Yucatán; además del jefe de gobierno de la Ciudad de México.

Un total de 27 estados renovarán sus congresos locales, por lo que elegirán a 984 diputados. Y se votará a nuevos alcaldes en 25 estados, haciendo un total de 2 mil 226 ayuntamientos –contando los 417 de Oaxaca que se rige por usos y costumbres-; además de los 16 nuevos alcaldes de la Ciudad de México.

En 2018 será la primera vez que en estos estados se pueda aplicar la reelección a quienes hoy están en los cargos de diputados locales y presidentes municipales y quieran buscarlo por un segundo periodo.

FALTA REGULACIÓN

La reforma político electoral del año 2014 introdujo nuevas figuras al sistema político mexicano. Entre ellas, las candidaturas independientes, la reelección y la paridad de género en la elección de legisladores.

A partir de ese momento, los partidos políticos están obligados a registrar al mismo número de mujeres y de hombres a las candidaturas legislativas.

Sin embargo, el Congreso de la Unión omitió hacer extensiva la obligación de esta paridad para los ayuntamientos, a pesar de que organismos internacionales obligaban a México a garantizarla.

La recomendación de la Organización de las Naciones Unidas y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) siempre fue la misma: se debía garantizar el derecho de las mujeres a tener participación en el poder en todos los niveles: federal, estatal y municipal.
En las elecciones del 2015, primeras en las que se debía aplicar el principio de paridad en varios estados, surgieron conflictos al interior de los partidos políticos porque no se respetó el reparto de candidaturas.

El caso de Morelos, por ejemplo, llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde se decidió que el principio de paridad de género debía aplicarse también a los ayuntamientos.

“En el análisis de fondo, se señaló que el principio de paridad en materia de candidaturas a cargos de elección popular se puede extender a las planillas que se presentan para la integración de ayuntamientos, al tratarse de un órgano de representación popular. De tal forma que el máximo tribunal del país asentó un precedente respecto a la paridad vertical”, señala Roselia Bustillo Marín, investigadora del TEPJF, en su texto “La paridad de género en los ayuntamientos”.

La paridad vertical se refiere a la composición con alternancia de las fórmulas para las candidaturas en los ayuntamientos: si la candidata a la presidencia municipal es mujer, el candidato a síndico será hombre y las regidurías deberán ir alternándose entre una mujer y un hombre.

Para la paridad horizontal o transversal –que las mujeres tengan acceso a tener las candidaturas en la mitad de los municipios de un estado-, fue el TEPJF el que estableció jurisprudencia luego de que mujeres de entidades como Morelos, Querétaro, Tabasco, Nuevo León, Sonora y el Estado de México impugnaran las reglas o acuerdos establecidos por los organismos electorales en sus estados.

“Los partidos y las autoridades electorales deben asegurar la paridad vertical, para lo cual están llamados a postular candidatos de un mismo ayuntamiento para presidente, regidores y síndicos municipales en igual proporción de géneros; y por otra, desde de un enfoque horizontal deben asegurar la paridad en el registro de esas candidaturas, entre los diferentes ayuntamientos que forman parte de un determinado Estado”.

Sin embargo, no se establecieron reglas para regular a qué municipios serían enviadas las candidatas mujeres, así que muchas de ellas fueron candidateadas a ayuntamientos de poca importancia para los estados.

EL CONFLICTO QUE VIENE

En el 2018, los principios de paridad de género y reelección chocarán al momento de que los partidos políticos distribuyan las candidaturas.

Por ejemplo, en el estado de Nuevo León, de un total de 51 ayuntamientos solo hay cuatro mujeres presidentas municipales. Despachan en los municipios de General Escobedo (PRI), Galeana (PRI), General Treviño (PAN) y Abasolo –el más pequeño de la entidad- (PRD).

Esto significa que algunos de los alcaldes que quieran reelegirse no podrán hacerlo, porque sus partidos deberán postular mujeres a esos puestos.

En Nuevo León, la verdadera lucha estará en los ayuntamientos de la zona metropolitana de Monterrey, que se compone de 12 municipios –gobernados 6 por el PRI; 4 por el PAN; 1 por el PRD; y 1 independiente-, donde se concentra la mayor cantidad de población y recursos económicos. Todos están gobernados por varones, excepto General Escobedo, donde gobierna la alcaldesa priista Clara Luz Flores Carrales.

Reporte Indigo publicó la semana pasada que el Congreso de Nuevo León pretende hacer caso omiso de la obligación de paridad y/o poner candados para que las mujeres no puedan competir por municipios de la zona metropolitana de la entidad y lo hagan solo en las zonas rurales.

Vendrá entonces la lucha en tribunales de las mujeres para hacerse no solo de las candidaturas, sino de aquellas de municipios importantes.

Esa situación se repetirá en todas las entidades que el próximo año renueven ayuntamientos y en las que haya un desequilibrio entre hombres y mujeres en el gobierno.

¿IGUALDAD SOBRE REELECCIÓN?

En tribunales se enfrentarán el derecho de las mujeres a acceder al gobierno y el de los varones que defenderán sus derechos político electorales para ser reelectos.

Serán los tribunales electorales de los estados y el TEPJF en sus salas regionales y superior las que tendrán que determinar en cada caso los criterios para resolver los casos.

Sin embargo, expertos y autoridades en el tema electoral coinciden en que la perspectiva de género llevará mano sobre la reelección por ser parte de una política pública transversal.

Marcia Garza Robles, magistrada presidenta del Tribunal Electoral de Tamaulipas, expuso que aunque hay lagunas en la legislación electoral, los tribunales están preparados para dirimir las controversias que puedan presentarse entre estos dos factores, pues es evidente que la paridad de género defiende un derecho más amplio.

“¿Qué pasa cuando tu derecho a ser votado se pone en contraposición con un derecho a la paridad? Lo que consideramos es que el derecho a la paridad deberá contemplarse en un primer término porque es un derecho humano, es un derecho reconocido en la Constitución y, además de esto, es un requisito de los partidos políticos hacer listas paritarias de candidaturas”, explicó Garza en entrevista.

La magistrada presidenta indicó que una persona puede aspirar a la reelección en su cargo público, siempre y cuando no se contraponga con otros principios rectores, como la paridad.

“Si en un momento dado tu derecho a ser votado por una segunda ocasión, a la reelección, está de frente contra un derecho de paridad, tendrá forzosamente que cumplirse el de paridad y máxime porque es una acción afirmativa, una política pública que debe estar por encima de esa posibilidad tuya a poder ser reelecto.

“En otras palabras: la reelección es la posibilidad de que pudieras ser reelecto; no es la obligación de señalarte o que pudieras ser el candidato forzosamente”, sentenció Garza.

En algunos casos, empero, las reglas locales todavía están modificándose y no se sabe con certeza si habrá o no un marco jurídico que fije criterios específicos y obligatorios en estos casos.

Sucede así en Morelos. Francisco Hurtado, magistrado presidente del Tribunal Electoral de Morelos, sostuvo que el Congreso estatal se encuentra en la fase de redacción de las leyes secundarias en materia electoral y será hasta que estén terminadas cuando se pueda definir el factor que tendrá más peso.

“No puedo ahorita adelantarme a algo que todavía no es legislado en el estado. Estamos en la etapa de trabajo de las leyes secundarias en materia de género, sobre todo en ese tema que es de mucha confusión: ¿qué va a pasar con la reelección? y ¿qué va a pasar con la reelección paritaria?”, expuso.

Empero, el magistrado reconoció que las mujeres enfrentan más obstáculos no solo para participar como candidatas, sino conquistar los espacios de poder. La situación, dijo, debe cambiar.

“Una democracia paritaria, para que pueda consolidarse, también debe lograrse el objetivo de que lleguen a la meta, de que no solamente se aplique la paridad en la participación de una elección, sino que también se garanticen los espacios de elección que ocupen los mujeres.

“Mientras no hagamos esas acciones afirmativas y obliguemos a las instituciones a que también haya espacios que deban ocupar las mujeres, vamos a seguir igual en esta misma carrera de salida, pero a la meta no logran llegar las mujeres”, advirtió Hurtado.
PARIDAD CONYUGAL, LA TRAMPA
Josefina Meza, presidenta del Frente Político Nacional de Mujeres, consideró que debe tener preeminencia la defensa de los derechos de las mujeres a ser electas por sobre la reelección, porque se trata del acceso de un grupo vulnerable al poder.

“La reelección no puede estar por encima de la paridad, porque la paridad como acción afirmativa y hoy como precepto constitucional, tiene por objeto adelantar al grupo que ha sido rezagado milenariamente. ¿Y cuál es ese grupo rezagado, vulnerado, discriminado? Las mujeres.

“Puedo garantizar que va a haber una serie de impugnaciones; habrá que ver cuántos se quieren reelegir y cuáles serán los criterios que aplicarán los señores de los partidos. Yo espero que las mujeres demos la batalla, que busquemos los órganos jurisdiccionales; pero sí nos vamos a subir al ring”, afirmó en entrevista.

Meza recordó que en Querétaro, en el 2015, los partidos políticos tuvieron que cambiar a varios candidatos varones a las alcaldías porque no se cumplía con el esquema de paridad.

Sin embargo, los partidos pervirtieron la norma y se nombró a las esposas de estos candidatos para ser las alcaldesas.

“Muchos dicen: ‘sí, estoy obligado (a la paridad), pero déjame inventar cómo cumplir la obligatoriedad pero sin salir perjudicado’. Y entonces piensan: ‘Ah, pues si tienen que ir mujeres, entonces van a ir mis mujeres’. Y así se da lo que hemos llamado paridad conyugal.

El nuevo reto del movimiento feminista es que ahora las mujeres se empoderen para que reten a los cuadros de poder en sus partidos e inicien y lleven los recursos legales hasta las últimas consecuencias.


(REPORTE INDIGO/ IMELDA GARCÍA/ Lunes 15 de mayo de 2017)

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