domingo, 22 de mayo de 2016

FEDERALES NO DEBEN QUITAR LOS VEHÍCULOS


Es mejor que las unidades no traigan láminas a usar placas sobrepuestas, pues las penas son de hasta ocho años de cárcel, según el Código Penal Federal

NUEVO LAREDO.- Los oficiales de la Policía Federal no están facultados para decomisar vehículos americanos, pero sí para multar a quienes lleven placas sobrepuestas.

Legisladores han recomendado ser cuidadosos, específicamente al evitar a toda costa traer placas sobrepuestas cuyas sanciones son muy onerosas, además de aclarar que únicamente agentes del SAT están facultados para el decomiso de vehículos que ingresaron ilegalmente al país; sin embargo, la dependecia no han llevado a cabo operativos de esa naturaleza durante la temporada.

En días pasados el decomiso de un vehículo en un conocido centro comercial de la localidad, fue ampliamente difundido en las redes sociales, lo que causó cierta especulación acerca de operativos de decomiso, los cuales es necesario resaltar, no existen.

El caso antes referido se debió a un caso particular de una persona que portaba placas sobrepuestas, cuestión que fue evidenciada por la ausencia de engomados y corroborada al consultar el padrón vehicular cuyas placas correspondían a una unidad completamente distinta.

La legislación detalla que el simple hecho de obtener las placas de forma indebida, también es causal de la misma sanción.

“Las mismas penas se impondrán al que posea, utilice, adquiera o enajene, cualquiera de los objetos a que se refiere el párrafo anterior, a sabiendas de que son robados, falsificados o que fueron obtenidos indebidamente.

“Igualmente se impondrán dichas penas a quien, a sabiendas, utilice para un vehículo robado o que se encuentre ilegalmente en el país, las placas, el engomado o los demás documentos oficiales expedidos para identificar otro vehículo”, puntualiza la ley.

ARTÍCULO 378

Al que elabore o altere sin permiso de la autoridad competente una placa, el engomado, la tarjeta de circulación o los demás documentos oficiales que se expiden para identificar vehículos automotores o remolques se le impondrán de cuatro a ocho años de prisión y de trescientos a mil días multa.


(EL MAÑANA/ Alberto Carrasco | 22/05/2016)

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