CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).-
El asesinato de un soldado procesado por tortura sexual en la prisión del Campo
Militar Número Uno el pasado 17 de enero truncó la posibilidad de que un juez
civil emitiera una sentencia condenatoria contra un efectivo castrense por
violaciones a los derechos humanos, en apego a una sentencia emitida por la
Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Cinco días después, el 22,
durante una revisión habitual de la causa penal 56/2013 en el Juzgado Segundo
de Distrito en Acapulco, relacionado con la tortura sexual en agravio de Inés
Fernández Ortega, abogados del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan
advirtieron que al expediente se le agregó un telegrama firmado por el director
de la prisión militar, general de brigada Cruz Heracleo Medina Ávila.
Proceso consultó el documento
emitido por el general Medina Ávila el 19 de enero en el cual notifica al juez
de la causa, José Artemio Navarrete Sánchez, que “con motivo de una riña
suscitada entre Salvador Aguilar Otañez y otro interno de nombre José Javier
Acosta Piñones, el primero de los dos nombrados perdió la vida como
consecuencia de heridas penetrantes en tórax por objeto punzocortante”.
Según el director del penal
militar, la legista mayor Ayari Natielly Onofre López, adscrita al Laboratorio
Científico de Investigaciones de la Procuraduría General de Justicia Militar,
fue quien determinó la causa de la muerte de Aguilar. Y aunque Medina debió
adjuntar copia del certificado de defunción en su documento para integrarlo al
expediente, no lo hizo.
El día 20, el juez Navarrete
Sánchez determinó que “por no haber sido transmitido (el informe del
fallecimiento) por un órgano del Poder Judicial de la federación considero que
no es confiable”, por lo que una vez que sea recibido vía postal “se acordará lo
que a derecho corresponda”.
El fallecido –un cabo de
transmisiones– y el soldado Hugo Humberto García de León, preso también en el
Campo Militar Número Uno, fueron identificados por la indígena mep’haa Inés
Fernández Ortega como quienes la agredieron sexualmente en 2002. Aquel día, los
soldados irrumpieron en la vivienda de Inés, en la Montaña de Guerrero, y
frente a sus hijos abusaron de ella, además de someterla a un interrogatorio
sobre el paradero de su esposo.
Ambos soldados estaban siendo
procesados por un juez civil, después de que tras un litigio de ocho años,
abogados de Tlachinollan y del Centro para la Justicia y el Derecho
Internacional lograron que la Corte Interamericana determinara la
responsabilidad del Estado mexicano en los abusos cometidos por los efectivos
de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) contra la indígena mep’haa.
En el caso de Inés, como en
el de Valentina Rosendo Cantú, otra indígena mep’haa que fue también ultrajada
por militares en Guerrero el mismo 2002, la Corte Interamericana determinó que
“(ambas) sufrieron una agresión como parte de una estrategia del Ejército que
emprendió en la región de la Montaña, bajo el pretexto de la destrucción de
siembra de enervantes”, según comenta a Proceso Isidoro Vicario Aguilar,
abogado de Tlachinollan.
La pelea legal de Inés y
Valentina se inició en la justicia ordinaria, pues ambas denunciaron los
agravios en agencias del Ministerio Público del fuero común, pero sus casos
fueron llevados al fuero militar, donde se les dio carpetazo.
“Es en cumplimiento de ambas
sentencias de la Comisión Interamericana en 2010, que al inicio de 2013 se
libraron órdenes de aprehensión contra dos personas en agravio de Inés y dos en
agravio de Valentina. En el caso del soldado asesinado, su proceso se va a
cerrar una vez que el juez reciba el certificado de defunción y notifique
formalmente de esta situación a doña Inés”, apunta Vicario Aguilar.
LA VERSIÓN NO OFICIAL
Al señalar que Tlachinollan
notificó a la Corte sobre el fallecimiento del inculpado, el abogado explica
que esta situación le restó oportunidad al juez civil para “dictar una
sentencia condenatoria contra un elemento de la Sedena por violaciones graves a
derechos humanos”.
Agrega que la expectativa es
que los tribunales mexicanos “dejen precedente” y condenen a los responsables
de la tortura sexual –uno en el caso de Inés y dos en el de Valentina–, uno de
ellos internado en el penal de Chilpancingo, pues se había dado de baja en el
Ejército.
“No tenemos hasta ahora
noticia de que algún elemento castrense haya sido condenado por violaciones
graves a los derechos humanos y menos en agravio de poblaciones indígenas”,
dice Vicario Aguilar.
Si el juez civil resuelve dar
sentencias condenatorias por los abusos sufridos por Valentina e Inés, “serían
las primeras contra la Sedena emitidas por tribunales mexicanos”.
Isidoro Vicario advierte que
la muerte de Aguilar Otañez reaviva una discusión que fue cerrada por la Sedena
durante los debates de la reforma al Código de Justicia Militar, decretada en
agosto de 2014, que admite que militares que hayan violado derechos humanos de
civiles, sean procesados en juzgados ordinarios.
“La reforma dejó fuera de la
discusión que si hay un proceso contra los militares por la vía civil
lógicamente tendrían que ser recluidos en una cárcel civil. El argumento de las
autoridades federales es que por cuestiones de seguridad los elementos
castrenses iban a estar recluidos en las cárceles militares”, recuerda Vicario
Aguilar.
Sin embargo, la muerte del
soldado en el penal del Campo Militar, en un día de visita familiar –el 17 de
enero era domingo–, derrumba el argumento de la Sedena, pues “por lo que se ve
no hay garantías de seguridad en ningún penal”, apunta el abogado de Tlachinollan.
De acuerdo con la información
recabada por la reportera entre familiares de militares recluidos en el Campo
Militar, Aguilar Otañez no murió en una riña, como afirma el director de la
prisión militar en el telegrama enviado al juez Navarrete Sánchez.
Algunos de ellos comentan, a
condición de que se omitan sus nombres, que Aguilar Otañez “fue degollado con
una punta” por Acosta Piñones, quien se acercó a la mesa del comedor donde el
primero departía con otros reos y lo atacó.
La noche del 17 de enero las
celdas y los militares procesados fueron revisados de manera escrupulosa y las
autoridades militares prohibieron a los reos hablar de lo ocurrido o comentar
que se trató de una riña.
El 25 de enero, en el portal
Estado Mayor, especializado en información militar y de seguridad nacional, el
periodista Juan Veledíaz escribió: “José Javier Acosta Piñones realizaba hace
unos meses un curso básico de fuerzas especiales, cuando con un arma
punzocortante privó de la vida al sargento que estaba al mando de su pelotón.
El cabo de infantería Acosta Piñones quedó detenido y fue consignado a la
prisión militar de la Mojonera, en las instalaciones de la 15 Zona Militar en
Guadalajara, Jalisco”.
Según el sitio de internet,
Acosta Piñones fue transferido a la prisión del Campo Militar Número Uno, donde
semanas después atacó a Aguilar Otañez. El caso presuntamente está siendo
procesado por el Juzgado Segundo Militar.
Para el abogado de
Tlachinollan, la muerte de Aguilar Otañez debería motivar una revisión a la reforma
al Código de Justicia Militar, misma que se derivó de cuatro sentencias de la
Corte Interamericana contra México por abusos cometidos por elementos
castrenses en Guerrero, las dos sentencias por tortura sexual de Valentina e
Inés; la referente a la desaparición forzada de Rosendo Radilla durante la
llamada Guerra Sucia de los setenta, y los tratos crueles y degradantes contra
los campesinos ecologistas Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera.
Si bien el argumento de la
Sedena para impedir que personal implicado en abusos contra civiles fuera
recluido en cárceles ordinarias era para proteger a sus tropas, en este litigio
quienes están perdiendo son precisamente los militares, resalta Vicario
Aguilar.
Y agrega: “Lo que hemos visto
en los procesos penales de Valentina e Inés es que mientras que los agraviados
no tienen complicaciones para seguir su juicio, quienes tienen obstáculos son
los defensores castrenses, precisamente porque sus defendidos se encuentran en
una cárcel militar y el litigio se lleva en instancias civiles”.
Vicario Aguilar concluye que
la muerte de Aguilar Otañez pone en evidencia que “tampoco hay seguridad en las
cárceles militares, de ahí la necesidad de una reforma integral para que los
elementos de la Sedena que sean juzgados en tribunales del fuero civil sean
recluidos en cárceles civiles”.
(PROCESO/ REPORTAJE ESPECIAL/ GLORIA
LETICIA DÍAZ , 9 MARZO, 2016)
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