El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso
a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la
Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) a buscar y dar a conocer el número
de presuntos delincuentes abatidos por efectivos de esa dependencia en el
período comprendido entre 2000 a 2006, y de septiembre de 2012 a noviembre de
2015, señalando el municipio en el que se registraron los hechos, y el motivo
de cada uno.
A través de un comunicado
emitido por el INAI, se indicó que al exponer el asunto ante el Pleno, el
comisionado ponente del caso, Joel Salas Suárez destacó que el Ejército tiene
atribuciones para usar la fuerza en legítima defensa, salvaguardar un bien
jurídico o en cumplimiento de un deber o en ejercicio de un derecho, siempre y
cuando exista una necesidad racional en el medio empleado y dentro del
principio de proporcionalidad.
“Sin embargo, el personal
militar que haga uso de la fuerza debe aportar medios de prueba fehacientes
sobre su actuación y elaborar un informe detallado a la autoridad militar que
corresponda, señalando el tiempo y lugar de los hechos y circunstancias que
exigieron el nivel de uso de la fuerza utilizado”, enfatizó Salas Suárez.
El comisionado añadió que
estas previsiones normativas son fundamentales, pues hoy las fuerzas armadas se
encuentran en la calles, participan en el combate a la delincuencia organizada
en apoyo de las fuerzas de seguridad pública estatales y municipales. Salas
Suárez puntualizó que:
“La información pública, la
transparencia y la claridad en los parámetros para la rendición de cuentas
permitirán a la Sedena no sólo mantener la confianza de la población, sino incrementarla”.
La resolución del INAI se da
después de que un particular solicitó la información al Ejército para el
periodo de 2000 a noviembre de 2015.
En su respuesta original la
Sedena manifestó que no contaba con información estadística respecto de agresores
civiles muertos en el periodo solicitado.
La Secretaría de la Defensa
dijo además que desde 2012, con motivo de los criterios de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN), y la reforma al Código de Justicia Militar de
junio de 2014, el fuero militar no es competente para conocer de casos en los
que existan víctimas civiles por violaciones a sus derechos humanos.
La Sedena precisó, además,
que la investigación de los delitos es facultad del Ministerio Público Federal
y de las policías, por lo que sugirió presentar la solicitud de información
ante la Unidad de Enlace de la Procuraduría General de la República (PGR,
fiscalía).
No obstante, la Sedena
proporcionó una relación que contiene la cantidad de presuntos agresores
fallecidos, derivado de enfrentamientos en contra de personal militar, de 2007
a agosto de 2012.
Inconforme, el particular
interpuso recurso de revisión ante el INAI, en el que señaló como agravio el
que la información estuviera incompleta.
En el análisis del caso, la
ponencia del comisionado Salas confirmó como incompleta la información
entregada, por lo que el Pleno del INAI modificó la respuesta de la Sedena, por
lo que le instruyó a que realice una nueva búsqueda, y entregue la información
faltante al particular en los términos referidos.
(SEMANARIO ZETA / REDACCION/ JUEVES, 10
MARZO, 2016 08:17 AM)
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